Entradas etiquetadas como ‘delito’
Alfred López 18 de febrero de 2023
A través de mi perfil @yaestaellistoquetodolosabe2 en la red social Instagram me preguntan de dónde surge la expresión ‘Sin cuerpo no hay delito’.
La expresión ‘Sin cuerpo no hay delito’ (también en la forma ‘Sin cadáver no hay delito’) se utiliza comúnmente en referencia a los casos de homicidio y hace referencia a la necesidad de contar con pruebas físicas o evidencia material para demostrar que se ha cometido un delito.
En el contexto de un caso de homicidio, el cuerpo de la víctima es una de las pruebas más importantes para demostrar que se ha cometido el delito. La presencia del cuerpo y las pruebas que se puedan obtener del mismo pueden proporcionar información crucial sobre cómo se cometió el delito y quién lo cometió.
La frase suele utilizarse en referencia a los casos de homicidio o desaparición de personas, en los cuales es necesario contar con pruebas físicas para demostrar la existencia del delito y la culpabilidad del acusado. En ausencia de pruebas físicas, puede ser difícil o imposible probar que se ha cometido un delito, lo que podría llevar a la absolución del acusado.
Sin embargo, es importante destacar que la ausencia del cuerpo no impide necesariamente la investigación y el enjuiciamiento de un posible delito de homicidio. En algunos casos, pueden existir otras pruebas o evidencias que permitan demostrar la comisión del delito, como declaraciones de testigos, pruebas forenses, análisis de ADN, entre otras.
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Alfred López 23 de enero de 2023
Conocemos como ‘cómplice’ a la persona que por afinidad con otra ayuda a esta en algún tipo de asunto, ya sea lícito o ilícito. Suele asociarse el vocablo a ambientes jurídicos y policiales, para señalar a aquel que es conocedor o colaborador de un delito y/o delincuente, aunque también se puede utilizar para hacer referencia a la relación cercana y de amistad entre dos o más personas (tener complicidad).
Etimológicamente, el término proviene del latín tardío ‘complex’, cuyo significado era ‘compañero, partícipe’ y a su vez el vocablo latino provenía del verbo ‘complecti’, significando ‘abrazar, rodear, unir, conectar’ y estaba relacionado con la idea de ‘estar juntos’ o ‘estar involucrados en algo’.
Esa afinidad y camaradería propició que en el ámbito jurídico se denominase también como cómplice a aquel que colabora o es conocedor de un acto ilícito como (aunque no sea el ejecutante del mismo).
El término cómplice fue recogido en el Diccionario de Autoridades de 1729 con la acepción de ‘El Compañero en el delito’, así como también la forma complicidad, dándole en significado de ‘Compañía en el delito. Es voz Forense’ (del ámbito judicial).
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Alfred López 01 de abril de 2022
El ‘cohecho’ es un delito que se encuentra tipificado en cualquier código penal y que consiste en pagar a un juez o a un funcionario público con el fin de que favorezca algún interés concreto o a una persona. Este acto de pagar ilícitamente es conocido como ‘soborno’, proveniente del latín ‘subornare’ (proveer a escondidas).
El término cohecho proviene del latín ‘confectare’, cuyo significado era ‘arreglar algo’.
Cabe destacar que del árabe también nos llegó el vocablo ‘alfadía’ (de su original alhadiyya), con el mismo significado y que, originalmente, significaba ‘dádiva con la que se quiere grangear la voluntad de alguien’ (ganarse su confianza o favor), tal y como se recogió en el diccionario académico, en su edición de 1780.
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Alfred López 12 de marzo de 2018
Es muy habitual ver en películas y series de televisión o leer en novelas negras, a la hora de investigar un crimen que se ha cometido, pronunciar la expresión ‘cuerpo del delito’, siendo también ampliamente utilizada por un gran número de medios de comunicación y noticieros.
Muchas son las personas que creen, erróneamente, que dicha alusión se hace como referencia al cadáver pero realmente no es así.
En realidad esa locución es la traducción literal de la antiquísima fórmula latina ‘corpus delicti’ utilizada ya por los juristas del Imperio Romano y que se usaba para referirse a todas aquellas pistas y elementos que existen alrededor de un crimen y que pueden determinar cómo se produjo y quién es el responsable.
Por poner un ejemplo, todos aquellos elementos probatorios que relacionan dicho delito con el principal sospechoso del mismo: objetos e instrumentos que podrían haberse utilizado, todo aquellos rastros dejados en la escena del crimen (huellas, pisadas, rastros biológicos…), además de testimonios e indicios que echan por tierra una posible coartada.
Incluso en un caso de desaparición y en el que no se ha podido hallar un cadáver, el ‘cuerpo del delito de una investigación‘ hace referencia a todas aquellas pruebas circunstanciales que son más que suficientes para demostrar que se ha cometido un crimen y señalar al posible culpable (que posteriormente sería juzgado).
Todo ello en su conjunto es lo que se conoce como ‘cuerpo del delito’, haciendo referencia el término cuerpo no a un ser humano sino a la suma de informaciones y evidencias que existen alrededor de un supuesto crimen.
Evidentemente también sirve para todo lo contrario… demostrar la inocencia o no culpabilidad de alguien en un delito del que se le acusa. Sin las suficientes pruebas e indicios recogidos por el ‘corpus delicti’ no puede ser acusado y, por tanto, sería declarado como ‘no culpable’ (ojo, hay que diferenciar que no es lo mismo ser declarado ‘inocente’ que ‘no culpable’).
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Alfred López 06 de octubre de 2017
Se utiliza la expresión ‘poner en la picota‘ como clara referencia al hecho de poner públicamente a alguien en evidencia y hacerle pasar vergüenza frente a otros al ser recriminados o amonestados por algún asunto.
El origen de la expresión lo encontramos en un hecho muy extendido y común que se realizaba desde hace muchísimos siglos (sobre todo en la Edad Media): exponer en público la cabeza de los ajusticiados de una ejecución o a aquellas personas que habían sido detenidas por cometer algún acto delictivo.
Para ello eran colocados en una picota, que es el nombre que recibía la columna de piedra que se encontraba en la entrada de muchas poblaciones.
El poner en la picota era una manera de escarnio público y un modo de aviso al resto de ciudadanos de lo que les podría ocurrir en caso de cometer algún delito.
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Alfred López 07 de agosto de 2014
Numerosos son los casos que aparecen en la prensa en los que se informa de detenciones de personas o desarticulaciones de redes dedicadas a la pornografía infantil o el abuso de menores siendo utilizados, según el caso, términos como ‘pedófilo’ o ‘pederasta’.
Pero a pesar de parecer sinónimas entre si, ambas palabras tienen significados diferentes no siendo lo mismo que acusen a alguien por ‘pedofilia’ que por ‘pederastia’.
La pedofilia (también llamada paidofilia) es el hecho de sentirse atraído erótica o sexualmente por un menor, coleccionando todo tipo de material pornográfico, pero no por ello haber participado en ningún abuso o encuentro sexual con niños pequeños.
Por el contrario, la pederastia se refiere a aquellos individuos que abusan y mantienen relaciones sexuales con niños.
Estas diferencias entre una conducta u otra es lo que hace que ambos términos parezca que significan algo similar, pero en realidad no sean equivalentes, por lo que a la hora de utilizarlos hay que tener cuidado de no confundirlos.
Evidentemente hay muchísimas ocasiones en las que una persona además de sentirse atraída sexualmente por los menores y tener en su poder material pornográfico (pedófilo) también comete abusos sexuales contra estos (pederasta).
En los últimos años han aumentado los casos, tanto de pedofilia como de pederastia, al mismo tiempo que se han endurecido las condenas y castigos por estas prácticas.
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Fuentes de consulta y más info sobre el tema: Código Penal español / fundéu / UCM
Fuente de la imagen: Minuteca (Archivo 20minutos.es)
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Alfred López 16 de septiembre de 2013
El ‘capirote’ es un gorro en forma de cucurucho invertido que, desde tiempos de la Edad Media, la Santa Inquisición obligaba a llevar colocado sobre la cabeza a todo aquel al que acusaba de algún delito, pecado o herejía.
Aquel que llevaba puesto dicho capirote era objeto de escarnio público, siendo el centro de burla del populacho que se agolpaba en las plazas públicas donde eran exhibidos los castigados por el tribunal eclesiástico.
Dependiendo del grado de castigo, la persona juzgada o acusada por la Inquisición llevaba una serie de elementos que distinguían las diferentes penas.
A aquellos acusados de penas/pecados menores que mostraban arrepentimiento se les colocaba una especie de saco de lana conocido como ‘Sambenito’ que debían portar durante largo tiempo junto al mencionado capirote. Vestidos de dicha guisa eran paseados y mostrados para ser humillados públicamente.
Famosos también son los capirotes que portan los penitentes durante las procesiones (sobre todo en Semana Santa), pero estos iban forrados de tela que caía sobre los hombros y tan solo llevaban un par de agujeros para los ojos, evitando así que se les viera el rostro y se guardase así el anonimato de su identidad.
De ahí que con el tiempo surgiese por parte del pueblo el señalar a aquel que llevaba un capirote con la cara descubierta como alguien falto o escaso de entendimiento (el tonto del que todos se ríen), apareciendo en el vocabulario popular la expresión ‘tonto de capirote’.
El origen etimológico del término ‘capirote’ proviene de ‘capirón’ y este del latín ‘cappero’, cuyo significado es ‘prenda que cubre la cabeza’.
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Fuente de la imagen: Wikimedia commons (Los caprichos de Goya, nº 24 – 1797-98)
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Alfred López 06 de mayo de 2013
Seguro que en más de una ocasión habéis escuchado o leído que, tras dictar la sentencia, un juez ha declarado al acusado como no culpable… ¿Eso quiere decir que es inocente?
Pues no. La diferencia entre declararlo inocente o no culpable es que en el primero de los dos se ha podido comprobar la inocencia del acusado y por lo tanto queda libre de todo cargo.
Por el contrario el segundo supuesto se aplica cuando, aun existiendo evidencias que apuntan que el acusado podría ser culpable del delito, no existen suficientes pruebas que lo demuestren, éstas se han conseguido de un modo ilegal o que cometió el delito bajo cualquier atenuante (por ejemplo, un cuadro psicótico), por lo que hay que declararlo como no culpable.
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