¿Cómo va a proteger a los menores (y a las personas con discapacidad) la nueva normativa audiovisual europea?

El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado este mismo martes una actualización de la normativa audiovisual que habla mucho de autorregulación y corregulación y está acaparando titulares sobre todo por obligar a plataformas como Netflix a tener un 30% de producción europea. Me da que, al menos a Netflix, no es algo que le quite el sueño. Justo hace poco acaba de prometer la mejor producción española que jamás se haya visto para la segunda temporada de la exitosa La casa de papel. Pero el análisis de la producción europea de estas nuevas formas de fabricar y ver tele se lo dejo a mi compañera Cecilia del blog A ver series.

Yo de lo que vengo a hablar es de niños, de protección a la infancia.

(GTRES)

La directiva anterior era de 2010, que puede no estar lejos en el tiempo, pero a la velocidad a la que ha evolucionado la forma de consumir contenidos es el pleistoceno. De hecho, así lo reconocen en el preámbulo de la normativa (aquí la tenéis entera, por si os place su lectura):

Desde entonces, el mercado de los servicios de comunicación audiovisual ha evolucionado de forma significativa y rápida, debido a la convergencia actual entre la televisión y los servicios de internet. Los avances técnicos han hecho posibles nuevos tipos de servicios y experiencias de los usuarios. Los hábitos de visionado, en particular los de las generaciones más jóvenes, han cambiado significativamente. Aunque la pantalla de la televisión siga siendo un dispositivo importante para compartir experiencias audiovisuales, muchos espectadores se han decantado por otros dispositivos portátiles para ver contenidos audiovisuales.

Vayamos al grano que nos preocupa, al de protección de la infancia, teniendo en cuenta es que estas directrices se aplicarían también a sistemas de distribución de vídeos como Youtube o redes sociales como Facebook. Sobre todo en el caso de Youtube, hay mucho niño viendo contenidos.

Lo primero que veo destacable, es que es necesario facilitar información sobre el tipo de contenidos. Niños y mayores debemos tener claro antes de darle al play si es apto o no «por ejemplo, mediante un sistema de descriptores de contenidos, una advertencia acústica, un símbolo visual o cualquier otro medio técnico que describa la naturaleza del contenido».

Es más: «Los contenidos más nocivos que puedan perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores, sin constituir necesariamente una infracción penal, deben someterse a las medidas más estrictas como el cifrado y un control parental eficaz, sin perjuicio de que los Estados miembros adopten medidas más estrictas».

Otro asunto que recogen en la protección de datos personales de los niños y adolescentes, que la norma entiende que puede ser preciso solicitar para establecer mecanismos que protejan a los niños, pero que «no se deben utilizar con fines comerciales».

También recalcan la necesidad de que los estados miembros se pongan las pilas para «reducir efectivamente» la exposición de los niños a publicidad de bebidas alcohólicas y de promoción de juegos de azar (esto último en España tiene su miga). La de tabaco y cigarrillos electrónicos está totalmente prohibida. Pero también se pretende «reducir eficazmente la exposición de los niños» a publicidad de «alimentos o bebidas que contengan nutrientes o sustancias con un efecto nutricional o fisiológico, en particular grasas, ácidos grasos trans, sal o sodio y azúcares, de los cuales se desaconseja una ingesta excesiva en la dieta general».

Y la publicidad de colocar productos visibles «no debe autorizarse» en los programas infantiles». Es más, establece que los estados tendrán que velar porque «las comunicaciones comerciales audiovisuales deberán ser fácilmente reconocibles como tales» y «no se utilizarán técnicas subliminales».

Aquí también hay mucha tela que cortar respecto a vídeos de youtube e Instagram. Si determinados canales de youtube se categorizaran como infantiles y esto de verdad fuera efectivo, supondría su fin (que tal vez no estaría mal).

Más sobre publicidad, que me parece lo más extenso y regulado tras la lectura del documento: se prohíbe la televenta en programas infantiles y los programas de duración inferior a media hora no podrán interrumpirse con publicidad.

Sigamos cambiando de tercio, a los europarlamentarios les preocupa los contenidos «nocivos» y que «incitan al odio». Sobre todo los que se intercambian en redes sociales, así que «se debe exigir a esos prestadores que tomen las medidas adecuadas para proteger a los menores de contenidos que puedan afectar a su desarrollo físico, mental o moral». Los ciudadanos debemos poder notificar a la plataforma fácilmente cuando veamos algún contenido similar

Por cierto, más allá de los menores, la norma también establece el derecho de las personas con discapacidad y las personas mayores a acceder a estos servicios, por los que debe llevarse a cabo sin dilación, aunque con «un proceso progresivo y continuo», la accesibilidad de estos servicios tanto como sea posible.

¡Ah! Y «cada Estado miembro pondrá a disposición del público para su consulta en línea un único punto de contacto, de fácil acceso incluso por parte de las personas con discapacidad, para facilitar información y recibir quejas sobre las cuestiones de accesibilidad a que se refiere el presente artículo».

El pleno respaldó el acuerdo con 452 votos a favor, 132 en contra y 65 abstenciones. ¿Y ahora qué? «El texto legislativo deberá ahora ser adoptado formalmente por el Consejo de Ministros, antes de su publicación en el Diario Oficial y su entrada en vigor. Los Estados miembros tendrán 21 meses a partir de esa fecha para trasladar los cambios a la legislación nacional».

Todo suena estupendo. No creo que nadie esté en desacuerdo respecto a proteger de semejantes maneras a nuestros niños. Luego está, por supuesto, su ejecución y hasta qué punto sea efectiva. Igual que la persecución de las infracciones.

También os digo que es responsabilidad de todos que así sea, que no vale solo con quejarse, hay que denunciar. La protección audiovisual de nuestros menores está en manos de todos nosotros.

1 comentario · Escribe aquí tu comentario

  1. Dice ser Para sordos

    La protección es lo más importante

    02 octubre 2018 | 22:36

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