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Tatuajes temporales peligrosos

a00450180 2570El verano pasado, mi prima María se hizo un tatuaje de henna en un puesto de la playa, uno de esos en principio inocentes tatus que duran varios días y se acaban quitando casi solos.

No se hará más. Las consecuencias de hacérselo le duraron varios días y tuvo que visitar el centro de salud del municipio donde estaba de vacaciones. Se le formaron unas enormes ampollas que requirieron de una intervención médica de urgencia.

María pensaba que era cosa de ella, que su piel, por lo que fuera, no toleraba esas en principio inocuas hennas naturales que se utilizan. Pero no, no era cosa de ella, sino de mucha más gente.

Claro que afecta cada tipo de piel, pero resulta que a mi prima no le hicieron el tatuaje con henna natural, sino con henna negra, que, después de informarme, he comprobado que contiene un colorante prohibido para la piel, que provoca alergías incluso graves, en la mayoría de los casos, además de aumentar el riesgo de alergias a los tintes capilares.

Esta henna negra es el resultado de añadirle a una henna natural colorantes químicos, como la p-fenilendiamina o PPD. Así el material se vuelve más oscuro, casi negro, y es más duradero que una henna natural, que es marrón o marrón verdosa.

Los riesgos  para la piel al ser tatuado temporalmente con henna negra son altos y las reacciones alérgicas cutáneas pueden ser graves y quienes se exponen pueden quedar sensibilizados permanentemente y el problema puede degenerar en un cuadro de dermatitis alérgica de contacto.

Además, la henna natural dura sobre la piel tres o cuatro días, pero la negra puede permanecer allí más de una semana.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) suele alertar sobre los riesgos del uso en la piel de la henna negra, sobre todo cuando se aproxima el verano, y desaconseja por completo la realización de tatuajes temporales con ella. Además, recomienda acudir inmediatamente al médico al primer síntoma de picores, ampollas o cualquier otro tipo de reacciones alérgicas, que pueden durar muchos días en el caso de la henna negra e incluso surgir semanas después de haberse eliminado el tatuaje.

Así que si quieres hacerte un tatuaje temporal de henna, comprueba que te lo hagan sólo con henna natural, de color marrón o marrón verdoso. Recela de la henna negra, que es mucho más oscura, y en general de cualquier tinte de estos de color negro intenso, porque no será natural. Ésta lleva químicos que pueden hacer mucho daño a tu piel.

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* Fotos: GTRES y Aemps

El ‘roaming’ o cómo cobrarte de más por usar el móvil sí o sí

gtres_a00689865_002Hace dos semanas mi amigo Vicente estuvo en Túnez, y cuando volvió a España, vía París, se llevó una desagradable sorpresa con su móvil. Las llamadas que hizo desde París fueron más caras que si las hubiera hecho desde España, y las que hizo desde Túnez fueron directamente “un atraco”, dicho con sus propias palabras.

Es a lo que se llama roaming, que viene a ser que tu operadora tiene preparadas para ti otras pautas de facturación si sales de España, por supuesto al alza.

En la Unión Europea, esas llamadas entre países son más caras que si se hacen sólo dentro de España, por ejemplo, aunque son más baratas que si se realizan desde fuera de la UE.

Por ello, se han alzado ya voces que piden al Parlamento Europeo que medie en el asunto, para que los precios sean los mismos en el caso de llamar desde cualquier lugar de la Unión Europea a otro país de la UE.

Este parlamento ya se pronunció y fijó el fin del roaming en Europa para diciembre de 2015, pero resulta que a los gobiernos nacionales no les gusta la idea y pretenden ahora retrasar su eliminación a 2018.

Hay muchísima gente que viaja habitualmente por Europa, y si hemos terminado con las fronteras, compartimos moneda y todos somos miembros de un mismo gran Estado, no tiene sentido alguno que con las llamadas de teléfono no ocurra lo mismo y sigamos pagando multitud de tarifas diferentes, que siempre son más caras. Y menos con el beneplácito de los gobiernos nacionales, que no de la UE.

Varias asociaciones de consumidores de toda Europa están recogiendo firmas para impedir que se retrase la desaparición del roaming, una práctica que muchos usuarios incluso ignoran que existe. Si tú tampoco quieres pagar de más cuando viajes por el Continente, puedes unirte a la petición.

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* Fotos: GTRES

900, 807, 800, 905, 902, 803… números para hacerte el lío

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Hay números de teléfono que confunden a los usuarios, porque no saben si son gratuitos, de pago o directamente sacacuartos, que abundan. Hay una práctica fraudulenta, por ejemplo, consistente en que recibes un mensaje para cualquier asunto, que generalmente ni te afecta, y te emplazan a que llames a un número que suele ser un 806, carísimos si llamas a ellos.

El caso es que podemos diferenciar claramente los números de tarificación especial y obrar en consecuencia una vez que sabemos lo que supone contactar con ellos.

Los que empiezan 900 y 800 son gratuitos si llamas tú, pues paga quien recibe la llamada. Algunas empresas cuentan con ellos, pero no dudan en bloquearlos para que llames a otro de pago. Ojo.

En el caso de los números que empiezan por 901, paga una parte quien llama y otra quien recibe la llamada, o sea que sí pagas si llamas, aunque no sea todo. Normalmente desembolsas lo que te supondría realizar una llamada local, aunque el precio depende de las tarifas de cada operadora y a veces también salen caros. Una llamada puede salir entre 0,28 euros el minuto a 1,88 si llamas desde un móvil, así que cuidado. Son habituales en las administraciones públicas.

En las llamadas a un 902 pagas el coste íntegro de la llamada si contactas tú. Suelen ser números de atención al cliente y son completamente legales. No fueron diseñados para obtener beneficios con ellos, pero lo cierto es que así actúan y las operadoras ofrecen beneficios a las empresas que deciden contratarlos, porque así también ganan ellos.

Las únicas empresas que no están obligadas por ley a tener números de teléfono alternativos a los 902 son las entidades de energía.

Llamando desde un fijo, el coste es similar al de una llamada interprovincial, pero desde un móvil el desembolso puede dispararse notablemente y costarte hasta 2,82 euros por minuto.

En el caso de los números 803, 806, 807 y 905, mucho cuidado. Son carísimos y una parte del desembolso va destinado a la operadora y otra a la empresa que presta el servicio. Ambas ganan siempre. Los 803 son servicios para adultos, los 806 corresponden a entretenimiento, jurgos, tarot… Mucho ojo con estos. Los 807 son servicios profesionales y los 905 son televotos y se paga un importe fijo definido por cada llamada, los habituales de las convocatoriuas de los programas de televisión.

No es todo. Deberás fijarte también en la cuarta cifra del número, porque cuanto más alta sea, más pagarás. Si es mayor que 6, el usuario debe haber autorizado a la compañía este tipo de servicios carísimos.

Por último, están los números que empiezan por 118, que se utilizan como guía telefónica, como el antiguo 1003. ¡Te pueden llegar a cobrar hasta 4 euros por minuto!

Ahora que ya los conoces, ojo cuando recibas un mensaje pidiéndote que llames a alguien. Que no te engañen. Mejor que te llamen ellos a ti si quieren algo.

* Foto: GTRES

La cerveza sin alcohol siempre tiene algo de alcohol

 Me decía el otro día mi amiga María, que está embarazada, que la cerveza sin alcohol es un engaño, porque sí que tiene alcohol. Y no le falta razón, al menos en lo de que tiene alcohol. Pero en cuanto a que es un engaño, legalmente al menos, no lo es.

He acudido al Real Decreto que regula la venta de cerveza en España, y se consideran cervezas sin alcohol “aquéllas cuya graduación alcohólica sea menor al 1 por 100 en volumen, incluido en dicho porcentaje la tolerancia admitida para la indicación del grado alcohólico volumétrico”.

María no quiere tomar nada de alcohol porque está embarazada. Pero incluso las cervezas que se anuncian como 0,0 tienen algo de alcohol.

  • Una cerveza convencional, con alcohol, suele tener entre 4,5 y 5,5% de su volumen de alcohol. Aunque las hay con menos y con más.
  • Una cerveza sin alcohol de las marcas más habituales del mercado tiene entre 0,6 y 0,9% de su volumen de alcohol. Es decir, cumplen la legalidad aunque se anuncien “sin” y se vendan ‘con’, pues están dentro de los parámetros que cita la norma y no superan el 1% de volumen.
  • Lo más sorprendente son esas cervezas 0,0 que, en principio, no llevan nada de alcohol, porque todas tienen también algo, aunque sea un porcentaje mínimo, que va del 0,01% a los 0’07% del volumen.

Si estás embarazada y te preocupa ese mínimo porcentaje de alcohol, prescinde de la cerveza y opta por otros líquidos. Pero, sobre todo en las 0,0, la mínima cantidad de alcohol que contienen difícilmente podría perjudicar al feto. Y además, la cerveza lleva también una pequeña cantidad de ácido fólico, que aporta beneficios al nonato.

Resumiendo: una cerveza “sin” puede llevar hasta el 1% de volumen de alcohol legalmente, aunque se anuncie como sin alcohol; y las 0,0 también contienen algo de alcohol, aunque el porcentaje sea mínimo.

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* Fotos: GTRES

¿Qué pasa si me han hecho mal un tatuaje?

gtres_u274Mi amiga Ruth se hizo un tatuaje la semana pasada. Quería tatuarse una frase, que le dio en un papel al tatuador, y éste preparó un calco, como es habitual, y después empezó a insuflar tinta en el lugar elegido.

Pero resulta que cuando terminó, el tatuador se había comido un “que” entre dos palabras y había cometido dos faltas de ortografía.

Mi amiga Ruth se quedó desolada. No sabía qué hacer, si la ley la amparaba, si debía pagar, si tenía derecho a una indemnización o incluso a que le pagaran la eliminación del tatuaje con láser…

Así que, como sabe que soy un consumidor informado y me codeo con los técnicos de la OCU, me pidió ayuda y yo la busqué en los abogados de la organización.

La actividad de tatuar sí está regulada, por ser una práctica que conlleva riesgos para la salud, y son las comunidades autónomas quienes la supervisan: material que se utiliza, condiciones sanitarias, técnicas de micropigmentación, formación del tatuador…

Sólo es posible tatuar con acuerdo a la ley en establecimientos que dispongan de licencia municipal y que hayan sido autorizados por la Consejería de Sanidad y que además cumplan todos los requisitos sanitarios establecidos en la legislación vigente.

En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, únicamente se pueden realizar tatuajes en locales inscritos en el Registro de Establecimientos de Tatuajes, Micropigmentación, Piercing u otras prácticas similares de adorno temporal, adscritos a la Consejería de Sanidad y Consumo, estando prohibida su realización en vías públicas, emplazamientos abiertos y, en general, en espacios que no reúnan las condiciones establecidas en el decreto que regula esta actividad.

El establecimiento ha de tener varias áreas: de espera, de trabajo, de preparación del material a desinfectar y contar con agua de consumo humano fría y caliente, ventilación natural o forzada, telas mosquiteras en ventanas y rejillas de ventilación e iluminación suficiente; paredes lisas, mobiliario adecuado, botiquín… Y no podrá haber presencia de animales.

En el caso de mi amiga Ruth, a la que le hicieron mal el tatuaje, como toda relación contractual, está sometida a la responsabilidad civil de estos contratos.

Habitualmente, los profesionales de esta actividad realizan una plantilla previa al tatuaje, que pegan sobre la piel en el lugar elegido. Si no se está conforme, ése es el momento de decirle al tatuador lo que no te gusta y cambiarlo. Si se está de acuerdo, adelante.

Si, pese a ello, el tatuaje resultara distinto al pretendido o al contratado, el profesional que ha incumplido deberá indemnizar los daños y perjuicios ocasionados. Nuestro Código Civil así lo establece en el artículo 1.101: “Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolor, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas”.

La ley te ampara si acudes a un establecimiento registrado que cumpla los requisitos exigidos por la comunidad autónoma. Así que jamás te hagas tatuajes en domicilios particulares, aunque te aseguren que el tatuador es el mismísimo Antonio López, porque no podrá reclamarle a nadie.

 

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* Fotos: GTRES

Las vitaminas no salen huyendo de los zumos

gtres_a00691023_001“Corre, tómate el zumo rápido que se le van las vitaminas”. ¿Cuántas veces lo has oído?

En nuestro país es el de naranja el zumo estrella, aunque se consumen muchos otros: de melocotón, de uva, de granada… Y la mayoría tenemos grabada a fuego en la cabeza esa creencia que asegura que si no te lo tomas recién exprimido, el zumo pierde todas sus vitaminas.

Y no es cierto. La vitamina C, sobre todo, es soluble en agua y bastante sensible al calor, al oxígeno y a la luz del sol. Pero esto no quiere decir en absoluto que las vitaminas se pierdan al preparar el zumo, como la mayoría de la gente piensa.

Puede alterarse el contenido en vitaminas, pero únicamente si la bebida se calienta, algo que no se hace con los zumos. Si un zumo se calienta a 120 grados durante bastante rato, podrían destruirse hasta la mitad de sus vitaminas, pero ya digo que no suele ser el caso. ¿A quién le gusta un zumo caliente?

Es una de las numerosas falsas creencias que existen en torno a los zumos y a sus vitaminas. Pero hay más. Por ejemplo, existen multitud de ‘teorías’ de cómo pierden las vitaminas los zumos que son falsas.

Por ejemplo, para exprimir podemos utilizar perfectamente un exprimidor de acero inoxidable en lugar de uno de plástico, el zumo puede conservarse a temperatura ambiente sin problemas en lugar de en la nevera sin perder sus vitaminas, tampoco las pierde si se expone a la luz o si se deja el envase abierto y el zumo puede consumirse 24 horas después de haber sido exprimido sin que se altere su composición.

Es decir, puedes prepárate un zumo la noche anterior y tomarlo a la mañana siguiente sin que pierda vitaminas, quizá esté más amargo, eso sí, pero aportará los mismos nutrientes que recién hecho. Y si el agua queda abajo y la pulpa arriba, bastará con removerlo bien. Pero el zumo no habrá perdido vitaminas.

Los zumos son buenos para el sistema inmunitario, contribuyen a la formación del colágeno, a la buena salud de los huesos, las encías, la piel y los dientes, actúan contra la fatiga, mejoran la absorción de hierro… Están especialmente recomendados para mujeres durante el embarazo y la lactancia, para personas que sufran de estrés, para los fumadores y para las personas que consuman habitualmente alcohol.

Los zumos (la fruta en realidad) son fuente de energía, desde que los preparas hasta que los consumes. No te dejes guiar por las falsas creencias.
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* Fotos: GTRES

¿Cuánta sal debemos tomar?

a00449954 2344Los pocos caprichos que me doy como consumidor suele regalárselos a mi estómago, pues me gusta salir a comer, y sobre todo a cenar, siempre que tengo ocasión. Frecuento varios restaurantes y visito alguno nuevo cada cierto tiempo, y el otro día llegué a la conclusión de que todos los locales que visito tienen algo en común. Da igual si son restaurantes españoles, mexicanos, chinos o lo que sean: todos ellos utilizan poca sal para cocinar.

Provengo de una familia donde no se escatima la sal para cocinar. Es más, quizá se utiliza en exceso, y lo digo por el sabor, no entro de momento en si la sal es buena o mala. Y, claro, se nota.

Lo cierto es que la razón por la que en los establecimientos de hostelería se cocina actualmente con poca sal es porque se ha demonizado un tanto: aún no he oído a nadie decir que la sal es buena. Sin duda es por la mala fama que acumula en los últimos tiempos algo tan cotidiano en la alimentación como la sal. Pero, ¿ la sal es mala?

La sal es un nutriente indispensable para nuestro organismo, pero debe tomarse con moderación. La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que se consuman un mínimo de tres gramos al día y un máximo de cinco.

La cuestión es que, al menos los españoles, ingerimos prácticamente el doble de la dosis máxima aconsejada, según la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Tomamos una media de cerca de 10 gramos al día de sal, proveniente casi siempre de alimentos procesados, como embutidos, comida rápida, conservas y platos preparados…

¿Y cuáles pueden ser las consecuencias de una ingesta excesiva y continuada de sal? Pues hay muchas, y ninguna buena. Se relaciona el exceso de sal con el aumento de la tensión arterial, aparición de ciertos tumores, agravamiento de la osteoporosis, accidentes cardiovasculares e incluso ictus.

El remedio parece fácil: primar la alimentación sana al exceso de sal. Pero no es tan fácil controlar las cantidades de sal en los alimentos.

En cualquier caso, nos ayudará limitar el consumo de embutidos curados, quesos, salazones de pescado, sopas o salsas.

Y un consejo básico que puede ir muy bien es, a la hora de cocinar, añadir la sal en el último momento, porque el guiso requerirá de menos cantidad de sal y la que eches aportará más sabor si se incorpora al final.

Utilizar hierbas aromáticas en lugar de sal o para reducir su consumo es otra buena opción, así como el limón, que puede hacer milagros a la hora de aportar sabor y dará a tus platos un toque diferente.

 

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* Foto: GTRES

Falsas creencias sobre los microondas

gtres_a0033843Existen multitud de falsas creencias sobre los microondas. Algunas están incluso ‘documentadas’ en forma de letrerito alarmista que recorre las redes sociales. Pero no por ello dejan de ser falsas. Que si sus ondas provocan cáncer, que si se modifica la composición de los alimentos, que si se escapan las microondas…

Lo cierto es que hace tres décadas los microondas no eran tan seguros como ahora. Pero de ahí a equipararlos con la silla eléctrica, como hemos leído en Internet, dista un mundo. La mayoría de los microondas que podemos encontrar desde hace años en las tiendas españolas son aparatos seguros que han pasado riguroso controles de calidad. Aunque alguno ha encontrado la OCU que no cumplía.

Nunca se ha probado que las microondas provenientes de un microondas provoquen cáncer, ni siquiera hace treinta años, aunque podamos encontrar en Internet multitud de presuntos estudios que así lo afirman.

Tampoco es cierto que los microondas modifiquen la composición de la comida, las radiaciones simplemente hacen vibrar las moléculas y así se calientan los alimentos, pero ni se modifican los átomos ni se convierte la comida en radiactiva.
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Palomitas que en el cine son lentejas (y muy caras): o las compras allí o no hay palomitas

 Ir al cine es una actividad de riesgo. Al menos para el bolsillo. El otro día fui con mis hijos, y al palo de las entradas se añadió el de las palomitas: ocho euros, ocho, por una caja de cartón de palomitas y dos euros por cada botella de agua. Vamos, que hay menús de tres platos más baratos.

Así que me dije: la próxima vez las llevo de casa. Pero no, al salir de la película pregunté y me dijeron que no se permite la entrada con productos de fuera del cine. Es decir, que si has ido a comprar al súper antes de ir a ver la peli y vas con la bolsa, por ejemplo, te pueden impedir entrar al cine con ella.

Hablábamos hace tres entradas de lo que ocurre en los parques de ocio y veíamos que era misión imposible en casi todos entrar con comida. Con esto de las palomitas observamos que hay jurisprudencia y algunos de los que se han propuesto tener derecho a entrar en el cine con palomitas compradas fuera, lo han conseguido. Pero, ojo, otros no.

Quienes lo lograron lo hicieron gracias a aferrarse a una sentencia de diciembre de 1999 de un juzgado de A Coruña, y a algunas similares posteriores. Esta sentencia de ese juzgado gallego señalaba que “impedir el consumo de productos adquiridos fuera del local supone una limitación de los derechos de los consumidores y de la libre competencia”. Por esta circunstancia, el Instituto Galego de Consumo multó entonces al propietario del cine, Coruña Films SL, por “impedir la ingestión de productos adquiridos fuera de la sala”.
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Las multas de la ORA no son ilegales

con0003En WhatsApp y en redes sociales podemos encontrar desde hace tiempo uno de esos letreritos que afirman cuestiones como si de dogmas de fe se tratara. En este caso hablo de ese letrerito que afirma que las multas de la zona azul son nulas de pleno derecho” porque “tú no estás obligado a pagarlas”. Ojalá, pero es totalmente falso.

Lo primero que debemos comentar sobre este asunto es lo de siempre: ninguna entidad mínimamente seria comunica alertas con absurdos cartelitos en WhastsApp o redes sociales, cartelitos que casi siempre están llenos de exclamaciones, algún “jajajaja” y argumentos peregrinos varios.

Es falso que las empresas que gestionan los estacionamientos regulados no puedan multar. Es más, cualquier persona a nivel particular o cualquier empresa está en su derecho de denunciar ante la ley un hecho que así lo merezca.

Esas denuncias particulares suponen una notificación a las autoridades de un hecho que después dichas autoridades se encargan de decidir si merecen una sanción y, de ser así, impondrán la correspondiente multa.

Las empresas contratadas a tal efecto tienen pleno derecho para denunciar a conductores que hayan estacionado al margen de los horarios de la ORA, y es la propia empresa quien realiza la denuncia.

Tampoco es válido el ‘argumento’ de que el infractor ya paga el impuesto de circulación de su vehículo y por ello tiene derecho a aparcar en la ciudad sin tener que pagar. Los ayuntamientos están facultados para instaurar zonas de estacionamiento regulado y para asignar la gestión de las multas en esas zonas a empresas privadas.
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