Con Motivo del Día Internacional contra la homobia, la bifobia y la transfobia, Charo Alises (@viborillapicara)

Bully / Foto: Thomas Ricker
Para poner remedio a esta grave situación, el Proyecto de Ley contra la Discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales, y de igualdad social de gais, lesbianas, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales, registrado recientemente en el Congreso de los Diputados, establece una serie de importantes medidas en el ámbito educativo que deberán ser implementadas por la Administración del Estado y por las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias:
- La puesta en marcha un plan integral de educación en el cual se fomente la no discriminación y se proteja el respeto a la diversidad sexual, de género y familiar de manera transversal en todas las asignaturas.
- La implementación de cursos de sensibilización y capacitación en los centros de formación permanente del profesorado para todo el personal docente, el cual deberá incorporar la realidad LGTBI y la diversidad familiar dentro de sus programas de estudio de manera regular.
- Se crearán y promoverán programas de coordinación entre los sistemas educativos, sanitario y social orientados a la detección y a la intervención ante situaciones de riesgo que pongan en peligro el desarrollo integral de los menores transgénero o menores con expresión de género no normativo.
- Se impartirá formación que garantice la sensibilización adecuada y correcta actuación de los profesionales del ámbito de la educación, de tal manera que sepan desarrollar los planes de educación basados en el respeto a la diversidad sexual y de género.
- La atención a la Diversidad Sexual, de Género y Familiar estará incluida como materia evaluable en los exámenes de acceso a cuerpos docentes.
- Se promoverá por los centros escolares la impartición de seminarios y campañas de sensibilización respecto a la diversidad sexual de género tanto para los estudiantes como para los progenitores y tutores de los mismos.
- Se garantizará la elaboración de un Protocolo de actuación en Centros Escolares para casos de acoso escolar por orientación sexual e identidad de género o pertenencia a familia LGTBI.
- El alumnado así como el personal docente y no docente que acuda a un centro del sistema educativo nacional, centro educativo público o concertado, centro formativo o alguna actividad formativa, deportiva o de ocio asociada a los mismo, tendrá derecho a:
– Exteriorizar su identidad de género, debiéndose respetar su imagen física, la elección de su indumentaria y el acceso y uso de las instalaciones del centro conforme a su género sentido.
– Utilizar libremente el nombre que hayan elegido, que será reflejado en la documentación administrativa del centro, en especial aquella de exposición pública, como listados de alumnado, calificaciones académicas o censos electorales para elecciones sindicales o administrativas.
9. La Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, en el marco de sus respectivas competencias, garantizarán la introducción de referentes positivos LGTBI en los materiales escolares de manera natural, respetuosa y transversal, en todos los grados de estudios y acorde con las materias y edades.
10. En las bibliotecas de los centros escolares se incorporaran libros de temática LGTBI acordes para todas las edades de los estudiantes
Estas medidas se aplicarán con estricto respeto a las competencias autonómicas y tendrán un carácter supletorio con respecto a las leyes de igualdad LGTBI que están en vigor en algunas comunidades autónomas.
La educación es la principal herramienta para erradicar el odio y la intolerancia y las medidas antes mencionadas, son fundamentales para que el bullying por orientación sexual e identidad o expresión de género desaparezca de los centros educativos. Es deseable que la ley se apruebe pronto para proteger el interés superior de los menores LGTBI.