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¿Estarías dispuesto a acoger a un menor en tu familia?

Begoña Costillo publicó ayer para EFE un artículo titulado ‘Menores en acogida: la familia se impone a la residencia’ que me ha parecido especialmente interesante y por eso os lo traigo aquí.

Por lo visto está en proceso una nueva legislación sobre el acogimiento, una práctica que «ha cobrado fuerza durante los últimos años en España y se impone frente a la opción tradicional de la residencia, que los expertos consideran obsoleta y que desaconsejan con razones psicológicas y sociales».

En total unos 15.000 menores están internados en residencias y casi 22.000 que están acogidos en familias.

El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad ha puesto sobre la mesa el anteproyecto de ley de Protección del Menor, que pretende evitar que los menores de seis años en situación de desamparo ingresen en centros de protección y que facilitará y agilizará los trámites para que sean acogidos por familias, lo que aporta a los niños en esta situación más estabilidad.

CARLOS, FELIZ EN SU FAMILIA DE ACOGIDA

Carlos encontró hace 8 años una de estas familias, cuando él tenía cinco años y su madre de acogida 41, y sus «hermanos» 9 y 11 años; los encontró además cuando ellos también le buscaban, pues estaban «deseando que formase parte de su familia», cuenta la madre de acogida de Carlos, Teresa.

Carlos llevaba 3 años viviendo en una residencia de acogida, en la que tenía multitud de amigos, pero que nada tenía que ver con una familia. «Yo ya tenía muchas ganas de tener una familia, porque no es lo mismo que tener amigos», recuerda Carlos.

Como Carlos, son miles de niños los que viven acogidos en familias y miles más los que esperan encontrarla. Según Juan Carlos Mato, director general de Política Social, de las Familias y de la Infancia del Ministerio de Sanidad, en 2009 (últimos datos disponibles) existían en España 14.857 niños en residencias de acogida y 21.831 en familias.

«La familia atiende al niño con más continuidad y supone una estabilidad mucho mayor para él» ha explicado a Efe Jorge Fernández, profesor de psicología social de la Universidad de Oviedo y director del Grupo de Investigación en Familia e Infancia de esta universidad.

Un niño necesita por naturaleza una figura de apego con la que crear un vínculo sólido que luego determinará su desarrollo afectivo, social, su confianza en sí mismo y en los demás, ha subrayado Jorge Fernández, para quien resulta difícil forjar este vínculo en un centro en el que el menor está atendido por multitud de profesionales, que rotan en sus horas de trabajo y turnos de vacaciones.

«Un niño que vive en un centro puede conocer a lo largo de su estancia allí a casi diez educadores distintos», ha observado este especialista.

Es en los primeros años de vida cuando se crea este vínculo con la figura de apego y, por eso, la nueva legislación establece que los menores de 3 años siempre, y los menores de 6 prioritariamente, serán acogidos en familia.

Pero el proceso de cambio no es sencillo; Juan Carlos Mato asegura que éste es un paso importante porque traza un objetivo concreto hacia el que trabajar, pero para que esto sea posible, ha precisado, es necesario que haya familias dispuestas a acoger.

Fuentes del Ministerio han informado a Efe de que la futura ley nace de la necesidad de dar solución a problemas concretos como la falta de criterios para garantizar el interés superior del menor, el escaso desarrollo de la prevención ante situaciones de riesgo, el insuficiente desarrollo de la acogida familiar o los procedimientos excesivamente largos.

Desde esa pretensión, la legislación, además de dar prioridad a la acogida en familias, reforzará la prevención para evitar situaciones de desamparo, a través de programas de preservación familiar que apoyen la resolución de conflictos en las familias.

Si el primer mecanismo de prevención falla, y se dicta el desamparo del menor, éste entrará a formar parte del proceso de acogida que, con la nueva ley, simplifica su ejecución para conseguir la mayor estabilidad posible para el niño.

Para ello, se eliminan el acogimiento provisional y el preadoptivo. Así, si un menor está en condiciones para ser adoptado, se inicia directamente este proceso, sin necesidad de un acogimiento previo. Si está en condiciones de ser acogido, se inicia el acogimiento permanente, sin contar con el provisional.

En el futuro, y si la ley entra en vigor en los términos en los que actualmente está redactada, solo existirían el acogimiento simple, si se contempla la posibilidad de que el niño pueda regresar con su familia biológica, y el acogimiento permanente, cuando la viabilidad de la vuelta con sus padres biológicos parece menos probable.

LA FORMACIÓN Y EL SEGUIMIENTO, VITALES PARA LAS FAMILIAS

Las familias acogedoras necesitarán primero formación y segundo un seguimiento, porque deben conocer que el menor al que van a integrar ha vivido situaciones muy duras y puede presentar problemas de conducta que deben saber gestionar, ha explicado Jorge Fernández.

Teresa, la madre de acogida de Carlos, asegura que desde el Instituto Madrileño del Menor y la Familia (IMMF) siempre la han apoyado cuando ha necesitado ayuda, además del seguimiento anual del caso y de algunas charlas formativas iniciales.

Por otro lado, algunas asociaciones de acogimiento expresan la necesidad de reforzar ese seguimiento; la vicepresidenta de la asociación Familias para la Acogida, y directora del área de Infancia y Juventud del Instituto de la Familia de la Universidad San Pablo CEU, Teresa Díaz, asegura que la administración pública no tiene recursos suficientes para buscar, formar y atender a las familias acogedoras y que, por tanto, deberían dar más salida a las asociaciones civiles que dedican su profesionalidad y recursos al acogimiento. «La administración no puede encontrar familias acogedoras por sí sola», cuenta Teresa.

A través de años de experiencia en acogimientos, Teresa Díaz ha comprobado que las asociaciones «hacen posible lo que la administración da por perdido», porque desde Familias para Acogida hacen seguimientos y formación continua para las familias acogedoras y encuentran hogares a los niños con más dificultades para ser acogidos, como los menores con discapacidad o los adolescentes.

Y pienso en la generosidad de esos padres que se ofrecen para acoger a un niño desconocido en sus hogares, para incluirlo en la familia junto a sus propios hijos. Imagino que puede ser muy duro, pero también muy satisfactorio.

En la Asociación Familias para la Acogida cuentan que siempre hacen falta familias voluntarias para el acogimiento y explican así en qué consiste en este momento:

El ACOGIMIENTO es la integración de un menor, que no puede ser atendido adecuadamente por su familia, en otro núcleo familiar que se compromete a cuidarlo y educarlo,

OBJETIVOS:

-Integrar al menor en una familia que le facilite un desarrollo integral de su personalidad y que favorezca vínculos estables con su familia biológica.

-Ayudar a la familia biológica a resolver las dificultades que hayan motivado la separación.

Atendiendo a su finalidad distinguimos varios TIPOS DE ACOGIMIENTO:

-ACOGIMIENTO FAMILIAR SIMPLE: tiene carácter transitorio, bien porque la situación del niño/a prevea su reinserción en su propia familia, bien porque su finalidad sea garantizar su atención hasta que se acuerde otra medida de protección más estable.

-ACOGIMIENTO FAMILIAR PERMANENTE: cuando la edad u otras circunstancias del niño/a y su familia así lo aconsejen y así lo informen los servicios de atención al menor. En tal supuesto la entidad pública podrá solicitar del juez que atribuya a las personas acogedoras facultades de la tutela que faciliten el desempeño de sus responsabilidades, atendiendo, en todo caso, al interés superior del niño/a.

-ACOGIMIENTO FAMILIAR PREADOPTIVO: se da cuando se encuentre el niño/a en situación jurídica adecuada para su adopción, y la entidad pública considere necesario, por las circunstancias, un período previo de acogimiento.

La diferencia entre el acogimiento familiar y la adopción es que

EL ACOGIMIENTO es un recurso de apoyo temporal o indefinido en situaciones en las que la convivencia con la familia biológica no es posible, por tanto, se trata de asegurar el desarrollo del niño/a en un entorno familiar alternativo manteniéndose la relación con la familia biológica . Finaliza cuando ese apoyo temporal deja de ser necesario, previa decisión de la autoridad competente (IMMF o juzgado).

LA ADOPCIÓN es un recurso orientado a proporcionar una familia a niños/as que carecen de ellos o que, aún teniéndolos, no podrán volver a vivir con ellos. Por tanto, una medida definitiva e irrevocable, creándose una relación de filiación exactamente igual que la de un hijo/a biológico, que genera los mismos derechos y obligaciones,cesando todo vínculo y relación con la familia biológica.

Para contactar con Familias Para la Acogida: 91 306 02 76 y secretaria@familias-acogida.es

Yo tengo clarísimo que no podría ser familia de acogida. Con un hijo con autismo y otra niña de dos años y medio y nuestra compleja intendencia familiar, ni me lo planteo.

Pero siendo completamente sincera creo que tampoco lo sería aunque mis dos hijos fueran neurotípicos. Llamadme cobarde o cómoda. Tal vez lo sea.

¿Vosotros acogeríais a un niño?