Archivo de marzo, 2015

¡Que dejen de incordiarme ya con mensajes comerciales!

Siempre presumo de ser un consumidor informado y responsable. Pero debo confesar que para llegar a este punto, antes recibí unos cuantos palos que me hicieron reaccionar.

Uno me llegó sin comerlo ni beberlo. Aún no sé cómo ni por qué, un día empecé a recibir llamadas en el móvil y al cogerlo nadie contestaba y me colgaban, y multitud de mensajes en el móvil, que se fueron incrementando hasta convertirse en una constante.
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Llamé a mi compañía para informarme y resulta que había quedado suscrito a un servicio Premium de mensajes. Cada vez que recibía uno, me cobraban 1,42 euros, pero de eso me enteré más tarde. Y menos mal que yo decliné acceder a las propuestas comerciales que me hacían en esos mensajes, porque me hubiesen cobrado aún más sin comerlo ni beberlo. ‘Mi’ suscripción tenía un límite máximo mensual de cobro de 37 euros, que fue lo que me cobraron fraudulentamente, pero hay suscripciones de éstas sin límite, y pueden despellejarte.

Según me dijo un abogado al que pregunté, las telefónicas deben darte de baja de esos servicios, que no has pedido, pero la ley no les obliga a devolver el dinero que ya has tenido que desembolsar por recibirlos, a no ser que el servicio de mensajes sea de la propia compañía, que también ocurre. Sin embargo, casi todas acceden a hacerlo si se les pide.

La solicitud para las compañías telefónicas, igual que para cualquier otra reclamacióndebe ser siempre mejor por escrito y con acuse de recibo. Puede hacerse por burofax, pero conlleva un coste de unos 30 euros, pero el fax y el correo certificado pueden ser igual de efectivos.

En mi caso, me quitaron esos cargos añadidos sin mi consentimiento. Nunca llegué a saber de dónde partió esa suscripción Premium a la que quedé abonado, porque tampoco hice nada nunca para abonarme. Pero como me había causado un problema y además seguía recibiendo llamadas y me colgaban, me decidí a actuar para impedir que siguieran molestándome y como medida de precaución ante posibles nuevas suscripciones indeseadas.

Así que me informé sobre la Lista Robinson, que protege a los particulares del acosos comercial de las empresas. Apuntarse es muy fácil y se tardan cinco minutos, pero no se obtienen resultados inmediatamente, inscribirse en la Lista Robinson empieza a ser efectivo a los tres meses de apuntarte. Se necesita aportar una dirección de email, el DNI y una clave numérica. Después se accede al servicio y se aportan las razones por las que quieres dejar de recibir esas llamadas comerciales. Entonces deberás decir por qué medio las recibes para que deje de ocurrir: email, teléfono móvil o fijo, SMS, correo ordinario… Cada una debe hacerse por separado.

Si esto no resulta efectivo y te siguen acosando, el segundo paso para olvidarte de estas prácticas publicitarias insufribles es acudir a la Agencia de Protección de Datos. Pero tendrás que esperar los tres meses que menciona la Lista Robinson para hacerlo.

La denuncia puede hacerse a través de la web de la entidad si se dispone de firma electrónica o presencialmente en la delegación correspondiente. Y esta medida sí que asusta a las empresas, puesto que, tras la denuncia, de seguir acosando al denunciante, éstas se exponen a multas cuantiosas que incluso podrían poner en peligro incluso la solvencia de la entidad.

La Ley Orgánica de Protección de Datos  establece los límites a los que pueden llegar las empresas en este sentido, límites que muchas traspasan sin complejo alguno como práctica habitual. Esta ley obliga a las empresas a comunicar dónde han obtenido los datos de la persona a la que se le está sometiendo a un bombardeo comercial, y si tú no los has dado, tendrán un problema.

La cuestión es que la publicidad no deseada puede dejar de recibirse. No es fácil ni mucho menos rápido, pero éstos que menciono son los pasos a seguir y surten efecto. En cualquier caso, lo mejor es no aportar nunca datos si no estamos completamente seguros de a quién se los damos, ni contestar a SMS comerciales y mucho menos con un “alta”, que es garantía de abono. Actualmente existen multitud de prácticas delictivas en las que te los solicitan con mayor o menor sutilidad; telefónicas, bancos, energéticas, administraciones… Estas entidades nunca te pedirán tus datos por email, así que descártalas ya y utiliza también el sentido común como arma de batalla.

* Foto: GTRES

Reclamaciones telefónicas post morten

a00449576 1966Los abusos hacia el consumidor están a la orden del día en estos tiempos, en los que por desgracia hay compañías que han institucionalizado las malas prácticas como parte de su pauta comercial. Obviamente no son todas, pero sí es evidente que con eso sí juegan algunas, y no son pocas. Primero te engañan y luego ya reclamarás tú, y si no lo haces, pues eso que ganan ellos. Es triste y preocupante decirlo, pero ocurre, y algunas empresas no dudan en hacer la trampa, porque saben que muchos no reclamarán y los trámites para reclamar siempre resultan tediosos.

Como consumidor informado que soy, recomiendo que se reclame siempre en el caso de que detectéis que una compañía no está jugando limpio con vosotros.

En la Asesoría Jurídica de la OCU los tres asuntos estrella en lo que a reclamaciones de consumo tienen que ver con telefónicas, empresas de energía y bancos, por ese orden. En ProtestApp, la aplicación de OCU para que se escuche la voz de los consumidores, el mayor número de reclamaciones se lo adjudican Telecomunicaciones, servicios de consumo, bancos y supermercados y tiendas.

En ambos casos, las telefónicas están a la cabeza de las reclamaciones.

Una de las prácticas abusivas por parte de las compañías telefónicas pasa por que quieren seguir cobrándote después de muerto, y no es exclusiva de una única compañía, pues la llevan a cabo todas las grandes. Si queréis comprobarlo, sólo tenéis que poner en el buscador de Google las palabras “permanencia” y “fallecimiento”. Pero os lo voy a contar yo con un caso real que le ocurrió a Rosa, de Ávila.

El padre de Rosa falleció a primeros de año y cuando ella llamó al número de atención al cliente la compañía para dar de baja el número de su padre, le dijeron que debía pagar una penalización por romper la permanencia.

Por supuesto, Rosa reclamó y al hacerlo se encontró con que no era la primera que lo hacía y con que las compañías conocen perfectamente que esta práctica es abusiva, pero no parece preocuparles mucho.

Rosa eludió ese pago que se le exigía por romper la permanencia un difunto porque esta práctica no tiene respaldo legal alguno. Si fallece el titular de un contrato, éste se cancela y ambas partes quedan liberadas. Es lo que dice la ley. El operador no debe seguir prestando servicio, y el fallecido, obviamente, bastante tiene con haber muerto, y sus familiares, lo mismo.

Pero, ojo, porque las deudas anteriores al fallecimiento sí que se heredan y pasan a los familiares directos. Esto no ocurre con la permanencia ni con la penalización, aunque si el difunto se benefició en vida de alguna oferta, como el terminal móvil, los familiares deberán devolvérselo a la compañía.

Asombroso, ¿verdad?

Si tú también has tenido un problema de consumo como éste, no le des la razón a las empresas y pelea para se respeten tus derechos como consumidor. No te conformes y reclama.

* Foto: GTRES