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Cosas que se pueden comer caducadas sin peligro

A00689840_001Que sí, que yo también he tomado yogures caducados y aquí sigo. No es lo mismo la fecha de caducidad que la de consumo preferente, que únicamente reseña cuándo está ese alimento en su momento óptimo de consumo.

Hay un montón de alimentos que puedes consumir pese a haber caducado hace días o incluso semanas, como los yogures, pan de molde, patatas fritas, frutos secos, bollos, galletas, mermelada, mantequilla, refrescos, bebidas alcohólicas, pasta, arroces, legumbres, embutidos, quesos curados, sopas y salsas de sobre o brics de tomate frito.

Eso sí, no pretendas tomarte un bollo caducado hace dos años, porque una cosa es que se pueda consumir tras haber caducado y otra es que el alimento tenga ya vida propia.

Con lo que sí se debe tener cuidado es con el pollo, la carne y el pescado, que tardan poco en estropearse. Para las frutas, basta con echarles un ojo y juzgar si tomarlas o no basándonos en su aspecto.

Los yogures hace ya un tiempo que no caducan, y por decisión gubernamental, pues sólo en España se le ponía fecha de caducidad, a diferencia del resto de países europeos, que ponía la de consumo preferente. Antes los yogures caducaban 28 días después de su elaboración, pero ahora no, únicamente lucen esa fecha de consumo preferente. La diferencia en el etiquetado atiende a que algo caducado, en principio no se puede comer, pero si el alimento luce una fecha de consumo preferente, la cosa es diferente.

Lo malo de eliminar las fecha de caducidad es que también se elimina en algunos productos la de elaboración, y así difícilmente se puede calcular cuánto dura. Sólo tendremos la referencia del consumo recomendado.

Todo esto viene de la entrada en vigor, el pasado 13 de diciembre de 2014 del nuevo reglamento que regula el etiquetado de los alimentos, cuyos cambios se irán adoptando progresivamente, aunque algunos ya están vigentes.

Este nuevo reglamento, pese a todo, es mejor que el anterior para los consumidores, porque disponemos de más información sobre lo que comemos: ingredientes, composición, nutrientes, alérgenos, origen… Todo eso debe ser obligatorio.

Por ejemplo, en un alimento tan perecedero como la carne, gracias al nuevo reglamento ya no conocemos sólo el origen de la carne de vacuno, sino de todas las carnes, ya sean de cerdo, pollo u otro animal. Antes sólo la ley sólo obligaba a reseñar esos datos en el vacuno, no en otras carnes.

También desde el pasado diciembre es obligatorio informar claramente de si un producto contiene alguno de los 14 alergenos más comunes.

Es igualmente obligatoria otra medida muy demandada por los consumidores: informar del tipo de aceite incluido en los productos. Ya no se podrá citar sólo “contiene aceite vegetal”, sino que habrá que especificar el tipo de aceite vegetal que es: oliva, girasol, palma…

Y este mes de abril entra en vigor otra medida prevista en este nuevo reglamento de aplicación progresiva: desde ya es obligatorio incluir claramente información sobre dónde son criados y sacrificados cerdos, cabras, ovejas y aves, como sí ocurría con el vacuno.

Por último, el reglamento prevé que desde diciembre de 2016 será obligatoria una tabla nutricional. Todos los alimentos procesados envasados y las bebidas deberán indicar el detalle de la información nutricional en la parte posterior del enlace: energía, grasas, ácidos grasos saturados, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal.

Es una mejora notable eesta nueva norma, pero también tiene pegas, que podían haberse subsanado desde el principio. Por ejemplo, el tamaño de la letra del etiquetado debería haberse ampliado considerablemente para poder leerse sin problemas, pero el reglamento fija que ésta tenga un tamaño de 1,2 mm, y no de 3 mm, como solicitaba la OCU.

Además, el hecho de que algunos alimentos queden al margen de incluir todas las menciones es un tanto contradictorio tratándose de un nuevo reglamento, que precisamente quiere aportar más claridad sobre el alimento en cuestión.

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Se podía haber avanzado más, pues queda también pendiente definir en los productos alimenticios los valores de referencia para niños, para que se puedan calcular las cantidades diarias recomendadas. Pero es una mejora en cualquier caso.

Sobre todo, el hecho de que haya productos que incluyan ahora esa fecha de consumo preferente, pues permite que se aprovechen más. Un tercio de la comida que se dispensa en establecimientos españoles acaba en la basura, y este reglamento, aunque con carencias, actúa mejor contra el despilfarro.

España es el sexto país de la Unión Europea donde más comida se despilfarra, con 7,7 toneladas anuales, y la medida de los yogures sin fecha fue una clara apuesta contra este hecho. Pese a todo, donde más despilfarro de produce es en el caso de los alimentos preparados, tanto en casa como en establecimientos de hostelería, algo que podría paliarse en parte si nos habituáramos a congelar más, a aprovechar los alimentos a base de purés y a reutilizar las sobras.

En esto tienen mucho que decir los establecimientos, en el hecho de dar salida a los alimentos que van acumulando días en las vitrinas. Los supermercados se deshacen de los productos que van agotando su vida útil, pero no lo suelen hacer adecuadamente.

Sólo un 20% dona los alimentos caducados que aún pueden consumirse; el resto los tira a la basura. De nada sirve que los consumidores nos confabulemos para evitar los despilfarros de alimentos, que se cambien las normas, el etiquetado, que se promulguen acciones, si quienes más alimentos gestionan a diario, que son los establecimientos, se han acostumbrado a tirar a la basura lo que les sobra, en lugar de tratar de darle un uso lo más racional posible, que podría pasar incluso, como ocurre en otros países, por facilitarle esos alimentos que aún pueden consumirse a las familias menos favorecidas.

* Fotos: GTRES