Conocemos como ‘arancel’ a la tarifa oficial que determina los derechos que se deben pagar por diversos servicios, como los judiciales o aduaneros, así como para la remuneración de ciertos profesionales, tal y como lo define el diccionario de la RAE.
Su origen etimológico proviene del árabe andalusí al-inzál, que a su vez deriva del árabe clásico inzāl, cuyo significado es ‘alojamiento’. Originalmente, el término se refería a un impuesto que se cobraba a los ciudadanos para eximirlos de la obligación de hospedar a las tropas en sus hogares.
Con el tiempo, el significado de ‘arancel’ se amplió y se comenzó a usar para designar cualquier tipo de tarifa oficial que regula precios y tarifas en diferentes áreas de la administración pública y el comercio. El Diccionario de Autoridades de 1726 recogía el término con la siguiente acepción: ‘El decreto o ley en forma de tarifa, que establece la tasa y determina los derechos de los Ministros de justicia: lo que deben pagar los géneros en las Aduanas, y el precio en que se han de vender las cosas’.
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Fuentes de consulta: Diccionario de Autoridades / etimologias.dechile / RAE
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