Una mirada jurídica al miedo de las víctimas

Por Flor de Torres Porras

Decía Stuart Mill,  precursor en el siglo XIX  del movimiento liberador de la mujer y sufragista de Gran Bretaña:

La mujer es la única persona (…) que, después de probado ante los jueces que ha sido víctima de una injusticia, se queda entregada al injusto, al reo. Por eso las mujeres apenas se atreven, ni aún después de malos tratamientos muy largos y odiosos, a reclamar la acción de las leyes que intentan protegerlas; y si en el colmo de la indignación o cediendo a algún consejo recurren a ellas, no tardan en hacer cuanto sea posible por ocultar sus miserias, por interceder en favor de su tirano y evitarle el castigo que merece’

Esta reflexión de Stuart Mill lo sitúa  como profundo  conocedor de la  situación  de las víctimas de violencia de género que atraviesan procesos judiciales largos, contradictorios y  sometidos  a las fluctuaciones  de dependencia emocional y psicológica respecto a su agente estresor, de su maltratador.

Imagen de Julius Drost (Unsplash)

Esas fluctuaciones provocan silencios como los vividos por Ana y su hija María, por su estado extremo de terror emocional. Ambas sufrieron durante 18 años brutales agresiones por parte de su  esposo y padre, respectivamente. A Ana en una ocasión la agredió y le rompió el tímpano y a María, tras entregarle tarde las notas, la cogió del cuello para asfixiarla. Su madre se interpuso para evitar males mayores y el agresor aprovechó para partirle la nariz de un puñetazo. Al ser alertada la policía,  no le  abrieron por miedo a represalias tras previas amenazas. Pero la lesión de Ana fue a peor y tuvo que ir a urgencias. Allí recogieron el parte médico que delató al maltratador. Él las siguió amenazando de muerte si declaraban en el juzgado, incluso llego a violar a Ana analmente. Luego la despertó de madrugada de un fuerte golpe y la obligó a velarle hasta que él se durmiera. 

Vidas presididas por el miedo a vivir. Como el miedo sufrido por Carmen que desde el inicio de la convivencia tuvo problemas dado que  su esposo le manifestaba unos celos irracionales. La acusaba de tener un amante. Por ello vivía con miedo  a llegar tarde, haciendo que sus salidas del domicilio fueran lo más breves posibles, así como a que cualquier cosa que hiciese no estuviera a gusto de su esposo, quien repetidamente le decía cada vez que se enfadaba: le decía «puta», «pestosa», que «era una inútil, que no valía pa ná», o la amenazaba: «te voy a matar», «te voy a rajar de arriba abajo». En numerosas ocasiones y por cualquier motivo  le propinaba golpes, la cogía por el cuello, otras veces le daba patadas o puñetazos. También lanzaba objetos de la casa, los rompía, o tiraba la comida esparciéndola por la estancia. Francisca, por miedo, nunca fue al médico a curarse de sus lesiones. Con motivo de recibir Carmen una transfusión de sangre le contagiaron la hepatitis B, y el virus de la hepatitis C. Cuando ella sufría las crisis derivadas de su enfermedad el acusado se reía y mofaba de ella de forma reiterada.

Historias de actos de denigración y atentados constantes a la integridad moral  como los que tuvo que sufrir Irina. Tuvo  una relación de pareja con su maltratador, que duró unos dos años. Pasados unos seis meses de su inicio  la humillaba y vejaba repitiéndole que no valía para nada, dirigiéndole con frecuencia insultos como «guarra» o «puta». Le prohibía salir con sus amigas e incluso sus hermanas. Le impedía vestir aquellas prendas que él consideraba demasiado atrevidas. La conminaba a dejar el trabajo, y reiteradamente la golpeaba y mordía. Todo ello con el solo propósito de someterla a sus dictados. Esto la impulsó a cesar su relación, pero él no aceptó su voluntad. Cuando supo que estaba con un amigo común  la localizó en el vehículo de Irina.  Abrió la puerta del acompañante y de forma violenta la obligó a salir tirándole del brazo, al punto de que salió sin los zapatos.  Para evitar que se enfrentaran ambos varones, Irina le dijo a su acompañante que no pasaba nada, que iba a hablar con el agresor, y efectivamente subió al asiento del copiloto del turismo de éste último. El maltratador condujo el turismo hasta un descampado, y durante el trayecto la  iba empujando hasta hacer que se golpeara con la ventanilla de su lado. Detuvo el vehículo y la golpeó nuevamente, propinándole incluso un bocado en un pecho. Exhibió un cuchillo y un destornillador mientras le exigía que le mostrara el contenido de su teléfono móvil, sin conseguirlo por la negativa de ella. Llegó a introducir su mano por el pantalón y la ropa interior de Irina hasta palparle la vagina con el propósito de comprobar si había tenido relaciones sexuales.

 Ana, María, Carmen e Irina, mujeres que han vivido en la desigualdad y  a las que solo su condición de mujer les hizo víctimas de la violencia de género, toleraron los comportamientos que son auténticos obstáculos y resistencias a la igualdad  de las mujeres en su vida cotidiana. Víctimas judiciales amparadas con sentencias firmes de violencia de género pero con silencios, fruto del miedo y el poder que se ejercía sobre ellas. Forzadas por medio de la fuerza física, psíquica y sexual. Permanecieron  siempre en el “statu quo desigualitario”. Aisladas de un entorno familiar y social  para seguir siendo violentadas y atemorizadas por  sus parejas como única forma de control y poder. Como única forma de convivencia posible. Y de forma casi inmediata se enfrentaron a los procesos judiciales que reconstruyeron sus vidas, sus vivencias, sus traumas, sus tragedias.

En mi trabajo diario en procesos judiciales con víctimas como Ana, María, Carmen o Irina, les exigimos actitudes casi heroicas. Que declaren en juicio. Que lo hagan de forma tajante, rotunda e incriminatoria contra sus maltratadores. Sin fisuras ni contradicciones. Pero nuestros tiempos no son los suyos. Sus traumas y sus padecimientos psíquicos tienen que ser situados, trabajados y sanados previamente para que esto ocurra. De no ser así, las culpabilizarían de su incriminación, volverá a caer sobre ellas de nuevo y se acogerán a la dispensa del Art 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que les permite no declarar contra sus parejas o exparejas.

Y esta es la auténtica fisura del sistema judicial en los procesos de violencia de género. El escape procesal  que favorece a  los maltratadores ante una fuente de impunidad  que es el silencio y el miedo no trabajado y situado, y por tanto aún presente en el proceso. Miedos no sanados y que se alían y enredan con las víctimas de violencia de genero a través del Art. 416 de la Ley procesal.

Así se ampara y esconde  ese silencio recogido en  la ley. Redactado en el mismo siglo que Stuart Mill manifestó que las victimas interceden en favor de su tirano evitándole el castigo que merece.

Y  esta es  la contrariedad legal  que el pacto de Estado no  ha resuelto.

En nombre de la Fiscalía de Violencia a la Mujer y en sendas comparecencias en el Congreso y en el Senado he solicitado la derogación de este artículo sin perspectiva de género. Que sigue manteniendo sus postulados que lo fundamentaban en pleno siglo XIX: poder optar por el silencio no incriminatorio manteniendo las relaciones de solidaridad  han de presidir todas las relaciones familiares,  es lo que decía y dice la ley en su exposición de motivos.

El legislador no acaba  de ver  esta difícil convivencia  de una Ley de Medidas de Protección Integral  contra la violencia de Genero L.O. 1/04  impulsada  con el  compromiso que supone el Pacto de Estado contra la violencia de genero con el nefasto Articulo 416  de la L.e.Cr.

Y no ve la imposible convivencia del miedo de las víctimas con el Art 416 de la Ley de Enjuiciamiento criminal. Tan difícil como las tragedias que esconde: historias como las de Ana, María, Carmen e Irina

Si. Fuente de impunidad.

Nota: Los nombres de las víctimas mencionadas en el texto han sido cambiados para su protección. Los hechos que se relatan son reales, forman parte de sentencias condenatorias firmes, emitidas por el Tribunal Supremo. (238/2011 de 21 de Marzo, nº 841/2007 y 15 de septiembre de 2004 en idéntico sentido)

Flor de Torres Porras es Fiscal Delegada de la Comunidad Autónoma de Andalucía de Violencia a la mujer y contra la Discriminación sexual. Fiscal Decana de Málaga.

Los comentarios están cerrados.