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A la memoria de Leonor

Por Flor de Torres flor de torres nueva recortada

“Como no me den la custodia compartida, te arranco la piel a tiras. Como me quites la custodia compartida, aunque sea lo último que haga, te meto una hostia aquí mismo, mentirosa de la hostia.  Esto va a acabar mal para todos, perra de la hostia, te va a tocar la gorda, la gorda te va a tocar”

Estas son las palabras que el padre de dos menores le dirigió a la madre de los mismos el día 6 de Enero de 2015 cuando a las 20 horas le fueron entregados sus hijos para dar cumplimiento al régimen de visitas. Los hechos han sido objeto de condena por amenazas y se intercalaron en el cumplimiento del régimen de visitas del padre hacia sus hijos menores de edad. Hoy esto sería algo incompatible.

El Tribunal Supremo, en una reciente Sentencia de fecha 4 de febrero de 2016 así lo establece. Y lo hace sobre los parámetros legales del interés superior de esos menores. De esos hijos que se han sobreexpuesto a la violencia de género: la que han vivido y a la que se les estaba condenando a seguir viviendo en cada entrega compartida.

Y esta  interpretación  sitúa a los menores como destinatarios indiscutibles de un  bien superior: el interés prioritario de que salvaguardemos su integridad física y psíquica. Se trata de un principio superior reforzado desde que la actual Ley de Infancia y Adolescencia  (LO 8/2015 de 22 de julio) que en su Artículo  2  nos exige garantizar un entorno para nuestros menores libre de violencia.  El Código Civil  en su Artículo 92.7 impide la guarda y custodia conjunta cuando cualquiera de los padres está incurso en un proceso penal incoado por atentar contra la vida física, la libertad, la integridad moral o la libertad o indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos o indicios fundados de violencia.

CC0 Public Domain

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De no ser así, ¿qué garantía tendrían estos dos menores que el padre hoy condenado por amenazas no materializará tales amenazas hacia la madre? ¿Qué seguridad les podemos proporcionar a estos menores? ¿Qué certeza tendremos que ser testigos de estos hechos  no les afecte directamente en sus vivencias posteriores? ¿Dónde está el interés superior de un menor? Desde luego el concepto de interés superior del menor es aquel que marca su integridad física y psíquica. El que le da prioridad a ser oído en primera persona. El  que lo mantiene alejado de la violencia que redunda de forma directa en su desarrollo  posterior.

Leonor fue la primera menor considerada víctima  legal y directa de la violencia de  género  siendo menor de edad y en un caso idéntico.  Fue considerada así  no solo legalmente sino desde la Delegación del Gobierno de Violencia a la mujer. Ella fue asesinada por su padre con tan solo 7 años. Y se hizo en el cumplimiento de un régimen de visitas tras ser su padre condenado por amenazas hacia  su madre Pilar.

Ocurrió el 31 de Marzo de 2013 en Campillos (Málaga). Por Auto de la Audiencia de Málaga de 22 de Julio de 2014 se aceptaron finalmente las tesis del Ministerio Fiscal  de que se trataba de un caso de violencia de género y no de ‘violencia doméstica‘.

La pérdida de Leonor es una tragedia irreparable. Pero hoy la ley puede proteger más eficazmente  a los menores amenazados por sus padres en la violencia de género, muchos de ellos en régimen de visitas. Y lo hacemos como víctimas directas de la violencia de género. El asesinato de Leonor cambió la perspectiva y el enfoque de la violencia a los menores, modifico leyes y nos doto de  Sentencias como  la  que les refiero del  Tribunal Supremo.

Hoy Pilar, la madre de Leonor,  es no solo víctima de la violencia de género sino madre de la primera víctima mortal de la violencia de género que es menor de edad, y a su vez hija  del maltratador. Pilar  me pide  siempre que  por favor hablemos de Leonor. Que esté presente. Que la nombremos. Hoy sé que esa madre rota que lucha contra la tragedia que  le ha tocado vivir sentirá que la vida de su hija con solo 7 años sirvió para iluminar la violencia de género que no veíamos pero que estaba ahí. Invisible. Presente a través de los hijos que han de cumplir un régimen de visitas de  padres condenados por amenazas.

Casos como el  de Leonor nos muestran cómo los maltratadores proyectan la violencia de género hacia sus hijos.  Es la cara más  terrible de violencia sobre la mujer: la que se ejerce ante nuestros menores como forma de amplificar la violencia de género. Es imprescindible destruir esta violencia que pasa de padres a hijos eliminando su  germen.

Sé que estas palabras en memoria de Leonor no  devolverán la vida a una  niña de 7 años. Ni la fuerza a una madre rota. Pero tal vez a Pilar le traerán la esperanza, como ella me dice siempre, de que la vida de Leonor haya servido para nombrar, prevenir y condenar el maltrato de género a través de los hijos.

Y también servirá para tener presentes siempre a los menores de la violencia de género  asesinados por sus padres  y que hacen la insoportable cifra de 44 menores en una década y más de la mitad, 26, durante su régimen de visitas.

A cada uno de esos menores, a su memoria, al recuerdo de sus cortas vidas y la vida de Leonor van estas  emocionadas reflexiones.

Flor de Torres Porras es Fiscal Delegada de la Comunidad Autónoma de Andalucía de Violencia a la mujer y contra la Discriminación sexual. Fiscal Decana de Málaga.

Yo también las he matado

Por Mayte Mederos Mayte

Señor juez, vengo a entregarme.

Ya sé que han detenido al padre por el presunto parricidio. Y que la fiscalía ve indicios claros de culpabilidad. Pero escúcheme, siéntese un momento conmigo y lo entenderá.

Yo soy la vecina que escucha discusiones y golpes por la ventana del patio y no llama a la policía, porque en cosas de pareja no hay que meterse.

Soy el hermano que le dice a ella que aguante, que siempre estará mejor en casa y con un sueldo que mantenga a sus hijos. Que los insultos se olvidan y los morados se tapan, y la vida es así de injusta. Pero es que un hombre es un hombre.

Soy la madre y el padre que no enseñan a sus hijos a amar a sus parejas en lugar de poseerlas, inculcándoles valores y respeto. Que si hablan de sexo seguro es sólo con ellas, porque la responsabilidad no es cosa de los varones. Y que no educan a sus hijas para que se valgan por sí mismas, en lugar de necesitar a hombres que las protejan y las salven.

Soy el maestro que destila sexismo y cree firmemente que las mujeres están mejor en casa. El que trasmite la desigualdad patriarcal, ayudando a consolidar la pobreza en España en el lado femenino de la balanza.

Soy la directiva que prefiere contratar hombres que no se embaracen ni falten al trabajo por las anginas de sus criaturas. Y el marido que prioriza su carrera por delante de la de su mujer, que al fin y al cabo iba a ganar menos por el mismo trabajo. Soy la sociedad que no permite la autonomía de las mujeres, que se ven encarceladas también económicamente por sus verdugos.

Soy el juez que permite el avance del neomachismo lavándose las manos con las custodias compartidas impuestas. Esos regímenes concedidos al por mayor a hombres que nunca se interesaron por el cuidado de su prole, pero que las piden para seguir controlando y angustiando a sus exmujeres.

Y soy el responsable político que cree que 44 niñas y niños asesinados por su padre por violencia de género en la última década en España (26 de ellos ahogados, acuchillados o tiroteados durante el régimen de visitas) o que 1.360 mujeres asesinadas por terrorismo machista solo desde 1995 no son asunto de estado.

Señor juez, ya sé que no me ve ensangrentada. Pero si supiera en qué medida soy cómplice de esta sangría de dolor y de vidas, no habría clemencia que me salvara.

Mayte Mederos es activista feminista y lésbica, madre de familia numerosa homomarental y autora del blog Avatares de una amazona.

 

Corresponsabilidad y malentendidos

SusanaMartinezNovo70

Por Susana Martínez Novo

Nuevamente se plantea desde instancias gubernamentales dar salida al Proyecto de Ley de corresponsabilidad parental, fundamentado entre otros motivos en el fomento de la responsabilidad de ambos progenitores para el ejercicio de las relaciones paternofiliales tras la ruptura de la convivencia.

La corresponsabilidad es fundamental en la crianza de los niños. Imagen: Towar / CC0 Public Domain

La corresponsabilidad es fundamental en la crianza de los niños. Imagen: Towar / CC0 Public Domain

Se olvida el legislador que la realidad social continúa azotando a las mujeres, siendo estas el sector que más se ha visto perjudicado por las medidas de restricción económica. La precariedad en el empleo afecta más a las mujeres, y son las mujeres las que más tiempo dedican al cuidado de la prole y de los mayores.

En este contexto, pretende nacer una ley sobre las bases de una premisa errónea. Me pregunto por qué no empezamos por fomentar las medidas de inserción laboral e independencia económica de las mujeres para lograr que la implicación de ambos progenitores sea análoga durante la convivencia y logrado este primer y básico objetivo, adaptamos la norma a la realidad social que se pretende regular.

Por otra parte, no existen en nuestro país estudios fundamentados sobre el efecto que las medidas de custodia compartida han tenido sobre los menores, cuando ha sido impuesta por nuestros tribunales, premisa que igualmente considero necesaria.

Pero es más, la custodia compartida es posible y ya está siendo acordada en la praxis de nuestros tribunales cuando las circunstancias del caso y el interés de los hijos e hijas así lo aconsejan.

En tal sentido es reiterada la jurisprudencia del Tribunal Supremo, y a tal efecto cito la reciente Sentencia nº 619/2014, de 30 de octubre de 2014, que establece que la guarda y custodia compartida se acordará cuando ‘concurran criterios tales como la práctica anterior de los progenitores en sus relaciones con el menor, y sus aptitudes personales, los deseos manifestados por los menores competentes, el número de hijos, el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales‘.

También se establece que la custodia compartida conlleva como premisa la necesidad de que exista entre los padres ‘una relación de mutuo respeto, que permita la adopción de actitudes y conductas que benenficien al menor y no perturben su desarrollo emocional’.

La excesiva normativa y el exceso de celo, llevan al quienes legislan a introducir en el Anteproyecto de Ley de corresponsabilidad parental medidas tales como la posibilidad de otorgar una guarda compartida aun cuando ninguno de los progenitores solicite su ejercicio compartido, o incluso cuando sobre ambos puedan pesar indicios fundados de haber cometido actos de violencia, entre ellos o respecto de sus hijos e hijas. Esto conculca de forma palmaria el criterio lógico y razonable del Tribunal Supremo.

¿Es un buen progenitor o progenitora quien resuelve sus conflictos con violencia? ¿Puede considerarse en algún caso que un comportamiento violento redunda en interés del menor?

Considero que debemos hacer un llamamiento a la cordura, y más cuando se trata de decidir sobre el desarrollo y cuidado de nuestros hijos e hijas. Hay que dar un mínimo margen de confianza a los padres para que decidan sobre las medidas que van a regir el futuro de sus relaciones, interviniendo solo en caso de conflicto y, por supesto, sin llegar al punto de imponer por la fuerza lo que ninguno de los dos padres quiere.

Donde impere la sensatez, no tiene que imponerse la norma.

Susana Martínez Novo. Abogada y activista. Presidenta de la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, participa también en la Asociación Española de Abogados de Familia.

La mujer perfecta no existe

Por Susana Martínez Novo SusanaMartinezNovo70

El otro día al salir del juzgado una mujer lloraba porque sus hijos  trasladaban su residencia a la de su padre en Madrid. Acababa de firmarlo en un Convenio Regulador. Se reprochaba no haberlo hecho suficientemente bien durante los ocho años en que ella había tenido la custodia. Se preguntaba qué estaban pensando el juez y la fiscal cuando revisaban el convenio. Qué pensarían sus familiares y amigos, porque había firmado un cambio de custodia.

Sus hijos tienen 16 y 14 años, viven en Alicante y ahora han decidido trasladarse a Madrid, donde tienen más posibilidades de estudiar lo que quieren y su padre les espera con algo de miedo, pero con los brazos abiertos. El problema no son los hijos, ni los intereses de los padres, que en este caso han decidido de mutuo acuerdo dar a sus hijos la oportunidad de opinar y de abrir sus horizontes y sus expectativas.

Ella lo había enfocado como una nueva ruta para toda la familia.  Desde fuera, todos le hacían verlo como una renuncia o un fracaso.

Los medios nos ofrecen imágenes idílicas de madres famosas. Angelina Jolie con sus hijos.

Los medios nos ofrecen imágenes idílicas de madres famosas. Angelina Jolie con sus hijos.

Yo le pregunté por los estudios de sus hijos, y me respondió que el mayor es muy buen estudiante y la pequeña, con algo más de esfuerzo, va aprobando todas las asignaturas. Nunca han tenido problemas de relación social, ni de integración y tienen una salud formidable: ‘No veas cómo comen…‘. También le pregunté  por su trabajo y me comentó que  durante determinados periodos  había conseguido colaboraciones como periodista en distintos medios de comunicación. Ahora que podía dedicar  más tiempo y energía a su profesión, tenía buenas expectativas laborales.

El problema es que la sociedad exige a la mujer ser ‘buena madre’ , ‘buena esposa’ y ‘mejor profesional’. En este caso, durante ocho años esta madre había dedicado la mayor parte de su tiempo a sus hijos, y no sin esfuerzo, en diversas ocasiones, lo había compatibilizado con su trabajo. En mi opinión, esta mujer es una esforzada de la vida, pero ella se ve como una fracasada. Había engordado más de diez kilos desde que se había planteado la posibilidad de que sus hijos se fueran de su casa.

Yo me pregunto: ¿qué hay de malo en que una familia se organice de la forma que mejor considere?. ¿Por qué nos empeñamos en seguir pensando que  La vida de toda mujer, a pesar de cuanto ella quiera simular – o disimular- no es más que un eterno deseo de encontrar a quien someterse. (Medina, revista de la Sección Femenina, 13 de agosto de 1944)”

Deberíamos ir asumiendo que las ‘mujeres 10’ no existen ni en las películas…  Aunque los medios nos las pinten color de rosa.

 

Susana Martínez Novo. Abogada y activista. Presidenta de la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, participa también en la Asociación Española de Abogados de Familia.

Custodia compartida: ¿fórmula maestra?

Por Susana Martínez Novo SusanaMartinezNovo70

Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo afirma que la custodia compartida es la mejor solución para los menores en casos de separación. Sin poner en duda el conocimiento jurídico ni el papel de responsabilidad de los miembros del Tribunal Supremo, me gustaría aportar algunos elementos de reflexión nacidos de más de 20 años de experiencia en Derecho de Familia.

Cada familia compone una unidad compleja, que debe obligar a los jueces y Tribunales a huir de generalidades. No hay una pareja igual, no hay un hijo igual a otro. Por eso, la custodia compartida no es deseable ni indeseable por sí misma. Comparto la línea de la sentencia al señalar que la custodia compartida requiere que se den unos presupuestos específicos para ser efectiva y realmente beneficiosa para las niñas y niños. Y también para que la dinámica familiar se desenvuelva bien una vez rota la convivencia.

El problema, lógicamente, no suele plantearse cuando hay un acuerdo real entre los progenitores y éstos anteponen el bienestar de los niños a sus propios intereses. Pero he visto muchos casos en que el acuerdo se ha visto forzado o condicionado por motivos económicos o miedo a represalias, en los que el acuerdo es ficticio. No obstante el mayor problema surge ante la falta real de acuerdo. Muchas veces, es una circunstancia insalvable que impide que una custodia compartida funcione.

Los presupuestos básicos para una custodia compartida beneficiosa pasan siempre por la condición de que entre los padres exista la posibilidad de negociación y diálogo para resolver la multiplicidad de incidencias o decisiones que han de tomar en la vida diaria respecto a sus hijos e hijas. Elegir colegio, médicos, gestionar las excursiones, clases extraescolares, horarios…

Si no es posible la negociación, lejos de ser un sistema beneficioso para la familia en su conjunto, y especialmente para las niñas y niños, se convierte en un foco de conflictos. Vemos muchos menores que sufren yendo y viniendo como «instrumentos arrojadizos» entre la antigua pareja. El sentimiento de culpabilidad y el conflicto de lealtades pueden condicionar el futuro desarrollo de la vida de estas niñas y niños. Otro elemento fundamental que no puede olvidarse es la trayectoria de participación de los padres en el cuidado de sus hijas e hijos antes de la ruptura, ni la estabilidad que cada uno de los padres puede ofrecer.

Afortunadamente cada vez somos más, mujeres y hombres, quienes creemos en una sociedad igualitaria y tratamos de avanzar hacia ella. Si en una familia las prácticas de cuidado han sido equilibradas, la custodia compartida será una prolongación de esa costumbre familiar beneficiosa para todos.

Pero la realidad de la práctica cotidiana en derecho de familia nos muestra que en la mayoría de los casos aún nos queda mucho para llegar a ese equilibrio. Generalmente, es sólo uno de los miembros de la pareja quien ejerce la principal función cuidadora, y quien asume una jornada reducida o deja de trabajar para ocuparse de las niñas y niños. Y esa persona es por lo regular la mujer.

Desde hace algún tiempo, una de las consultas frecuentes que recibo por parte de algunos padres en relación con su interés por solicitar la custodia compartida se refiere a la necesidad o no de abonar alimentos a las hijas e hijos en esa situación, o la posibilidad de vender la vivienda sin que ésta quede para el uso del padre o la madre que tiene la custodia exclusiva. También en algunos casos se plantea someter a los niños a desplazamientos constantes de una a otra casa para ajustarse a las necesidades laborales de sus padres, sin pensar en el impacto psicológico que puede producirles.

Esta realidad debe ir cambiando poco a poco y para ello tenemos que seguir trabajando por la igualdad efectiva en todas las parejas, unidas y separadas. Mientras tanto, es muy importante que nuestros hijos e hijas no sirvan de experimento. Un sistema de custodia compartida impuesto por un juez sin acuerdo real entre los progenitores puede tener un impacto negativo en sus vidas.  Tanto como meterles en un avispero. Y creo que esta sentencia debería invitarnos a todos a reflexionar, si tenemos hijos o estamos pensando tenerlos en el futuro. Deberíamos pensar más en cómo compartimos su cuidado y su crianza cuando la pareja está unida, y así será más sencillo compartir su custodia si nos vemos en la situación de tener que separarnos.