Francia quiere formar parte de los 49 países donde ya está prohibido pegar a los niños. El primer país en vetar esta práctica que aún se permite en Francia fue Suecia, hace casi 40 años. Con esta ley, aún pendiente de aprobación definitiva, sería la primera vez que un gobierno francés admite que ni siquiera los progenitores tienen la potestad de castigar físicamente a sus hijos.
Mal llamado «castigo físico» por cierto. Menudo eufemismo.
De adoptarse definitivamente el texto, a falta del voto a su favor en el Senado francés el próximo 4 de octubre, el artículo 371-1 precisará que los padres deben abstenerse «de todo trato cruel, degradante o humillante, incluido todo recurso a la violencia física».
El debate del tortazo suena a viejo, por mucho que haya muchos que aún lo defiendan. Gente que jamás le levantaría la mano a su perro y que justifica el azote tal vez por justificar inconscientemente a sus padres, ya que a él se los dieron de pequeño.
Sobre el tema se ha escrito mucho en muchas partes, incluyendo este blog: Si has pegado o faltado al respeto a tu hijo, reconoce que perdiste los nervios y erraste, no lo justifiques.Y luego está el tema de que las leyes hay que hacerlas cumplir. España desde 2007 elimina todo resquicio legal para la utilización del castigo físico (de nuevo el eufemismo) estableciendo que “la patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos”. Aquí tenéis lo que establece el Código Civil sobre la relación entre padres e hijos. Y ahí se queda en el papel, sin proteger a los niños en infinidad de casos.
Lo que encuentro más interesante de lo anunciado en Francia es que también establece que no debemos tratar con crueldad, humillar o degradar a nuestros niños. Un paso más. No es solo cuestión de eliminar tortazos y similares, sino de que nos entre en la cabeza de una puñetera vez que son seres humanos de pleno derecho, que si no trataríamos de determinada manera a nuestra pareja o a nuestros padres, no debemos hacerlo tampoco con ellos. Ser niños hace que sean dependientes de nosotros, que seamos sus responsables, sus guardianes, pero no nos dan patente de corso para hacer lo que queramos con ellos ni mucho menos. Estoy convencida de que esos comportamientos dañan el vínculo entre padres e hijos, aunque no lleguen a romperlo.
Vuelvo a nuestro Código Civil (Título VII, relaciones paterno filiales, os recomiendo una lectura rápida).
Los hijos no emancipados están bajo la patria potestad de los progenitores.
La patria potestad, como responsabilidad parental, se ejercerá siempre en interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a sus derechos, su integridad física y mental.
Esta función comprende los siguientes deberes y facultades:
1.º Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
2.º Representarlos y administrar sus bienes.
Si los hijos tuvieren suficiente madurez deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten.
Los progenitores podrán, en el ejercicio de su función, recabar el auxilio de la autoridad.
Velamos por ellos, esa es nuestra función. Guardarles teniendo su bienestar siempre como prioridad, como el tesoro que son.
En pocos temas soy tajante, pero en esto lo tengo claro. Los niños son precisamente los que menos deberían enfrentarse a que sus personas de referencia, sus cuidadores, sus pilares, les peguen, no les escuchen, hagan comparaciones hirientes, se rían de ellos más que con ellos o les menoscaben.
Qué sí, que la mayoría tirarán para delante sin traumas pese a todo, pero es que la cuestión no es tirar sino mejorar. Y no ya individualmente, sino como sociedad.