Permisos de paternidad y maternidad, mucho más que una cuestión biológica

Este martes el Constitucional se pronunció respecto a la diferente duración del permiso de paternidad y del de maternidad. Dijeron los magistrados que no hay discriminación en el hecho de que tenga una duración inferior al de maternidad.

Las razones que aducen, por supuesto, responden a nuestra distinta biología. Y es innegable que es algo a tener en cuenta. Es cierto que la mujer tiene que recuperarse del parto o de la cesárea; es innegable que nuestro cuerpo experimenta muchos y distintos cambios; por supuesto está el asunto de la saludable lactancia materna, que es preciso fomentar y la OMS recomienda que sea el alimento en exclusiva para el bebé al menos durante los primeros seis meses.

Pero tener un hijo es mucho más que la pura biología. Tener un hijo es querer criarlo, dedicarle tiempo, apoyar y apoyarse en la pareja, reconfigurar tus prioridades, tus horarios, tus ambiciones.

No hay mayor reprogramación vital que la que supone ser padre o ser madre. Las grapas de la cesárea o los cambios hormonales no son asuntos que tomarse a la ligera, pero son casi lo de menos.

Tener un hijo además afecta a nuestra situación laboral y equiparar los permisos redundaría en una mayor igualdad, en una menor discriminación. Tal vez también en una mayor natalidad.

Me sumo a las reflexiones del voto particular de María Luisa Balaguer Callejón. También creo que la sentencia no contempla la complejidad de hoy día, las distintas ramificaciones que tiene.

La sentencia, que llega en pleno debate sobre los permisos igualitarios e intransferibles, cuenta con un voto particular que considera que el Tribunal en su análisis ha permanecido ajeno a una realidad mucho más compleja de la que se contiene en la sentencia, y que proporcionaba una ocasión excepcional para analizar el impacto negativo que tienen parte de esas medidas garantistas del fenómeno de la maternidad, en el tratamiento igualitario de las mujeres en el marco del mercado laboral.

Considera que con esta sentencia, el Tribunal ha perdido la ocasión de explicar por qué las medidas de protección de la parentalidad, cuando se asocian exclusivamente o con una naturaleza reforzada a las mujeres, si bien pueden suponer una garantía relativa para quienes ya están en el mercado laboral, sin duda se erigen como una clara barrera de entrada frente a quienes están fuera y un obstáculo a la promoción de quienes están dentro, porque generan un efecto de desincentivo en quien contrata que solo afecta a las mujeres, y que, por tanto , incide en la perpetuación de la discriminación laboral.

La sentencia ignora que existe un efecto claro de discriminación indirecta de las mujeres, asociado al hecho de la maternidad, que el legislador debería haber tratado de erradicar por mandato del artículo 9.2 de la Constitución (CE). Un Tribunal Constitucional de este siglo debería haber reconocido la necesaria evolución de la realidad social, y profundizado en el análisis de los efectos reales de las medidas de protección que aquí se cuestionan.

Fotos: GTRES

3 comentarios

  1. Dice ser Achichonman

    Efectivamente.

    Que lastima.

    Espero que las mujeres hembristas que ayer se alegraban de esta clara discriminacion por motivo de sexo, cuando se queden embarazadas no las contrate ni dios gracias a que unos tienen 13 dias de permiso y otras 4 meses.

    24 octubre 2018 | 09:21

  2. Dice ser Adrian

    Que vergüenza de país, no solo tienen que equipararlos, sino que también ampliarlos. Que minimo que los 6 meses que debería tomar el bebe leche materna exclusiva para poder estar con el, porque lo necesita, tanto el como sus padres. Y que minimo que 8 o 9 meses para que le vayas introduciendo a alimentación complementaría, y no lo hagan los abuelos o las escuelas infantiles.

    Que envidia de Portugal, con un salario minimo muy inferior y tan avanzado en otras cosas esenciales

    24 octubre 2018 | 10:17

  3. Dice ser emigrante

    En los presupuestos se ha incluido una ley para equiparar ambos permisos, por lo que si se aprueban esta sentencia quedará obsoleta y habría que revisarla.

    Pero que pasaría si entonces viene una señora presenta otra denuncia y dice que una cosa es el permiso para criar al bebé y otra la baja médica por el parto y exige que no se solapen. Si le dan la razón habría que sumársela pero solo para las mujeres y estaríamos como al principio. Esto puede ser el cuento de nunca acabar.

    24 octubre 2018 | 13:34

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