La educación en el respeto a la diversidad sexual, de género y familiar es un derecho del alumando

Por Charo Alises (@viborillapicara)

Foto: JasonParis

Al inicio del curso escolar, la organización ultracatólica Hazte Oír,  envió a 23.000 colegios públicos y concertados de toda España sendos ejemplares del «PIN parental contra el adoctrinamiento en ideología de género», un formulario con el objetivo de que los padres soliciten información previa y consentimiento expreso para la asistencia de sus hijos a clases en las que se imparta contenido afectivo-sexual dentro del horario lectivo.

Está claro, que tras estas acciones contra las charlas sobre diversidad sexual, de género y familiar que se imparten en los centros educativos, está la férrea oposición a que el alumnado interiorice que ser LGTBI es igual de respetable que ser heterosexual.

Frente a la cruzada emprendida por Hazte Oír para erradicar toda mención a las personas lesbianas, gais, bisexuales y trans en los centros educativos, no hay que olvidar que en las aulas hay niñas, niñes, niños y adolescentes LGTBI y pertenecientes a familias LGTBI cuyo interés superior es la obligación de protegerles de la discriminación, el acoso y la violencia. En este sentido, la formación -a todos los niveles- en el respeto a la diversidad sexual, de género y familiar es fundamental para hacer frente a la homofobia y la transfobia que sufre el alumnado LGTBI desde edades tempranas en los centros escolares.

En  esta cuestión, los poderes públicos tienen un papel fundamental. La Convención  de los Derechos del Niño  -ratificada por España- en su artículo 3.1 establece:

En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

En el mismo sentido se expresa la Ley de Infancia y Adolescencia de 2015, en su artículo 11.3, dice:

Los poderes públicos desarrollarán actuaciones encaminadas a la sensibilización, prevención, detección, notificación, asistencia y protección de cualquier forma de violencia contra la infancia y la adolescencia mediante procedimientos que aseguren la coordinación y la colaboración entre las distintas Administraciones, entidades colaboradoras y servicios competentes, tanto públicos como privados, para garantizar una actuación integral.

La legislación española articula un  marco normativo para educar en el respeto a la diversidad. La Constitución consagra la igualdad y no discriminación como derechos fundamentales, impone a los poderes públicos la obligación de impedir cualquier tipo de discriminación y fija como objetivo primordial de la educación el respeto los principios  democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales:

Artículo 9

Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Artículo 10

La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Artículo 27.2.

La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

Del mismo modo, la Ley Orgánica para la Mejora de la Educación (LOMCE), establece como principio informador en su artículo 1.b:

La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación.

Las leyes LGTBI aprobadas en diversas Comunidades Autónomas incorporan también medidas para garantizar la igualdad y no discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género en los centros

La educación en el respeto a la diversidad es un derecho fundamental del alumnado reconocido en la Constitución y, como tal, prevalece sobre las atribuciones propias de la patria potestad.

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