Entradas etiquetadas como ‘tributar impuestos’

Fiscal, fisco y confiscar, tres términos con un mismo origen etimológico: una cesta de mimbre

En la Antigua Roma se conocía como ‘fiscus’ a la cesta de mimbre (también podía ser de junco) en la que los funcionarios del imperio depositaban el dinero recaudado por los impuestos y que iban a parar al patrimonio particular del emperador y no al erario del Estado, aunque con el paso del tiempo el término acabó siendo utilizado para designar a todo el capital del tesoro público. Ese término derivó en la castellanización ‘fisco’ que es como conocemos al erario, hacienda o tesoro público.

Fiscal, fisco y confiscar, tres términos con un mismo origen etimológico: una cesta de mimbre

De ahí que, cuando había algún tipo de conflicto legal con ese dinero, se recurriese a la figura de un funcionario público que se encargaba de defender los intereses del Estado o del emperador, siendo conocido como ‘advocatus fisci’ (que vendría a traducirse como ‘abogado del tesoro’) y que con el paso del tiempo se convirtió en la figura del ‘fiscal’ y que en la actualidad conocemos como la persona que representa y ejerce el ministerio público en los tribunales, pero también para designar a lo relativo a la hacienda pública.

Cuando los funcionarios públicos debía ir a privar a alguien de sus bienes (por que había cometido algún delito o no había satisfecho sus pagos tributarios), aquello que le era requisado (normalmente dinero o la escritura de alguna propiedad) era depositado en la mencionada cesta con la que también se recaudaban los impuestos (fiscus), de ahí que se conozca esta práctica como ‘confiscar’, del latín  ‘confiscāre’ (de la unión del prefijo ‘con-‘: agregación y el término ‘fiscus’: cesta)

 

Te puede interesar leer también:

 

 

Fuente de la imagen: Wikimedia commons

¿Sabías que solemos utilizar incorrectamente el término ‘Dinero negro’?

¿Sabías que solemos utilizar incorrectamente el término ‘Dinero negro’?

Habitualmente se utiliza el término ‘dinero negro’ para referirnos a aquellas ganancias que se obtienen de forma ilícita de actividades ilegales y que queda fuera del control del fisco y las autoridades (por ejemplo a través de la droga, prostitución, extorsión, estafa, robo, juego ilegal, corrupción…).

Pero también es muy común utilizar generalizadamente ese mismo término para señalar aquel dinero que a pesar de haberse ganado de una manera lícita y a través de un trabajo remunerado (e incluso por la venta de algún bien, como puede ser, por ejemplo, un gran número de productos que se comercializan –compra/venta- a través de famosas aplicaciones de internet) y no ha sido declarado a la Hacienda Pública.

Pero en este caso esa denominación de dinero negro está mal aplicada, debido a que existe un término explicito con el que referirse a los dividendos ganados lícitamente pero que quedan fuera del control del fisco: ‘dinero gris’. Éste se obtiene a través de la realización de trabajos que no se cobran mediante factura y/o nómina o, como menciono en el párrafo anterior, es conseguido a través de la venta efectuada entre particulares, el cual no suele declararse y queda fuera del control de Hacienda.

Eso sí, aunque en ambos casos (dinero negro y dinero gris) el objetivo final de los infractores/evasores es hacer que el dinero quede fuera del control de Hacienda y no pagar impuestos por él, debemos diferenciar claramente que uno proviene de actividades ilegales (dinero negro) y el otro se ha ganado dentro de la legalidad aunque se ha escondido al fisco (dinero gris).

A veces podemos encontrar quien se refiere al dinero gris como ‘dinero en B’ o ‘dinero B’, debido a que éste suele ser anotado en una contabilidad paralela llamada comúnmente ‘caja B’.

Para aquellas ganancias que obtenemos de manera legítima y por las que tributamos legalmente puede utilizarse el término ‘dinero blanco’.

 

 

Quizá te interese leer:

 

 

 

Fuentes de consulta: archivodeinalbis / asesoriayempresas / acuedi (pdf) / eumed
Fuente de la imagen: pixabay