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Derechos humanos de según quién

Por Pedro Blanquer

Creo en la reinserción social de muchas personas que fueron juzgadas por delitos y que merecen otra oportunidad tras cumplir su condena, pero pienso que esto solamente puede suceder cuando son personas. Decir «Buena noticia. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reafirmado la condena a España por violar los derechos en la Doctrina Parot» queda muy bonito pero sólo cuando en una Estrasburgosociedad no exista el machismo, la homofobia, la servidumbre y exista igualdad de oportunidades para todos, igualdad de derechos, tener derecho a un nivel de vida adecuado y demás artículos de la tristemente utópica Declaración de los Derechos Humanos. Solo entonces se podría cuestionar la aplicación de los artículos 5.1 y 7 de tales derechos «universales» a personas que cometieron masacres. Lo que no se puede hacer es empezar la casa por el tejado y que el Tribunal de Estrasburgo proceda a legitimar unos derechos a personas que acabaron con las vidas de muchas otras porque deberíamos cuestionarnos dónde quedaron los derechos humanos de las personas a las que asesinaron.

 

10 comentarios

  1. Dice ser Doctrina Parot: la justicia no es venganza

    Artículo 7 de la Convención Europea de los Derechos Humanos: «No podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida». En estas pocas palabras se resume la sentencia que ha derogado la doctrina Parot. Ampliando el foco, hay dos premisas básicas para empezar este debate. Si no estás de acuerdo con ellas, no hay posible punto de encuentro ni para hablar sobre la doctrina Parot ni para muchas otras cosas.

    1- Incluso el peor asesino tiene derechos. No lo digo yo, lo dice la Constitución española (y las leyes de cualquier otra democracia): “El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales”. Entre estos derechos, el que recoge el artículo 9.3: “La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas y la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables”. Traducido del abogadés, la irretroactividad significa que un asesino, como cualquier criminal, debe ser juzgado con las leyes vigentes cuando cometió sus crímenes. Solo se aplica un cambio posterior si la nueva ley es más favorable al reo, si le beneficia. Esta premisa, básica en el derecho moderno, se resume en un famoso latinajo: in dubio pro reo (en caso de duda, a favor del acusado).
    2- La cárcel tiene como objetivo la reinserción, no la venganza. También en la Constitución, artículo 25.2: “Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social”. Si la cárcel es un instrumento de venganza, para hacer pagar por los crímenes, cualquier asesinato siempre parecerá barato por larga que sea la condena. ¿Cuántos años vale una vida humana? Habrá quien defienda que un asesinato solo se compensa con la pena de muerte, o con la cadena perpetua, pero ni una ni otra caben en nuestra Constitución. Y ni siquiera si mañana entrasen en vigor se pueden aplicar con efecto retroactivo para presos que ya han sido juzgados y condenados. Es una de las diferencias entre una tiranía (o una banda terrorista) y una democracia.

    Tras estas dos premisas, algunos peros. El Código Penal anterior a 1995 tenía un enorme agujero: no es lo mismo asesinar a una persona que a diez; no puede tener la misma condena. Es otro principio fundamental en derecho: la proporcionalidad de las penas. Es verdad que esa proporcionalidad está topada porque los años que un reo puede pasar en prisión no son infinitos. El franquismo –autor del Código Penal vigente hasta el 96–, zanjaba este debate a lo bestia, con la pena de muerte. Pero con la llegada de la democracia, simplemente se eliminó la pena capital sin matizar el resto de las condenas; el máximo se quedó en 30 años, una cifra sobre la que se descontaban los beneficios penitenciarios. No era tampoco un Código Penal laxo y, si no hubiesemos sufrido el terrorismo, probablemente este debate no habría llegado nunca.
    Sin embargo, la solución a esta falta de proporcionalidad no puede ser un parche que dinamite los principios básicos de cualquier Estado de derecho. La doctrina Parot –vigente desde 2006– camuflaba como “interpretación de la ley” lo que no era más que un endurecimiento de las condenas a posteriori para presos que ya habían sido juzgados. Así lo ha entendido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Es el mismo tribunal que hace unos años validó la Ley de Partidos y solo desde la ciencia ficción se le puede presentar como cómplice de un complot socialista para rendirse ante ETA, como insinúan varios medios de la derecha.

    Defender que incluso un etarra tiene derechos (a no ser torturado o a un juicio justo, por ejemplo) no te convierte en cómplice de ETA, salvo que partas de un discurso tan falaz como totalitario. También mienten quienes presentan la doctrina Parot como la única herramienta para evitar que los etarras salgan a la calle a los dos días: hablamos de presos que, de media, llevan 25 años entre rejas. Si eres una víctima de ETA, es probable que un cuarto de siglo parezca poca condena; es humano ese sentimiento. Pero por encima de la voluntad de las víctimas –en éste y en cualquier crimen– está siempre el Estado de derecho.
    El Gobierno de Rajoy, ante la sentencia, ha reaccionado de una manera bastante sensata: asumiendo que la doctrina Parot se ha acabado y que los tribunales pondrán en libertad paulatinamente a varios etarras que están en prisión desde hace más años del que debían por ley. Es de agradecer que Mariano Rajoy no se deje llevar por su sector más ultra, que, en la práctica, pretende que España salga del Convenio Europeo de los Derechos Humanos. Bienvenida sea esta rectificación, aunque –tras este giro– no sorprenda el enfado de algunas asociaciones de víctimas a las que el PP utilizó de forma irresponsable y populista.

    ¿Qué habría hecho el mismo Rajoy si esta sentencia hubiese llegado cuando el PP estaba en la oposición? Es fácil de imaginar la respuesta.

    Ignacio Escolar
    21/10/2013
    http://www.eldiario.es/escolar/Doctrina-Parot-justicia-venganza_6_188341189.html

    22 octubre 2013 | 11:48

  2. Dice ser ANTONIO LARROSA

    En mi web tengo escritos Los derechos humanos , pero deberiamos escribir otro capítulo que versara sobre los deberes humanos en el que se contase que todos debemos ganar lo que comemos si no estamos impedidos y que no se debe matar, entre otras obligaciones que muchos se las saltan a la torera, y precisamente los hay que viven como sultanes si haber dado palo al agua nunca, con solo prometer cosas a los tontos útiles.

    22 octubre 2013 | 13:15

  3. Dice ser Y ves

    Si robas una barra de pan vas a la cárcel, si robas al Estado cientos de millones no.

    Si eres dueño de una pyme y cometes una minifalta por desconocimiento o despiste te hunden en la miseria, si eres de una multinacional… ancha es Castilla.

    Si eres la víctima de un delito y pobre o de clase media, al delincuente le protegen los Derechos Humanos.

    Bienvenida a la Europa Medieval del siglo XXI, donde se han reinstaurado los antiguos Estamentos y si estás abajo no tienes derechos. El nuevo lema es: Desigualdad, Ilegalidad y Hostilidad.

    22 octubre 2013 | 14:10

  4. Dice ser yoo

    Muy bien aqrgumentado Ignacio, solo un pero, no siempre lo legal es justo y viceversa. Determinados errores de la naturaleza deberian perder algunos de sus derechos segun sus acciones, lamentablemente eso no es asi y vivimos en una epoca muy parecida a «la ley de la selva». Todo vale, lo unico que tienes que hacer es conseguir estar «dentro de la ley», que prescriban tus robos, tus asesinatos, si, matar en un buen momento o violar,. A los legalista se os llena la boca de razones legales, pero no justas. Nunca se conseguira la paz paz sobre cadaveres aun calientes, con vitores por los asesinos, esten dentro o fuera de la ley o de las carceles, no tiene vuelta atras, seguiran odiando, y si no siguen matanando solo es por razones politicas no por que no se lopida su ideologia «hay que poner muertos encima de la mesa para negociar», para vomitar como vomito sobre el fallo de la doctrina parot, muy legal y considerada con los asesinos,. y para finalizar: como seria la sentencia si los muertos fueran familiares de los jueces. hoy,LA JUSTICIA ES UNA PUTA MAL PAGADA, los jueces no tienen malos sueldos y no parece que coman ni duerman mal.

    22 octubre 2013 | 15:29

  5. Dice ser yoo

    Por cierto Ignacio Escolar, si piensas que estan rehabilitados, eres un ingenuo, los violadores, los asesinos sobre todo los que lo son por ideologia, los psicopatas lo son para toda la vida, solo dales el marco adecuado.

    22 octubre 2013 | 15:35

  6. Dice ser yoo

    Y por ultimo que la gente como tu me agota, tan versado en leyes, nos podrias ilustrar sobre que dice la constitucion sobre el derecho a la vivienda y trabajo dignos, sobre la proteccion de los menores etc que se pasan por el forro los gobiernos.

    22 octubre 2013 | 15:41

  7. Dice ser Los dioses

    Cuantos mundos paralelos tenemos la sociedad moderna. Derechos para algunos que son crímenes para otros, derechos humanos. Porque tanta teoría de años de pena, cuando en realdad no es ni una parte. Se puede pensar todo, pero no decir lo que uno piensa, parece que es una religión el pensamiento que solo se permite lo bendecido por los poderosos jefes de la justicia.

    22 octubre 2013 | 16:20

  8. Dice ser David

    El comentario de Ignacio Escolar tiene mucha letra y poca razón.

    La sentencia del tribunal de Extrasburgo no ha dicho que la doctrina Parot sea ilegal y tampoco que suponga un endurecimiento a posteriori, por la sencilla razon de que es falso.

    Lo que se afirma en la sentencia es que en el caso del presunto ser humano y criminal demostrado que puso el recurso ya habia una fecha de salida, motivo por el cual no se puede hacer variaciones.

    Todos los que no cumplan esta premisa seguiran en la carcel, la doctrina Parot se seguira aplicando porque es legal y no afecta al tiempo de condena sino a la redencion de penas, y la inmensisima mayoria nos alegraremos de que asi sea.

    Eso no quita para que haya que modificar la Constitucion para quitar esa chorrada de la reeducacion y reinsercion, y todas las leyes que hayan permitido que una hija de puta redomada se acoja a cualquier tipo de reduccion de condena.

    22 octubre 2013 | 16:35

  9. Dice ser Lola

    Hay individuos que no deberían salir nunca de prisión.

    23 octubre 2013 | 11:46

  10. Dice ser calibra

    Ya que se citan los derechos humanos, conviene recordar que la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, en su artículo 3, define: TODO INDIVIDUO TIENE DERECHO A LA «VIDA», A LA LIBERTAD Y A LA «SEGURIDAD DE SU PERSONA»; por lo tanto el defrecho a la vida es primordial y las hienas carroñeras que pueden salir a la calle, no han respetado el primero de todos, pero tampoco ninguno de los otros dos.

    Y por otra parte, no queramos manipular al personal con que ha sido una sentencia «juridica, cuando al menos el representante español no se Juez ni Magistrado; esto ha sido una sentencia totalmente POLITICA que asume España por su miedo habitual a salirse de lo «establecido» por Europa.

    24 octubre 2013 | 12:43

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