Lo que nos quieren robar los grupos parlamentarios a las familias homoparentales

Por Juan Andrés Teno (@jateno_), periodista y activista LGTBI especializado en Diversidad Familiar

Foto de Jorge París

El pasado 19 de septiembre  el Congreso  admitía a trámite la Ley de Igualdad LGTBI impulsada por la FELGTB (Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales) y con el concurso de muchas otras entidades del país. Desde entonces  y hasta hoy mismo, el texto está durmiendo el sueño de los justos arrinconado en la memoria de los ordenadores de la Cámara o nutriéndose de polvo en cualquier anaquel de tan constitucional edificio.

Lo que sus señorías no saben es lo que nos estar hurtando, de lo que nos están privando a las madres y padres lesbianas, gais, bisexuales o transexuales, y sobre todo, lo que están negando a nuestras hijas e hijos. Vamos a relatárselo en orden a los habitantes de la plaza de Las Cortes, para que, si tienen a bien, puedan consultarlo con el legajo en la mano, documento que está en poder oficialmente desde el pasado 4 de mayo.

Señoras y señores diputados, si ustedes no tramitan y aprueban esta ley están robando a nuestras hijas e hijos:

  1. Que sean considerados miembros de pleno derechos del colectivo LGTBI (Artículo 3.1.3)
  2. Que se tenga en cuenta que pueden sufrir las mismas discriminaciones que las personas LGTBI (Articulo 3.1.k)
  3. Que se les considere  que pueden ser objeto de una discriminación directa (Artículo 3.3.1)
  4. Que se les considere que pueden ser objeto de una discriminación indirecta (Artículo 3.3.2)
  5. Que se les considere que puedan ser objeto de una discriminación por asociación (Artículo 3.3.4)
  6. Que las administraciones públicas  y el Defensor del Pueblo velen para que no sean discriminados (Artículo 6.8)
  7. Que se les proteja jurídicamente ante cualquier tipo de discriminación (Articulo 24.1)
  8. Que las administraciones públicas adecuen la documentación administrativa a la heterogeneridad de sus familias (Art.24.3)
  9. Que se fomente su respeto y protección por el hecho de que sus madres o padres sean lesbianas, gais, bisexuales o transexuales (Artículo 26.1)
  10. Que si tienen dos madres puedan ser inscritos en el Registro Civil desde el centro hospitalario donde nacieron como ocurre con sus amigos o amigas con padres y madres heterosexuales (Artículo 26.2)
  11. Que no haya discriminación cuando sean adoptados o acogidos por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género (Artículo 26.3)
  12. Que se proteja el respeto a la diversidad familiar en un Plan Integral de Educación realizado tanto por el Estado como por las Comunidades Autónomas (Artículo 40.1)
  13. Que se forme a todos sus profesores  y profesoras de manera regular en diversidad familiar (Artículo 40.2)
  14. Que en todas las asignaturas de todos los cursos haya ejercicios y ejemplos de diversidad familiar (Artículo 40.3.a)
  15. Que desde Educación Infantil reciban enseñanzas sobre diversidad familiar (Artículo 40.3.b)
  16. Que la atención a la diversidad familiar se incluya en asignaturas  de Educación Primaria (Artículo 40.3.c)
  17. Que en Educación Secundaria puedan estudiar en Historia el movimiento LGTBI (Artículo 40.3.d)
  18. Que sus profesores y profesoras deban estudiar la atención a la diversidad familiar en los exámenes para acceder a cuerpos docentes (Artículo 41.2)
  19. Que en sus centros escolares se realicen seminarios y campañas de sensibilización sobre diversidad familiar para sus compañeros y compañeras y sud madres y padres (Artículo 42)
  20. Que el Estado y las Comunidades Autónomas elaboren un Protocolo de actuación para casos de acoso escolar en los que se les incluya por pertenecer a una familia homoparental (Artículo 41.3)
  21. Que los materiales didácticos que utilicen en sus clases sean respetuosos con sus familias (Artículo 45.1)
  22. Que en los planes de estudios oficiales universitarios se contemple la realidad de sus familias y de la realidad LGTBI (Artículo 46.5)
  23. Que el Estado y las Comunidades Autónomas garanticen que no sean discriminados por formar parte de una familia LGTBI y que velen por el respeto de sus derechos y el libre desarrollo de su personalidad (Artículo 50)
  24. Que el Instituto  de la Juventud de España y los órganos autonómicos equivalentes presten servicios en cuestiones de diversidad familiar (Artículo 55)
  25. Que el Estado y las Comunidades Autónomas desarrollen programas de sensibilización destinados a la infancia y la juventud para fomentar el respeto a la diversidad familiar (Artículo 56)
  26. Que sus monitores y monitoras reciban formación en diversidad familiar (Artículo 57)
  27. Que cuando vean la televisión, oigan la radio o lean un periódico comprueben que su realidad familiar aparece en los contenidos (Artículo 65)

Señoras diputadas y señores diputados, nuestras hijas e hijos solo quieren tener los mismos derechos reales que el resto de sus compañeras y compañeros, que su protección ante la evidente LGTBIfobia que aún persiste en este país sea similar a la que reciban los menores LGTBI. Y para que esto sea posible es imprescindible que dejen al lado sus luchas políticas y condicionantes ideológicos y hagan posible (y a la menor brevedad) la publicación de esta ley en el Boletín Oficial del Estado.

Cuando en las próximas fiestas navideñas compartan risas, comidas y regalos en su entorno familiar recuerden que nuestras hijas e hijos siguen desprotegidos y que en sus manos, solo en sus manos, está solucionarlo.

¡Feliz Navidad!

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