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Entradas etiquetadas como ‘comunidad de vecinos’

La corrupción, una lacra que todo lo ensucia

Por Rosario Hurtado de Mendoza

Un bloque de pisos en Madrid (Google maps).

Un bloque de pisos en Madrid (Google maps).

Nada escapa al maleficio de la corrupción  y las comunidades de vecinos son especialmente vulnerables a este mal endémico por los innumerables apaños que existen en las propias Juntas de Gobierno. Antes o después, la administración elige a dedo los futuros miembros de gobierno, jamás en las Juntas.

Desde ese momento se teje una red clientelar dando dádivas a diestro y siniestro y todo el mundo se pone de perfil a rodar y firmar todo lo que se presente. Y en connivencia con constructores, arquitectos, etc., a realizar obras y más obras, sin que se sacie la sed de dinero de estos individuos. No dan documentación ni información. En la ignorancia de los demás es como mejor se roba. Esto es lo que son las comunidades de vecinos.

Por todo esto, y más, o acabamos con la corrupción o esta destruirá nuestro modo de vida.

Polémica resolución de la AEPD que permite publicar los datos de un supuesto vecino moroso

Por Evaristo Iglesias

El motivo de la presente carta es una resolución que me fue enviada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Necesito que me confirmen si este tipo de resoluciones de la AEPD contra ancianos que viven solos es legal.

Según una resolución de la AEPD, se puede publicar en el tablón de anuncios de una comunidad de vecinos que eres un moroso con todos tus datos personales durante más de seis meses si a fecha de dictar la resolución de la Agencia ya no está colgada en el tablón de anuncios, aunque la denuncia la presentes mientras esté expuesta en el tablón de anuncios.

Imagen de una junta vecinal. (ARCHIVO)

Imagen de una junta vecinal. (ARCHIVO)

Según la ley está permitida la publicación en dos casos: si se desconoce el domicilio del afectado o si al final es condenado por moroso.

He demostrado en un juicio que la comunidad de vecinos mintió en el proceso judicial y que tengo pagados todos los recibos, pero extorsionar a un viejo con el envío de cartas amenazantes, en la mayoría de los casos, funciona, y más si lo hace un abogado en funciones de administrador.

Según la sesolución de la AEPD, se abre la veda para que si un vecino te cae mal, puedas publicar en el tablón de anuncios de la comunidad de vecinos que es un moroso, siempre que la retires seis meses después de colgarla.

Publicar datos falsos como llamar moroso a un anciano en un tablón de anuncios de una comunidad con llave durante mas de seis meses, si luego la retiras, ha dejado de ser infraccion administrativa según la polémica resolucion de la AEPD.

Tengo las fotos del tablón de anuncios, documentos que confirman que la Comunidad de vecinos conocía mi domicilio y la sentencia que confirma que pagué todos los recibos.

¿Puede un funcionario nombrado a dedo por el Gobierno como el director de la AEPD implicarse de esa manera en algo tan intrascendente como una comunidad de vecinos o hay algo más detrás de esta resolución? ¿Puede la AEPD saltarse la Ley de Proteccion de Datos? He acudido a la AEPD a pedir explicaciones por la resolución y se han negado a recibirme.