Fue una célula islamista y no ETA. Ninguna mano negra llenó de objetos la Renault Kangoo que fue encontrada en Alcalá de Henares; ningún ser tenebroso esparció cadáveres de islamistas por el piso de Leganés para distraer la atención; la mochila de Vallecas no fue colocada por otra mano tan oscura como las anteriores sino que procedía de la Estación de El Pozo; lo que estalló en los trenes fue dinamita plástica “tipo goma”, que procedía totalmente o en parte de Mina Conchita y no de los arsenales de ETA. Así de contundente es la sentencia del11-M que, sin embargo, no identifica entre los condenados a ningún autor intelectual de los atentados y absuelve a uno de los acusados Rabei Osman, alias Mohamed El Egipcio, en virtud del principio de ‘non bis in idem’, por lo que no podía ser condenado dos veces –ya lo está en Italia- por pertenencia a organización terrorista.
Como si de una hormigonera se tratara, la sentencia del 11-M ha cerrado sin piedad todos los supuestos ‘agujeros negros’ del proceso y ha enviado al INEM a los impulsores de esa teoría de la conspiración en la que cabía todo, desde la autoría etarra a la de un comando del planeta Krypton, en connivencia con el PSOE y con los servicios secretos marroquíes que pasaban por allí.
Aunque acogida con decepción por algunas asociaciones de víctimas, que confiaban en condenas más duras para los acusados, la sentencia es demoledora para los medios de comunicación y los partidos políticos –llámese PP- que han propalado una suerte de conjura universal y que, alternativamente, trataron de provocar la nulidad de la instrucción judicial, lo que hubiera dejado en la calle a varios de los asesinos de 192 personas.
La sentencia no resuelve todo pero aclara bastante. Una de las frases del fallo podría resumir el comportamiento de estos agujerólogos disfrazados de contumaces periodistas de investigación o de intachables políticos que querían saber la verdad, pero sólo si aventaba la idea de una joint-venture entre Josu Ternera y Bin Laden: “Como en muchas otras ocasiones a lo largo de este proceso, se aísla un dato –se descontextualiza- y se pretende dar la falsa impresión de que cualquier conclusión pende exclusivamente de él, obviando así la obligació de la valoración conjunta (de la prueba) que permita, mediante el razonamiento, llegar a una conclusión según las reglas de la lógica y de la experiencia”.
En efecto, la lógica se emplea bastante en la sentencia. Gracias a ella, se determina que el tipo de explosivo que estalló en los trenes fue dinamita plástica “tipo goma”, que toda o en gran parte fue robada en Mina Conchita. “La falta de determinación exacta de la marca de la totalidad del explosivo no impide llegar a conclusiones jurídico-penalmente relevantes respecto de la intervención de los procesados en los hechos enjuiciados y su correspondiente responsabilidad criminal”.
Y también gracias a la lógica se sabe que esta dinamita plástica no era el titadyne usado por ETA, en la medida en que ni los informes sobre vínculos entre etarras e islamistas ni los estudios sobre los explosivos usados por ETA en los últimos diez años ni el informe pericial sobre sus teléfonos móviles, ni las declaraciones judiciales de tres etarras y de toda la cúpula policial avalan la tesis de que esta organización terrorista pudiera cometer los atentados.
Los pretendidos enigmas, creados por medios como El Mundo o la COPE para vender más periódicos o ganar audiencia a costa de esa verdad que decían perseguir y que eran simples insultos a la inteligencia, se disuelven en la sentencia como vulgares azucarillos. Ocurre con la mochila de Vallecas, una pieza clave porque su anulación como prueba hubiera arruinado el proceso ya que fue la tarjeta telefónica hallada en el móvil que debía activarla la que dio pie a toda la investigación posterior. El interés de estos buscadores de la verdad se centró en desacreditar el valor probatorio de la mochila –“no existe ruptura de la cadena de custodia; la prueba es auténtica”, dice el Tribunal- o, en su defecto, demostrar que la investigación de la tarjeta telefónica no se sometió a control judicial y, en consecuencia, había de anularse. “La investigación se realiza bajo un control judicial directo en inmediato”, afirma la sentencia, que añade que la actuación del responsable de Amena fue “irreprochable”.
Otro tanto ocurre con la famosa Renault Kangoo, sobre la que también se extendió la sospecha de que había sido rellenada de objetos por el CNI o por la bruja Avería, entre ellos unos detonadores idénticos a los encontrados en la mochila de Vallecas o en la finca de Morata de Tajuña. «La cadena de custodia está plenamente acreditada», confirma el Tribunal.
Como el barco de mentiras que los agujerógos han construido hace aguas por todos los lados, los populares y sus medios de cabecera se agarran a que el fallo no determina autores intelectuales de los atentados, en contra de la opinión de la fiscalía. El argumento es tan falaz como de costumbre: ninguno de los autores materiales –siete de ellos murieron en Leganés y otros dos son condenados ahora- tenía inteligencia suficiente para planificar la masacre porque eran “moritos” e ignorantes”. La sentencia, como se han encargado de recordar una fuente cercana al tribunal juzga a los vivos y no a los muertos. ¿Pedirán perdón alguna vez los necios de la conjura?