Legalidad transgénero en la India: identidad, negación, derechos

Por Carolina Laferre (@TSM_es), de Trans·socialmedia – Identidades 3.0

Sumario: El parlamento de la India aprobó una Ley, este pasado mes de diciembre, para proteger los derechos de las personas transgénero. Pero esta nueva ley, es inadecuada en diversos frentes. Activistas trans y grupos de derechos humanos aliados, han criticado varios de los Proyectos de Ley sobre derechos trans desde la publicación del primer documento, en el año 2016.

La comunidad transgénero ha configurado una parte importante de la sociedad india desde tiempos inmemoriales. Las raíces de las personas transgénero en la India se remontan a trece y catorce siglos atrás. Tienen una fuerte presencia histórica en la mitología hindú, además de otros textos religiosos. En la épica Ramayana, en un texto del siglo III a.C. que forma parte de los textos sagrados Smriti (textos no revelados directamente por Dios sino transmitidos por la tradición autóctona) también pueden encontrarse referencias transgénero. Se dice que, cuando Lord Rama se adentraba en el bosque tras ser desterrado del reino durante 14 años, se dio la vuelta, miró a sus seguidores y pidió a todos “sus hombres y mujeres” que regresaran a la ciudad. La comunidad hijra no se sintió obligada a esa petición, por no conformarse dentro de ese patrón “masculino o femenino” y decidió acompañarle y quedarse a su lado durante su confinamiento. Impresionado por la fidelidad que le mostraban, Rama les otorgó autoridad y el poder de conferir bendiciones en ocasiones especiales como el parto y el matrimonio.

La referencia de esta comunidad también se puede encontrar en la literatura védica, basada en los cuatro textos más antiguos de la literatura oral india, a mediados del segundo milenio a.C. Así mismo, en  la literatura puránica, que a diferencia de la védica se trataba de una literatura escrita más reciente. Durante el período antiguo y Mughals (Imperio Mogol, siglos XVI al XIX) la comunidad hijra disfrutó de una posición influyente y fue considerada figura importante de la ciudadanía. Tras la colonización británica, la posición de la comunidad cambió drásticamente. Se aprueba la “Ley de tribus criminales” en 1871, clasificando a toda persona transgénero como delincuente. Esta ley fue derogada en 1949, tras la independencia y la partición del imperio anglosajón bajo el liderazgo de Mathatma Gandhi, aunque la desconfianza hacia las personas transgénero entre la población, ha persistido insistentemente hasta llegar a nuestros días.

En la actualidad, la comunidad hijra permanece socialmente excluida, desposeída por sus familias desde su infancia, viviendo al margen de todo y a espaldas de la sociedad, en agrupaciones cerradas, hostigadas por la gran mayoría de la sociedad.

La India es signataria de la Declaración Universal de Derechos Humanos y demás leyes internacionales que brindan un “inmenso” derecho a todos los seres humanos. Pero cuando se analiza la difícil situación de la comunidad transgénero en pleno siglo XXI, está claro que se trata de derechos inalcanzables y no tan “disponibles” para todos. El artículo 14 garantiza la igualdad a todas las personas, incluidas las personas transgénero, pero se ve que éstas no se encuentran en paridad. El artículo 19 también promete varias libertades, pero en el caso de pertenecer a la comunidad hijra, apenas se tiene independencia para elegir una ocupación o simplemente viajar libremente por todo el país. Además, el artículo 21 no solo habla sobre el derecho a la vida y la libertad personal, sino que hace hincapié en la calidad de vida, derecho que el gobierno de la India no ha podido proporcionar aún. Se percibe abiertamente la discriminación en este sentido; no tienen acceso a la educación, de hecho, la mayoría no cuenta con una educación básica, lo que significa no poder conseguir un trabajo digno, posteriormente.

Por tanto, la calidad de vida de la comunidad hijra es de orden inferior, arrastrada hacia una absoluta indefensión. Es bochornoso observar que incluso la ley y el orden del país no han podido dar la protección necesaria cuando se cometen atrocidades por identidad de género. La mayoría de la justicia, se les niega. Efectivamente, la calidad de vida de esta comunidad es ínfima, por no decir, inexistente.

Solo después de la intervención de la Corte Suprema de la India, esta comunidad ha obtenido un nombre y un “mínimo estatus”, declarando que las personas personas transgénero son un “tercer género” y reafirmando que los derechos fundamentales otorgados en virtud de la propia Constitución les será igualmente aplicables, y con ello, el derecho a la auto identificación de su género como mujer o tercer género según cada cual. Esto ha significado un paso importante hacia la igualdad de género en el país. Además, el tribunal sostuvo que, debido a que la comunidad hijra ha sido tratada como clase social baja y económicamente atrasada, se les admitirá en instituciones educativas y entornos laborales, así como el derecho al voto, el derecho a la propiedad o poder casarse. Se promulga, oficialmente, el fomento del derecho a la vida y el derecho a la privacidad de la comunidad transgénero.

Solo después de estas resoluciones importantes, la legislatura ha realizado un tremendo esfuerzo para aprobar el Proyecto de Ley de Protección de los Derechos de las Personas Transgénero a finales de 2019, pero también se ha enfrentado a infinidad de críticas, ya que la definición del término “transgénero” en sí, se considera despectivo entre colectivos. Tras 27 enmiendas entre 2016 y 2018, se le ha dado salida nuevamente a la Ley ante Rajya Sabha (el Consejo de los Estados o Cámara Alta del Parlamento hindú).

La definición revisada ha omitido la referencia a una formulación que especifica “ni hombre ni mujer” y que cubre a cualquier persona cuyo género no coincidía con el género asignado al nacer, así como variaciones intersexuales y aquellos que se designan a sí mismos como transgénero, basados en identidades socioculturales como hijra, aravani, kinner y jogta. 

Un total de 8 capítulos que tratan de darle forma a un propósito nada intuitivo, incapaz de cumplir las expectativas de derechos humanos básicos, en pleno siglo XXI.

La comunidad hijra, especialmente, debe contar con el mismo trato y respeto, sí, pero ningún apartado de la Ley contempla cómo abordar y lograr este objetivo. De la misma manera, se subraya el reconocimiento de la comunidad hijhra como mujeres trans, aunque esto representará un proceso social complejo y tedioso a largo plazo. Se exige, además, someterse a una cirugía de reasignación de sexo para identificarse como mujer y a residir obligatoriamente en el domicilio familiar. Es decir, su lucha no solo se constata en la necesidad de soluciones de estado, sino también, en la hostilidad de las propias familias que se niegan a aceptar su condición, llegando a extremos como el sometimiento físico y los abusos sexuales.

Por otro lado, es lamentable que existan graves discrepancias en las sanciones por violencia sexual contra mujeres transgénero; mientras se inflige un severo castigo por actos violentos contra las mujeres, solo prevé una pena de dos años, en el caso de personas transgénero.

Por si esto no fuera suficiente se penaliza la mendicidad, cuando, se sabe que la mayoría de las comunidades perseguidas se mantienen a través de ella, habiéndose convertido en el sesgo habitual transgénero desde hace décadas, dentro de la sociedad.

Los tribunales indios han sostenido durante mucho tiempo que la comunidad hijra merece el reconocimiento del gobierno en sus propios términos. A pesar de las 27 enmiendas presentadas entre 2016 y diciembre de 2019, las principales oposiciones efectuadas aún no han sido abordadas. La Corte Internacional de Justicia, en su declaración de 2018, hizo un llamamiento para rechazar las secciones problemáticas del propio proyecto y proceder a la elaboración de otro, nuevamente revisado, donde constaran los derechos defendidos por la Corte Suprema y las concernientes obligaciones de la India en virtud de Ley internacional.

En resumen, el derecho al reconocimiento como persona ante la ley es un aspecto fundamental para afirmar la dignidad y el valor de cada persona. El reconocimiento legal de género también es un elemento esencial de otros derechos fundamentales, que incluyen esa privacidad, esa libertad de expresión y la erradicación de arrestos arbitrarios, así como todos aquellos derechos relacionados con el empleo, la educación, la salud, la seguridad, el acceso a la justicia y la capacidad de moverse libremente. El impulso para proteger a los niños intersexuales de cirugías de «normalización» médicamente innecesarias, también debería guiar las mejoras en este frente, mano a mano en la búsqueda de una “legalidad” social en la India.

A la hora de cerrar este artículo, en tiempo real, se ha publicado otro en la cabecera del The Economist Times, con una noticia realmente esperanzadora. Aquí está el enlace para acceder y leerlo íntegramente.

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