Hace un par de años analizamos y participamos en algunos de los cursos de preparación para periodistas en zona de conflictos. Cursos que van desde primeros auxilios y reconocimiento de armamentos hasta equipos de protección y estrategias de seguridad, y que suelen poner el énfasis en el aprendizaje de las normas del derecho internacional humanitario que en teoría protegen a los reporteros en las guerras.
Una buena amiga con la que tiempo atrás estuvimos investigando sobre este tema para tratar de organizar y mejorar el trabajo diario de los reporteros independientes que colaboran con medios españoles, me acaba de hacer llegar una serie de recursos que desconocía y que, además de ser útiles para aquellos que deseen ir a trabajar al ulu (como llamaban a la guerra los integrantes de la mítica agencia Frontline), aportan cierta luz sobre algunos debates que hemos tenido en la sección Morir para contar de este blog.
Teléfono rojo
El primero es una “Línea directa de asistencia para periodistas en misión peligrosa” que ofrece el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR). El teléfono, que está activo las 24 horas, es el (+ 41) 79.217.3285. El correo electrónico del mismo servicio: press.gva@icrc.org
¿Cuándo puede recurrirse a este número? En el caso de desaparición o privación de la libertad. ¿Quiénes pueden hacerlo? Los familiares del periodista; los medios de comunicación que los emplean; las asociaciones profesionales de periodistas, tanto nacionales como internacionales.
¿Qué puede hacer el CICR a partir de esta información? Búsqueda activa de información ante las partes en conflicto y otras fuentes relevantes para dar con el paradero del reportero. Transmisión de las informaciones recogidas – lugar de detención, deceso – a la familia del periodista y, con el acuerdo de ésta, a las autoridades y asociaciones profesionales concernidas.
Visitas a periodistas privados de libertad – por parte de delegados y, en caso de necesidad, de médicos del CICR -. Intercambio de noticias entre periodistas privados de libertad y sus familias; eventualmente por medio de mensajes de Cruz Roja. Si no hay otro intermediario posible, repatriación del periodista
Base legal
Esta labor del Comité Internacional de la Cruz Roja se basa en una serie de elementos jurídicos que en numerosas ocasiones hemos visto en estas páginas: las cuatro Convenciones de Ginebra y el Protocolo adicional I de 1977. Elementos que sostienen que el periodista que realiza misiones profesionales en zonas de conflicto armado debe ser respetado y protegido a condición de que se abstenga de todo acto que afecte su estatuto de persona civil (como por ejemplo, portar armas).
En la próxima entrada veremos otra serie de recursos para reporteros, aún más completos, que se basan en la Resolución 1738 del Consejo de Seguridad de la ONU. Resolución aprobada el 23 de diciembre de 2006 que reafirma la necesidad de prevenir los actos de violencia contra periodistas y juzgar a los autores de estos actos de violencia cuando no han podido ser impedidos.
Foto: AFP
Buena semana… HZ
22 junio 2010 | 00:02
Gracias Hernán por instruirnos en eses menesteres, y esperemos que nunca se tenga que hacer uso de ese número telefónico ni para ti ni para ningún periodista
Que tengas una agradable y fructífera semana
22 junio 2010 | 00:57
Hola HZ!
Todo es importante para mantenerse a salvo, y entre mas leyes internacionales los protejan será mejor; aunque en la refriega no se qué tan difícil será respetar y hacer lo correcto, aunque me pregunto, qué tan enterados están ellos de estos tratados; más vale tener extrema cautela en el campo de batalla.
Saludos,
Mayté
p.d. Me apena que México está en segundo lugar de homicidios a reporteros, (y no por querer el primer lugar, he!); sí te contara como ha cambiado mi país, es muy lamentable todo lo que está pasando, con eso de la guerra al narcotráfico; los civiles afectados quedamos como “daños colaterales”.
22 junio 2010 | 05:22
Un reportero depende más de la mente consciente ó incosnciente del imbecil armado de turno que le toque y de «la suerte» en que no te alcance de lleno una «bala perdida», una bomba ó lo que sea, que de cualquier ley o derechos.
Cliqueame si te apetece.
Todos los dias entradas nuevas e interesantes.
22 junio 2010 | 07:36
menuda vocación tiene que tener los corresponsales de guerra para jugarsela como se la juegan… lo llevan en la sangre.
22 junio 2010 | 07:42
Gracias Hernán, por la información, ¿podrías informarnos cuál es la situación en la actualidad de periodistas privados de libertad en otros países? Sólo si puedes, gracias.
Rafa (http://atriogentiles.blogspot.com/)
22 junio 2010 | 08:32
¿Cuándo puede recurrirse a este número? En el caso de desaparición o privación de la libertad. ¿Quiénes pueden hacerlo? Los familiares del periodista; los medios de comunicación que los emplean; las asociaciones profesionales de periodistas, tanto nacionales como internacionales.
22 junio 2010 | 10:48
Un post muy interesante, desconocía muchas de estas cosas. Un saludo.
22 junio 2010 | 18:50
Me gusta mucho tu blog hernán, sigue así! un saludo
23 junio 2010 | 18:25
Muchas gracias por la información Hernán, esperemos que nunca haga falta utilizarla, aunque viendo cómo está el panorama para los corresponsales… Cada vez es más difícil decir que no será necesaria.
23 junio 2010 | 20:54
Tienes email?
Quiero viajar a Iraq y tengo algunas preguntas.
Gracias
24 junio 2010 | 17:45
Va por ti Hernan, 🙂
24 junio 2010 | 17:46
Todo es importante para mantenerse a salvo, y entre mas leyes internacionales los protejan será mejor; aunque en la refriega no se qué tan difícil será respetar y hacer lo correcto, aunque me pregunto, qué tan enterados están ellos de estos tratados; más vale tener extrema cautela en el campo de batalla. summer jobs for 16 year olds
05 julio 2010 | 10:26
Grazie, amigo, Suerte en tu periplo estival! A la vuelta te quiero para un Dos generaciones de la revsita!
11 julio 2010 | 10:42