Se nos ve el plumero Se nos ve el plumero

"La libertad produce monstruos, pero la falta de libertad produce infinitamente más monstruos"

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Camps, en El País y el 11-M (!), en El Mundo

El País machaca al PP y El Mundo, al PSOE. Cada oveja con su pareja.

Perece mentira, pero hace casi cuatro años que inicié en este blog el análisis comparativo de las portadas de los dos principales diarios de pago y ambos siguen cumpliendo al pie de la letra con sus consignas ideológicas. Ni una sola fisura en casi cuatro años.

En la portada de El Mundo vuelve a triunfar el 11-M (¡5 años después!), arriba a cuatro columnas, y el CNI, a una.

El País, en cambio, abre su portada con nuevos datos sobre los supuestos cohechos del presidente Camps al frente del gobierno de Comunidad Valenciana.

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Ni rastro de los supuestos cohechos del PP en la portada de El Mundo. Ni rastro del 11-M ni del CNI en la portada de El País.

Ambos diarios -tan españoles- coinciden en su portada con dos noticias: una taurina (el triunfo de José Tomás) y otra internacional (sobre el golpe militar en Honduras).

Por lo demás, ambos diarios se cruzan por la actualidad como dos barcos por la niebla. Lo que para uno son gigantes, para el otro son molinos. Y viceversa.

Fíate y no corras…

¿Niegan o dan pistas los acusados del 11-M?

El juicio del 11-M (es un milagro que se esté celebrando con normalidad democrática) está recibiendo la cobertura informativa prevista. No hay sorpresas. Cada oveja con su pareja.

El Mundo, como era de esperar (o de temer), titula a cuatro columnas con los apellidos de Ghalyoun y Bouchar (esta vez no los llama por el nombre de pila, más familiar) y les adjudica un verbo muy positivo para ellos: «niegan».

Ghalyoun y Bouchar niegan haber estado en Leganés pese a los rastros de su ADN

El primer sumario que destaca El Mundo en su portada es de risa:

Ghalyoun sostiene que cuando declaró que «El Tunecino» quería atentar en España como respuesta a la Guerra de Irak se refería a robar bancos y joyerías

La portada abre con las fotos de tres de los acusados, a toda página, sobre un pie de foto singular:

Declaran los tres acusados por la fiscal de poner las bombas

¿Añaden lo de «por la fiscal» para rellenar la línea o lo hacen con alguna intención especial?

¿Acaso no se da por hecho que las acusaciones corren a cargo de la fiscalía?

El País lleva el juicio del 11-M como segunda noticia y a dos columnas a media página:

Dos supuestos autores del 11-M dan pistas del atentado en la vista oral

Obsérvese que, según este diario, los sujetos no son Fulano y Mengano sino «dos supuestos autores del 11-M» y éstos no niegan sino que, por el contrario, dan pistas del atentado.

El sumario de El País evita lo de «robar bancos y joyerías»:

Basel Ghalyoun declara que El Tunecino justificó ataques a España por la guerra de Irak

En un recuadro, con fondo en color, El País destaca:

Una conspiración llena de agujeros. «Trashorras no habló de ETA», según el informe policial

El País manda, arriba, a cuatro columnas, con Aznar como sujeto pero creo que se le fue la mano al añadirle innecesariamente la palabra «también«, para recordarnos la información de días pasados cuando dijo que envió policías a Guantánamo:

Aznar también envió espías del CNI a interrogar presos en Guantánamo

Siempre me ha llamado jocosamente la atención el latiguillo que utilizan algunos colegas para presumir de su información exclusiva:

…Estos hechos aparecen acreditados en notas remitidas a Exteriores (…) a las que ha tenido acceso El País,…

¡Gran mérito del periodismo de investigación!. Es la típica filtración interesada de una fuente oficial a un diario amigo que le garantiza un tratamiento adecuado a sus intereses. Cuando gobernaba Aznar, esas presuntas «exclusivas» solían ir a parar al diaro El Mundo .

No me ha gustado nada ese «también«, tan sesgado, en un titular que pretende ser informativo. Es digno de la cultura periodística laxa de El Mundo y no de la de El País que yo conocí.

Libertad y expresiones odiosas

MARC CARRILLO en El País

20/02/2007

La penalización del discurso del odio ha resurgido en el debate público europeo. Aprovechando la actual presidencia de la Unión Europea, la ministra alemana de Justicia, Brigitte Zypries, ha propuesto que todos los Estados de la UE penalicen la negación del Holocausto. En la actualidad, varios ya disponen en su legislación penal de una previsión de esta naturaleza. Además de Alemania, Francia, Bélgica, la República Checa y otros, en España, el Código Penal también prevé como acción punible en su artículo 607.2, la difusión por cualquier medio de ideas o doctrinas que nieguen o justifiquen delitos de genocidio.

Son medidas propias de una modalidad de democracia militante, que el Estado democrático adopta frente a discursos revisionistas de la historia, que niegan la evidencia del exterminio cometido por los nazis de judíos y otras minorías étnicas o políticas.

No obstante, la pregunta ya recurrente que ante este tipo de medidas se plantea es si la libre expresión de ideas queda coartada a través de este singular ius puniendi del Estado. O dicho de otro modo, las expresiones odiosas, despreciables…, ¿son un límite infranqueable en la sociedad abierta? En el ordenamiento jurídico español el tema no está del todo resuelto, puesto que el citado precepto del Código Penal fue objeto de una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional hace más de seis años por parte de la Audiencia Provincial de Barcelona y sigue pendiente de sentencia. Entre los argumentos que este tribunal penal expone para sostener que el precepto en cuestión supone una violación de la libertad de expresión, destacan aquellos que subrayan que las ideas negacionistas no suponen una conducta que pueda encuadrarse dentro de la provocación del delito, puesto que el Código ya sanciona en otros preceptos las conductas que comportan una invitación a violentar otros derechos fundamentales. Por esta razón, sostiene que el bien jurídico protegido resulta muy difuso, dado que lo que el tipo penal del negacionismo está sancionando es la difusión de ideas y doctrinas, sin que además se exija otro elemento adicional definidor del delito, como sería la incitación a la realización de conductas lesivas sobre derechos de las personas. Y concluye afirmando que en nuestra sociedad la sanción penal de una conducta como la que tipifica el artículo 607.2 carece de justificación, puesto que de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la limitación de un derecho fundamental ha de quedar justificada por la protección de otro derecho. Un requisito que el delito del negacionismo histórico no cumple.

Es evidente que al respecto la Audiencia adopta una posición liberal. En este contexto, para el mundo jurídico anglosajón la sanción penal de estas conductas no está prevista. David Irving, el conocido y espurio historiador inglés, que ha llegado a afirmar que Hitler era amigo de los judíos, no ha sido perseguido penalmente en su país -a diferencia de Austria- por sus miserables expresiones. En los Estados Unidos, en general, se parte del criterio de que es un fin legítimo del Estado que la libertad de expresión ha de fomentar un debate social completo y abierto, asegurando -como expone el profesor Owen Fiss en su trabajo sobre La ironía de la libertad de expresión- que el público oiga todo lo que debería. En relación con las expresiones de odio el Tribunal Supremo se ha mostrado contrario a su sanción, por rechazables que puedan ser. Así, en su sentencia del caso R.A.V. v. St. Paul 505 U.S. 377 (1992), relativo a la quema de una cruz, invalidó la ordenanza de la ciudad de St. Paul que regulaba las expresiones de odio, porque esa disposición no respetaba el principio de la neutralidad de contenido. En la línea de facilitar el acceso al debate público de todas las expresiones, el Tribunal sostenía que con esta ordenanza el Estado favorecía al tolerante frente al intolerante. Lo que significa que, salvo que la actitud del racista sea directa o implícitamente violenta, no debe haber impedimento jurídico para que la sociedad conozca lo que dice y libremente adopte una posición al respecto.

En el contexto constitucional español ello significa que la negación o el revisionismo de hechos contrastados por la historia, por miserable y odioso que pueda resultar, es una consecuencia más de la libertad de expresión. Un derecho que como manifestación de ideas, opiniones y pensamientos, a través de obras de investigación histórica o de ensayo ideológico, puede resultar tanto un ámbito para las aportaciones que ensalzan la condición humana, como una plataforma de las excrecencias que ponen de relieve la profunda crueldad y miseria de la que el ser humano puede ser capaz. Incluso, con pretensiones de ensayo histórico. Por eso, negar la Shoá o, por ejemplo, no condenar un atentado terrorista, por miserable que sean estas actitudes no son perseguibles en el orden penal.

Cuestión distinta es cuando, por ejemplo, el negacionista actúa también con violencia. Es obvio que entonces la represión penal de la ley democrática ha de ser todo lo contundente que la lesión de derechos exija. Así lo prevé el artículo 510.1 del Código Penal cuando sanciona a los que provocaren a la discriminación, al odio o la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión (…), situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, etc.

Pero el fondo de la cuestión, es la respuesta jurídica a dar a las expresiones de odio que se traslucen en la negación de un genocidio. Desde un punto de vista moral, se puede considerar legítimamente que la negación misma es un acto de violencia contra las víctimas. Pero en términos jurídicos, la expresión miserable no puede ser perseguida con la lógica del ius puniendi del Estado. Cosa distinta es lo que en el ámbito civil pueda llevar a cabo la persona lesionada por la expresión odiosa. Porque, sobre todo, al contrario de las dictaduras, las democracias han de tolerar las controversias más vivas e incluso hirientes. En este sentido, es mucho mejor conocer lo que dice un neonazi, un idólatra de Ataturk y negador del genocidio armenio, un defensor de los exterminios campesinos de Stalin, un revisionista del franquismo, un negador de los crímenes de los militares argentinos, etc. Por otra parte, es un débil argumento jurídico establecer diferencias en función de la singularidad represiva de un determinado genocidio. Las víctimas son todas iguales. ¿No?

Marc Carrillo es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra.

FIN

¿Complot español contra el rey de Marruecos? ¡A una columna!

Un comentarista de este blog, que utiliza el seudónimo de «Increible», envió anoche esta nota:

Hola! quería traer a tu blog una pequeña noticia de «el país» de hoy. Es que es sobre «el mundo», sobre el CNI, sobre Alí Lmrabet, periodista marroquí de El Mundo, sobre el rey de Marruecos, y además en la misma noticia se menciona al rey de España.

Todo ello en menos de media columna

seguro que tu sabes ordenar los factores mejor que yo… lo dijo ¡increible! · 25 Julio 2006 | 11:28 PM

Esta es la noticia que El País publicó ayer, a media columna, abajo y en página par, tan escondida que la pasé de largo:

Rabat investiga un compló del CNI contra el rey de Marruecos

I. C. – Madrid

EL PAÍS – España – 25-07-2006

El fiscal del rey del tribunal de apelación de Casablanca ordenó ayer la apertura de una investigación «profunda y exhaustiva» sobre una supuesta implicación del CNI, el principal servicio secreto español, y el diario El Mundo en un compló para desestabilizar a Marruecos y a su monarca.

El Ministerio de Justicia marroquí publicó ayer un comunicando anunciando esta decisión tras las declaraciones de un ex militar marroquí, Hicham Bouchti, que estuvo un tiempo exiliado en España.

Bouchti manifestó, el pasado fin de semana, en varias publicaciones marroquíes, que durante su estancia en Madrid fue reclutado por el CNI, y Alí Lmrabet, periodista marroquí de El Mundo, que contaba con el respaldo de la dirección del periódico.

Cuenta, por ejemplo, cómo el CNI quiso afiliarle a un supuesto movimiento de oficiales marroquíes libres. Bouchti narró después a la policía, en la brigada provincial de información, su colaboración con el servicio secreto.

El anuncio, por el Ministerio de Justicia, de la investigación sobre las actividades del CNI coincide con la visita que hizo ayer a Casablanca don Juan Carlos para almorzar con Mohamed VI. «El comunicado marroquí es como mínimo inoportuno», afirmó un diplomático español en Rabat.

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El Mundo, diario mencionado en El País, no recogió ayer esta noticia. Hoy, sin embargo, recibe los honores de página completa. Se trata de una crónica algo rocambolesca de su corresponsal en Rabat, Alí Lmrabet, un periodista perseguido por el régimen marroquí, en la que mezcla opinión con información.

Cuando los espías se mezclan con los periodistas no suele salir nada bueno. Ambas profesiones tienen objetivos contrarios y pocas veces complementarios:

El periodista trabaja para hacer público lo que está oculto; el espía se dedica a convertir en secreto lo que es de dominio público.

Media columna, casi escondida, en El País de ayer da para toda una página en El Mundo de hoy y con Pedro Jota por medio.

Vivir para ver…