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No cabe duda: una nueva ola de odio LGTB+ se está extendiendo por el mundo

Fernando Alvaro. Periodista Independiente

 

La conmoción que generó el vil asesinato de un joven gay en España no tiene precedentes. Este es uno de los mejores países para vivir siendo gay, pero los ataques de los últimos días muestran que, quizás, ningún país es realmente seguro. Lo ocurrido recientemente en Turquía y Georgia, donde los desfiles del Orgullo fueron interrumpidos brutalmente o incluso cancelados, representan un aterrador resurgimiento del odio LGTB+.

 

La policía turca dispersa la marcha del Orgullo de Estambul

En Turquía, la policía antidisturbios dispersó la marcha del Orgullo de Estambul del pasado mes de junio utilizando gases lacrimógenos y pelotas de goma contra los manifestantes. Después del desfile, un grupo de asistentes sufrió el ataque homofóbico de una multitud de 30 hombres mientras dejaban el evento. Estos hechos son consecuencia de la creciente hostilidad y discriminación contra el colectivo LGTB+ promovida por el gobierno de Erdogan en los últimos años.

La marcha del Orgullo de Estambul está prohibida desde 2015 y la policía reprime con violencia y realiza detenciones arbitrarias entre los que se manifiestan de forma pacífica. Estas medidas van acompañadas de una retórica homofóbica que defiende que los desfiles constituyen una vulneración de la moral pública.

Sin ir más lejos, en marzo de este año, Erdogan anuló la ratificación del Convenio de Estambul, un acuerdo del Consejo de Europa para combatir la violencia contra las mujeres. Desde el 1 de julio, Turquía está fuera del convenio y una de las razones aducidas para esta salida es que este promovería la homosexualidad, un pretexto para seguir promulgando el discurso discriminatorio contra el colectivo LGTB+.

 

La violencia de la extrema derecha impide la celebración del Orgullo LGTB+ en Georgia

El pasado 5 de julio, la Marcha de la Dignidad por los derechos LGTB+ en Tiflis, capital de Georgia, tuvo que ser cancelada por los propios organizadores debido a los actos violentos provocados por la ultraderecha y la Iglesia ortodoxa.

Una multitud violenta y homófoba arrasó la sede del Orgullo de Tiflis el mismo día en el que se iba a celebrar la marcha. Escalaron el edificio hasta el balcón y vandalizaron lo que encontraron a su paso, incluidas las banderas arcoíris. Mientras tanto, en otros lugares, se produjeron ataques a varios periodistas a los que les destrozaron las cámaras.

Ante estos hechos y la pasividad del gobierno, los organizadores decidieron cancelar el evento por motivos de seguridad. El Primer Ministro de Georgia, Irakli Garibashvili, culpó de estos sucesos al evento en sí mismo, que había calificado de inapropiado, y a los propios organizadores por incitar a la violencia convocando la manifestación en un lugar público en donde se podía generar confrontación. Los activistas consideran esto un ataque a los derechos sociales y valores democráticos por parte del gobierno georgiano.

 

Un joven gay es brutalmente asesinado en España

España sigue conmocionada por el asesinato homófobo del joven de 24 años Samuel Luiz el sábado 3 de julio en la ciudad de A Coruña. Samuel salió de un pub con una amiga sobre las tres de la madrugada y, ya fuera, hicieron una videollamada a otra persona. Un grupo de chicos que pasaba por allí interpretó la videollamada como que los estaban grabando y, tras proferirle insultos homófobos, comenzaron a golpear a Samuel hasta provocarle la muerte.

El vídeo de la brutal agresión salió a la luz el pasado 7 de julio y en él se puede ver como el asesinato fue un linchamiento propinado por un número indeterminado de agresores. De momento hay seis detenidos, tres de los cuales ya han ingresado en prisión y la policía mantiene varias líneas de investigación abiertas.

El trágico suceso desató una oleada de manifestaciones de repulsa contra el asesinato y defensa de los derechos LGTB+ en todo el país. En el caso de Madrid, se produjeron cargas policiales contra los manifestantes que pedían justicia para Samuel. Mientras en la calle se sucedían las protestas, la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, se desmarcó de la motivación homófoba del crimen y en la sesión de control de la Asamblea de Madrid el día 8 de julio se refirió dos veces a Samuel como “el chico de Galicia”, evitando decir su nombre.

En la misma línea, el presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijóo, rechazó que se tratara de una agresión homófoba. Sin embargo, el asesinato de Samuel no es un hecho aislado, se enmarca dentro de un creciente auge de ataques contra el colectivo LGTB+ en España.

 

Repunte del odio LGTB+ en el mundo

Estos sucesos, ocurridos en diferentes países, muestran que se está produciendo una nueva ola de odio y violencia contra la comunidad LGTB+ ante la pasividad de gobiernos y autoridades. La brutalidad policial utilizada en la marcha del Orgullo de Estambul y las cargas contras los manifestantes en Madrid, así como la ausencia de protección para el desarrollo de la marcha en Tiflis, ponen de manifiesto la discriminación institucional hacia este colectivo.

Ante esta nueva oleada de odio, en parte alentada por los discursos de la extrema derecha, y la vulnerabilidad a la que está expuesto el colectivo LGTB+, las reivindicaciones y protestas son más necesarias que nunca.

 

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La LGTBIQFOBIA también va contigo aunque seas hetero

Pablo Morterero (@pabloMorterero)

El asesinato de Samuel ha provocado, entre otras cosas, que la situación de las personas LGTBIQ también se comenten en espacios donde generalmente no suele ocurrir.

Uno de esos comentarios me lo ha hecho un colega de trabajo y amigo, que a pesar de todo lo que sabemos e intuimos no ha dejado de sorprenderme.

Este amigo, hetero y padre de un hijo, me cuenta que un amigo suyo, también hetero, iba por la calle cogido de la mano con su hijo, y fue increpado y calificado calificado de “maricón viejo que iba con niños” por un viandante. Esta anécdota había impactado tanto a mi amigo, que desde entonces evitaba ir de la mano de su hijo de 13 años por temor a ser agredido.

Y es que la LGTBIQfobia no solo destroza la vida de las personas LGTBIQ y sus familiares, sino que también supone una losa terrible para las personas que no se identifican con el acrónimo.

Como bien saben los y las que trabajan en materia de delitos de odio, da igual si eres o no eres, solo basta con que el agresor o la agresora piense (a veces fantasee) que lo eres.

Con la LGTBIQfobia nadie está a salvo. Ni disimulando la pluma, ni ajustando tu expresión de género a lo que se espera de un hombre o una mujer, ni siquiera siendo un hetero o una hetera de manual.

La LGTBIQfobia es una hidra de mil cabezas, que puede descargar su furia contra cualquiera, nadie está a salvo. No basta con que sepas que tu hijo es hetero, no es suficiente que como mujer te atraigan los hombres, no te salva que te guste el futbol y que todos conozcan que estás enrollado con una trabajadora de la empresa de enfrente.

La LGTBIQfobia no solo puede condicionar tu vida, limitar tu libertad y obligarte a comportarte como no quieres, como lo ha ocurrido a mi amigo hetero (y muy hetero) si no que también puede hacer que te agredan, te lesionen o te maten.

Porque la LGTBIQfobia no va de maricones, ni de bolleras, ni de travelos, ni de bichos raros. Va de la libertad para ser y vivir plenamente sin que nadie te cuestione, te agreda, te viole o te mate. Va, incluso, de que un padre hetero pueda, o no, ir por la calle de la mano de su hijo de 13 años.

 

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Lo que te llaman mientras te matan importa

Por Charo Alises (@viborillapicara)

 

Dice la OSCE ( Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, que un delito de odio es toda infracción penal, incluidas infracciones contra las personas y contra la propiedad, cuando la víctima, el lugar o el objeto de la infracción son seleccionados a causa de su conexión, relación, afiliación, apoyo o pertenencia real o supuesta a un grupo que pueda estar basado en la raza, origen nacional o étnico, idioma, color, religión, edad, discapacidad física o mental, orientación sexual u otros factores similares, reales o supuestos.

Cualquier delito de los contemplados en el Código Penal puede ser considerado un delito de odio si está motivado por un prejuicio.

La consecuencia de calificar una infracción penal como delito de odio es que se producirá un agravamiento de la pena.

La gravedad del delito de odio radica en que no solo afecta a la víctima sino que lanza un mensaje de intolerancia a todo el colectivo al que la víctima pertenece.

Cuando nos encontramos frente a un posible delito de odio, el principal objetivo de la actividad probatoria debe ser acreditar la motivación discriminatoria del hecho punible ya que, solo así, se podrá aplicar al tipo básico la agravante del artículo 22.4 del Código Penal.

Uno de los medios para acreditar la motivación discriminatoria del delito son los llamados indicadores de polarización. Los indicadores de polarización son indicios que señalan que estamos ante un delito de odio:

-Percepción de la víctima.
Siguiendo las recomendaciones de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI), la sola percepción de la víctima de haber sufrido un delito por motivos discriminatorios, debe llevar a las autoridades a emprender una investigación para confirmar o descartar la naturaleza discriminatoria del delito. Esta percepción no conlleva la automática consideración de los hechos como constitutivos de un delito de odio pero si compele a las autoridades a realizar las diligencias indagatorias que sean necesarias para averiguar el posible móvil discriminatorio del hecho punible.

-Pertenencia de la víctima a un colectivo o grupo minoritario.
Víctima de un delito por motivos étnicos, raciales, religiosos, de orientación o identidad sexual, discapacidad, etc. También puede ocurrir, que una persona no perteneciente a un colectivo vulnerable sea víctima de un delito de odio, bien por asociación (relación de la víctima con ese colectivo por motivos familiares, profesionales o de otra índole) o por error (víctima percibida como miembro de un colectivo vulnerable sin serlo).

-Expresiones o comentarios al cometer el hecho.
En este caso, se recomienda que sean recogidas con toda su literalidad en las declaraciones de la víctima o testigos y destacadas a ser posible usando letras mayúsculas y en negrita.

-Tatuajes o la ropa
La ropa o los tatuajes del autor de los hechos en muchas ocasiones estarán, por su simbología relacionada con el odio, muy gráficos para acreditar el perfil del autor y la motivación del delito. En este sentido, la policía deberá aportar informes fotográficos incorporados a los atestados que reflejen todos estos datos.

– Propaganda, estandartes, banderas, pancartas etc de carácter ultra.
La propaganda, estandartes, banderas, pancartas y otros objetos de carácter ultra que porte el autor o que puedan ser encontrados en su domicilio, son también indicadores de que los hechos denunciados pueden ser constitutivos de un delito de odio. Todos estos efectos deben ser filmados o fotografiados para su incorporación al atestado. El análisis de estos efectos, requerirá un conocimiento por parte de los investigadores de lo que se denomina la simbología del odio.

– Relación de la persona sospechosa con grupos ultras del fútbol.
En este caso, será necesario cruzar los datos de que dispongan los coordinadores de seguridad de estadios de fútbol en aplicación de la legislación de violencia en el deporte.

– Antecedentes policiales de la persona sospechosa.
Es también un indicador el hecho de que la persona sospechosa haya participado en hechos similares o por sido identificado anteriormente en la asistencia a conciertos de carácter neonazi de música RAC/OI, asistencia a conferencias, reuniones o manifestaciones de carácter ultra caracterizadas por su hostilidad a colectivos minoritarios. En este supuesto, se recomienda solicitar estos datos a los grupos de información de los cuerpos policiales.

– Lugar donde se comete el delito (proximidad centro de culto, bar de ambiente LGBT etc.).

-Relación del sospechoso con grupos o asociaciones caracterizadas por su odio, animadversión u hostilidad contra colectivos de inmigrantes, musulmanes, judíos, homosexuales.

-Fecha de comisión señalada para el colectivo afectado (Día del Orgullo LGTBI), o para el autor de los hechos (día del nacimiento de Hitler).

– La aparente gratuidad de los hechos denunciados.

La aparente gratuidad de los hechos denunciados, particularmente si son violentos y la víctima pertenece a un colectivo minoritario, es el indicador más potente de que nos encontramos frente a un delito de odio. Cuando una agresión o unos daños intencionados no tienen explicación verosímil y la víctima pertenece a un colectivo minoritario por su origen, etnia, religión, orientación o identidad sexual, el color de su piel o sus rasgos físicos, es muy probable que nos encontremos frente a un delito de odio y que la verdadera motivación del delito sea la pertenencia de la víctima o su relación con dicho colectivo.

Ahora bien, la presencia de dichos indicadores no demuestra por si sola la existencia de un delito de odio. Los móviles de odio solo quedarán demostrados tras una investigación rigurosa y exhaustiva cuyo resultado sea ratificado por un órgano judicial.

Si se dan los indicadores de polarización, el hecho debe quedar registrado como un delito de odio y se ha de emprender una investigación más profunda sobre el móvil del delito.

Por tanto, son importantes las expresiones proferidas a la víctima durante una agresión para calificar un hecho como delito de odio. Lo que te llaman mientras te matan importa.

 

«Luta contra a Homofobia. Foto: Guilherme Santos/Sul21» by Brasil de Fato is licensed under CC BY-NC-SA 2.0

Los derechos de la víctima LGTBI de un delito de odio

Por Charo Alises (@viborillapicara)

 

Si te agreden, amenazan o causan algún daño a ti  o a tus pertenencias o propiedades por ser una persona LGTBI ( o porque piensan que eres una persona LGTBI),  eres víctima de un  delito. Ese delito se denomina delito de odio porque está motivado por tu orientación sexual o por tu identidad de género, real o percibida. También eres víctima de un delito de odio si, por el hecho de ser una persona LGTBI ( o porque te perciben como una persona LGTBI), te encuentras en alguna de estas situaciones:

– Te impiden con violencia hacer algo que la ley no te prohibe

– Te obligan con violencia a hacer algo que no quieres hacer

– Te humillan

– Te acosan 

– Te discriminan y/o acosan en el trabajo

– Te impiden entrar en un establecimiento

– Te expulsan de un establecimiento

– No te quieren atender en un establecimiento

– No quieren prestarte un servicio profesional

– No te quieren atender en un servicio público

— Te deniegan una prestación a la que tienes derecho

  En estos casos   es muy importante que conozcas los derechos que tienes para que puedas ejercerlos. El Estatuto de la Víctima del Delito te otorga los siguientes derechos:

 – Derecho a entender y a que te entiendan. Tienes derecho a entender y a que te entiendan en todas las actuaciones que se lleven a cabo, desde el momento previo a la interposición de la denuncia y durante todo el proceso. 

 -Derecho de   traducción e interpretación. Si no hablas o no entiendes el castellano o la lengua oficial que se esté utilizando en la actuación tendrás este derecho.  Además  tienes derecho a la traducción gratuita de determinadas resoluciones y puedes pedir que te incluyan un breve resumen de esas resoluciones.

 -Derecho a que te acompañe una persona de tu elección ante las autoridades y funcionarios. 

– Derecho a la información. Tienes derecho a que te informen sobre: a.- Las medidas de asistencia y apoyo disponibles (médica, psicológica, jurídica, ayudas materiales, intérprete, etc.) y el procedimiento para solicitarlas b.-El derecho a denunciar. c- derecho a obtener una copia de la denuncia con asistencia lingüística y traducción escrita cuando la precise. d- derecho a recibir información sobre la fecha, hora y lugar del juicio y el contenido de la acusación, y las resoluciones de la causa penal que te le deben notificar

 -Derecho de acceso a los sistemas de asistencia y apoyo. Tendrás derecho a acceder a los servicios de asistencia y apoyo facilitados por las Administraciones públicas y los que presten las Oficinas de Asistencia a las Víctimas. 

-Derecho al periodo de reflexión. Se trata de la prohibición impuesta a la abogacía y la procura de dirigirse a las víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de víctimas y que puedan constituir delito, para ofrecerles sus servicios profesionales hasta transcurridos 45 días desde el hecho. Solo la víctima puede dejar sin efecto esta prohibición si solicita expresamente estos servicios. 

– Derecho a la asistencia y participación activa en el proceso penal. Tienes derecho a personarte en el proceso penal con asistencia letrada para ejercer la acusación particular. 

-Derecho a participar en la ejecución de la pena. Tienes  derecho a solicitar que se te notifiquen algunas resoluciones judiciales, que podrás recurrir ,como el auto de clasificación a tercer grado, o el auto de libertad condicional, cuando  seas víctima de determinados delitos,  como delitos  contra la libertad, integridad física, moral y sexual, entre otros. Además, el Juez de Vigilancia Penitenciaria  te deberá dar traslado para que formules alegaciones antes de dictar cualquiera de esas resoluciones y  podrás dar información relevante al respecto y solicitar que se dicten medidas que garanticen su seguridad.

 – Derecho   al acceso a la justicia restaurativa. Este derecho, consiste en una mediación que tiene por objeto proporcionarte una adecuada reparación material y moral de los perjuicios derivados del delito. Es necesario que tanto tú como el infractor, prestéis vuestro consentimiento y los debates desarrollados en esta mediación serán confidenciales. 

– Derecho al acceso al sistema de justicia gratuita. Para ejercitar este derecho,  deberás cumplir una serie de requisitos  y presentar la correspondiente solicitud de justicia gratuita ante el funcionario o autoridad que les facilite la información o ante las Oficinas de Asistencia a las Víctimas de la Administración de Justicia, en ambos casos la deberán trasladar al Colegio de Abogacía correspondiente.  

-Derecho a denunciar ante las autoridades españolas hechos delictivos cometidos en otros países de la Unión Europea. Tendrás derecho a denunciar ante las autoridades españolas hechos delictivos cometidos en otros países de la Unión Europea. A esta denuncia le deberán dar curso si consideran que es competencia de la jurisdicción española o bien remitir a las autoridades del país de que se trate.

Derecho a que te devuelvan los efectos de tu propiedad incautados en el proceso salvo cuando resulte imprescindible para el desarrollo del mismo o necesaria en la investigación. 

– Derecho de protección . Este derecho establece que las autoridades y funcionarios encargados de la investigación, persecución y enjuiciamiento de los delitos adopten las medidas necesarias, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para garantizar la indemnidad de tu vida  y la  de sus familiares, tu integridad física y psíquica, libertad, seguridad e indemnidad sexuales, así como para proteger adecuadamente tu intimidad y tu dignidad, particularmente cuando te reciban declaración o deban testificar en juicio. Si eres menor de edad el Ministerio Fiscal velará por se cumpla esta protección. 

– Derecho a evitar el contacto con la persona a quien hayas denunciado  en las dependencias policiales y judiciales. 

– Derecho a la protección de tu intimidad evitando la difusión de tus datos de identificación cuando sean menores o personas con discapacidad necesidades de especial protección.

 – Que te tomen declaración el menor número de veces posible y siempre sin dilaciones injustificadas. 

Que tus reconocimientos médicos se hagan el menor número de veces posible y siempre que sean imprescindibles para los fines del proceso. 

Evaluación individualizada .Se establece el derecho a un sistema de evaluación individual de para determinar y aplicar aquellas de las medidas de protección previstas que se consideren necesarias en función de tus circunstancias particulares: la eventual dependencia, discapacidad o minoría de edad de la víctima, la naturaleza del delito, la gravedad del perjuicio que te han ocasionado , el riesgo de reiteración delictiva, y las circunstancias del delito, especialmente si ha habido violencia.

Recuerda: Si eres víctima de un delito de odio es imprescindible que denuncies lo que te ha ocurrido para hacer valer tus derechos, porque lo que no se denuncia, no existe.

 

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La dignidad humana colectiva de las personas LGTBI

Por Charo Alises (@viborillapicara)

 

En la imagen, a la derecha, Mykola, líder del grupo neonazi pilla-pilla que ha sido condenado a 5 años de cárcel.

La comisión de un delito de odio no solo afecta a la víctima sino que constituye una agresión a la dignidad humana del colectivo al que la víctima pertenece.

El Tribunal Constitucional en su Sentencia 714/1991 de 11 de noviembre, reconoce la dignidad humana colectiva:

El odio y el desprecio a todo un pueblo a una etnia (a cualquier pueblo o a cualquier etnia), resulta incompatible con el respeto a la dignidad humana, que solo se cumple si se atribuye por igual a todo hombre, a toda etnia, a todos los pueblos.

Por lo mismo, el derecho al honor de los miembros de un pueblo o etnia, en cuanto protege y expresa el sentimiento a su propia dignidad, resulta, sin duda, lesionado cuando se ofende y se desprecia genéricamente a todo un pueblo o raza cualesquiera que sean.

El artículo 22.4 del Código Penal establece la agravación de la pena cuando se comete  por motivos racistas antisemitas, religiosos o creencias de la víctima, la etnia, la raza o nación a la que pertenezca, su sexo, su orientación sexual, razones de género,  enfermedad que padezca o discapacidad. Esta agravante tiene su fundamento en  las situaciones objetivas de especial vulnerabilidad que presentan  algunos colectivos y que les hace merecedores de una específica protección

La  reciente Sentencia  429/2019 de  10 de diciembre, dictada por el Juzgado Nº 2 de Granollers, reconoce la dignidad humana colectiva de las personas LGTBI. Esta  resolución condena a seis de los miembros de un grupo llamado Pilla-Pilla a penas que oscilan entre los nueve meses y los cinco años y medio  de cárcel, por humillar públicamente a hombres homosexuales, a los que citaban a través de un chat gay para dispensarles un trato vejatorio que grababan en video. La sentencia dictamina:

Se hace preciso constatar la existencia de un plus delictivo por el cual es preciso que la sociedad, en su conjunto, se conmueva ante lo discriminatorio de la situación porque en el delito concurre, además de la situación descrita en la tipicidad, un plus que afecta a la tolerancia, que afecta a la convivencia pacífica, haciendo que la situación fáctica del delito conlleve además una conmoción social sobre el contenido de respeto y de quebranto de la necesaria tolerancia. De esta manera, el hecho no sólo perturba a la víctima, sino también  al conjunto de la sociedad puesto que el hecho, además, pone de manifiesto un problema de convivencia por la discriminación en la que se basa.    

En este caso, por primera vez, se han unido la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales (FELGTB), la Fundación Triángulo y Movimiento contra la Intolerancia para ejercer la acusación popular en defensa de la dignidad humana colectiva de las personas LGTBI.

Guía rápida para víctimas LGTBI de delitos de odio

Por Charo Alises (@viborillapicara)

Foto: Anderson Parreiras Riedel Lim

¿CUÁNDO ERES VÍCTIMA DE UN DELITO DE ODIO?

Si te agreden, amenazan o causan algún daño a ti o a tus cosas o propiedades y lo hacen por tu orientación sexual o por tu identidad de género (o porque creen que eres LGTBI aún no siéndolo) estás siendo víctima de un hecho que se considera delito y que, por esa motivación lgtbófoba, se califica como ‘delito de odio’. Lo que motiva a la persona o personas que te atacan es muy importante: la condición de lesbiana, gay, bisexual, trans o aparentar serlo.

¿CÓMO PUEDES ACTUAR?

Lo primero que puedes hacer es llamar en ese mismo momento a la policía, contarle lo sucedido y pedirle que acuda al lugar donde estás y dónde se ha producido la agresión. Si acuden con rapidez puede que hasta logren localizar y detener a la persona o grupo de personas que te hayan atacado. Si no lo localizan en ese momento, es momento de que tomen los datos personales de posibles testigos de lo sucedido para tenerlo en cuenta en su atestado policial. Sobre los testigos, recuerda tú también tomar sus datos personales para facilitarlos en la denuncia que hagas.  Lee el resto de la entrada »

¿Para cuándo un orgullo hetero?

Por Charo Alises (@viborillapicara)

Foto: TC Moore

¿Para cuándo un orgullo hetero? Todos los años por estas fechas hay quienes hacen esta pregunta. Pero no pasa nada, todos los años por estas fechas respondemos pacientemente a tan sesuda cuestión.

En España, las personas LGTBI, aún no han alcanzado la igualdad real de derechos:

  • Según el Ministerio del Interior, la orientación sexual y la identidad de género se encuentran entre las principales causas de delitos de odio .
  • Casi 50 jóvenes LGTBI se quitan la vida al año  y al menos 950 lo intentan, según el Observatorio Español contra la LGTBIfobia. Los intentos de suicidio entre la juventud LGTBI son de tres a cinco  veces más numerosos que la juventud en general. Entre las causas se apuntan la falta de apoyo en el entorno familiar y escolar y el bullying.
  • Solo el 40% de las personas LGTBI están completamente fuera del armario en sus centros de trabajo. Así se recoge en el informe «La diversidad LGTB en el contexto laboral en España” elaborado por la consultora  Mpatika. El principal motivo de la invisibilidad de las personas LGTBI es el temor a ser discriminado ya que según el estudio citado, el 86% de las personas entrevistadas ha escuchado alguna vez chistes, comentarios homófobos o rumores acerca de su orientación sexual o la de algún compañero.
  • Un estudio de la Universidad Rey Juan Carlos ha constatado que la principal causa del sinhogarismo entre la población  LGTBI es la expulsión del hogar de referencia por discriminación, ya que sus miembros no asumen la orientación sexual o la identidad de género de esa persona.
  • Las personas mayores LGTBI con frecuencia se ven obligadas a volver al armario cuando tienen que ingresar en una residencia.
  • Las personas trans siguen teniendo que declararse enfermas para ver reconocida su identidad en documentos oficiales como el DNI.
  • Todavía hay quienes ofertan –y practican- terapias para “curar” a las personas LGTBI,  a pesar de que los colegios de médicos y de psicología de España han reiterado que la homosexualidad no es una enfermedad y han censurado esas terapias por ser innecesarias y  causar graves daños a la salud.
  • Las mujeres lesbianas están obligadas a casarse para que ambas puedan acceder a la filiación de sus hijas e hijos.

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Frente al discurso del odio, así es como se muestra la diversidad

Por Apoyo Positivo (@Apoyopositivo

#ThisIsWhatDiversityLooksLike #OrgulloLGTBIQ2019

        Apoyo Positivo es un recurso comunitario de innovación social que promueve la diversidad y atiende sus necesidades en salud, educación y derechos desde 1993.

Con estas palabras, Apoyo Positivo comienza una aventura junto a 1 de cada 10 blog, para acercaros la realidad diaria de la diversidad, y de algunos de los colectivos y personas más vulnerables de nuestra sociedad, por el simple hecho de ser y como consecuencia del discurso de odio e histórico “apartheid”, que las personas diversas, en concreto el colectivo LGTBIQ, hemos vivido, sufrido y pagado con nuestras vidas.

Y, hoy en día, lo seguimos haciendo.

Cada año, el 28 de junio se celebra el Día Internacional del Orgullo LGBTIQ (lésbico, gay, bisexual, transexual, intersexual y queer). El orgullo, pero, sobre todo, la libertad de ser, conmemorando los disturbios de Stonewall, unas manifestaciones espontáneas contra la redada policial, que tuvo lugar en la madrugada de ese día en 1969, en el bar neoyorquino Stonewall Inn. Lee el resto de la entrada »

Demandas del colectivo LGTBI para las próximas elecciones

Por Marcos Ventura Armas (@MarcosVA91) activista de Gamá, Colectivo LGTB de Canarias

Foto: Rafa Alcaide / EFE

Este 26 de mayo se celebran elecciones locales en toda España, autonómicas en la mayor parte del país, y en Canarias, además, insulares. Ante este panorama electoral, el Colectivo Gamá ha elaborado de forma participativa entre sus grupos de trabajo y sus personas asociadas y usuarias un documento programático con 20 demandas que tenemos como colectivo LGTBI, para que sea tenido en cuenta por los partidos políticos que se presentan a las elecciones. Como activista de Gamá y miembro de la comisión de trabajo encargada de la elaboración del documento y su presentación a los partidos, quiero resumir los puntos que considero más importantes. Lee el resto de la entrada »

Ciudades en pie por la Ley LGTBI

Por Charo Alises (@viborillapicara)

Foto: Alejandro Ernesto /EFE

Catorce veces se han suspendido las sesiones de trabajo sobre la Ley de Igualdad LGTBI que se tramita en el Congreso de los Diputados. Ante estas  demoras injustificadas e injustificables, entidades LGTBI  de todo el territorio nacional, pertenecientes a la FELGTB, se han puesto en pie para denunciar la actitud irresponsable  de algunos partidos políticos. La dignidad de las personas LGTBI no admite demoras.

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