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Un puñado de curiosidades relacionadas con el término ‘cuñado’

Se conoce como ‘cuñado’ al hermano del cónyuge o al cónyuge del hermano, siendo también aplicado este término al femenino en ambos casos (cuñada).

Un puñado de curiosidades relacionadas con el término ‘cuñado’

El vocablo proviene del latín cognatus, que significa ‘consanguíneo’ y, originalmente, se aplicaba para hacer referencia al hermano o hermana de alguien, pero con el tiempo se le dio la acepción referida a las parejas de estos.

El término cuñado a lo largo de la historia ha ido adquiriendo diferentes significados paralelos al de la referencia al hermano del cónyuge o cónyuge del hermano, encontrándonos que en ciertos ámbitos se ha utilizado la forma ‘cuñadería’ para referirse a la camarería o compadrazgo entre dos personas o ‘cuñadía’ en relación a la afinidad o parentesco.

Durante un tiempo se utilizó la forma ‘cuñadísmo’ señalando el nepotismo por parte de algunos individuos al colocar a dedo a sus parientes en cargos de responsabilidad. Muy célebre fue el ‘cuñadísimo’ Ramón Serrano Suñer, quien se convirtió en la mano derecha de su cuñado el dictador Francisco Franco.

En los últimos años (y sobre todo gracias a las redes sociales) el término cuñado (o la forma ‘ser un cuñado’) se ha popularizado como sinónimos de ‘sabelotodo’ o persona que se cree erudita en todos los temas, siendo utilizado habitualmente de forma despectiva.

 

 

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¿De dónde surge llamar ‘incesto’ a las relaciones sexuales entre miembros de una misma familia?

¿De dónde surge llamar ‘incesto’ a las relaciones sexuales entre miembros de una misma familia?

Se conoce como ‘incesto’ a la ‘relación carnal entre parientes dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio’ (tal y como está descrito en el Diccionario de la RAE).

El término incesto proviene del latín ‘incestus’, formado por el prefijo de negación ‘in’ (no) y ‘castus’ (casto, puro) dándole el significado literal de ‘no casto’/‘impuro’, aplicándose a toda aquel tipo de relación que no estaba bien vista: adulterio, relaciones no consentidas, a través de la prostitución, con miembros de la misma familia, quedando con el tiempo el vocablo para definir únicamente esta última acepción.

Hay que tener en cuenta que a lo largo de la historia innumerables son los casos en los que miembros consanguíneos han mantenido algún tipo de relación carnal (y ya no solo por el hecho de la cuestión sexual, sino que muchos de ellos con el propósito de contraer matrimonio). Múltiples son las bodas realizadas en la realeza entre miembros de un mismo clan familiar. También se han dado muchísimos casos entre las clases más bajas, quienes se casaban entre parientes cercanos con el fin de no tener que aportar una dote.

A pesar de los muchos casos relatados en la Biblia en los que aparecen flagrantes casos de ‘incesto’, en la Edad Media la Iglesia presionó para legislar y poner coto a los matrimonios entre familiares y que fue conocido como ‘Impedimento matrimonial de consanguinidad’ (de ahí los grados en que está prohibido el matrimonio mencionado en el primer párrafo) definiéndose en los siguientes grados de parentesco:

Línea recta: abuelos con nietos, padres con hijos (así hasta el infinito, o sea, entre todos los ascendientes y descendientes de una misma familia), o en línea colateral: entre hermanos, entre tíos con sobrinos, entre primos-hermanos, etc. Tan solo el obispo del lugar era el que podía dispensar el matrimonio entre primos-hermanos (siendo éste el grado de parentesco más cercano que se permitía para casarse entre si). Debemos tener en cuenta que los vínculos familiares abarcan la consanguinidad y la adopción.

Cabe destacar que hoy en día en un gran número de países el incesto está despenalizado (siempre y cuando no se incurra en una ilegalidad, por ejemplo mantener relaciones no deseadas o con menores) permitiéndose que parientes consanguíneos puedan mantener una relación sentimental/sexual entre ellos, pero no permitiéndoseles contraer matrimonio (paradojas de las leyes).

 

 

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