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Queremos buenas tarifas telefónicas y que se ajusten a nuestros bolsillos

Parece mentira que todos, o casi todos, tengamos móvil y ni por ésas logre uno encontrar tarifas competitivas. Da igual que seamos muchos los que lo utilicemos como algo que forma parte desde hace años de nuestra vida cotidiana. Las empresas van a lo suyo y, de hecho, las telefónicas son las empresas más reclamadas, junto con los bancos y las empresas de energía, según confirma la OCU.

Ante este asalvajado panorama, ha sido precisamente la organización de consumidores de referencia en España quien que se ha lanzado a tratar de conseguir que la unión haga la fuerza para pagar menos en la factura del móvil.

Y propone su II Compra Colectiva de Telefonía a todos los consumidores, que puede permitir un ahorro de más de 180 euros anuales en la factura del móvil, sin permanencias de ningún tipo y con la posibilidad añadida de obtener un smartphone de última generación a un precio razonable. Cuantos más inscritos, mayores y más ventajosas serán las posibilidades de ahorro.

La OCU ya ha organizado compras colectivas de energía, gasolina aire acondicionado o pellets y ahora aborda la segunda de telefonía, a la que puede apuntarse gratis y sin compromiso cualquier persona mayor de edad hasta el 30 de octubre.

Trascurrido ese plazo, la OCU comunicará a todos los inscritos el ahorro que cada uno puede conseguir, según sus circunstancias y tarifas, de manera personalizada. Si te interesa, bien; y si no, siempre puedes seguir como hasta ahora, pues no adquieres ninguna obligación inscribiéndote en la campaña.

La primera compra de telefonía fue todo un éxito y a ella se adhirieron finalmente más de 100.000 personas y en la que se consiguió un ahorro medio de 105 euros por persona, mucho más en el caso de los usuarios procedentes de las compañías de referencia, las más grandes.

La experiencia es un grado, y ahora, para la II Compra Colectiva de Telefonía, el ahorro medio estimado inicialmente es de 181 euros, calculado a partir de precios medios y mínimos de 32 terminales y 11 perfiles de usuario distintos.

De lo que se trata, al fin y al cabo, es de lograr para el mayor número de usuarios tarifas competitivas sin permanencia y, de paso, un buen Smartphone si lo necesitas. Porque los consumidores unidos somos más fuertes y podemos presionar a las compañías, que son habitualmente quienes marcan las pautas a su antojo, sin tener demasiado en cuenta a sus clientes. No perdemos nada. Merece la pena intentarlo.

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* Foto: GTRES

Si tu eléctrica te acusa de manipular tu contador y tú no sabes ni de qué te hablan, demándales

a00478855 6801Tu contador de la luz, ese aparato que la mayoría de los usuarios jamás ha visto, puede ser tu ruina. Suele estar bajo llave en un cuarto de tu bloque, y ahí puede estar. Pero basta con que alguien lo manipule, o ni eso, para que tu compañía eléctrica pueda acusarte de que tú lo has tocado a tu antojo y te imponga una multa que ronda los 1.500 euros. Así de sencillo. Ni presunción de inocencia ni nada. Una acusación unilateral, y tú a pagar, que es lo tuyo.

Obviamente esta práctica es un abuso. No digo que no haya quienes manipulen el contador intencionadamente, pero las acusaciones hay que probarlas y, sobre todo, no criminalizar a los usuarios que pagan religiosamente sus cuotas por el mero hecho de serlo. Por eso, si te ocurre, si tu eléctrica te acusa de haber manipulado tu contador de la luz, y tú no sabes ni de qué te hablan, plántale cara a tu compañía y ponle una demanda. La presunción de culpabilidad, obviamente, no es una práctica legal.

¿Y por qué tu eléctrica puede imponerte una sanción que ronda los 1.500 euros? Porque además de poder criminalizarte, te refacturará todo el último año como si tú hubieses usado el 100% de la potencia contratada durante seis horas al día.

Ya te ha pasado y no hay otra que pagar

Si ya te has visto envuelto en uno de estos turbios asuntos, debes demandar a la compañía y todo terminará en un juicio. Pero de antemano no te quedará otra que pagar lo que te piden, ya que de lo contrario te cortarán la luz. Si no dispones de la cantidad que te piden, puedes solicitar un pago fraccionado a la comercializadora; es decir, a la compañía que te envía las facturas. No es ni justo ni ético, pero parece que no hay otra.

Después deberás cumplimentar una demanda e imprimir tres copias y llevarlas al Juzgado de Primera Instancia que te corresponda. Tú te quedarás una copia y ellos las otras dos. La que va para el juez debe llevar adjuntos los contratos, las facturas de la luz y los certificados oficiales necesarios. Después el Juzgado contactará contigo para citarte a un juicio verbal al que no será necesario acudir con abogado o procurador, siempre que la eléctrica no te reclame más de 2.000 euros, que todo es posible.

Tienes las de ganar

a00469558 3052Los Juzgados nos dan la razón a los consumidores. Las eléctricas se amparan en que aseguran que se limitan a aplicar la ley, pero hay sentencias judiciales que dicen lo contrario. Además, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) también reconoce que este sistema es injusto y trabaja para acabar con esta práctica. Como la OCU, que facilita a los consumidores un cuestionario de demanda y ofrece las pautas a seguir. De hecho, varios de sus socios pueden presumir de haberles plantado cara a las eléctricas y haberles ganado en los tribunales.

Pero hay que ponerse manos a la obra, porque, aunque este asunto haya llegado ya incluso al Congreso, ante este ataque eres tú, como consumidor, quien debe defenderse con rapidez. De lo contrario, la sanción por fraude puede incluso multiplicarse, y hacerlo por seis.

Así que ya sabes: tu eléctrica puede acusarte de haber manipulado tu contador y te cobrará por ello sin prueba alguna. Es vital estar informado sobre todo lo que pueda afectar a tus facturas. No te conformes. Plántale cara.

Fotos: GTRES

¿Sabes si tienes derecho al Bono Social?

a00478855 6801La factura de la luz  nos quita las ganas de encenderla, sobre todo la última que hemos recibido, la primera de este año, que ha sido un verdadero palo. Lo malo es que ante esto, hay pocas opciones de ahorro, salvo comprobar si puedes reducir la potencia contratada y los clásicos trucos para ahorrar, entre los que destaca algo tan simple como cambiar de hábitos.

Pero hay una posibilidad directa, al menos para algunos. Se trata del denominado Bono Social, que puede permitirte pagar menos en la factura eléctrica, si reúnes los requisitos necesarios.

No es mi caso, pero sí el de mi primo Julián, que tiene tres hijos. Así que, tras informarme bien, le animé a pedirla y ahora paga menos. Así de claro. No paga el 20% menos, como asegura el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, pero sí se ahorra un pico en electricidad.

El Bono Social no se le solicita al Gobierno, como creen algunos, sino a tu comercializadora eléctrica. Lo primero, hay que ser titular del contrato de la luz, pedir el bono para la vivienda habitual y no para una segunda residencia y tener contratada la Tarifa de Último Recurso (TUR), regulada por el Ministerio y a la que pueden acogerse los clientes que tengan contratada una potencia de 10 KW o menos.

Si no estás en la TUR, quizá también puedas beneficiarte del Bono Social, pues lo ofrecen cinco compañías: Endesa Energía XXI S.L.U. (800 760 333), Iberdrola Comercializadora de Último Recurso S.A.U. (902 201 520), Gas Natural S.U.R., S.D.G., S.A. (900 100 259), HC Naturgás Comercializadora Último Recurso S.A. (900 907 000) y E.ON Comercializadora de Último Recurso S.L (900 118 866).

Y, ojo, porque si tu potencia contratada es inferior a 3 kW (la potencia figura en la factura), ni siquiera deberías tener que solicitar el Bono Social, tu compañía ha de aplicártela de manera automática.
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Si reúnes todos los requisitos hasta ahora, bien, pero necesitas más: integrar una familia numerosa, que todos los miembros de la familia estén desempleados  o ser jubilado a mayor de 60 años con la pensión mínima.

Mi primo Julián llevó a cabo todos los trámites y le concedieron el Bono Social. Después, pudo comprobar con la primera factura el ahorro que había alcanzado, que en su caso fue de casi 40 euros en la tarifa bimensual, sobre un 12%, según calculó, no el 20% anunciado.

Lo sorprendente es que al cabo del tiempo surgieron los problemas sin comerlo ni beberlo, y su compañía le retiró el bono sin dar explicaciones. Y cuando Julián se las pidió, la empresa sólo le mencionó que ya no cumplía los requisitos exigidos.

Como sus circunstancias no habían cambiado, Julián reclamó por escrito con acuse de recibo a la compañía, ésta volvió a comprobar sus circunstancias y accedió a devolverle el Bono Social, pero tuvo que reclamar que se le aplicase con efecto retroactivo ese periodo bimensual que le fue denegado sin argumentos.

Ojo con esto, porque que te concedan el Bono Social no quiere decir que lo vayas a tener a perpetuidad. Las compañías tratan de librarse de él, en ocasiones extralimitándose y valorando a su antojo los datos.

Ante esto, ya intervino la Comisión Nacional de la Energía, recordándole a estas empresas que deben reactivar el Bono Social a estos clientes y recalcular las facturas que les han cobrado sin descuentos.

Desde entonces, mi primo Julián siempre comprueba que en sus facturas se mantienen los descuentos.

Y, ojo, porque si tus circunstancias han cambiado de verdad y ya no tienes derecho al Bono Social, estás obligado a comunicárselo a tu compañía. De lo contrario, te enfrentas a que recalculen al alza tus facturas, con una penalización del 10% sobre la tarifa TUR vigente.

* Fotos: GTRES

Líos con las compañías telefónicas

A00679028_004Las telefónicas son, junto con las entidades bancarias y las empresas energéticas, las compañías que más quebraderos de cabeza dan a los consumidores. No lo digo yo, son datos de la Asesoría Jurídica de la OCU, que orienta y ayuda a sus socios sobre cualquier problema de consumo, y media para resolverlos.

Por ello, esta semana he recopilado algunos de los problemas más habituales de los consumidores con las compañías telefónicas y sus soluciones, porque los abusos están a la orden del día y casi siempre la única manera de atajarlos es reclamar.

1- Quiero liberar mi móvil. Ya he cumplido la permanencia con mi compañía, pero me pide 9 euros por la gestión, además de cobrarme la llamada. ¿Es legal esta práctica?
Digamos que, por desgracia, la cuestión no es ni legal ni ilegal, sino alegal. Pues lo poco que cita la ley en este sentido es bastante ambiguo. La ley no regula expresamente este tema y de ello tratan de sacar partido las compañías. Existe una resolución de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones que menciona que el bloqueo de terminal o simlock de los móviles es legal, y sugiere que el desbloqueo debe hacerse una vez transcurrido el plazo de permanencia. Pero ningún operador contrae el compromiso de desbloqueo en sus contratos, y que las compañías no citen en la publicidad de sus terminales una clara advertencia de que el terminal no es operativo al 100%, puede considerarse una infracción de la ley, que debería hacer valer el derecho del usuario a obtener esos códigos de liberación gratuitamente en cualquier momento que se lo soliciten. Esta normativa también da por hecho que el terminal de telefonía móvil es propiedad del cliente, sea cual sea su forma de adquisición y su contrato, siempre que haya transcurrido el período de permanencia. Por lo que deberían liberar el móvil. Pero como no existe ningún plazo legal para que los operadores lleven a cabo este trámite, ni precio alguno por este concepto, cada compañía procede como le parece. Vodafone cobra 9 euros, pero otras compañías tienen otros precios.

2- En mi última factura del teléfono se añadía un apartado que decía “consumo de servicios especiales”. Pregunté a Orange y me dijeron que eran mensajes Premium y que cada uno tiene un coste de 1,19 euros. Me han gestionado la baja de estos mensajes desde el distribuidor, y nada más hacerlo me ha llegado otro de esos mensajes. ¿Qué hago ahora?
La ley consideran servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes, los servicios de comunicaciones electrónicas que supongan el pago por los consumidores, de forma inmediata o diferida, de una retribución añadida al precio del servicio de envío de mensajes por la prestación de algún servicio de información, entretenimiento, concursos… Por esta consideración se reconoce el derecho de desconexión, pudiendo solicitar al operador de telefonía que impida enviar y recibir, desde cualquier terminal, mensajes de tarificación adicional). A los titulares de estos números se les aplica el Código de Conducta para la prestación de servicios de Tarificación adicional, que parece que en tu caso no han cumplido. Así que puedes poner los hechos en conocimiento de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Comisión de Supervisión de Servicios de Tarificación Adicional). Tu operador es responsable en la medida de que tiene que tener la seguridad que tú has solicitado el servicio para facturártelo. Además, la ley también establece el derecho de desconexión de determinados servicios, entre los que se encuentran los de tarificación adicional. A estos efectos, el abonado comunicará al operador su intención de desconectarse de determinados servicios, debiendo admitirse en todo caso la petición escrita, y las realizadas por vía telefónica o telemática. El operador habrá de proceder a dicha desconexión como máximo en el plazo de 10 días desde la recepción de la comunicación del abonado. En caso de que dicha desconexión no se produjera tras esos 10 días, por causas no imputables al abonado, serán de cargo del operador los costes derivados del servicio cuya desconexión se solicita. Has reclamado bien hasta ahora, pues la normativa vigente establece la necesidad de presentar una reclamación previa al operador, bien por escrito, bien telefónicamente. Ahora, si en 30 días no te contestan o en un plazo anterior de tiempo recibes una respuesta que no te convence, tienes tres meses de plazo para dirigir tu reclamación a la Junta Arbitral de Consumo de su localidad. Si la empresa titular y el operador no estén adheridos al Sistema de Arbitraje en el momento de tu solicitud, podrás dirigir su reclamación por correo certificado administrativo o email a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones que, una vez realizados los trámites oportunos, dictará resolución sobre la cuestión planteada en un plazo de seis meses.

3- Tengo contratado Internet móvil con Movistar y pago 3,5 euros al mes más IVA. Hace dos meses me encuentro con que me han cargado 71 euros. Hice la reclamación al 1002 y a Atención al cliente y me han contestado que mi oferta ya no existe y que las condiciones de servicio han cambiado. ¿Pueden hacer esto sin ni siquiera informarme?
Las modificaciones unilaterales del contrato están permitidas por la ley, siempre y cuando se preavisen con 30 días de antelación. Dichas modificaciones necesitan tu consentimiento para llevarse a efecto en el citado plazo. Si el consumidor no comunica nada, se entienden aceptadas por él todas las nuevas consecuencias económicas. En caso de negativa conlleva la resolución, sin que quepa penalización alguna por parte del operador. Generalmente, las compañías utilizan el envío de las facturas, para incluir una hoja informativa con las modificaciones. Si no se lo llevan a cabo, tendrás que presentar una reclamación ante el operador, pues cuando surge cualquier tipo de controversia entre el consumidor y su operador de telefonía y/o Internet, la normativa establece la necesidad de presentar reclamación previa ante el operador antes de emprender otras vías de reclamación. Esta reclamación previa la puedes realizar por teléfono, siempre y cuando te faciliten un número de reclamación o incidencia; por escrito, dirigiéndola al domicilio social y al menos por correo certificado con acuse de recibo. Si transcurridos treinta días no obtienes contestación o ésta no satisface tus intereses podrás continuar reclamando presentando otra reclamación dentro de los tres meses siguientes ante la Junta Arbitral de Consumo de tu localidad o ante la Secretaría de estado de Telecomunicaciones (SETSI).

4- Estoy intentando darme de baja del servicio de telefonía fija y ADSL con Movistar. He llamado mil veces al Departamento de Bajas y me ponen montones de excusas para no pasarme. También lo he intentado por escrito, y nada. ¿Cómo lo tramito?
El procedimiento para tramitar la baja viene regulado en el art 7 del Real Decreto 899/2009 de 22 de mayo, que dispone que el contrato finalizará por las causas generales de extinción de los contratos y, especialmente, por voluntad del abonado, comunicándolo previamente al operador con una antelación mínima de dos días hábiles al momento en que ha de surtir efectos. El operador se abstendrá de facturar y cobrar cualquier cantidad que se haya podido devengar, por causa no imputable al usuario final, con posterioridad al plazo de dos días en que debió surtir efectos la baja. Siempre es recomendable solicitar la baja por escrito, dirigida al domicilio social o a aquel que figure en las condiciones generales de contratación, adjuntando copia del DNI.
Revisa también las condiciones de tu contrato y/o las Generales de Contratación del operador, por si se hubiera reflejado alguna penalización por no devolución del router en el plazo establecido.

5- He cambiado de Orange a Jazztel. En Orange me dijeron que tenía permanencia y que debía pagar 85 euros, pero me han cobrado 139 más IVA y recibo llamadas suyas todo el rato reclamándome el pago. ¿Qué hago?
En España rige la economía de mercado en la prestación de servicios, y por ello la libre fijación de precios y condiciones contractuales. Por ello, las empresas pueden establecer las tarifas y condiciones de venta que estimen oportunas. Tienes derecho a conocer las condiciones que rigen tu contrato, eso sí, y así lo dice la ley. Reclama a la compañía y que te justifiquen en que se amparan para realizar ese cobro, y comprueba antes qué figura en tu contrato con esa compañía al respecto de esto.

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* Fotos: GTRES

No pagues por llamar a tu compañía de gas o luz

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Aunque soy un consumidor informado y responsable, he de confesar que hasta hace un par de años vivía en la ignorancia en lo que a números de teléfono se refiere. Pensaba que si empezaban por novecientos, eran de pago siempre, y no es así. Los que empiezan por 800 y 900 son totalmente gratuitos, a diferencia de los que empiezan por 901, que pagas una parte; 902, que pagas todo; o 803, 806, 807 y 905, que pagas mucho. Ahora los conozco bien todos.

Y los conozco gracias a una compañía de energía de cuyo nombre no quiero acordarme, que me tuvo llamando a un 902 varios años, hasta que les canté las cuarenta con la ley en la mano. Y es que, precisamente, las compañías de luz y gas son las únicas que están obligadas por ley a ofrecer números de teléfono alternativos a los 901 y 902, pero, pese a ello, suelen exhibir en sus páginas web únicamente los números de pago, y no los alternativos de tarificación nacional.

El caso es, una vez más, hice lo que debe hacer un consumidor cuando detecta que le están tomando el pelo: reclamar.

El artículo 45.1, L, de la Ley 54/1997 del sector eléctrico (con redacción en Real Decreto Ley 13/2012) obliga a las compañías de gas y luz a disponer de teléfonos de atención al cliente gratuitos.

Tras mi reclamación a la compañía y una denuncia en Consumo, no conseguí que me devolvieran el dinero tirado de más en números 902, pero sí logré que a la compañía se le obligara por ley a mostrar en un lugar destacado de su web sus números gratuitos, y no los 902. Así que, al menos, el resto de clientes dejó de regalar dinero en llamadas a esa compañía de electricidad.

Mucho más cuidado hay que tener con los números 803, 806, 807 y 905, que corresponden a servicios para adultos, entretenimiento, servicios profesionales y televoto. Si te piden que llames a uno de estos números, es mejor buscar alternativas o acabarás despellejado en tu afán por informarte.

Números de estos se utilizan, por ejemplo, en una práctica fraudulenta consistente en enviarte un mensaje cualquiera y solicitarte que, si quieres ampliar información, lo hagas llamando a un 806. En estos casos, directamente no lo hagas, porque es un timo. Hay soluciones para dejar de recibir esas comunicaciones fraudulentas.

* Foto: GTRES