Se nos ve el plumero Se nos ve el plumero

"La libertad produce monstruos, pero la falta de libertad produce infinitamente más monstruos"

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¿Quién dijo «nazi»? Se cree el ladrón…

La mentira, repetida mil veces, me saca de quicio. El ex portavoz de Aznar, Miguel Angel Rodríguez, sentado ayer en el banquillo por presunto calumniador, me ha recordado uno de los acontecimientos más deleznables y miserables del gobierno de Esperanza Aguirre: el ensañamiento ideológico y político contra el doctor Luis Montes, ex coordinador de urgencias del hospital Severo Ochoa de Madrid, porque intentó aliviar el dolor de enfermos terminales.

Miguel Angel Rodríguez, ex portavoz de Aznar, al salir ayer del juzgado.

El doctor Montes y su equipo, perseguidos por el tristemente célebre Manuel Lamela, entonces consejero de Sanidad de Esperanza Aguirre, fueron absueltos de todos los cargos y las denuncias presentadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid fueron archivadas. No obstante, siguiendo el proverbio «calumnia que algo queda», el ex portavoz de Aznar, Miguel Angel Rodríguez acusó al ya absuelto doctor Montes, repetidamente ante las cámaras de televisión, de ser un «nazi«.

Las denuncias, falsas y malvadas, del Gobierno Aguirre contra las sedaciones a enfermos terminales en el Severo Ochoa paralizaron a muchos médicos y sembraron de dolor evitable a miles de familias españolas, que veían morir a sus seres queridos retorciéndose de intenso sufrimiento en las unidades de cuidados paliativos o en las salas de urgencia. Los médicos -no sin razón- le cogieron miedo a la caza de brujas de Esperanza Aguirre y redujeron los medicamentos contra el dolor.

Los mensajes del consejero Lamelas contra el doctor Montes y su equipo -repetidos hasta la saciedad por el coro de presuntos calumniadores-  no pudieron ser más ruines y eficaces para sembrar de miseria moral y de dolor los hospitales de la Comunidad de Madrid y de otras comunidades gobernadas por la derecha y contagiadas por el furor religioso/fanático a favor del dolor y la mortificación poco cristiana de los enfermos terminales. Quien lo sufrió en su familia lo sabe muy bien y lo recordará a la hora de no votar a Esperanza Aguirre.

Una parte de la derecha norteamericana y practicamente toda la extrema derecha practican la misma táctica del «calumnia que algo queda». Las carreteras comarcales  del «Bible belt» (el cinturón de la Biblia) de los Estados Unidos están cuajadas de carteles caseros difamatorios contra el presidente Barak Obama. Simplemete preguntan, una y mil veces:

¿Y el certificado de nacimiento?

No hace falta decir más. Ni menos. La extrema derecha corrió el falso rumor de que Obama no había nacido en territorio de los Estados Unidos y, por tanto, no podía ser legalmente presidente del país. El candidato conservador a la presidencia sí había nacido precisamente fuera de Estados Unidos: en Panamá.

Nada importa que Barak Obama hubiera nacido en Hawai, de madre norteamericana y padre keniata, ni que se hubiera publicado infinidad de veces su certificado oficial de nacimiento en toda la prensa… La extrema derecha, a sabiendas de que su mensaje era falso, insistía y sigue insistiendo con sus mentirosos cartelitos «goebbellianos«:

¿Y el certificado de nacimiento?

¿Quién dijo «nazi«? Mi confianza en la Justicia está bajo mínimos -y más en cuestión de calumnias, tal como están de desatados algunos colegas de la prensa- pero no pierdo la esperanza de que, alguna vez, resplandezca un poquito en el cerebro de algún juez justo -que haga honor a su profesión- para iluminar a tantos calumniadores que abusan de la libertad de expresión para convertirse en puros delincuentes. Nada desacredita más a la democracia (y a la prensa) que la injusticia que supone dejar impunes estos presuntos delitos.

Una vez vi, por casualidad, al presunto delincuente Miguel Angel Rodríguez vociferando con otros presuntos colegas en un programa de televisión llamado «La Noria». El fondo y la forma de ese demencial programa me produjeron tanto asco y vergüenza ajena -por haber compartido la hermosa profesión del periodismo con algunos de ellos- que apagué la tele de inmediato y me puse a oir Radiolé para desintoxicarme.

Acabo de leer en El País un artículo del profesor Marc Carrillo muy esclarecedor sobre este asunto, que copio y pego a continuación y cuya lectura recomiendo:

Análisis

Calumniar no es libertad de expresión

MARC CARRILLO 06/04/2011 en El País

Según prescribe el artícul+o 205 del Código Penal, «es calumnia la imputación hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad». Resulta ser que en diversas tertulias televisivas, el que fuera portavoz del primer Gobierno de Aznar, Miguel Ángel Rodríguez, calificó al doctor Luis Montes, excoordinador de urgencias del hospital Severo Ochoa de Leganés, como un nazi. Según el citado Rodríguez, la argumentación para sostener un calificativo tan grave como ese fueron las sedaciones llevadas a cabo en el servicio coordinado por el doctor en pacientes terminales. En enero de 2008, la Audiencia Provincial de Madrid archivó la denuncia formulada por la Comunidad de Madrid contra 11 médicos de dicho hospital. A pesar de la decisión judicial, que no encontró mala praxis médica en la actuación del doctor Montes y sus colaboradores, el exportavoz calificó de nazi estos tratamientos paliativos, afirmando que «el que decide matar a alguien es un nazi».

Los nazis fueron autores de uno de los mayores genocidios de la historia, contra el pueblo judío y otras minorías étnicas, contra militantes políticos comunistas, socialistas, anarquistas, republicanos españoles, etcétera, y todos aquellos que tenían el coraje de mostrarles la mínima oposición. Los nazis mataban sin escrúpulo tras la explotación esclavizada de sus víctimas; los nazis son los que de inmediato llevaban a las cámaras de gas a los que ya no servían para el trabajo en los campos de concentración; los nazis son los que experimentaban con seres humanos sometidos a su férula totalitaria en pro de la pureza de la raza aria. Ese el parámetro de comparación que el preclaro exportavoz ha utilizado para calificar la práctica humanitaria de los cuidados paliativos, llevada a cabo por el equipo de médicos coordinado por el doctor Montes. Una práctica que un tribunal de Madrid no juzgó contraria a la lex artis, es decir, a la buena práctica profesional, y que le llevó a archivar el caso. No obstante, aun siendo conocedor de la decisión del órgano judicial eximiendo de cualquier responsabilidad jurídica al médico y sus colaboradores, el tertuliano Rodríguez calificó de nazi al doctor Luis Montes. Es decir, con conocimiento de su falsedad (en sede judicial no se probó que el médico hubiese obrado incorrectamente), o, en todo caso, con temerario desprecio hacia la verdad, le imputó la condición de nazi; y, según sus propias palabras reproducidas por la prensa y que es preciso reiterar: «El que decide matar a alguien es un nazi». Para este señor, procurar un tratamiento a un enfermo terminal que en lo posible le evite el dolor es matar. Esa imputación de delito, en las condiciones en las que las expresó el exportavoz, en el marco de un debate televisivo de amplia audiencia y tras conocer la decisión de archivo judicial de la causa iniciada por denuncia de la Comunidad de Madrid, no tiene otro nombre que la comisión de un delito de calumnias.

La libertad de expresión no puede en este caso servir para dar cobertura a su pedestre argumentación, según la cual la calificación de nazi es una descripción y no un insulto. Esa forma de enjuiciar y calificar una práctica médica que, por cierto, es reconocida como el derecho a vivir con dignidad el proceso de la muerte por algunos Estatutos de Autonomía (Cataluña, Andalucía, Castilla y León), no colabora precisamente al debate público en una sociedad abierta. Antes al contrario, es una espuria transgresión de la libertad de expresión.

Marc Carrillo es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra.

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¿Niegan o dan pistas los acusados del 11-M?

El juicio del 11-M (es un milagro que se esté celebrando con normalidad democrática) está recibiendo la cobertura informativa prevista. No hay sorpresas. Cada oveja con su pareja.

El Mundo, como era de esperar (o de temer), titula a cuatro columnas con los apellidos de Ghalyoun y Bouchar (esta vez no los llama por el nombre de pila, más familiar) y les adjudica un verbo muy positivo para ellos: «niegan».

Ghalyoun y Bouchar niegan haber estado en Leganés pese a los rastros de su ADN

El primer sumario que destaca El Mundo en su portada es de risa:

Ghalyoun sostiene que cuando declaró que «El Tunecino» quería atentar en España como respuesta a la Guerra de Irak se refería a robar bancos y joyerías

La portada abre con las fotos de tres de los acusados, a toda página, sobre un pie de foto singular:

Declaran los tres acusados por la fiscal de poner las bombas

¿Añaden lo de «por la fiscal» para rellenar la línea o lo hacen con alguna intención especial?

¿Acaso no se da por hecho que las acusaciones corren a cargo de la fiscalía?

El País lleva el juicio del 11-M como segunda noticia y a dos columnas a media página:

Dos supuestos autores del 11-M dan pistas del atentado en la vista oral

Obsérvese que, según este diario, los sujetos no son Fulano y Mengano sino «dos supuestos autores del 11-M» y éstos no niegan sino que, por el contrario, dan pistas del atentado.

El sumario de El País evita lo de «robar bancos y joyerías»:

Basel Ghalyoun declara que El Tunecino justificó ataques a España por la guerra de Irak

En un recuadro, con fondo en color, El País destaca:

Una conspiración llena de agujeros. «Trashorras no habló de ETA», según el informe policial

El País manda, arriba, a cuatro columnas, con Aznar como sujeto pero creo que se le fue la mano al añadirle innecesariamente la palabra «también«, para recordarnos la información de días pasados cuando dijo que envió policías a Guantánamo:

Aznar también envió espías del CNI a interrogar presos en Guantánamo

Siempre me ha llamado jocosamente la atención el latiguillo que utilizan algunos colegas para presumir de su información exclusiva:

…Estos hechos aparecen acreditados en notas remitidas a Exteriores (…) a las que ha tenido acceso El País,…

¡Gran mérito del periodismo de investigación!. Es la típica filtración interesada de una fuente oficial a un diario amigo que le garantiza un tratamiento adecuado a sus intereses. Cuando gobernaba Aznar, esas presuntas «exclusivas» solían ir a parar al diaro El Mundo .

No me ha gustado nada ese «también«, tan sesgado, en un titular que pretende ser informativo. Es digno de la cultura periodística laxa de El Mundo y no de la de El País que yo conocí.

Libertad y expresiones odiosas

MARC CARRILLO en El País

20/02/2007

La penalización del discurso del odio ha resurgido en el debate público europeo. Aprovechando la actual presidencia de la Unión Europea, la ministra alemana de Justicia, Brigitte Zypries, ha propuesto que todos los Estados de la UE penalicen la negación del Holocausto. En la actualidad, varios ya disponen en su legislación penal de una previsión de esta naturaleza. Además de Alemania, Francia, Bélgica, la República Checa y otros, en España, el Código Penal también prevé como acción punible en su artículo 607.2, la difusión por cualquier medio de ideas o doctrinas que nieguen o justifiquen delitos de genocidio.

Son medidas propias de una modalidad de democracia militante, que el Estado democrático adopta frente a discursos revisionistas de la historia, que niegan la evidencia del exterminio cometido por los nazis de judíos y otras minorías étnicas o políticas.

No obstante, la pregunta ya recurrente que ante este tipo de medidas se plantea es si la libre expresión de ideas queda coartada a través de este singular ius puniendi del Estado. O dicho de otro modo, las expresiones odiosas, despreciables…, ¿son un límite infranqueable en la sociedad abierta? En el ordenamiento jurídico español el tema no está del todo resuelto, puesto que el citado precepto del Código Penal fue objeto de una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional hace más de seis años por parte de la Audiencia Provincial de Barcelona y sigue pendiente de sentencia. Entre los argumentos que este tribunal penal expone para sostener que el precepto en cuestión supone una violación de la libertad de expresión, destacan aquellos que subrayan que las ideas negacionistas no suponen una conducta que pueda encuadrarse dentro de la provocación del delito, puesto que el Código ya sanciona en otros preceptos las conductas que comportan una invitación a violentar otros derechos fundamentales. Por esta razón, sostiene que el bien jurídico protegido resulta muy difuso, dado que lo que el tipo penal del negacionismo está sancionando es la difusión de ideas y doctrinas, sin que además se exija otro elemento adicional definidor del delito, como sería la incitación a la realización de conductas lesivas sobre derechos de las personas. Y concluye afirmando que en nuestra sociedad la sanción penal de una conducta como la que tipifica el artículo 607.2 carece de justificación, puesto que de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la limitación de un derecho fundamental ha de quedar justificada por la protección de otro derecho. Un requisito que el delito del negacionismo histórico no cumple.

Es evidente que al respecto la Audiencia adopta una posición liberal. En este contexto, para el mundo jurídico anglosajón la sanción penal de estas conductas no está prevista. David Irving, el conocido y espurio historiador inglés, que ha llegado a afirmar que Hitler era amigo de los judíos, no ha sido perseguido penalmente en su país -a diferencia de Austria- por sus miserables expresiones. En los Estados Unidos, en general, se parte del criterio de que es un fin legítimo del Estado que la libertad de expresión ha de fomentar un debate social completo y abierto, asegurando -como expone el profesor Owen Fiss en su trabajo sobre La ironía de la libertad de expresión- que el público oiga todo lo que debería. En relación con las expresiones de odio el Tribunal Supremo se ha mostrado contrario a su sanción, por rechazables que puedan ser. Así, en su sentencia del caso R.A.V. v. St. Paul 505 U.S. 377 (1992), relativo a la quema de una cruz, invalidó la ordenanza de la ciudad de St. Paul que regulaba las expresiones de odio, porque esa disposición no respetaba el principio de la neutralidad de contenido. En la línea de facilitar el acceso al debate público de todas las expresiones, el Tribunal sostenía que con esta ordenanza el Estado favorecía al tolerante frente al intolerante. Lo que significa que, salvo que la actitud del racista sea directa o implícitamente violenta, no debe haber impedimento jurídico para que la sociedad conozca lo que dice y libremente adopte una posición al respecto.

En el contexto constitucional español ello significa que la negación o el revisionismo de hechos contrastados por la historia, por miserable y odioso que pueda resultar, es una consecuencia más de la libertad de expresión. Un derecho que como manifestación de ideas, opiniones y pensamientos, a través de obras de investigación histórica o de ensayo ideológico, puede resultar tanto un ámbito para las aportaciones que ensalzan la condición humana, como una plataforma de las excrecencias que ponen de relieve la profunda crueldad y miseria de la que el ser humano puede ser capaz. Incluso, con pretensiones de ensayo histórico. Por eso, negar la Shoá o, por ejemplo, no condenar un atentado terrorista, por miserable que sean estas actitudes no son perseguibles en el orden penal.

Cuestión distinta es cuando, por ejemplo, el negacionista actúa también con violencia. Es obvio que entonces la represión penal de la ley democrática ha de ser todo lo contundente que la lesión de derechos exija. Así lo prevé el artículo 510.1 del Código Penal cuando sanciona a los que provocaren a la discriminación, al odio o la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión (…), situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, etc.

Pero el fondo de la cuestión, es la respuesta jurídica a dar a las expresiones de odio que se traslucen en la negación de un genocidio. Desde un punto de vista moral, se puede considerar legítimamente que la negación misma es un acto de violencia contra las víctimas. Pero en términos jurídicos, la expresión miserable no puede ser perseguida con la lógica del ius puniendi del Estado. Cosa distinta es lo que en el ámbito civil pueda llevar a cabo la persona lesionada por la expresión odiosa. Porque, sobre todo, al contrario de las dictaduras, las democracias han de tolerar las controversias más vivas e incluso hirientes. En este sentido, es mucho mejor conocer lo que dice un neonazi, un idólatra de Ataturk y negador del genocidio armenio, un defensor de los exterminios campesinos de Stalin, un revisionista del franquismo, un negador de los crímenes de los militares argentinos, etc. Por otra parte, es un débil argumento jurídico establecer diferencias en función de la singularidad represiva de un determinado genocidio. Las víctimas son todas iguales. ¿No?

Marc Carrillo es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra.

FIN