Archivo de septiembre, 2022

También para el Derecho, el cambio climático es un hecho incuestionable

Uno de los efectos colaterales más dramáticos de la crisis energética que estamos sufriendo está siendo el tener que observar cómo crece, cual capullos de amapola en primavera, el número de políticos opinadores jubilados, pseudoperiodistas de chascarrillo, especialistas en todología y cuñadismo en general, asegurando que eso del cambio climático tampoco es para tanto, que no parece que sea un problema tan grave del que nos debamos preocupar de forma desmedida.

Ya adelanto que, habitualmente, no presto mucha atención a esta tipología de fuentes y no por la desazón que me causan, sino por mi firme propósito de dedicar el tiempo que presto a las redes sociales y medios de comunicación a aquellos con los que, esté o no de acuerdo, muestran algo más de vergüenza intelectual.

Sí me duele por tantos amigos especialistas que llevan toda su vida trabajando en ramas de la ciencia como la medicina o la salud, la climatología o la ecología, entre otras, y que tienen que escuchar tanta mendruguez de forma continuada, revestida de la pátina que impregna aquello de que todas las opiniones son igualmente válidas. Pues sí señor, estoy de acuerdo, a mi juicio, la opinión de los negacionistas del cambio climático (descafeinados o torrefactos), tienen la misma validez que la de los terraplanistas, creacionistas, antivacunas recalcitrantes, adoradores de los Iluminati o, incluso, existencialistas de Raticulín. A partir de ahí, que cada uno escoja su nicho de opinador.

Por la parte que me toca, me gustaría dar una pincelada breve sobre algo de lo que no se suele hablar en las tertulias de los programas televisivos de matiné y es la realidad jurídica del cambio climático. Por que sí, también para el Derecho, el cambio climático es un hecho. Y es una realidad incontestable no porque, como muchos se creen, algún político descerebrado haya tenido un exceso de celo normativo en defensa del ambiente en el que vivimos. No, el cambio climático es una certeza jurídica, por lo menos, desde el año 1992 (Convención Marco de las Naciones Unidas) y no se cuestiona prácticamente en ninguna regulación jurídica de los países desarrollados. En esa misma dirección, no solo a nivel global o nacional, sino también los legisladores locales y regionales constatan la realidad del cambio climático en sus pueblos y territorios y la incorporan a sus necesidades normativas para aminorar el impacto que, como comprueban cada día, está provocando en sus gentes.

En la doctrina académica, el tema tampoco se presta a mucho debate. Puede existir discusión sobre la regulación de los mecanismos de adaptación o de mitigación, sobre el desarrollo o ejecución de cada actuación, pero no sobre el hecho jurídico en sí mismo.

En este sentido, se refleja cada vez más en múltiples resoluciones judiciales de muy diferentes instancias, en las que, de una manera o de otra, se identifican realidades que jueces y magistrados, a la vista de las evidencias que se les muestran ante sus ojos, aceptan el cambio climático como un hecho incuestionable con consecuencias jurídicas.

De hecho, este último apunte me sirve para lanzar al aire una pregunta a modo de conclusión: si tuviésemos que decidir nuestro futuro inmediato ante la sala de un tribunal de justicia, en la que los magistrados precisasen una valoración pericial del tema que se estuviese enjuiciando, ¿quién les gustaría que evaluase su problema?, ¿los mejores científicos y especialistas del país sobre el objeto de debate o un grupo de tertulianos televisivos de la mano de un autobús de opinadores de Twitter?

Probablemente, la respuesta a esa pregunta defina bastante bien qué tipo de sociedad queremos ser o, incluso, en qué siglo nos gustaría vivir, el XII o el XXI.

Por Juan Castro – Gil – Abogado, vicepresidente de la Fundación Renovables y secretario de ANPIER