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Disculpe, ¿no habrá encontrado mi derecho a expresarme libremente?

Por María Gijón

Se busca (y se da recompensa) a mi derecho a manifestarme pacíficamente. Era de la raza de los derechos y deberes fundamentales, en concreto de pedigrí de los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Se llamaba Artículo 21.

Manifestantes contra "La Ley Mordaza", (D. SIRVENT)

Manifestantes contra «La Ley Mordaza», (D. SIRVENT)

Era obediente y siempre respondía a mi llamada. De hecho, estuvo en los momentos más difíciles, sobre todo cuando perdí mi chaqueta y mi bandera (y eso que yo siempre bien orgullosa luciéndolas). Es difícil describirla, sobre todo, por que en los últimos años ha sido maltratada y cada vez costaba más reconocerla.

Respondía a la llamada de “Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa”. Pese a que sospecho que no ha ido muy lejos, creo que tiene que haber sido secuestrada por alguien… ¡Qué le ha puesto un bozal! Las vecinas dicen que han escuchado que hay una especie de Ley de Mordaza Ciudadana (o algo así) suelta por la zona. Espero que no sea demasiado tarde.

15 comentarios

  1. «La primera norma que reconoce la presencia del sindicato o de la coalición obrera es el código penal. En las sociedades liberales del siglo XIX la única forma de considerar al sindicato era la sanción penal. La despenalización de la acción colectiva de los trabajadores nunca fue total, sino selectiva, y es un proceso que corre en paralelo con la absorción de la huelga en los esquemas del contrato y en la construcción de la misma como elemento funcional a la negociación colectiva. Por su parte, la solución autoritaria a la crisis del estado liberal que se manifiesta en los diversos fascismos que se instauran en Europa en el período entre guerras – el último de ellos, el español, precedido de una guerra civil de clase – vuelve a colocar la huelga y el conflicto fuera de la ley, sometido a la norma penal en esta ocasión no como un acto contrario a la libertad de mercado y por tanto a la libertad de trabajo, sino como una conducta directamente atentatoria de la seguridad del Estado. En España, ese situar “fuera de la ley” al conflicto y criminalizarlo fue la constante del franquismo que sólo se terminó en 1976-77 mediante la despenalización parcial de la huelga y la construcción legal de esta libertad en el ámbito de la empresafuncionalizada a la negociación colectiva. En ese momento histórico la huelga siguió siendo delito en dos supuestos muy importantes. En materia de funcionarios públicos y de servicios públicos de reconocida e inaplazable necesidad y en materia de coacciones a la “libertad de trabajo” de los no huelguistas.

    El reconocimiento de la huelga como derecho en la Constitución, cambió las cosas de manera significativa. El Tribunal Constitucional ajustó la norma de la transición al nuevo sistema de huelga-derecho. Y redujo sensiblemente el área de la incriminación penal al considerar delito sólo la huelga insurreccional y revolucionaria. Las coacciones durante la huelga no fueron analizadas en esa sentencia y quedaron en el cono de sombra de los preceptos no cuestionados en su compatibilidad democrática.

    El problema surge realmente al promulgarse el Código Penal en 1995 – el Código Penal de la democracia, se llamaba – y mantener en él el delito de coacciones agravadas durante la huelga en los mismos términos que fue impuesto en 1976. Que sea éste un momento decisivo en esta materia lo demuestra que a partir de ahí los fiscales acusan y los jueces instruyen causas imputando a trabajadores y trabajadoras por participar en piquetes de huelga. Primero de manera excepcional, poco a poco normalizando esa acción represiva en torno al ciclo conflictivo del 2002, y ahora, ya en plena crisis del modelo constitucional de 1978, a través de una acción de masa contra la huelga y la militancia sindical que la sostiene. Que a finales de junio del 2014 haya más de 260 personas imputadas por este delito y que las peticiones del fiscal se suelan centrar en los tres años de cárcel da idea de la importancia de la represión.

    Desde el punto de vista del análisis jurídico, el problema estriba en que fiscales y jueces mantienen un enfoque claramente erróneo del tema. Actúan como si el precepto penal fuera una norma reguladora del derecho de huelga, y construyen el contenido y los límites del derecho desde el código penal. Se tiene que hacer justamente a la inversa. Partir del reconocimiento constitucional del derecho de huelga, que implica como contenido esencial del mismo, las facultades de información, difusión y extensión del conflicto. Entender qué significa formular como derecho una medida de conflicto y contextualizarla en un momento concreto, el del desencadenamiento del mismo en un espacio y un tiempo determinado. La tensión colectiva, las situaciones de enfrentamiento y de crispación ante la ruptura de la solidaridad que mantiene la huelga, la ruptura de la normalidad y la producción de percances o deterioros menores en los bienes de la empresa, o de agravios e insultos a los no huelguistas, integra la fisonomía del conflicto, que puede expresarse bajo este perfil desabrido, en una situación de tensión y de presión hacia la consecución de los objetivos de la huelga. Un derecho éste que se define justamente por su eficacia, es decir, por su capacidad para lesionar bienes e intereses del interlocutor y en la alteración de la normalidad productiva, y que en consecuencia requiere la máxima cooperación de las trabajadoras y trabajadoras en la participación en la medida.

    Una sociedad democrática sabe que el perfil concreto con que se manifiesta el conflicto en un momento determinado puede ser duro, intransigente y conminatorio porque expresa un acto de insubordinación colectiva que requiere una amplia participación y que por tanto es hostil a quien asume la servidumbre del trabajo planteado éste como un acto de oposición al ejercicio del derecho de huelga, de negación de su eficacia. Comprendiendo esta realidad, se entiende que el derecho de huelga no es un ejercicio gimnástico que despliegue su elegante ejecución ante un grupo de jueces que la puntúan y valoran según las reglas del arte. Es por el contrario un acto de rechazo de la disciplina empresarial y de la obligación de trabajar que se lleva a cabo como presión en un contexto de enfrentamiento colectivo con el poder privado del empresario o contra el diseño político del poder público en materia social y laboral. Por tanto la aceptación del trabajo por los no huelguistas implica la apertura inmediata de una situación de enfrentamiento con el objetivo central de la huelga.

    De esta manera, salvo actuaciones exorbitantes y violentas, los episodios de tensión y de confrontación personal en la huelga, por muy desabridos que puedan ser, nunca podrán ser perseguidas penalmente en un sistema jurídico que reconoce la huelga como derecho. Esa es la única solución acorde con el art.28.2 de nuestra Constitución. Lo que obliga a interpretar de esa manera el Código Penal y posiblemente, para prevenir malas prácticas judiciales, a derogar el precepto que está permitiendo una (re)criminalización selectiva de la participación sindical y ciudadana en la huelga».

    por Antonio Baylos
    Catedrático de Derecho del Trabajo
    http://blogs.publico.es 29/06/14

    12 diciembre 2014 | 18:28

  2. Dice ser Recuperar derechos

    Con la voluntad de la ciudadanía, el derecho anulado será recuperado tras las elecciones generales.

    13 diciembre 2014 | 0:06

  3. Dice ser LINCE 1

    Como decía Fraga, siguen pensando que la calle es suya. Y los derechos y los privilegios y la opinión y hacer callar a todos los que no opinen como ellos y derecho a llamar «rojos», o «perrofautas», o «extremistas de izquierda», o «violentos», o «antisistema» a todos los que no estén dispuestos a tragar con todo lo que ellos quieren. Y se llaman demócratas. Ironías de este país en el que vivimos.

    13 diciembre 2014 | 14:56

  4. Dice ser yo solo

    Yo tengo derecho a pensar, solo eso y no muy alto. Esto de que el presidente no sea el que gane más. En lo público, es como decir que en mi casa mandan mis hijos. Como que un voto no sea igual para todos. Estos dos casos, son anti democráticos. Pues ni cómo podemos todos por igual y quien hará algo, si no le gusta. Por el gusto de hacer un favor a quien. Aquí ay pocas salidas, porque la política española tiene un virus muy profundo y es la sociedad. Pues no se puede hacer ningún referéndum para poner pagas y derechos a los políticos. Es el pueblo el que le vota.

    13 diciembre 2014 | 16:00

  5. Dice ser Antonio Larrosa

    ¿Habeis visto por aqui a los de la censura ?

    Clica sobre mi nombre

    13 diciembre 2014 | 16:52

  6. Dice ser pablitocoletas

    las manifestaciones pacificas siguen estando permitidas, hoy mismo ha pasado una cerca de mi casa, la izquierdona no hace mas que mentir y manipular diciendo estupideces victimistas que no son ciertas, lo que esta prohibido es actuar con violencia o rodear el congreso con los diputados dentro algo que esta prohibido en todos los países del mundo, recordemos cuando tuvieron que ir unos diputados catalanes en helicóptero para poder ir a votar, el parlamento es la sede de la soberanía popular y no es ningún derecho impedir o coaccionar a los diputados y atacar la democracia como tanto les gusta a la izquierdona cuando no tiene mayoría para gobernar, porque cuando gobierna entonces directamente acusan de intento de golpe de estado.

    13 diciembre 2014 | 18:14

  7. Dice ser Antifa

    Les viene grande la democracia y así lo han demostrado cada vez que se les ha dado la oportunidad de demostrarlo.

    Estoy convencido de que les gustaría eliminar de nuevo a la mitad de los españoles.

    13 diciembre 2014 | 23:01

  8. Dice ser Italeri

    Para Dice ser No se regula la huelga desde el Código Penal….

    El derecho a la huelga no puedo eliminar el derecho al trabajo. Desde el momento en que yo quiera ir a trabajar en una jornada de huelga y se me impida por los medios que sea, se está vulnerando mis derechos, así que no me venga usted precisamente con el ejemplo de las huelgas donde todo sabemos que los piquetes no son nada informativo y sí muy coactivos.

    14 diciembre 2014 | 5:29

  9. Dice ser panchenko

    oye tia los derechos no son personales sino colectivos, caso contrario es fachismo…

    zapatero es el guia,
    lenin el salvador.

    14 diciembre 2014 | 11:38

  10. «Lorena Ruiz-Huerta es abogada y activista de No Somos Delito. Tras criticar la actuación de la Policía en el programa de TV Salvados fue denunciada por injurias y calumnias. Para esta integrante de la Asociación Libre de Agogados, “la reforma de la ley de Seguridad Ciudadana supone la defunción y el entierro de los derechos de participación democráctica”.

    Al mismo tiempo que se aprueba la Ley de Seguridad Ciudadana se saca a concurso la plaza del juez Ruz. ¿Se trata de una doble vara de medir?
    Estamos asistiendo a la aparición de los casos más escandalosos de corrupción, que afectan a personas que han saqueado literalmente este país y que nos han llevado a esta crisis espantosa que estamos viviendo, y el gobierno se permite el lujo, gracias a la colonización política de los órganos de gobierno de los jueces, de apartar al juez que lleva la investigación del caso más importante de corrupción que afecta al gobierno… Y esto puede llevar a que se pierda toda la instrucción del caso Gürtel. Y al mismo tiempo aprueba esta ley hecha a medida para poder atacar y censurar la actividad de los movimientos sociales, que lo único que están haciendo es reivindicar la verdadera “seguridad ciudadana”. La gente quiere trabajo, vivienda, educación y sanidad. Ésa es la seguridad ciudadana que la gente está reclamando en las calles. Y hacen esta ley para reprimir salvajemente estas protestas. Este es el país que tenemos, que merecería la intervención de los cascos azules de la ONU si el mundo fuera serio.

    ¿Qué significado tiene la aprobación de esta ley?
    La Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana lleva 22 años de vigencia, durante mucho tiempo nos había parecido mala y restrictiva de derechos, pero en comparación con la reforma que van a aprobar hoy hasta parece una buena ley. La reforma de la ley supone la defunción y el entierro de los derechos de participación democrática, la libertad de reunión y manifestación, la libertad de expresión.

    La nueva ley introduce hasta 15 infracciones de nuevo cuño que tienen que ver con el ejercicio de la libertad de reunión y manifestación. Un ejemplo de tantos es que pasan a sancionarse todo tipo de reuniones y manifestaciones no comunicadas a las autoridades a pesar de que en todos estos años tanto el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha expuesto en su doctrina que no comunicar una manifestación al gobierno es una mera irregularidad administrativa. En ningún caso lo convierte en una manifestación ilegal, porque las manifestaciones ilegales son solo aquellas que se producen cuando su objetivo es ilegal o inconstitucional.

    De esta manera lo que hace el gobierno es proteger el orden público elevándolo a categoría de derecho fundamental, poniéndolo incluso por encima de un derecho fundamental como es el de reunión y manifestación

    Decías que se trata de una ley a medida. ¿A medida de quién?
    La mayoría de estas nuevas infracciones están hechas ad nominem, es decir tienen destinatarios muy claros dentro de los movimientos sociales. Por ejemplo, nos encontramos con que que obstruir a la autoridad en la ejecución de sus decisiones administrativas o judiciales se convierte en una una infracción grave, castigada con una multa de hasta 30.000 euros. Esto va dirigido claramente a la Plataforma de Afectado por la Hipoteca. Otro caso es el punto de desobediencia o resistencia a la autoridad en la negativa a identificarse: esto va dirigido a la campaña de desobediencia del DNI. Tenemos otro caso: la ocupación de cualquier inmueble o la ocupación de la vía pública, es decir la sanción del 15M, la sanción del movimiento de ocupación. La mera estancia en un centro social ocupado podrá ser un motivo de sanción administrativa.

    Greenpeace decía que era una ley hecha para ellos.
    También se introduce una sanción para aquellos que escalen edificios o monumentos o se lancen desde ellos. Cada movimiento social tiene una. Hay una sanción que también sería mía, personal, que sería faltar el respeto a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado en cualquier ámbito. Antes de las enmiendas, estaba especificado que la sanción sólo se produciría si la falta de respeto se producía dentro de las manifestaciones, pero ahora se ha modificado y el texto que se aprueba hoy incluye las faltas de respeto a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado en el ejercicio de sus funciones desde cualquier espacio. Es decir, que salir en la televisión denunciando torturas puede ser constitutivo de una infracción.

    Además de haber creado todas estas nuevas sancionas a medida, la vía administrativa es menos garantista que la vía penal. Para empezar, la administración es juez y parte, es la parte agraviada y además la que impone la sanción. Si el ciudadano no está de acuerdo con ello puedo recurrir, pero antes debe pagar las tasas judiciales, cosa que no pasa en la vía penal. Además de que las sanciones administrativas no contemplan la proporcionalidad en la cuantía con respecto a la capacidad económica de las personas, cosa que sí pasa en la vía penal.

    ¿Cuál es el concepto de “seguridad ciudadana” que tiene el Gobierno?
    El problema es que el Gobierno confunde los conceptos de “seguridad ciudadana” y “orden público”, que son parecidos, pero no son iguales. La seguridad ciudadana es ese espacio necesario para el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas por parte de la ciudadanía. El orden público es otra cosa. La Ley de Seguridad Ciudadana es un escudo, una ley de protección personal del Gobierno frente a la ciudadanía vulnerando claramente conceptos jurídicos y derechos fundamentales. Esta reforma forma parte de un proceso que está viviendo España, junto con otros países de la Unión Europea, prácticamente todos, que es la vuelta a un Estado autoritario bajo un envoltorio llamado democracia. Se está produciendo un vaciamiento de los derechos constitucionales.

    Esta reforma, ¿forma parte de un ataque más amplio a la justicia?
    Existe un ataque generalizado al concepto de justicia como derecho fundamental, porque se nos olvida que la justicia es un derecho fundamental y también un servicio público igual que la sanidad o la educación. Con la ley de tasas es clarísimo que se impide a las clases populares el acceso a la justicia; con la reforma del poder judicial cada vez hay una tendencia mayor a la politización de los órganos de gobierno de los jueces. Asociaciones como Jueces por la Democracia y otras organizaciones de jueces, incluso más conservadoras, han denunciado el ataque sistemático del Gobierno a la separación de poderes y a la independencia judicial. Esta reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana está íntimamente relacionada con la reforma del Código Penal y la Ley de Seguridad Privada, ya que supone una reforma global, con tres patas, del sistema punitivo del Estado, y un recorte de los derechos relacionados con la participación democrática.

    A estas leyes se le suma la reforma de la justicia gratuita, que como la Ley de Tasas impide el acceso de la ciudadanía a la justicia, el acceso de la gente más pobre a tener alguien que defienda sus intereses ante la justicia y, por supuesto, la precarización del trabajo de los abogados. Nos precariza a los abogados que trabajamos con la gente más pobre y más excluida, y a ellos les quita el derecho de tener una defensa digna.

    ¿Qué puntos inconstitucionales pueden servir para luchar contra la ley?
    Existen muchísimos puntos de la ley que podrían considerarse inconstitucionales. El más claro es uno que contraviene clarísimamente la jurisprudencia del TEDH y España como país firmante del Convenio Europea de Derechos Humanos tiene la obligación de incorporar la doctrina de este tribunal europeo. Y el TEDH dice que no se puede cercenar el derecho de reunión y manifestación, no se pueden disolver manifestaciones no comunicadas, no se pueden sancionar a manifestantes que participen en manifestaciones no comunicadas porque los Estados tiene la obligación de tolerar cierto grado de desorden público. Incorporar hasta 15 infracciones que sancionan a la ciudadanía que participa en este tipo de manifestaciones no comunicadas o ampliar las potestades de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para disolver manifestaciones es claramente un conjunto de artículos que vulneran esta doctrina del TEDH y deberían ser consideradas inconstitucionales. Pero éste es sólo a un ejemplo de tantos artículos que podrían se considerados anticonsitucionales.

    ¿Cuál es el camino para tumbar esta norma?
    Hay varias esperanzas. Una de ellas es que dentro de un año, tras las próximas elecciones, cambie el panorama político y se puedan derogar todas estas reformas legislativas, la Ley de Seguridad Ciudadana es sólo una de ellas. Pero no es bueno confiarlo todo a esa carta, es necesario seguir en la lucha. En este sentido, los partidos políticos de la oposición y el Defensor del Pueblo deberían hacer su trabajo y recurrir la ley al Tribunal Constitucional. En lo que a nosotros respecta, la PAH ha abierto un camino muy interesante que habrá que explorar, que es el de intentar acudir al Tribunal de Justicia de la UE, encargado de velar que los Estados miembros respeten los principios del derecho europeo. Y esta ley es claramente contraria a mucho de esos principios y a los tratados firmados por España.

    ¿Se puede combatir la ley desde la desobediencia?
    La desobediencia a las leyes injustas siempre es un camino o una estrategia de lucha social. Como decía [el párroco de Entrevías] Enrique de Castro, “en este mundo para ser legal hay que ser un poco ilegal”. Si queremos ser gente decente lógicamente nos tocará desobedecer esta ley».

    por Martín Cúneo
    Diagonal
    11/12/14

    14 diciembre 2014 | 14:24

  11. Dice ser manuel

    Las leyes serán injustas cuando sólo voten los diputados del gobierno y no se les permita hacerlo a los de la oposición. No ha sido el caso. Por lo tranto ha sido un ley democrática, mejor o peor, más o menos acertada, a la tenemos que defender los demócratas.
    Nota: Creo que al pensar así lo llaman fachismo los que se dicen de izquierdas.

    14 diciembre 2014 | 16:58

  12. Dice ser manuel

    @Martín Cuneo: ¿Eso es lo que ha aprendido usted, que las leyes hay que desobedecerlas?. Conozco a gente que no piensa lo mismo, muy comunistas por cierto, que piensa que si una ley no es acertada se la cambia por un procedimiento «democrático», pero que mientras esté vigente hay que obedecerla.

    14 diciembre 2014 | 17:03

  13. Dice ser Antonio Larrosa

    ¿Puedo decir que un cura cobra 950 euros al mes, tiene doce pagas al año, vivienda gratis y otros emolumentos? ¿Lo vais a borrar?

    Clica sobre mi nombre

    14 diciembre 2014 | 19:42

  14. Dice ser José Luis Reyes Criado

    PUES SÍ… AQUÍ TIENE SU DERECHO A EXPRESARSE LIBREMENTE
    .
    …Y con más garantías que antes, señorita Gijón. No haga caso de esa pseudoizquierda que sólo quiere ganar las elecciones para atrincherarse en el poder. Sus argumentos son falsos, embusteros, demagogos. ¿No se acuerda ya de que, al día siguiente de perder las elecciones de 2011 por mayoría absoluta, el PSOE ya estaba pidiendo la marcha del señor Rajoy? ¿No es eso una falta de respeto a los ciudadanos y a nuestra democracia? Pues así las gastan los señores de la rosa en puño desde que están en la merecida oposición.
    .
    …En lugar de colaborar con el Gobierno en estos 3 años de dura crisis para sacar a España adelante, se han dedicado a recurrir todas sus medidas con fines partidistas. Todas o casi todas. Por eso el Gobierno no ha tenido otra opción que aprobarlas por la mayoría que le han otorgado los ciudadanos en las urnas. Como esta Ley de Seguridad Ciudadana (con 181 votos a favor frente a 141 en contra). Una ley sensata, honesta, necesaria y que da respuesta a los incidentes violentos de los descerebrados. Muchos de ellos llegados a Madrid mediante autocares fletados por algunos partidos políticos.
    .
    …Que quede claro que yo no tengo ideología ni pertenezco a ningún partido político. Pero, a veces, es de ley defender la sensatez y el interés general de los ciudadanos venga de donde venga. En este caso del Gobierno actual. Por favor, no nos avergoncemos de ello. El Gobierno ha aprobado una ley donde no se modifica el derecho a manifestarse ni ningún otro derecho. Sólo sanciona las acciones violentas, coactivas o agresivas de aquellos radicales que sólo buscan reventar las manifestaciones y dar una mala imagen de las protestas pacíficas. Amén de otras cosas.
    .
    …Le seré más sincero todavía, querida Mari. Vivo y trabajo en Madrid. En concreto tengo un negocio de alimentación en una de las calles más transitadas de la capital, en la calle Bailen, lugar por donde han discurrido en estos 2 últimos años más de 1000 manifestaciones. Durante todo ese tiempo me han roto en 3 ocasiones los escaparates del negocio, me han quemado 2 veces el cartel luminoso y mi coche ha sido víctima de muchas abolladuras. Todos esos desperfectos los he tenido que pagar yo a cuenta de esos violentos que van por ahí clamando derechos y libertades. ¿Le parece justo?
    .
    …Nadie le está a usted quitando su derecho a expresarse libremente. Yo también me echo a la calle con mis hijos para protestar contra la ley Wert o los desahucios. Y no pasa nada. Pero debemos proteger a nuestras familias y negocios de esos violentos con pasamontañas que se refugian en las manifestaciones para hacer daño. En este sentido, la nueva ley sigue siendo muy garantista: regula los cacheos, penaliza a quienes ciegan con punteros láser a los conductores de aviones y no incrementa las multas. Lo cual redunda a favor de nuestra seguridad sin privarnos un ápice de nuestro derecho a manifestarnos. Léase la ley y verá como no le miento.

    14 diciembre 2014 | 23:50

  15. Dice ser Silvia Patón Cordero

    Se supone que estamos en una democracia y que se permite la libertad de expresión,
    la justicia sin dobleces y la claridad de expresión. Con esto intento ser sincera
    en cuanto a mi parecer sobre algunos políticos, que son como el lobo disfrazado de
    cordero; por delante legales, por detrás corrupción.
    Ellos te indican cómo ser legal, y sin embargo son el colectivo que más corrupción tiene; y aún así nos hablan de «transparencia», de legalidades y de ecuanimidad.
    No quiero mencionar a los «legales» que te acosan con la ley y luego se dedican a robarte; porque esto se escapa de mis manos. Aunque si esto es así, ¿qué derecho tiene quien no sigue la justicia a imponerla?
    Dudo de que se pretenda mejorar con leyes semejantes el bienestar de la sociedad. A veces pienso que no hacen las noticias más que para ofender al personal.
    Yo no pertenezco a ningún partido político, y menos al PP, los cuales no me caen nada bien, por decirlo así; ni me he afiliado a partido ninguno ni me afiliaré a ninguno mientras viva, a menos que me obliguen a ello. Para mí el PP es uno más de los partidos salpicados por la falta de ideas propias y la corrupción, de las cuales he sido víctima.
    En cuanto a la ley, expresaré que como sigamos así esto se parecerá más a una tiranía que a una democracia. Si quieren cambiar el sistema y vulnerar las opiniones de la gente, allá ellos, yo en cuanto lleguen las elecciones generales les daré parte de mi desencanto.

    19 diciembre 2014 | 17:05

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