Por Charo Alises, abogada y colaboradora habitual en nuestro blog
Lesbiana de mierda, te voy a hacer la vida imposible. La gente como tú me da asco, conmigo aquí no tienes nada que hacer. Estoy harto de ti, puta lesbiana, te voy a echar a la puta calle. Me da asco trabajar contigo, no te hago fija porque no quiero una lesbiana en mi tienda.
Por estos insultos, y el continuo trato vejatorio dispensado a su empleada, el responsable de un supermercado de la Gran Vía de Barcelona, ha sido condenado a 14 meses de prisión como autor de un delito contra la integridad moral -por el Juzgado de lo Penal nº 17 de la capital catalana- obligándole a indemnizar a la víctima con 5.000 euros en concepto de daños morales.
El acoso que ésta sufrió durante los seis meses que duró su contrato de trabajo, le provocó ansiedad, insomnio y estrés emocional. El condenado recurrió la sentencia y su recurso fue desestimado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona, mediante una resolución en la que este Tribunal afirmó:
La orientación sexual de la víctima debe ser respetada, lo que no hizo el acusado, quién menospreció a la víctima, poniendo de manifiesto lo que pensaba sobre su orientación sexual.
¿Qué puedes hacer si sufres acoso laboral por orientación sexual o por identidad de género?
En primer lugar, debemos tener presente que para poder acreditar el acoso laboral por orientación sexual o por identidad de género, es fundamental recopilar todas las pruebas posibles:
- Documentos escritos: correos, circulares, notas, encargos, órdenes de trabajo, cambios de puestos o de funciones.
- Conversaciones grabadas: se pueden utilizar en juicio siempre que el trabajador participe en ellas.
- Testigos: puedan declarar sobre los hechos, pueden ser compañeros, clientes, trabajadores de otras empresas que hayan presenciado los hechos.
- Fotografías de los hechos.
- Informes médicos y psicológicos: servirán para acreditar los daños que nos ha causado el acoso sufrido.
En estos casos, además de acreditar que hemos sufrido acoso laboral, debemos probar, que ese acoso ha venido motivado por nuestra orientación sexual o por nuestra identidad de género. En este sentido es fundamental aportar datos que avalen tal discriminación: si nuestra orientación sexual o identidad de género era conocida en la empresa, comentarios despectivos que hiciesen hacia el colectivo LGTB, la forma en la que nos trataban, si hubo insultos, de qué clase fueron…
Las vías que tenemos a nuestra disposición en casos de acoso laboral por orientación sexual e identidad de género, son:
La vía extrajudicial:
- Presentando denuncia ante la inspección de trabajo. A la denuncia adjuntaremos todas las pruebas de las que dispongamos. El inspector, investigará los hechos, sin indicar en ningún momento quién ha interpuesto la denuncia. Con lo que descubra, redactará un acta que nos servirá de prueba si iniciamos un procedimiento judicial. El inspector podrá requerir a la empresa para que cese el acoso y obligarla a tomar medidas para que el acoso termine, asimismo, podrá sancionar a la empresa, tanto por ser el origen del acoso, como por no haberlo evitado, como es su obligación.
- Ver si en el Convenio Colectivo existe un protocolo frente al acoso y en ese caso, activarlo.
- Poner los hechos en conocimiento del Comité de Seguridad y Salud de la empresa, para que se investiguen los hechos y se tomen las medidas necesarias. Funciona cuando el acoso proviene de otro trabajador, no por la empresa.
- Denunciar los hechos ante la dirección de la empresa: cuando el acoso no procede la misma empresa. La empresa tiene la obligación de evitar situaciones de acoso y velar por la salud de los trabajadores. No suele ser una medida efectiva.
La vía judicial:
- Ante la Jurisdicción Social se pueden interponer los siguientes procedimientos:
– Demanda por tutela de derechos fundamentales para la defensa de la dignidad de la persona acosada de forma que el Juez constate el acoso y obligue a su cese. Es un procedimiento urgente y preferente.
– Procedimiento para extinguir la relación laboral para pedir que se extinga tu relación laboral con la empresa debido al acoso y que se te reconozca la máxima indemnización, como si se tratara de un despido improcedente con la posibilidad de pedir prestación por desempleo.
-En los dos casos anteriores, se puede pedir a la empresa una indemnización por los daños y perjuicios que el acoso te haya causado. Habrá que cuantificar los daños y demostrarlos.
En estos procedimientos, se puede solicitar al Juez que exima a la persona acosada de la obligación de asistir al puesto de trabajo mientras se solventa el procedimiento pudiendo cobrar el salario mientras tanto. En estos casos hay que demandar tanto al acosador como a la empresa. En los procedimientos por acoso, la persona acosada deberá presentar indicios del acoso y la empresa tendrá que demostrar que el acoso no ha existido.
- Jurisdicción Penal
El acoso laboral por orientación sexual e identidad de género es un delito de odio que se debe denunciar. La denuncia puede hacerse de forma verbal o por escrito. Se puede presentar ante el Juzgado de Instrucción, el Juzgado de Paz del domicilio de la víctima, la Fiscalía para la Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación, la Comisaría de Policía de ámbito nacional, autonómico o local y el cuartel o dependencia de la Guardia Civil. En la denuncia haremos constar todos nuestros datos personales, relataremos lo sucedido, daremos todos los datos que conozcamos de la persona que nos acosa y aportaremos las pruebas que tengamos así como los datos personales de los testigos de los hechos.
- Jurisdicción Civil
Podemos presentar una demanda civil para pedir una indemnización por daños y perjuicios a quién nos haya acosado, si no es el empresario.
- Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Cuando se es funcionario público no se debe acudir a la vía laboral sino a la vía contenciosa. En la Administración Pública existe un protocolo contra el acoso para solicitar a los superiores jerárquicos que se acabe con esa situación. En el caso de que la Administración no actúe, existe la posibilidad de demandarla ante los Juzgados Contencioso-Administrativo, así como pedir una indemnización por daños y perjuicios.
Estos son los recursos con los que cuentas si eres víctima de acoso laboral por tu orientación sexual o por tu identidad de género. Utilízalos y defiende tus derechos. Has de saberlos. Y también que puedes y debes pedir apoyo, estás en tu derecho de no aceptar que otros te amedrenten en tu trabajo y carrera profesional por ser homosexual, bisexual o trans. Las organizaciones LGBT te pueden echar un cable si necesitas ayuda, y hay guías como la de la FELGTB que te pueden orientar más en profundidad.
No aguantes aquello que atenta contra tu dignidad, lucha por ti.
El problema es cuando tu contrato es con una ETT. Por mi experiencia personal y pasando por acoso laboral, NO he podido acudir a ninguna de estas posibilidades ya que por la ETTs no està previsto ningun tipo de protocolo por estos casos.
Con todos mis informes y pruebas acudi tambien a CCOO pero, por el hecho de trabajar con uan ETT no pudieron hacer nada, aunque yo tenia razon.
Finalmente no me renovaron el contato de trabajo por el hecho que «yo habia creado problemas en la empresa»
PD: mi ex empresa es la que te hacia firmar un monton de papeles sobre la no discriminacion religiosa, por genero, pro asuntos personale y tambien por orientacion sexual
18 marzo 2016 | 12:55
Qué diferencia hay con cualquier otro tipo de acoso laboral, salvo el caso adicional de ser un presunto delito de odio? (Pregunto por curiosidad nada más). Son entonces dos cosas juzgadas diferentes, un caso de acoso y otro de delito de odio, o es un caso de acoso con agravante?
18 marzo 2016 | 13:38
Hola Carlos, ciertamente, sea cual sea el tipo de contrato, acreditar que se ha sufrido discriminación en el trabajo por orientación sexual es a veces complicado ya que esta discriminación no es directa y burda sino que está se esconde detrás de todo tipo de justificaciones que no son verdad como te pasó a tí. Por eso el tema de intentar, si se puede, recopilar todas las pruebas posibles para acreditar que ha existido discriminación. No obstante recursos tenemos para luchar contra la discriminación que suframos en nuestro puesto de trabajo
, sea cual sea nuestro tipo de contrato, hemos de intentar hacer valer nuestros derechos por todas la vías a nuestra disposición. Un abrazo y suerte
18 marzo 2016 | 14:29
Hola Victoria, la diferencia de un acoso lab oral que no sea por motivos discriminatorios con un acoso laboral por orientación sexual o por identidad de género está en la motivación discriminatoria y es esa motivación la que hace que ese acoso laboral se califique como un delito de odio. Esto viene recogido así en el Código Penal:
Artículo 314.
Los que produzcan una grave discriminación en el empleo, público o privado, contra alguna persona por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, por ostentar la representación legal o sindical de los trabajadores, por el parentesco con otros trabajadores de la empresa o por el uso de alguna de las lenguas oficiales dentro del Estado español, y no restablezcan la situación de igualdad ante la ley tras requerimiento o sanción administrativa, reparando los daños económicos que se hayan derivado, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses.
Espero haberte aclarado algo, un abrazo,
Charo
18 marzo 2016 | 14:42
Yo en mi caso sufrí doble acoso, por homosexual y por tener una minusvalia, al final me pasó un poco como a Carlos, que era más fácil echarme a mí y se acabó el problema, no denuncié ya que no queria perjudicar a mi hermana, que trabajaba en la misma empresa.
18 marzo 2016 | 23:46
A mi me ha pasado eso… pero ademas me encontré las ruedas del coche pinchadas y un cristal roto con pintadas de lo típico «maricón vete de aquí «… me cambiaban el turno, o me dejaban sin trabajo … pero aguanté porque no me fuí y el despido fue improcedente… pero en cuestión de salud me costó una depresión y no he logrado levantar cabeza. Quisiera morirme… porque no logro creer en la bondad de la gente.
19 marzo 2016 | 00:36
¡Ánimo Marcos!, no todo el mundo es igual, también hay buena gente
19 marzo 2016 | 11:07