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Podrán cortar todas las flores, pero no podrán detener la primavera. (Pablo Neruda)

Multa de 35.000 euros por envenenar a cuatro buitres

Poco a poco, jueces y agentes medioambientales están acabando con la impunidad de los envenenadores de animales. La última sentencia por matar con veneno al menos a un buitre negro y tres buitres leonados es dura y ejemplarizante:

  • multa de 36.000 euros
  • seis meses de prisión
  • dos años de inhabilitación para el ejercicio de la caza

Una oveja como cebo

La Asociación Profesional de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha (APAM-CLM) ha hecho pública una sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Ciudad Real que condena con dureza al autor de este envenenamiento. Los hechos juzgados se remontan al año 2012, cuando agentes medioambientales de la provincia de Ciudad Real localizaron el cadáver de un buitre negro supuestamente envenenado en el término municipal de Agudo.

En los siguientes días, tras realizar las correspondientes inspecciones, agentes medioambientales de la provincia, junto a componentes de la Unidad de Investigación de Venenos de Ciudad Real (UNIVE) y de la Unidad Canina de Albacete, localizaron los cadáveres de otros tres buitres leonados y el cadáver de una oveja comido por los buitres.

Peligroso pesticida

Las necropsias de los animales del centro de recuperación de referencia “El Chaparrillo” y los análisis toxicológicos realizados en el laboratorio de toxicología del IREC demostraron que tanto en los buitres como en el cadáver de la oveja se hallaba el mismo producto tóxico, llamado Oxamilo, y que, según dicta la sentencia condenatoria, queda demostrado que el cadáver de la oveja fue utilizado como cebo para la eliminación de los buitres.

El Oxamilo es un potente pesticida (carbamato) utilizado en cultivos agrícolas cuya versión granulada ha sido prohibida en los Estados Unidos dada su extremada peligrosidad. A pesar de ello, se puede comprar incluso por internet.

Por suerte, la memoria del 2018 de la fiscalía de Medio Ambiente hace hincapié en la disminución del número de diligencias previas incoadas de delitos contra la fauna por el empleo de cebos envenenados. Pero es importante no bajar la guardia.

Es importante recordar que el Cuerpo de Agentes Medioambientales es nuestra policía medioambiental. Por ello, en caso de encontrar fauna muerta o herida es importante ponerse en contacto con ellos para que puedan ayudar a esos animales y, si es preciso, castigar a los culpables.

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3 comentarios

  1. Dice ser Javier

    ¿El cuerpo de agentes medioambientales es nuestra policía medioambiental? ¿Y el Seprona que es? Hay que recordar que la única policía específica de medioambiente es el Seprona, lo demás son otra cosa y tienen muchas limitaciones.

    20 enero 2020 | 00:31

  2. Dice ser voyance

    Gracias por estos consejos muy interesantes, ¡es realmente agradable encontrar artículos tan interesantes como los suyos! Le deseo salud, longevidad, éxito, felicidad y paz de corazón.

    20 enero 2020 | 11:49

  3. Dice ser Antonio

    Atento Javier.
    RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS AGENTES MEDIOAMBIENTALES COMO AGENTES DE LA AUTORIDAD
    La condición de Agente de la Autoridad y policía administrativa especial genera la capacidad de formular actas de inspección, atestados y denuncias, siempre con presunción de veracidad; la obligación de las personas físicas y jurídicas a identificarse ante ellos; el acceso a fincas cualquiera que sea su titularidad y la toma de medidas cautelares.
    Como ya hemos visto, los Agentes Forestales han ostentado a lo largo de su existencia la condición de Agentes de la Autoridad y actualmente la siguen ostentando por disposición legal de carácter general. Así lo ordena la Ley 9/1999 y también la Ley 10/2006, de Montes (normativa Estatal), que en su artículo 6 párrafo q) define al Agente Forestal como:

    “Funcionario que ostenta la condición de agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

    21 enero 2020 | 13:22

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