Se nos ve el plumero Se nos ve el plumero

"La libertad produce monstruos, pero la falta de libertad produce infinitamente más monstruos"

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Jueces hasta en la sopa

La política invade la Justicia. O viceversa.

Las portadas de los dos primeros diarios de pago, los comentarios editoriales, las páginas interiores de España y no pocas columnas de opinión van hoy repletas de jueces, tribunales, fiscales y magistrados. Están hasta en la sopa. Y llevamos tal atracón de teoría conspiranoica que han conseguido aburrir al personal (y me incluyo).

Primera noticia:

El 11-M manda en El Mundo y el etarra De Juana lo hace en El País

En cuanto a la segunda noticia, basta con darle la vuelta al espejo. Justo al revés:

El 11-M, en El País y De Juana, en El Mundo

Sólo la guapa Penelope Cruz pone una nota de color en portadas tan judicializadas y/o politizadas.

La investigación del 11-M

Un magistrado vuelve a impugnar el nombramiento de Bermúdez

EL PAÍS – Madrid – 24/01/2007

El magistrado José Ricardo de Prada ha presentado ante el Tribunal Supremo un incidente de ejecución de sentencia pidiendo la revocación del nombramiento de Javier Gómez Bermúdez como jefe de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Gómez Bermúdez será el presidente del tribunal que juzgue a partir del 15 de febrero el 11-M.

El Consejo General del Poder Judicial, que lleva en funciones dos meses porque los partidos políticos no se ponen de acuerdo respecto a la renovación, nombró la semana pasada a Gómez Ber-múdez jefe de lo Penal de la Audiencia con los únicos votos a favor de los vocales del sector conservador, elegidos en su día a propuesta del PP.

Era la tercera vez que se nombraba este magistrado para ese cargo. En las dos ocasiones anteriores, el Tribunal Supremo anuló el nombramiento por falta de motivación.

El magistrado De Prada argumenta en el incidente de ejecución de sentencia que el Consejo General del Poder Judicial adoptó el acuerdo con la intervención del presidente de ese organismo, Francisco José Hernando Santiago, «quien legalmente estaba cesado desde el pasado 7 de noviembre de 2006, según establece el artículo 126 de la Ley Orgánica del Poder Judicial».

Ese artículo establece que el presidente del Poder Judicial «cesará por haber expirado el término de su mandato, que se entenderá agotado en la misma fecha en que concluya el del Consejo por el que hubiere sido propuesto».

Designación distinta

De Prada entiende que el presidente del Consejo General del Poder Judicial tiene «una designación distinta a la de los vocales y, por tanto, tiene un modo de cese distinto, pues él cesa automáticamente el día o fecha de expiración del mandato del Consejo General del Poder Judicial por el que fue propuesto».

Además, De Prada señala que el nombramiento de Gómez Bermúdez se hizo incumpliendo «el deber de motivación» que establece la ley, «que lleva implícito el deber de evaluar los méritos de todos los candidatos y no sólo de los tres seleccionados en la terna, pues de lo contrario no habría motivación del nombramiento más que para el reducido círculo de los tres aspirantes de la terna».

Esa terna estaba compuesta por Javier Gómez Bermúdez (finalmente elegido con los votos del sector conservador), Baltasar Garzón y Alfonso Guevara. De Prada había presentado su candidatura a ese puesto.

FIN

EDITORIAL de El País

El pulso de De Juana

24/01/2007

El estado crítico en que se encuentra el recluso etarra José Ignacio de Juana Chaos, tras varias semanas de huelga de hambre en protesta por su condena a 12 años y medio por un delito de amenazas terroristas (dictada cuando iba a salir de prisión tras cumplir 18 de los 3.000 años de la sentencia por 25 asesinatos), ha llevado a la Audiencia Nacional -el tribunal que lo juzgó- a sopesar la posible atenuación de su prisión preventiva, sin excluir su puesta en libertad provisional bajo fianza. Medidas contempladas en la legislación procesal y penitenciaria que no supondría poner en entredicho la condena.

Debe quedar claro que si se hiciera así sería por razones humanitarias, y utilizando para ello la circunstancia favorable de que la sentencia no es firme. No lo es porque fue recurrida ante el Tribunal Supremo, lo que deja un margen para adoptar determinadas medidas que puedan evitar la muerte del preso sin que ello suponga acceder a sus exigencias. Al estar recurrida, la sentencia podría en teoría ser anulada, y también reducida sustancialmente si se apreciase que los dos artículos escritos en prisión y publicados en Gara son finalmente considerados «amenazas no terroristas», en línea con la calificación alternativa propuesta por el fiscal en la vista del juicio oral. Esa posibilidad no puede considerarse remota, según opiniones de juristas muy respetables que han considerado desproporcionada una condena tan severa, dictada en condiciones de fuerte emoción popular ante la inminente salida de prisión de alguien condenado a miles de años.

¿Qué tribunal dejaría de utilizar las opciones existentes en el marco legal para tratar de evitar que un preso que está bajo su custodia, y sobre el que todavía no pende una condena definitiva, fallezca o padezca lesiones irreversibles? No se trata sólo de impedir que De Juana se convierta en «un mártir» de su causa, sino de actuar con la piedad humana que la ley permita.

No es la primera vez que el Estado democrático se enfrenta a desafíos de esta naturaleza. En dos ocasiones con resultado de muerte, en 1981 y 1990, de sendos reclusos de los GRAPO. La doctrina avalada por el Tribunal Constitucional es que el Estado tiene obligación de alimentar contra su voluntad a personas que están bajo su tutela, haciendo prevalecer el derecho a su vida sobre el de su libertad a disponer de ella. Pero frente a la voluntad autodestructiva de un huelguista de hambre esto sirve a veces de poco: si persiste en su actitud, queda fuera del poder del Estado -y de su responsabilidad- garantizar de manera efectiva su vida. Como en el caso de De Juana Chaos, además de alimentarle, no podrá hacer otra cosa que mejorar su situación penitenciaria, que es lo que está en su mano.

Fin