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"El hombre es el único animal que come sin tener hambre, que bebe sin tener sed, y que habla sin tener nada que decir". Mark Twain

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Kebabs poco turcos y con mucho truco (y esta vez en España)

Kebab

Apenas hace 6 meses comentaba en este blog la escasa calidad nutricional e higiénica de los kebabs en el Reino Unido. Pues bien, en la publicación OCU Compra Maestra de este mes, esta Asociación se ha hecho eco de la escasa calidad de algunos kebabs pero esta vez más cercanos, en España (bueno en realidad en un muestreo realizado en Madrid)

Y los resultados no pueden ser más descorazonadores. En el informe completo que se puede leer tanto online como en la versión impresa de la revista de la OCU se contrasta como 25 establecimientos madrileños que se dedican a la distribución de kebabs de ternera fueron inspeccionados con la intención de poner de relieve tres cuestiones: 1º La calidad de la carne; 2º la verificación de la especie y; 3º las cuestiones higiénicas. Empezamos primero con la menos mala de las noticias y seguimos… para abajo, con el resto.

Calidad de la carne: aprobado raspado

De las 25 muestras “solo” 9 de los kebabs analizados presentaban una proporción elevada de fibras y tendones más allá de la que sería deseable. Pero lo más importante en este apartado, es que se encontró una cantidad especialmente exagerada de calcio, un parámetro que indica que se han “rebañado” con intensidad los huesos para extraer la carne o que esta ha sido obtenida mediante el uso de una práctica prohibida cuando se habla de animales rumiantes: la separación mecánica de la carne… sobre la “carne separada mecánicamente”: qué es, qué se puede hacer y qué no se puede hacer, al menos legalmente, te sugiero que eches un vistazo a este post (¿Cómo se hacen las salchichas de Frankfurt?) de Miguel Lurueña (@gominolasdpetro) es su siempre recomendable blog.

La verificación de la especie: suspenso estrepitoso

Recordemos que el análisis está realizado sobre 25 kebabs supuestamente de ternera… pues bien: en 20 de ellos se encontró carne de pollo (de mucho menor precio que la ternera, claro), representando esta carne más del 60% en 6 de las muestras; en 11 de ellas entre el 40 y 60 % era pollo y en las otras tres restantes la cantidad de pollo era de menos del 1% (muy probablemente debida a unas pésimas “buenas prácticas” relativas a la contaminación cruzada, tal y como explica la propia OCU). Además del pollo, en 7 kebabs aparecía carne de caballo y en 13 la de pavo… en resumen solo 1 de los 25 “de ternera” era carne 100% de ternera.

El tema de la presencia de otra clase de carne en el plato de una carne con un origen concreto y no otro puede tener dos orígenes… y ninguno de los dos deja en bien lugar al que distribuye esos platos. El primero es la picaresca, el abaratamiento de costes, el darte carne de una calidad inferior anunciando otra de calidad superior… es decir el dar gato por liebre. El segundo es la contaminación cruzada resultante de no limpiar de forma conveniente la maquinaria a la hora de hacer distintos procesados de carne o de no limpiar el material de cocina. Como digo, cualquiera de los dos orígenes refleja aspectos negativos. De todas formas, ya sea contaminación o fraude, la presencia de carnes que no debieran estar ahí en el caso de los kebabs de distinta naturaleza empieza a ser una (fea) costumbre reproducida con anterioridad en otras ocasiones, como el caso de este estudio de un laboratorio en Suiza (este tiene toda la pinta de ser contaminación), o el ya comentado del Reino Unido.

La higiene: choque con incendio

Si bien los apartados anteriores pueden dar como resultado una mala experiencia: trozos duros y desagradables en la boca, digestiones pesadas (por la alta presencia de colágeno y fibras…) o una estafa (en el primer y segundo apartados respectivamente), el tema de la higiene puede tener consecuencias más desagradables. En este estudio cerca de la mitad (11) de los kebabs presentaba una carga de bacterias fecales apreciable y 13 cantidades excesivas de mohos y levaduras. Nadie de entre el personal de los 25 establecimientos usaba ni guantes ni redecilla para el pelo. Notese por ejemplo, en la imagen que ilustra este post… que el protagonista no lleva guates a pesar de lucir una herida cubierta por una tirita… momento en el cual es aun más preceptivo el uso de esa protección en forma de guantes.

El caso de la desagradable contaminación fecal puede tener tres orígenes a cual más “inquietante”. El primero, una mala gestión en el lavado de las verduras crudas presentes en el kebab; el segundo, una mala higiene personal de los manipuladores de alimentos con bacterias “de esas” en sus manos provenientes de su… en fin, dejémoslo; y la tercera, a una infestación por roedores que hagan sus “cositas” encima de los alimentos (y que luego, además, no se lavan de forma conveniente) algo similar a este ejemplo, encontrado por funcionarios de sanidad británicos al inspeccionar un establecimiento de estos. O visto de una forma más edulcorada, en plan Disney y demás, lo de la familia de Remy, el protagonista de Ratattouille.

En resumen, mi opinión de los kebabs es que por la razón que sea se ha popularizado su consumo; pero partiendo de un origen “tradicional” se ha industrializado de forma excesiva, de manera que ahora no hay quien adivine sin un laboratorio al que echar mano, con qué está hecho su kebab. Está claro, que de lo que nos diga el que nos lo vende no nos podemos fiar. Al mismo tiempo, por la causa que sea, las cuestiones sanitarias de estos centros dejan mucho que desear… ¿más o menos que las cuestiones sanitarias de otros centros de hostelería? Pues con sinceridad, no lo sé. Ahora bien, es significativo la cantidad de noticias en las que los Dönner Kebab están en el ojo del huracán… ¿es porque a estos establecimientos se les hacen más inspecciones? ¿es porque se les hace menos? ¿se obtendrían resultados similares en “restaurantes” de otros estilos? La verdad, tampoco lo sé… no estaría mal que la OCU, al mismo tiempo que selecciona 25 Dönner Kebab para hacer estos análisis escogiera otros 25 establecimientos para comparar los resultados..

En cualquier caso y saliera lo que saliera en esos futuros análisis, una cosa queda clara y es objetiva… en la actualidad todo apunta a que la calidad de muchos kebab está a mucha distancia de ni tan siquiera dejar mucho que desear.

Nota: El compañero Aitor Sánchez (@Midietacojea) debutó la semana pasada en el programa «Esto me suena» de RNE precisamente con este tema como tema central, te invito a que disfrutes y amplíes la información escuchándole en este enlace.

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Imagen: ESQUIRE

¿Nos van a impedir saber qué comemos o qué compramos?

Censura_ imagerymajestic

El actual Proyecto de Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria ha desatado la polémica gracias a la posible inclusión de una enmienda en la futura ley que, según algunos, coartará los derechos de los consumidores a estar debidamente informados. Para comentar la denominada como “ley mordaza” y su alcance a la hora de dificultar y/o impedir en la práctica los conocidos como análisis y comparativas de producto me gustaría hacer una serie de reflexiones comenzando desde el principio.

El panorama

Cuando uno pretende comprarse un coche y entra en un concesionario para informarse, lo último que espera es que el vendedor de turno le diga que sus coches son una castaña y que haría mejor yendo a otro concesionario o, incluso, que nos hiciera desistir de la necesidad que tenemos de comprarnos cualquier coche.

Y con los alimentos sucede parecido. En su publicidad, en el punto de venta, en su envase (última línea de ataque publicitaria para convencerte de que compres ese producto y no otro), etcétera el fabricante del alimento en cuestión va a poner toda su pericia al servicio de que tú lo elijas a él. Esto es algo normal, habitual, razonable y esperable. Que levante la mano el que no la haría de esta forma. Dicho de forma clara y directa, el fabricante y vendedor de un producto te lo va a poner todo de color de rosa, todo bonito, y si hay algo “feo”, no lo mencionará, lo ocultará o incluso podrá llegar a mentir sobre esa característica en concreto; lo cual, llegado el caso, podría ser constitutivo de un fraude.

Compartir pizza_ stockimagesEl qué comemos es una cuestión que nos preocupa bastante, y es algo lógico. De entrada porque tenemos que hacerlo todos los días y el articular nuestra alimentación con unos u otros alimentos sabemos que va a tener diversas consecuencias; desde el que nos proporcionen más o menos placer (algo muy tenido en cuenta por los consumidores en el momento de realizar sus elecciones) hasta por supuesto, el que se condicione nuestro nivel de salud, influyendo en el riesgo de padecer diversas enfermedades metabólicas. Y todo ello sin llegar a mencionar la cuestión estética, que esa es otra. Por tanto, el comer de una forma más o menos saludable, el comer lo que el fabricante dice que comeremos si adquirimos su producto y el comer de una forma más o menos segura son cuestiones presentes en nuestro día a día.

Desde hace años, además, hemos sido testigos de diversas noticias que ponían en el ojo del huracán la seguridad y calidad alimentaria. Con no poca frecuencia se ha abierto la caja de los truenos y han saltado a la palestra cuestiones vinculadas de forma muy estrecha con la industria alimentaria poniendo de relieve en no pocos de esos casos que: Algunos fabricantes de alimentos no son todo lo honestos que les gustaría a los consumidores que estos fueran y, que los consumidores lo tenemos francamente difícil para reconocer y destapar muchas de esas irregularidades, fundamentalmente en lo que se refiere a la calidad de esos alimentos.

Quizá por estas razones surgieron en su día las distintas asociaciones y confederaciones de consumidores que hoy conocemos, entre las de mayor impacto están, OCU, FACUA, CEACCU, etc., que tratan, en líneas generales, de hacer valer los derechos e intereses de los consumidores. Centrándome en lo referente a los alimentos, entre esos derechos e intereses están sin lugar a dudas el que los consumidores puedan obtener una información veraz acerca de qué están comprando y comiendo cuando adquieren un determinado producto, visto que no siempre es oro todo lo que reluce.

Pero claro, en los conocidos como «estudios de producto” que con frecuencia llevan a cabo las citadas asociaciones muchos fabricantes no salen muy bien parados, es más, es habitual que casi siempre se termine por sacar los colores a alguien. Y ojo, no hay nada que objetar por mi parte cuando es algo merecido, de hecho me gusta que así sea. Señalar con el dedo al sinvergüenza me parece a estas alturas del cuento algo imprescindible e incluso necesario.

Las circunstancias

Pues bien, después de tan largo y necesario proemio, el caso es que tal y como comentaba al principio, en la actualidad el Gobierno de España está trabajando en un Proyecto de Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Esta futura ley, según expone, tiene como finalidad genérica:

mejorar el funcionamiento y la vertebración de la cadena alimentaria de manera que aumente la eficacia y competitividad del sector agroalimentario español y se reduzca el desequilibrio en las relaciones comerciales entre los diferentes operadores de la cadena de valor, en el marco de una competencia justa que redunde en beneficio no sólo del sector, sino también de los consumidores.

Si quieres concretar más, se pueden consultar el objeto y los fines de forma detallada en los artículos 1 y 3 respectivamente.

El caso es que la polémica ha venido servida en el momento que se han hecho públicas las enmiendas al proyecto de ley, incluyendo o proponiendo incluir (desconozco el estado de esta cuestión) una que regule la forma y manera en la que poder realizar esos estudios de producto tan habituales (y necesarios) por parte de las asociaciones de consumidores. La posible inclusión de esta enmienda ha hecho que algunas de estas asociaciones hayan terminado por denominar a esta ley como una “ley mordaza

La polémica

En resumen, en esta enmienda (que puedes consultar aquí en la página 108) se sientan las bases de cómo realizar y los requisitos para publicar estudios producto del estilo de aquellos que ya conocemos, por ejemplo sobre las hamburguesas, la leche, el aceite de oliva, etc. Con ella se pretende que esos estudios y análisis se hagan en base a unas condiciones estandarizadas, homologadas y que además, antes de publicar los resultados, se pongan estos en conocimiento de la empresa productora con el fin de que si quiere pueda hacer sus contranálisis, siempre también en condiciones estandarizadas. En el caso que los resultados del estudio por parte de la asociación de consumidores y de la empresa no coincidan, se podrá hacer un análisis dirimente.

Todo esto, que quedará muy bonito sobre la futura ley, habrá de ser regulado mediante la publicación del correspondiente Reglamento que…

[…] establecerá el procedimiento al que tendrán que ajustarse los estudios, informes o análisis, en relación con la ficha técnica, el procedimiento de compra de los productos a analizar, los requisitos aplicables a la toma de muestras, el procedimiento de comunicación de resultados a los afectados.

Las asociaciones de consumidores alertan con cierta razón de que esta enmienda coartará su libertad de expresión, limitará el derecho a la información, etc. en especial cuando haya que poner en conocimiento del fabricante los resultados obtenidos de forma obligatoria. Por su parte la industria puede alegar que cualquier análisis sin rigor y cuyos resultados no estén obtenidos con unas mínimas garantías (selección y conservación de muestras, análisis dudosos, etc.) puede perjudicarles de forma importante una vez que el estudio se hace “noticia” por mucho que luego “se reme para atrás” o se demuestre una baja calidad metodológica en el estudio.

Mi opinión es que es necesaria esta ley. Pero es necesario también que se haga bien y que ese Reglamento garantice al consumidor que la información contenida en los informes que se lleguen a hacer públicos es veraz y, en cierto sentido, independiente. Por lo tanto, creo que el revuelo generado con este tema podría haberse minimizado si el discurso de las asociaciones de consumidores hubiera puesto el acento en expresiones como: esta enmienda podría coartar la libertad de expresión, podría limitar el derecho a la información, etc.

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Y podrá hacerlo si el Reglamento que establecerá el procedimiento con el que realizar esos análisis e informes se demora en el tiempo de su publicación o si simplemente termina por ser una chapuza. Si la ley prospera incluyendo esta enmienda, ese futuro Reglamento habrá de hacer constar plazos concretos y razonables para los intereses de ambas partes, habrá de establecer de forma muy concreta la toma de muestras y su posterior conservación para los posibles contranálisis, tendrá que tener en cuenta y dejar bien claro las obligaciones económicas de ambas partes suponiendo que el nuevo protocolo termine por ser más gravoso (cosa que así supongo), etcétera.

En resumen

Esta ley me parece una sana medida que redundará en un mayor control de la información al respecto de su fiabilidad y verosimilitud con el beneficio que ello supone de cara al consumidor final en relación a su derecho a estar informado.

Todo ello si las cosas se hacen bien, de otro modo esta cuestión se terminará por convertir en una gran cagada con la que presumiblemente se beneficiará a una industria, la aliamentaria, para la que no soplan últimamente buenos vientos. Y muchas veces no me extraña.

Desde mi punto de vista, como consumidor, me gustaría que se hicieran más análisis de los que actualmente se hacen y que además las condiciones de esos análisis estuvieran mejor controladas que lo que actualmente lo están.

Si te ha gustado esta entrada y quieres profundizar más sobre este tema te recomiendo encarecidamente que leas esta entrada de @gominolasdpetro en su muy recomendable blog “Gominolas de petróleo”.

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Imágenes:  imagerymajesticstockimages, Photokanok vía freedigitalphotos.net

 

La carne de ganado equino: A caballo entre la polémica y la virtud

Hamburguesa con patatas_EFEDe veras que creo que a veces pienso que estamos tontos. Veamos, os hablo de la reciente polémica sobre la presencia de carne de caballo en hamburguesas de Irlanda y del Reino Unido y sobre uno de los últimos análisis realizados por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en el que después de poner bajo la lupa 20 preparados crudos para elaborar hamburguesas se ha revelado que salvo una única gloriosa excepción, ninguno de ellos posee una calidad especialmente alta, por no decir que es mediana o más claramente deficiente. Y va, y esto es “la noticia”.

En realidad lo que más revuelo mediático a supuesto ha sido que en los resultados de la OCU dos de estos preparados incorporan, no se sabe en qué porcentaje, un tipo de carne no especificada en su denominación comercial o que, más directamente, se supone que no debiera estar ahí. En ambos casos lo que no debería estar ahí es carne procedente de ganado equino.

Analicemos si no os importa la cadena de acontecimientos para ver si reviste las características para hacer de este hecho tanta noticia.

1. La OCU reconoce que la iniciativa de contrastar el origen de las distintas carnes presentes en 20 muestras de preparados para hamburguesas españolas responde al revuelo mediático suscitado hace unos pocos días cuando en Irlanda y UK encontraron carne de ganado equino en preparados de hamburguesas.

2. Entre las conclusiones claramente explicitadas del análisis de la OCU se hace destacar que uno de los problemas principales que se ha hallado es que el etiquetado de varios de estos productos no se corresponde con la realidad. En ningún caso se ha comentado nada de problemas de seguridad alimentaria, salvo para decir, claramente, que no es un problema que ataña a estas cuestiones.

3. Al mismo tiempo, se revela que la calidad de una amplia mayoría estos preparados resulta entre mediocre y deficiente, con independencia del origen ganadero de los ingredientes.

4. Los medios de comunicación españoles, quizá a remolque de aquellos irlandeses, ponen el acento en que “se halla carne de caballo” en hamburguesas que no declaran dicho ingrediente en su composición.

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Sobre todo esto, a mí y a título particular, me gustaría hacer algunas reflexiones.

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1. Sin quitarle un ápice de importancia al engaño que supone envasar un alimento que no se corresponde con su etiqueta, la “gravedad” del hecho noticiable en Irlanda y UK responde a que en los países de tradición anglosajona el consumo de ganado equino tiene unas connotaciones francamente negativas. La razón es clara: en estos países por cuestiones culturales, sociales o pragmáticas la utilización de la carne de caballo para el consumo humano es considerada casi como sacrílega. Tal y como pudiera suceder en nuestra cultura con el consumo de carne de perro, de gato o de rata. Al igual que comenta el reconocido antropólogo Marvin Harris en su muy recomendable escrito “Bueno para comer”, los recursos que utiliza una determinada población para dar cuenta de sus necesidades nutricionales son variopintos y dependen más de condicionantes socioculturales, muchas veces matizados por cuestiones de índole religioso, que de los verdaderos condicionantes nutricionales. Así, lo que se consume en una determinada población (cultura, país, religión…) de forma normal, puede ser rechazado de plano por otra. Ejemplos los hay a miles con el ganado vacuno, canino, porcino, los insectos, etcétera; y el ganado equino no escapa a esta regla.

2. La carne de ganado equino no es mala, per se, desde un punto de vista nutricional. No son pocos los que destacan algunas características “particulares” que podrían ser ventajosas en algún momento. Entre las más frecuentemente comentadas resaltan: Su mayor riqueza en hierro en comparación con la carne de otro tipo de ganado; un mayor “dulzor” en el momento de su degustación fruto de una ligera mayor presencia de glucógeno entre sus fibras musculares y; un porcentaje de grasa relativamente contenido (aunque, también es cierto, habría que comparar piezas equivalentes, loq ue tratándose de carne de caballo, no es sencillo)

3. Para mí la información verdaderamente útil, aquella que a mí más me gustaría hacer destacar y que se desprende del análisis de la OCU hace referencia más a la calidad de la carne de dichas hamburguesas que a su origen. Más en concreto cuando se valora el apartado, “Calidad de la carne”: 7 obtienen la calificación de “muy mal”; 8 de “mal”; 2 de “aceptable”; 1 de “muy bien”… y sobre 2 “no hay datos”. ¿Llamativo? Para mí no, simplemente significativo.

4. Estos datos, unido a su precio, exorbitado para su calidad, hacen que en mi opinión este tipo de soluciones alimentarias, las de las “hamburguesas preparadas para hacer”, sean una pésima elección para el día a día (salvo contadas excepciones difícilmente reconocibles). Tengan o no carne de caballo.

5. Por último, y en relación con el anterior comentario, no voy a ocultar mi satisfacción cuando de vez en cuando saltan a la palestra estudios, análisis y demás con una cierta repercusión que ponen de manifiesto aquellas cuestiones que un servidor trata de poner en evidencia día a día (haya o no un hecho noticiable) mientras hace advertencias y recomendaciones que muchas veces son observadas de reojo como si uno no supiera de qué habla.

¿Quieres comer hamburguesas, albóndigas, pimientos rellenos, lasagna, canelones, steak tartar… con carne picada? Háztela tú. En el carnicero, pide tú qué carne y en qué proporción quieres que te la piquen. ¿Eliminaras así todos los riesgos? No, pero los minimizarás.

Por cierto. Ayer con este tema como motivo me hicieron una entrevista en directo en esRadio (@esradio) en el programa de Luis Herrero (@encasadeherrero). Puedes escucharlo aquí a partir del 2’ 10” (por cierto, “sensibilidad” es la palabra que no me salía con respecto a los métodos de análisis. “Sensibilidad”, puñetas. Cosas del directo)

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Foto 1: EFE

Foto 2: modezero

 

El resbaladizo mundo de la virginidad del aceite de oliva

 Me llamó la atención el otro día una noticia a tenor de un estudio realizado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) sobre una selección de distintos aceites de oliva. Eran tantos como 40 y entre estos había marcas propias y de distribución (o «blancas»), además todos ellos se comercializaban en las  categorías “Virgen” o “Virgen Extra”. El estudio en sí concluye que:

“[…] algunas marcas engañan al consumidor, al vender un aceite de menor calidad a la que se indica en la etiqueta”.

En concreto se analizaron:

 

  • 34 aceites de oliva que se comercializan dentro de la categoría “Virgen Extra”: nueve de ellos no pertenecían a dicha categoría, ya que ocho deberían ser “Virgen” (sin más); y uno de ellos ni tan siquiera eso, ya que era un aceite de oliva “Lampante”, es decir, un producto que no debe estar destinado a la venta para el público.
  • 6 aceites de oliva bajo la denominación “Virgen” de los cuales uno no era de tal categoría y que tampoco debería estar a la venta al ser, de nuevo, del tipo “Lampante”.

Supongo que a nadie le gusta que le estafen, pero además, una vez conocida la existencia de la estafa, o del fraude (no sabría cómo denominarlo) lo que apetece saber es cuál es su intríngulis concreto. Es decir, vale que unos aceites de oliva se vendan como “Virgen Extra” cuando no son más que “Virgen”, pero ¿Qué significan estas terminologías y cómo se miden?

 

Aclarando terminologías: “Virgen Extra”, “Virgen” y “Lampante”

Aceite de oliva «Virgen» es el producto obtenido de las aceitunas exclusivamente por procedimientos mecánicos, bien por presión o bien por centrifugación, y por lo tanto sin la aplicación de ningún proceso químico (habitualmente disolventes). Este proceso puede dar origen a 4 tipos de aceite “Virgen”:

  • Virgen extra: Aquel que tiene unas excelentes cualidades organolépticas y un grado de acidez inferior a 1º. Se puede comercializar bajo la denominación de “Aceite de oliva Virgen Extra”
  • Virgen: Buenas (no excelentes) cualidades organolépticas y con un grado de acidez máxima de 2º. Se puede comercializar con la denominación “Aceite de oliva Virgen”.
  • Virgen corriente: No se comercializa y se suele utilizar para mezclarse con el aceite de oliva virgen lampante una vez que se haya refinado este último.
  • Virgen lampante: No se comercializa, se ha de refinar y su producto se mezcla con cualquiera de las tres categorías superiores, aunque lo más habitual es que se mezcle para su comercialización con el anterior de esta lista, y los dos primeros se destinen a su venta directa.

De esta forma en los dos primeros puede aparecer la leyenda: «aceite de oliva de categoría superior obtenido directamente de aceitunas y sólo mediante procedimientos mecánicos«, pero no en los otros.

La cuestión de la acidez

Es importante tener en cuenta que la acidez referida a los aceites de oliva no está relacionada con su sabor ni guarda tampoco relación alguna con que el aceite en sí sea tenga un  gusto más o menos intenso. Se trata de un parámetro químico que determina la cantidad de ácidos grasos libres expresados en ácido oleico. La acidez de un aceite sí está de relacionada con los procesos de elaboración y de calidad de la materia prima. Por lo general una alta acidez es indicadora de frutos imperfectos (dañados, golpeados, etc.) de un tratamiento inadecuado o también de una deficiente conservación de los mismos. Al mismo tiempo una baja acidez no es tampoco sinónimo de estar ante un aceite excepcional.

Entonces ¿la diferencia «Virgen Extra» vs «Virgen»?

Así pues además del grado de acidez las diferencias entre un “Virgen Extra” y un “Virgen” se centran en sus diferencias organolépticas y estas las define un panel profesional de cata. Cuando el aceite de oliva es “Virgen Extra” se entiende que tiene un sabor y olor sin defectos. Por el contrario, si según el panel de expertos presenta algún defecto, por pequeño que sea, se deberá comercializar bajo la etiqueta de “Virgen”. Los defectos más típicos por los que un aceite “Virgen Extra”, pierde la denominación de «Extra» son los aromas o sabores  “avinados”, «atrojados», a rancio, a humedad, etc. En cualquier caso es relativamente difícil que un consumidor no experimentado en este tipo de análisis sensoriales distinga muchos de estos defectos que son con frecuencia apenas perceptibles para profesionales entrenados y experimentados.

Bien, confío que esta entrada sirva para personas como la mamá de este divertido vídeo a la hora de explicar algunas cuestiones virginales.

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Foto 1: netsnake

Foto 2: Mary Lee Hahn