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¿De dónde proviene el término ‘cómplice’?

Conocemos como ‘cómplice’ a la persona que por afinidad con otra ayuda a esta en algún tipo de asunto, ya sea lícito o ilícito. Suele asociarse el vocablo a ambientes jurídicos y policiales, para señalar a aquel que es conocedor o colaborador de un delito y/o delincuente, aunque también se puede utilizar para hacer referencia a la relación cercana y de amistad entre dos o más personas (tener complicidad).

¿De dónde proviene el término ‘cómplice’?

Etimológicamente, el término proviene del latín tardío ‘complex’, cuyo significado era ‘compañero, partícipe’ y a su vez el vocablo latino provenía del verbo ‘complecti’, significando ‘abrazar, rodear, unir, conectar’ y estaba relacionado con la idea de ‘estar juntos’ o ‘estar involucrados en algo’.

Esa afinidad y camaradería propició que en el ámbito jurídico se denominase también como cómplice a aquel  que colabora o es conocedor de un acto ilícito como (aunque no sea el ejecutante del mismo).

El término cómplice fue recogido en el Diccionario de Autoridades de 1729 con la acepción de ‘El Compañero en el delito’, así como también la forma complicidad, dándole en significado de ‘Compañía en el delito. Es voz Forense’ (del ámbito judicial).

 

 

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¿Sabías que solemos utilizar incorrectamente el término ‘Dinero negro’?

¿Sabías que solemos utilizar incorrectamente el término ‘Dinero negro’?

Habitualmente se utiliza el término ‘dinero negro’ para referirnos a aquellas ganancias que se obtienen de forma ilícita de actividades ilegales y que queda fuera del control del fisco y las autoridades (por ejemplo a través de la droga, prostitución, extorsión, estafa, robo, juego ilegal, corrupción…).

Pero también es muy común utilizar generalizadamente ese mismo término para señalar aquel dinero que a pesar de haberse ganado de una manera lícita y a través de un trabajo remunerado (e incluso por la venta de algún bien, como puede ser, por ejemplo, un gran número de productos que se comercializan –compra/venta- a través de famosas aplicaciones de internet) y no ha sido declarado a la Hacienda Pública.

Pero en este caso esa denominación de dinero negro está mal aplicada, debido a que existe un término explicito con el que referirse a los dividendos ganados lícitamente pero que quedan fuera del control del fisco: ‘dinero gris’. Éste se obtiene a través de la realización de trabajos que no se cobran mediante factura y/o nómina o, como menciono en el párrafo anterior, es conseguido a través de la venta efectuada entre particulares, el cual no suele declararse y queda fuera del control de Hacienda.

Eso sí, aunque en ambos casos (dinero negro y dinero gris) el objetivo final de los infractores/evasores es hacer que el dinero quede fuera del control de Hacienda y no pagar impuestos por él, debemos diferenciar claramente que uno proviene de actividades ilegales (dinero negro) y el otro se ha ganado dentro de la legalidad aunque se ha escondido al fisco (dinero gris).

A veces podemos encontrar quien se refiere al dinero gris como ‘dinero en B’ o ‘dinero B’, debido a que éste suele ser anotado en una contabilidad paralela llamada comúnmente ‘caja B’.

Para aquellas ganancias que obtenemos de manera legítima y por las que tributamos legalmente puede utilizarse el término ‘dinero blanco’.

 

 

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Fuentes de consulta: archivodeinalbis / asesoriayempresas / acuedi (pdf) / eumed
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