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Lo doméstico, en juicio público

Por María Alexandra Vásquez 

Imaginemos que una situación que siempre ha estado en un espacio oscuro, impenetrable, y escondido, sale a la luz… Y esa luz la encuentra en un espacio público al que puede asistir cualquier persona, en el ámbito de un juicio, que se realiza ante un órgano imparcial, independiente y autónomo.

Sala de juicio. Imagen de TrasTando

Sala de juicio. Imagen de TrasTando

La función de todo juicio es decir cómo se aplica el Derecho en el caso concreto. Se mira una concreta circunstancia por el prisma del derecho que la protege y acoge. En el proceso hay que escuchar a ambas partes. Encendamos los focos del escenario y comencemos la obra:

Trabajadora: ¡Mea culpa! Es verdad que hace 6 años, cuando me lo propusieron, inicié una relación laboral con una señora para cuidar a su madre de 90 años. Es verdad que la anciana tiene hoy 96 años, y yo tengo 65 años. Es verdad que apenas en octubre del 2012 me hicieron un contrato de trabajo, y que desde el 2009 trabajé sin contrato. Es verdad que acepté que el alta en la Seguridad Social fuera sólo de 24 horas a la semana. Es verdad que realmente mis horas de trabajo son 6 horas diarias que suman un total de 30 horas a la semana, y ahora me arrepiento haber aceptado lo anterior. Es verdad que después de 6 años de trabajo cuidando a la abuela su hija decide despedirme: y ahora ruego a Dios que me despida sobre el salario que me paga, que son 530€ por las 120 horas al mes, y no por lo que establece el contrato… Es verdad que el contrato empezó en el 2012 y ¿qué pasa con los años trabajados previamente?

Empleadora: La trabajadora es muy buena, estamos muy contentos, pero ya no la necesitamos, estamos pensando llevar a mi madre a una residencia. Es verdad que soy una persona religiosa, profesora de un colegio del barrio, que recibo un salario como Dios manda, estoy de alta en la Seguridad Social por las horas que trabajo y que por ello, cotizo para mi jubilación. Es verdad que recibo ayuda económica pública por la situación de mi madre. Es verdad que también cuento con la pensión que cobra mi madre todos los meses. Es verdad que estamos intentando salir de una relación laboral porque resulta que la trabajadora es mayor, no es tan ágil como se espera, se le solicitan trabajos fuera de lo acordado, y por ello puedo demostrar que existen unas causas de justificación del despido.

Juez (Pregunta a la empleadora): ¿Usted decidió de forma unilateral dar por finalizada la relación laboral?
¿Notificó por medio de carta la decisión de dar por terminada la relación, informando de la fecha de fin de relación laboral, y pagó la indemnización correspondiente? ¿Usted dio de alta por 24 horas a la semana a la trabajadora? ¿Y de forma verbal tenía un contrato con ella de 30 horas a la semana? ¿Le pagaba 530€ por esas 24 horas a la semana?

En ese caso, debe pagar tomando como base el Salario Mínimo Interprofesional. Un salario de 570.19 € en doce pagas. Debe abonar en la Seguridad Social todas las cantidades que corresponden a los porcentajes de cotización dejados de pagar a la Seguridad Social, para que la empleadora pueda tener algo acumulado para su pensión. Debe indemnizar por los años totales de servicio. Debe pagar antigüedad. 

Esta obra es sólo un ejemplo. Muchas veces las relaciones laborales en el trabajo doméstico son arbitrarias, despóticas y abusivas. Al desarrollarse en el ámbito privado, están de espaldas a las instancias públicas, y eso sigue siendo así en pleno siglo XXI. ¿Sólo en el empleo doméstico? ¿No habría que preguntarse también por los avances en la violencia intrafamiliar, en la violencia de género, en la trata de personas? ¿Qué pasa con las instancias públicas que deben garantizar el cumplimiento de los deberes de los empleadores y de las trabajadoras comos sus respectivos derechos?

Somos aún una sociedad que demanda empleo doméstico, lamentablemente con parámetros culturales de la Edad Media, porque muchas de las relaciones se fundamentan en la autoridad, subordinación y esclavitud. Hay muchas personas que tienen como medio de vida el empleo doméstico. El Estado debe invertir en organizar, establecer instancias, y medios que garanticen adecuadamente tal realidad, echada debajo del felpudo. Podríamos pensar en la ratificación del Convenio 189 de la OIT, instrumento al servicio de las personas. Nos quieren hacer olvidar que son los Estados comprometidos internacionalmente los llamados a velar por las personas que viven en su territorio, asumen su cultura, y obedecen sus leyes.

María Alexandra Vásquez forma parte del área jurídica del Centro Pueblos Unidos.

¡Viva la hospitalidad!

Por María Alexandra Vásquez 

Os invito a que nos coloquemos como espectadores de una situación que vivió una persona un sábado por la mañana. Toma un autobús interprovincial y al llegar a su primera parada, se baja del autobús y se dirige al maletero para sacar sus cosas. El conductor arranca el autobús sin previo aviso, y se cierra el maletero automáticamente, cuando la persona está dentro. La gente que lo ve desde la calle empieza a gritar para avisarle de que está una persona dentro, y al darse cuenta el conductor, frena,  abre el maletero y se baja del autobús para ver qué pasa. La persona intenta salir, pero cuando el maletero se abre, le golpea en la cabeza y la impulsa dos metros atrás. Queda inconsciente por unos minutos. Escucha a lo lejos que el conductor expresa que tiene mucha prisa, y que no puede hacer nada y se marcha, tras indicar al acompañante de la persona que la lleve al centro de salud que está a una calle de allí. Sin más, el autobús se va. Y la persona es auxiliada por unos vecinos, que la ayudan a llegar al centro de salud.

 

Si la convivencia fuera como en los anuncios... Imagen de TrasTando.

Si la convivencia fuera como en los anuncios… Imagen de TrasTando.

La persona sufre traumatismos en piernas y columna vertebral, que afectan a sus vértebras lumbares, dorsales y paravertebrales. Padece varias contracturas en la pierna, y mantiene los músculos inflamados después de 13 meses durante los cuales no ha podido cumplir con las sesiones de fisioterapia necesarias por falta de dinero. Permanece con fuertes dolores que le impiden ponerse en pie y en razón de la imposibilidad de tener autonomía desde los servicios sociales le asignan la ayuda a domicilio por dependencia para un semestre.

Tenemos la paradoja de que el conductor, responsable de sus pasajeros, y en este caso la persona que con su irresponsabilidad genera el daño, ‘se escaquea’ -usamos el término coloquial que significa evitar un trabajo, una obligación o una dificultad con disimulo-. Y en cambio hay unos vecinos, simples espectadores, que prestan su apoyo, ayudan, a pesar de que para ellos la víctima es una total desconocida. ¿Cómo es posible que seamos tan diferentes y que entre todos seamos capaces por un lado de generar acogida, ayuda, apoyo y por otro, indiferencia, rechazo, insensibilidad y desprecio?

Podríamos pensar en las causas y nos llevaría mucha ‘tinta’, que no vamos a malgastar porque sin duda la insensibilidad e indolencia existen. Esperemos que la causa responda a la ignorancia del sufrimiento del otro, que nos hace ser responsables de actitudes así, calificables de ‘pecado de omisión’ -por no entrar en el delito de omisión del deber de socorro, regulado en el Título IX del Código Penal con pena de prisión-, en el que cabría inscribir la actitud del conductor. Se inició un juicio penal, pero del letrado privado, después de recibir sus honorarios profesionales, no se supo más. La víctima no pudo someterse a los exámenes periciales ordenados por el juez, y el proceso se encuentra suspendido, según tuvo que investigar la víctima por su cuenta.

Pecar, desde el punto de vista cristiano, se entiende como esa trasgresión voluntaria de un precepto tenido por bueno, que alude directamente a la negación de prestar auxilio a una persona que lo necesita, teniendo las posibilidades humanas para ello. Es una actitud inadmisible, pero ¿qué pasa cuando introducimos en la situación las caracteristicas de la víctima? ¿Podría cambiar algo? Pensamos que puede pasarle a cualquier persona: mi herman@, marid@, hij@, prim@, niet@, sobrin@, o en cualquier circunstancia: imaginemos que no le pase en su país, sino que se haya marchado a otro a buscar trabajo. La víctima es una mujer de Guinea Ecuatorial de color, de mediana edad con tres hijos: 10,  13 y 1 año, sin papeles en España desde hace 8 años, con un trabajo precario a jornadas parciales en empleo doméstico, hasta el accidente, que ella y sus hijos sobreviven gracias a las redes de apoyo sociales, que vienen a ser testimonios de solidaridad, aprecio, acogida y hospitalidad.

Muchas veces actuamos por condicionamientos externos, que nos llevan a olvidar de que todos somos seres humanos con dignidad, que bajo cualquier circunstancia los valores que deben prevalecer son el respeto, la solidaridad y la hospitalidad, porque cualquier día esa víctima puede ser cualquiera de nosotros. El ser migrantes simplemente nos indica que hemos sido personas valientes, arriesgadas y con una profunda esperanza de encontrar un espacio donde desarrollar nuestras propias capacidades, aportar todo lo que traemos, y formar parte de una comunidad que no es perfecta, aunque pretenda serlo, y que se alimenta de la diversidad innata de todos para construir sociedades plurales, democráticas y justas.

María Alexandra Vásquez forma parte del área jurídica del Centro Pueblos Unidos.