El Blog sobre la Comunidad Latinoamericana en España

La niña ‘sin papeles’

Cuesta creer que una personita de un año y medio haya pasado por las filas de extranjería para obtener un permiso para residir en España y digo que cuesta porque esta personita nació en España, para más señas en el Hospital La Paz de Madrid, pero estuvo ‘sin papeles’ hasta el pasado mes de julio, cuando finalmente le entregaron un permiso de residencia a su nombre, Regina Dávila.

Fue un trámite largo y tortuoso para ella y sus padres, una pareja de mexicanos. Por esos despistes de la administración los mandaron de una oficina a otra para solicitar el permiso de residencia para su hija, como ya lo contamos antes en este blog.

La complicación surgió porque éste no es un trámite usual, ya que la mayor parte de los niños que nacen en este país –hablamos de los hijos de padres foráneos- adquiere la nacionalidad española sin problemas, a menos que sus padres provengan de aquellos países donde se impone el derecho de sangre (el principio ius sanguinis, por el cual se otorga la nacionalidad a los descendientes de sus ciudadanos, independientemente del lugar donde nazcan).

Mala suerte o no, pero México es uno de esos países y la pareja de esta historia lo sabían de antemano, por eso inscribieron a su hija como mexicana y se resignaron a esperar un año para solicitar la nacionalidad española para la pequeña, tal y como les explicaron en el Registro Civil español.

Sin embargo, nada les dijeron sobre la necesidad de obtener un permiso de residencia para la niña. Los padres recibieron ese balde de agua fría cuando retornaron al Registro Civil para iniciar el trámite de la nacionalidad. Volvieron justo al año de haber inscrito a Regina y se encontraron con el requisito inesperado: la tarjeta de residencia de la niña, para probar su estancia legal por un año continuado.

Parece insólito, pero sus padres tuvieron que batallar para legalizar a la pequeña ‘sin papeles’. No sólo porque desfilaron por varias oficinas de extranjería, sino también porque cada vez que llamaban a pedir información los funcionarios no atinaban qué responderles. La administración finalmente resolvió otorgar a Regina un permiso de residencia dependiente de la autorización de residencia de su madre. Y lo último fue llevar a Regina a las largas filas en la Brigada de Extranjería de Aluche, para obtener el documento.

Ahora la niña tiene una tarjeta de residencia, como si fuese un adulto inmigrante y cuando tenga un año de residencia legal podrá tramitar la nacionalidad. El documento de Regina caducará el 30 de abril del próximo año y menos mal que no le autoriza a trabajar, porque en uno de esos despistes de la administración, los permisos de residencia de menores podrían emitirse con una autorización para trabajar. ¿Le parece absurdo? Vuelva a leer esta historia.

144 comentarios

  1. Dice ser Laura

    LA LEY ES LA LEYES LO QUE HAY

    30 noviembre -0001 | 00:00

  2. Dice ser dalton

    :-O(Es un bostezo, no un asombro)

    30 noviembre -0001 | 00:00

  3. Dice ser Felipe

    Esto es lo que teneis,por venir a oleadas por venir ilegalmente.QUIEN SIEMBRA…………..RECOGE.NOSE DE QUE OS SORPRENDEIS.

    20 agosto 2008 | 14:01

  4. Dice ser po vale

    pues a mi no me cuesta creerlo, porque si no fuera asi veríamos a todas las embarazadas del mundo irse de vacaciones los días cuando salen de cuentas al país donde quieren lograr su nacionalidad.

    20 agosto 2008 | 14:10

  5. Dice ser juan

    Lo que me parece absurdo es quejarse de que se tenga que cumplir la ley.Si esta familia mexicana hubiera emigrado a USA ¿le hubieran dado la nacionalidad? pues entonces …

    20 agosto 2008 | 14:14

  6. Dice ser Xax

    ¿Por qué tenéis esta manía de responsabilizar a la administración española de todos los males de los inmigrantes?El camino correcto era: registrar al niño en el Registro Civil más próximo, después (si quieres) ir a hacerle su DNI o pasaporte español, y luego ir al Consulado de México a hacer los papeles pertinentes. Y voilà: un niña con doble nacionalidad antes de que hubiesen pasado 10 días (según lo que tarde la burocracia).

    20 agosto 2008 | 14:18

  7. Dice ser Dani

    En respuesta a Felipe: ¿Dónde pone que hayan venido ilegalmente?Aquí el único error es el de las administraciones por permitir estas cosas. En el momento de nacer los padres deberían haber sido informados de los trámites adecuados para el registro de la pequeña.

    20 agosto 2008 | 14:18

  8. Dice ser pathy

    A Juan la respuesta es SI EN EEUU independientemente de la situacion legal de sus padres todo niño nacido en ese pais automaticamente es Américano, con la única diferencia que aqui en España al ser padre de un niño nacido aqui te da derecho a solicitar un permiso de residencia para mantener a tu hijo en USA no aunque tengas 20 hijos americanos tu no tienes derecho y te pueden expulsar del pais cuando quieren asi que no te creas tanto gilipollas

    20 agosto 2008 | 14:19

  9. Dice ser lo dijo juan · 20 Agosto 2008 | 02:14 PM

    Todo nacido en Estados Unidos es estadounidense por Ley, es decir ahí hubiera obtenido la nacionalidad en el momento y para los americanos no sería mexicana. En España para obtener la nacionalidad, en términos generales es fácil, pues si no fuera por la ley mexicana ya la tendría por el simple hecho de nacer en España, pero he ahí la diferencia, en España no deja de ser «obtener» la nacionalidad, en Estados Unidos en cambio nace con ella por que toda persona nacida ahí nace siendo americana, y aparte en España si los padres fuesen ilegales que por lo visto no es el caso, podrían beneficiarse de que la hija es española para pedir la residencia, en Estados Unidos no, la hija será americana, pero los padres se quedan como ilegales, y donde los pillen los deportan y la niña queda bajo custodia del Estado. En fin, las leyes son para cumplirlas…

    20 agosto 2008 | 14:27

  10. Dice ser PARA PEDRO

    Con todo respeto tu comentario no me parece del todo correcto, la inmigración masiva e ilegal es un problema grave, pero la residencia si se le tiene que dar a todo recién nacido que sus padres sean residentes legales, ¿o es qué si tu vives legalmente en Canadá, tus hijos recién nacidos tienen que volverse sin papeles? En cuanto al tema nacionalidad, la nacionalidad cada país es soberano para decir a quien se la da y como, eso hay que respetarlo, las leyes son para cumplirlas, saludos.

    20 agosto 2008 | 14:31

  11. Dice ser PARA PEDRO

    Con todo respeto tu comentario no me parece del todo correcto, la inmigración masiva e ilegal es un problema grave, pero la residencia si se le tiene que dar a todo recién nacido que sus padres sean residentes legales, ¿o es qué si tu vives legalmente en Canadá, tus hijos recién nacidos tienen que volverse sin papeles? En cuanto al tema nacionalidad, la nacionalidad cada país es soberano para decir a quien se la da y como, eso hay que respetarlo, las leyes son para cumplirlas, saludos.

    20 agosto 2008 | 14:31

  12. Dice ser yomismaaa

    de verdad que a veces me cuesta creer que algunos de los que opinan aqui saben leer.dicho esto, juan, informate y luego si quieres hacer el ridiculo, alla tu, y ademas, estas comparando EEUU con España? que fuerte me parece

    20 agosto 2008 | 14:34

  13. Dice ser cada día más penosa la situación

    Generalmente los requisitos para el papeleo vienen escritos, si no se entienden se puede consultar en las mil asociaciones que existen para el inmigrante. Si, así todo, no se entiende nada, uno puede ir a un abogado. Lo que no se puede es venir de paises donde los servicios públicos son de risa y estar todo el día quejándose de los servicios del país de acogida.y mucho menos utilizar la foto de una preciosa niña para vuestros fines quejicas y lloriqueros.Sois un mal ejemplo para vuestros compatriotas.Ahora censurad, estoy acostumbrada.

    20 agosto 2008 | 14:41

  14. Dice ser irimar

    CREO QUE PARA MI GUSTO YO DEJARIA A LA NIÑA SIENDO MEXICANA HASTA QUE ELLA DECIDA LO CONTRARIO.TOTAL POR LO MENOS HASTA CIERTA EDAD ELLA ESTARA SOLO BAJO EL AMPARO DE SUS PADRES y SI ESTOS TIENEN TODOS SUS REGLAMENTOS EN orden LOS BENEFICIOS SON LOS MISMOS O?LA POBRE YA LE TOCO POR COSAS DE LA VIDA NACER EN UN LUGAR QUE ESTARA EN CONTRA DE ELLA MISMA POR SU RAZA ASI DEJE TODO LO MEJOR DE ELLA EN ESE LUGAR!.HE DICHO!

    20 agosto 2008 | 14:53

  15. Dice ser Luis

    Estoy ya muy harto y cansado de noticias victimistas de este tipo. Que si pobrecito este inmigrante lo mal que lo pasa… que qué sufrimiento mas grande para este otro…Nada, los españoles estamos hechos de piedra y nada nos hace daño. Nosotros no tenemos ningun problema y todo nos viene dado de antemano.Joder! Que cansinos sois ya. Hostias!

    20 agosto 2008 | 14:55

  16. Dice ser Monica

    Bueno, a mi no me asombra nada. También nos ocurre a los españoles cuando vamos a solicitar la prestación por desempleo, cuando vamos a renovar el DNI, cuando vamos a inscribir a nuestros hijos en una guardería publica, etc.Siempre te piden mil papeles, y a esperar tramites y el tiempo que las administraciones crean conveniente.Este comentario es una tonería.Para mi es más importante y me preocupa más el que cuando uno va a urgencias a un hospital sea atendido adecuadamente y en un tiempo prudencial y mejor si es sin esperas.

    20 agosto 2008 | 15:04

  17. Dice ser Boston

    No entiendo… Soy de USA, residiendo legalmente en España, y mi hijo nació en Barcelona. Mi esposo fué a registrarlo y desde entonces es español. Claro, para la nacionalidad americana tuve q ir a la embajada y presentar pruebas de mi nacionalidad así como de que había vivido mas de 5 años en USA. Mi bebo tiene ahora las dos nacionalidades. Por eso, no entiendo…

    20 agosto 2008 | 15:05

  18. Dice ser GRACIOSA LEY

    lo dijo Boston · 20 Agosto 2008 | 03:05 PMSoy de USA, residiendo legalmente en España, y mi hijo nació en Barcelona. Mi esposo fué a registrarlo y desde entonces es español.ESPAÑOL PORQUE LO PARISTES AQUI,ES MUY GRACIOSA ESA LEY

    20 agosto 2008 | 15:08

  19. Dice ser ¿No sabemos escribir el castellano?

    http://www.rae.esPara aquellos que no saben escribir.

    20 agosto 2008 | 15:13

  20. Dice ser Para Boston

    Tu esposo debe ser español no? Por eso no tuviste problemas.

    20 agosto 2008 | 15:28

  21. Dice ser radurdin

    Me perdonarás, pero ahí el problema lo tiene Mexico, no España. SI no permite a sus ciudadanos adquirir otras nacionalidades por nacimiento que se quejen allí. Aquí se ha aplicado la ley lógicamente. Si quieres la nacionalidad necesitas una serie de requisitos. Uno de ellos es la tarjeta de residencia? Pues se hace, nada más fácil. Lo del permiso de trabajo es un lloriqueo ridículo. A ver si ahora en españa resulta que a los hijos de los emigrantes los ponemos a trabajar con 2 años.Llorón (o llorona, no me interesa tu sexo).

    20 agosto 2008 | 15:39

  22. Dice ser pelusa

    mi esposo y yo tenemos 2 hijos españoles.mi esposo con ciudadania española el es argentino y lo mismo yo no tuve ningún problema.con respecto a mis hijos.

    20 agosto 2008 | 15:39

  23. Dice ser Para pelusa

    Pero es que a las autoras de este blog no les interesan las cosas que se hacen bien en España, únicamente fomentan la lloriquera perpetua.

    20 agosto 2008 | 15:44

  24. Dice ser Laura

    OYE Y SI YO DOY A LUZ EN LA CHINA.MI HIJO YA ES UN CHINO.ES UNA LEY RIDICULA Y SI DOY A LUZ EN AGUAS INTERNACIONALES EN UN CRUCERO,MI HIJO ES DE NINGUNA PARTE ?

    20 agosto 2008 | 15:55

  25. Dice ser graffic

    Comprendo la penuria de papeles. Soy español viviendo en el extranjero y me toco pasarme por 3 ayuntamientos y 2 comisarias para un papel que supuestamente te lo dan «en el acto».Por otro lado, y viendo los comentarios, no entiendo porqué esa prisa por nacionalizarse en «otro país¨. Yo soy español y no voy a ir deprisa y corriendo a cambiarme de nacionalidad. Me gusta vivir en el país donde vivo, pero sigo siendo español.Podria dedicarme un poco a darle a la «demagogia barata» y decir que «tanto odias tu pais de origen que quieres perder de vista hasta tu nacionalidad».

    20 agosto 2008 | 15:57

  26. Dice ser MARIACHI

    Respuesta a FELIPE:No es de sorprender tu respuesta, pero por suerte la mayoria de los Espa#oles no son racistas como lo eres tu. Que sepais que no por ser ilegal esta este problema ya que siendo residentes comunirarios existe el mismo inconveniente con los hijos nacidos en territorio Espa#ol. Deberias informarte mas sobre las leyes de tu pais antes de criticar a los demas solo por ser inmigrantes, deberias chequear la historia reciente de Espa#a antes de criticar.Seguramente los que nazcan en este pais, no importa de donde sean sus padres, seran mas y mejor Espa#oles de lo que tu eres.

    20 agosto 2008 | 16:07

  27. Dice ser Felipe

    Seguramente los que nazcan en este pais, no importa de donde sean sus padres, seran mas y mejor Espa#oles de lo que tu eres.lo dijo MARIACHICLARO SE LES VERA EN LA CARA QUE TIENEN…..QUE MANIA TENEIS CON SER ESPAÑOLES,NO TENEIS PAIS O QUE ?

    20 agosto 2008 | 16:17

  28. Dice ser el capitán trueno

    Defenderé la españolidad de esa niña tan bonita con la fuerza de mi espada.Firmado: El Capitán Trueno.

    20 agosto 2008 | 16:24

  29. Dice ser GABY

    Yo soy mexicana y mi marido español, mi niña nació en Madrid y al registrarla no hubo problema alguno, ahora radicamos en México y la niña no tiene problemas por tener las dos nacionalidades no entiendo porque Regina si, cuando a mi me dieron mi tarjeta de residencia todo el tramite fue rapido y en orden, no tengo queja de la oficina de extranjería se portaron fenomenal, lo unico que a mi si me ofende es el comentario algo feo de varias personas que escriben por este medio su opinion si tener idea de lo que hablan.

    20 agosto 2008 | 16:39

  30. Dice ser laura

    Que tonteria dejen a la gente vivir total vienen hacer el trabajo que no queremos hacer

    20 agosto 2008 | 16:56

  31. Dice ser Mariano

    ningun pais deberia dar nacionalidad porque alguien nace alli … todas las nacionalidades deben ser por heredad como en Japon, Italia , Alemania , etc …estos paises q dan nacionalidad a cualquiera son los q sufren la especulacion de algunos … bueno de muchos en realidad …no se sentirian mas orgullosos sus padres si su hija fuese mexicana como elos? y si no es asi… no sera a proposito q quieren q su hija tenga nacionalidad española? (porque ahora mismo les conviene , seguramente en los años 50 no la hubiesen querido no?)saludos desde Buenos Aires para todos los hombres y mujeres de buena fé !

    20 agosto 2008 | 16:57

  32. Dice ser elmio

    los hijos de inmigrantes cuando nacen en españa no son españoles a menos que uno de los padres sea español. Mi amiga se casó con un amerindio.

    20 agosto 2008 | 16:59

  33. Dice ser Manu

    Que rolloooooo…como dice un forero, el que nazca en un barco, en aguas internacionales será internacional?!. Yo he pasado media vida en la emigración y allí an nacido dos hijos; hemos retornado a España; pero si hubieran seguido allí serían toda su vida extranjeros, y sus hijos, que manda j… , y se trata de un país con una democracia mas vieja de Europa, Suiza.Soy un adicto a los blogs, y como ha dicho alguien por ahí, la gente no sabe escribir castellano… , yo tampoco…pero yo soy analfabeto, en serio, y bien a mi pesar. Pues que escriban en catalá, galego o eusquerra?.

    20 agosto 2008 | 17:02

  34. Dice ser DverdadQsí

    …Y la Ley de Extranjería debería cumplirse aún más. Cientos de miles de extranjeros indocumentados campan a sus anchas en todo España sin que las autoridades los controle.

    20 agosto 2008 | 17:34

  35. Dice ser Andrea

    lógico que si estas en españa con un permiso de residencia o de estancia por estudios y tu hijo (a) nace en españa y tu eres mexicano lo primero es que a tu bebe le tienes que solicitar el mismo permiso que te han otorgado a tí pues el crío es tu dependiente, independientemente de que le quieras sacar o no la nacionalidad española, tu hijo por ser de padres mexicanos ambos, es mexicano y esto te lo dicen en extranjeria, en el registro civil, en las páginas de internet, bueno esto lo saben todos los que estan en españa de forma legal, así que no hay que quejarse hay que cumplir la ley, yo soy mexicana y también nacieron aqui mis dos hijos mientras yo he tenido vigente mi persimo para residir en este país y nada que he hecho el mismo trámite que esta familia y sin problema lo haces y ya ah! y no tienes que llevar todo el tiempo al niño a extranjería eh? eso no, que por ser menores el permiso lo tramite el tutor, solo llevas al menor a poner las huellas, la tarjeta igual la recoge el tutor, así que no se a que viene esto de quejarse, hay que cumplir lo que es y ya está. Que no nos guste, como dicen aqui es lo que hay…

    20 agosto 2008 | 17:47

  36. Dice ser yo

    NO ME EXTRAÑA NADA, ESPAÑA ESTA ASI Y SEGUIRA ASI HASTA QUE ALGUIEN SE DIGNE A PONER GENTE CUALIFICADA EN LOS ORGANISMOS DEL ESTADO. SON MUY IGNORANTES………..

    20 agosto 2008 | 18:24

  37. Dice ser pablo

    Cada vez que leo un blog sobre inmigracion es lo mismo, el odio al inmigrante, la exaltacion del nacionalismo fascista. Parece que los españoles olvidamos muy rapido nuestra epoca de miseria y hambre, el destierro buscando un futuro. En casi todos lados nos recibieron miles de veces mejor de lo que nosotros recibimos a los que vienen. Los paises latinoamericanos nos recibieron con los brazos abiertos, no diferenciaron inmigrantes «legales e ilegales», no miraron el color de la piel. Actuaron con solidaridad y comprension, algo que en los españoles ahora es muy dificil de encontrar. Seamos solidarios, seamos humanitarios, seamos todo lo buenas personas que podamos ser, asi españa será un mejor lugar para vivir, nosotros y todos los que amen españa, vengan desde donde vengan. basta de odio.

    20 agosto 2008 | 18:24

  38. Dice ser YO

    EH???????? LEI POR AHI ARRIBA QUE CUANDO NACE UN NIÑO EN ESPAÑA SI ES HIJO DE INMIGRANTES NO ES ESPAÑOL????????? EIN????????????? Y QUE ES???? EXTRATERRESTRE??????????JOER

    20 agosto 2008 | 18:26

  39. Dice ser YO

    GRACIAS PABLO….AL FIN ALGUIEN CON CULTURA ESCRIBE UNA GRAN VERDAD

    20 agosto 2008 | 18:28

  40. Dice ser LA VERDAD

    EH???????? LEI POR AHI ARRIBA QUE CUANDO NACE UN NIÑO EN ESPAÑA SI ES HIJO DE INMIGRANTES NO ES ESPAÑOL????????? EIN????????????? Y QUE ES???? EXTRATERRESTRE??????????JOERlo dijo YO · 20 Agosto 2008 | 06:26 PMPUES SERA LO QUE QUIERAS PERO SI LOS PADRES SON AFRICANOS EL HIJO SERA AFRICANO,YA PUEDE NACER AQUI O EN MARTE.

    20 agosto 2008 | 18:42

  41. Dice ser Chipie

    Muy Bonito pablo, pero falso.Por ejemplo, Argentina, uno de los paises que recibieron españoles, si que miraba el color de piel, por eso preferian emigrantes europeos, porque querian blanquitos ya que tenian un pais muy grande por poblar y construir, que no es el caso de España, no es comparable.Y por supuesto que tienen normas contra los inmigrantes ilegales y muy restrictivas…..El proyecto de poblamiento del territorio con inmigrantes, pensado por la generación del 37 y plasmado en la Ley 817, era selectivo en cuanto al origen de los extranjeros y a las características solicitadas . Es evidente que se refería sólo a los europeos, cuando aclara en el Capítulo V: «repútase como inmigrante» al que llegase «en buques de vapor o a vela, pagando pasaje de segunda o tercera clase»; este inmigrante, «jornalero, artesano, industrial, agricultor o profesor, que pueda acreditar buena conducta y aptitud para cualquier arte, industria, u oficio útil, era beneficiado con alojamiento, pasaje, contrato de trabajo, etc…Reglamento de Migración de 1965 (Decreto 4418). Sus disposiciones definen las categorías de admisión con respecto a la residencia a otorgar -permanente y no permanente-, reglamentan las condiciones de ingreso y los plazos de permanencia admitiendo la radicación definitiva de los extranjeros después de tres años de residencia en el territorio nacional, e incluyen también la medida de expulsión para los inmigrantes ilegales; es decir para:los que ingresan sin someterse a control migratorio; por lugar no habilitado a tales efectos; no cumplen los requisitos legales que condicionan el ingreso y/o la permanencia en sus distintas categorías; o permanecen en el país una vez vencido el plazo de permanencia autorizado6.Dos años después fue sancionada la Ley 17.294/67 destinada a reglamentar el trabajo de los extranjeros de acuerdo a su condición migratoria: prohibe trabajar a los que se encuentran en infracción de acuerdo a su ingreso y/o permanencia, y establece sanciones para empleadores y dadores de alojamiento a extranjeros ilegales consistentes en fuertes multas, y especifica que los extranjeros en condiciones de ilegalidad « deben ser despedidos de sus empleos sin obligación de ser indemnizados y sin aviso previo ».La Ley que se encuentra vigente en la actualidad, modificada o complementada posteriormente en diversos artículos, es la 22.439 de 1981 o Ley General de Migraciones y Fomento de la Inmigración, que legisla sobre todos los aspectos del fenómeno migratorio. Norma las grandes categorías y los plazos en las que los extranjeros podrán ser admitidos y permanecer; regula el trabajo prohibiendo realizar tareas lucrativas a los extranjeros que residen en el territorio en forma ilegal, como la de 1967, y sanciona la trasgresión de esta norma con la « detención por el tiempo estrictamente indispensable para hacer efectiva la expulsión » -aunque a diferencia de la Ley 17294 admite la revisión de las resoluciones-; prohíbe proporcionar trabajo la los extranjeros ilegales y alojarlos, y establece multas para los empleadores, los que sin embargo son obligados a pagar a los trabajadores la totalidad de los sueldos, salarios y comisiones; y determina la expulsión de los extranjeros condenados a pena mayor de cinco años.En 1985 este marco legal fue complementado por la Resolución 1799 y la Ley 1089 denominada del “pseudo-turista”, que aún se encuentra en vigencia y establece la normativa para los extranjeros que ingresan bajo esta categoría. La Resolución 1799 reglamenta específicamente las condiciones de admisión para los nuevos inmigrantes que recibió Argentina en los 80 provenientes de Corea del Sur y Taiwan, medidas que no difieren sustancialmente de las aplicadas a otros extranjeros: acreditar la condición en que solicitan el ingreso; presentar títulos de propiedad o alquiler para ejercer actividades lucrativas definiendo el tipo de trabajo a realizar, probar con depósitos bancarios las solicitudes de radicación en caso de aducir aporte de capital. Esta Resolución se refiere también a los extranjeros de origen chileno y de acuerdo con las disposiciones explicitadas en el Convenio Laboral Argentino-Chileno, admite los ingresos de trabajadores temporarios de esa nacionalidad, siempre que exhiban un contrato de trabajo celebrado en Argentina, y que se justifique la carencia de mano de obra nacional en el rubro laboral en el que se solicita el ingreso, y a los ciudadanos británicos a quienes deniega los pedidos de radicación definitiva o residencia temporaria en razón del conflicto por las Islas Malvinas.limitación de las concesiones de residencia temporaria en el país a los extranjeros comprendidos en las circunstancias ya definidas en el Reglamento de 1965:profesionales o técnicos requeridos por empresas establecidas en el país; empresarios; hombres de negocios; científicos; inmigrantes con capital propio suficiente para el desarrollo de su actividad comercial, industrial, agropecuaria, minera o pesquera; extranjeros que revisten un interés particular para el país.Sin embargo, estas medidas «de excepción» establecidas en el Reglamento, son reproducidas con pocas variantes ocho años después, en el Decreto 1023/94, que rige hoy, y que habilita para ser admitidos como residentes permanentes o temporarios a aquellos extranjeros quese encuentren comprendidos taxativamente en algunas de las siguientes condiciones: familiares directos de argentinos nativos o por opción; religiosos pertenecientes a cultos oficialmente reconocidos; estudiantes excluidos los primarios; artistas o deportistas requeridos por personas de reconocida solvencia; trabajadores (en general) contratados, siempre que la contratación se celebre por escrito; migrantes con capital propio; representantes de empresas extranjeras; personas de especial relevancia en el orden cultural, social, económico, científico o político.En cuanto a los plazos de residencia, el Decreto 1023 fija un máximo de tres años para la categoría temporarios en la que se encuentran incluidos los trabajadores en general, ciento ochenta días para los trabajadores estacionales, y tres meses para los turistas, considerados residentes transitorios. La documentación solicitada para el otorgamiento de las visas, consiste en un permiso de ingreso, pasaporte, certificado de nacimiento legalizado por el Consulado Argentino del país de origen y luego por el Ministerio de Relaciones Exteriores, certificado de buena conducta o de antecedentes penales, declaración jurada de carencia de antecedentes penales y acreditación del motivo de la solicitud de radicación temporaria o definitiva.El solicitante debe abonar además una tasa de radicación y asumir los costos de legalizaciones y traducciones de los documentos requeridos. La exigencia de un contrato de trabajo a los inmigrantes que solicitan residencia temporaria y a los trabajadores estacionales y del conjunto de elementos probatorios señalados, que generan al inmigrante costos elevados, son consideradas las causas fundamentales de que la mayoría de los ingresos se verifiquen en la categoría turistas.En síntesis, las normas legales argentinas siempre regularon el ingreso de extranjeros por medio de la selección de acuerdo a las necesidades del país. Nunca beneficiaron a los inmigrantes con el libre derecho de entrada; ni siquiera en los comienzos de nuestra vida independiente, cuando la ilusión de una inmigración europea culta y trabajadora alentó una política que favoreció la llegada de grandes contingentes de ultramar.Sin embargo, desde principios del siglo XX, y más ajustadamente desde los años treinta, junto con un cambio en el origen de la corriente mayoritaria, de europeos a limítrofes -que por otra parte nunca alcanzó las dimensiones de la primera- los criterios de selección dirigidos a controlar el ingreso de extranjeros fueron haciéndose más rígidos, ajustados en sucesivos decretos y leyes restringiendo la inmigración a específicas categorías; sin detenerla, excepto en períodos particulares y limitadas nacionalidades, pero aumentando progresivamente hasta hoy la impermeabilidad de las fronteras argentinas.

    20 agosto 2008 | 18:58

  42. Dice ser PARA GABI

    Querida Gabi, claro que no tuviste problema porque tu pareja es española. De todas maneras, los trámites siempre son complicados, a menos que tengas enchufe. Ya podríamos tener una administración acorde al primer mundo

    20 agosto 2008 | 19:02

  43. Dice ser Pamela

    Si la nena hubiera nacido en USA, automáticamente es norteamericana. En este caso, el trámite fue engorroso, largo, pero al fin y al cabo es ley.

    20 agosto 2008 | 19:05

  44. Dice ser Pamela

    Mi esposo y yo somo Ecuatorianos, en julio del año pasado nacio mi hijo, Fausto, él nació SIN NACIONALIDAD, decíamos, jocosamente, que era ciudadano del mundo. Procedimos a tramitar la nacionalidad española para él, ésta duró aproximadamente 6 meses.

    20 agosto 2008 | 19:08

  45. Dice ser Sergio

    Yo Argentino y Nieto de Español. Estoy viviendo en forma irregular hace 3 años ( jajaja algunos dicen ILEGAL !!), vivo a 30 km de donde nacio mi abuelo en España, y este pais no me reconoce como español. Pero si reconocen a los nietos extranjeros de italianos como Comunitarios, y les dan permisos de todas clases. Ahora hare mis papeles como cualquier inmigrante ilegal, ya que, si sigo esperando por nieto, seguire escuchando promesas de politicos que solo quieren el voto y nada mas, y escuchando toda clases de tonterias, como que venimos a robar trabajo, y eso que nos criaron con todas las costumbres españolas, en mi caso Andaluzas… Pero lamentablemente España niega, y no reconoce hasta hoy, a los hijos y nietos de españoles, nacidos en el extranjero, por culpa de la historia, oajala alguna vez cambie todo esto. Aaaa!! eso si, mi hermana mas pequeña si seria reconocida como nieta, yo no!!… sere viejo?? con 36 años..?? que no le interesa a España por se mayor de edad… gracias por leer..

    20 agosto 2008 | 19:09

  46. Dice ser pablo

    A chipie:No me referia a ningun pais en particular, esta claro que argentina no es un modelo a seguir, pero creo que eso no justifica como debemos actuar los españoles. Por las molestias que te has tomado en buscar esa información veo que necesitas justificar de alguna manera tu rechazo hacia los inmigrantes. si es asi, espero que los que piensan como tu no sean nunca la mayoria. soy un defensor inclaudicable de los derechos humanos, y creo que el trato xenofobo hacia la inmigracion es una violacion a los derechos humanos, que otros paises apliquen el mismo trato que aplica españa no lo justifica, hace que la aberracion sea mayor.

    20 agosto 2008 | 19:10

  47. Dice ser Lacantante

    Qué pena que muchos españoles se hayan contagiado con la xenofobia, cuando en la mal llamada conquista en América usurparon nuestras tierras, mataron a los nativos, se robaron el oro y aún así llamamos a España la Madre Patria. Soy nieta por parte de padre de un asturiano, y a mucha honra. A mi abuelo se le trató con mucho respeto en mi país, se casó con una nativa y murió siendo ciudadano americano. La xenofobia es para ignorantes. Si quieren que los «extrajeros» cumplan con las leyes, los funcionarios deben conocerlas y explicarlas… !Qué mal!

    20 agosto 2008 | 20:03

  48. Dice ser ¿?

    El artículo 33 de la Constitución mexicana, especifica claramente, que Gobernación (equivalente a nuestro ministerio del Interior), te puede EXPULSAR del País, en 24 horas. Si, he dicho 24 HORAS. Por el más pequeño incumplimiento de la Ley de extranjería, como no avisar de que te has cambiado de domicilio. Como extranjero, por años que lleves en el País, tienes la OBLIGACIÓN, de comunicar los cambios de domicilio. El matrimonio, también lo tienes que comunicar así como el divorcio, que lo registran en tu FORMA F-M2. Todas las entradas y salidas del País, también quedan registradas en ese documento que te otorga el Gobierno mexicano, después de RESIDIR 5 años en el País.NACIONALIDAD DE LOS HIJOS DE EXTRANJEROShttp://www.latinolevante.com/noticia.php?id=5173El PSOE continúa con su política de permisividad con la inmigración. A diferencia de lo que sucede en toda Europa, donde se promulgan leyes más rigurosas con la inmigración, el PSOE ha decidido congelar en el Congreso una reforma que endurece la ley de Extranjería y que se aprobó hace tres semanas en el Senado con los votos de PP, CiU, PNV y Coalición Canaria.Otro de los aspectos que toca la iniciativa es la supresión de la nacionalidad con valor de presunción, lo que exige la modificación del Código Civil para que no surtan efecto los supuestos legales del país de origen de los padres que posibilitan que los hijos adopten la nacionalidad española mediante la inscripción en los registros consulares.

    20 agosto 2008 | 20:18

  49. Dice ser zop

    Bueno victimistas ya os han contestado otros mejicanos que no han tenido ese problema; le habrán informado mal o habrán hecho mal los trámites. Venga, a seguir buscando terribles afrentas a los inmigrantes por parte de los malos malísimos españoles que no tienen memoria. Venga, seguid dando caña a estos españoles soberbios y xenófobos que se os da muy bien. Con lo malos que somos no entiendo como podemos ser el segundo país en recibir inmigrantes. Debéis ser masoquistas.A partir de ahora a todos se os dará un sueldo de tres mil euros, despacho y secretaria.

    20 agosto 2008 | 20:22

  50. Dice ser Queremos votar

    IRLANDAIrlanda ha endurecido su política de inmigración al eliminar el derecho automático a la nacionalidad de los hijos de padres extranjeros nacidos en la isla. El 80% de los votantes que participaron en el referendo celebrado el viernes apoyaron la reforma constitucional presentada por el Gobierno.La propuesta establece que la nacionalidad sólo será automática para los niños nacidos de parejas en las que al menos uno de los progenitores sea irlandés. Los hijos de extranjeros también tendrán la nacionalidad cuando al menos uno de sus padres tenga residencia legal en el país durante tres de los cuatro años anteriores al nacimiento del bebé.El ministro de Justicia, Michael McDowell, se felicitó del resultado, calificando el cambio en la legislación de necesidad. El Gobierno pretende acabar así con la supuesta llegada de extranjeras a la isla en avanzado estado de gestación, deseosas de lograr la ciudadanía para el bebé y el derecho de residencia para los padres.

    20 agosto 2008 | 20:40

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