Entradas etiquetadas como ‘culpable’

La antiquísima locución latina ‘In dubio pro reo’ y la ‘presunción de inocencia’

Según se dispone en el artículo 11.1 de la ‘Declaración Universal de Derechos Humanos’ de la ONU (aprobada el 10 de diciembre de 1948):

‘Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa’

La antiquísima locución latina ‘In dubio pro reo’ y la ‘presunción de inocencia’

Con ella se antepone el principio jurídico de la ‘presunción de inocencia’ por el cual no se debía condenar a alguien sin tener las suficientes pruebas incriminatorias, siendo preferible equivocarse y dejar en libertad a un culpable que condenar a un inocente.

Este concepto jurídico ya fue empleado en la Antigua Roma, en la que existía una regla de obligado cumplimiento definida como ‘In dubio pro reo’, la cual se traduciría como ‘En caso de duda, en favor del acusado’ y en algunas ocasiones podemos encontrarlo en la forma ‘En caso de duda, se absuelve al reo’ (in dubio absolvitur reus).

El principio general del derecho romano también indicaba que en caso de que exista alguna duda ‘se debe favorecer más a los demandados que a los demandantes’ (Favorabiliores rei potius quam actores habentur).

 

 

Te puede interesar leer también:

 

 

Fuentes de consulta: Diccionario panhispánico del español jurídico (I) / Diccionario panhispánico del español jurídico (II) / conceptosjuridicos / Declaración Universal de Derechos Humanos (ONU) / almacendederecho
Fuente de la imagen: pixabay

¿Sabías que en la investigación de un crimen la expresión ‘cuerpo del delito’ no hace referencia al cadáver?

Es muy habitual ver en películas y series de televisión o leer en novelas negras, a la hora de investigar un crimen que se ha cometido, pronunciar la expresión ‘cuerpo del delito’,  siendo también ampliamente utilizada por un gran número de medios de comunicación y noticieros.

¿Sabías que en la investigación de un crimen la expresión ‘cuerpo del delito’ no hace referencia al cadáver?

Muchas son las personas que creen, erróneamente, que dicha alusión se hace como referencia al cadáver pero realmente no es así.

En realidad esa locución es la traducción literal de la antiquísima fórmula latina ‘corpus delicti’ utilizada ya por los juristas del Imperio Romano y que se usaba para referirse a todas aquellas pistas y elementos que existen alrededor de un crimen y que pueden determinar cómo se produjo y quién es el responsable.

Por poner un ejemplo, todos aquellos elementos probatorios que relacionan dicho delito con el principal sospechoso del mismo: objetos e instrumentos que podrían haberse utilizado, todo aquellos rastros dejados en la escena del crimen (huellas, pisadas, rastros biológicos…), además de testimonios e indicios que echan por tierra una posible coartada.

Incluso en un caso de desaparición y en el que no se ha podido hallar un cadáver, el ‘cuerpo del delito de una investigación‘ hace referencia a todas aquellas pruebas circunstanciales que son más que suficientes para demostrar que se ha cometido un crimen y señalar al posible culpable (que posteriormente sería juzgado).

Todo ello en su conjunto es lo que se conoce como ‘cuerpo del delito’, haciendo referencia el término cuerpo no a un ser humano sino a la suma de informaciones y evidencias que existen alrededor de un supuesto crimen.

Evidentemente también sirve para todo lo contrario… demostrar la inocencia o no culpabilidad de alguien en un delito del que se le acusa. Sin las suficientes pruebas e indicios recogidos por el ‘corpus delicti’ no puede ser acusado y, por tanto, sería declarado  como ‘no culpable’ (ojo, hay que diferenciar que no es lo mismo ser declarado ‘inocente’ que ‘no culpable’).

 

Te puede interesar leer los posts:

 

 

 

Fuentes de consulta: guiasjuridicas / sjf.scjn (pdf) / confilegal / enciclopedia-juridica / criminal-mente
Fuente de la imagen: silvermarquis (Flickr)

¿Cuál es el origen de la expresión ‘Echar el muerto a otro’?

¿Cuál es el origen de la expresión ‘Echar el muerto a otro’?

Cuando alguien es acusado de algo y quiere evadir su responsabilidad echándole la culpa a otra persona suele utilizarse la expresión «echar el muerto a otro».

El origen de la expresión proviene de la Edad Media, una época en la que era muy habitual las reyertas y asesinatos sin ningún tipo de justificación. En infinidad de ocasiones, tras hallarse un cadáver abandonado en medio de una población, no se lograba averiguar cuál había sido la causa por la que esa persona había sido asesinada ni quién era el responsable.

Por tal motivo, las autoridades decidieron que en aquellas localidades donde apareciese un muerto, y no se pudiera determinar las causas ni culpables, el pueblo en su totalidad sería el responsable, pagando una multa económica al rey.

Esto llevó a que, algunos picaros vecinos, cuando aparecía en las calles algún muerto con evidentes muestras de violencia, lo trasladasen sigilosamente a la población más cercana y allí era abandonado, cargándoles el muerto y la culpa a sus vecinos y, por lo tanto, librándose de la multa real.

 

Fuente de la imagen: spaightwoodgalleries

 

Ya está a la venta la edición de bolsillo del libro ‘Ya está el listo que todo lo sabe’

 

Curiosidad que forma parte del libro “Ya está el listo que todo lo sabe” (366 curiosidades para descubrir el porqué de las cosas cada día) de Alfred López publicado por Editorial Léeme Libros.
Compra el libro online y recíbelo a través de un mensajero en tan solo 24 horas y sin pagar gastos de envío: http://latiendadeleemelibros.bigcartel.com/product/ya-esta-el-listo

¿Cuál es el origen del término ‘linchamiento’?

¿Cuál es el origen del término ‘linchamiento’?Cuando un grupo de personas decide tomar la justicia por ellas mismas, apresando al sospechoso de un delito, dándole un escarmiento en forma de paliza e incluso matándolo (la horca era muy común tiempo atrás), a ese acto se le conoce como ‘linchamiento’.

El término proviene de 1780, en plena Guerra de Independencia de Estados Unidos, en el que un peculiar personaje llamado Charles Lynch formó parte activa de una milicia.

Tras ser descubierto un grupo de hombres que defendían los intereses británicos, Lynch junto a un grupo de compañeros decidió llevar a los sublevados frente a un jurado popular, bajo la acusación de traición, a la espera de que fuesen declarados culpables y posteriormente ejecutados. Pero lejos de ser condenados quedaron en libertad absueltos de todos los cargos.

Fue entonces cuando Charles Lynch, encolerizado, decidió reunir a un grupo de hombres con los que tomarse la justicia por su mano y encabezar una patrulla popular, con intención de buscar y dar caza a los traidores absueltos, a quien el jurado había dejado marchar.

Una vez apresados ordenó ejecutarlos inmediatamente, ahorcándolos a todos.

Ese singular hecho hizo que a partir de entonces a ese acto de justicia popular se le diese el nombre de ‘linchamiento’ (lynching en inglés) como clara referencia al apellido de ese justiciero personaje.

 

Portada 6ª edición Ya está el listo que todo lo sabe

 

Curiosidad que forma parte del libro “Ya está el listo que todo lo sabe” (Una curiosidad para cada día del año) de Alfred López
Compra el libro a través de los siguientes enlaces: https://www.amazon.es/dp/841558914X (para España) | https://www.amazon.com/dp/841558914X/ o https://www.createspace.com/7085947 (desde fuera de España)

 

 
Fuente de la imagen: Flickr/ e-strategyblog.com cc

¿Qué diferencia hay entre declarar a un acusado ‘inocente’ o ‘no culpable’?

¿Qué diferencia hay entre declarar a un acusado ‘inocente’ o ‘no culpable’?Seguro que en más de una ocasión habéis escuchado o leído que, tras dictar la sentencia, un juez ha declarado al acusado como no culpable… ¿Eso quiere decir que es inocente?

Pues no. La diferencia entre declararlo inocente o no culpable es que en el primero de los dos se ha podido comprobar la inocencia del acusado y por lo tanto queda libre de todo cargo.

Por el contrario el segundo supuesto se aplica cuando, aun existiendo evidencias que apuntan que el acusado podría ser culpable del delito, no existen suficientes pruebas que lo demuestren, éstas se han conseguido de un modo ilegal o que cometió el delito bajo cualquier atenuante (por ejemplo, un cuadro psicótico), por lo que hay que declararlo como no culpable.

 

Relacionado: ¿Cómo se forma un jurado popular?

 

Fuente de la imagen: Oneris Rico vía photopin cc