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"Sin música, la vida sería un error". (Friedrich Nietzsche).

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«La SGAE acosa, y si puede, derriba»

La noticia saltó a la palestra en abril de 2006. La Sociedad General de Autores y Editores ganaba un pleito por la utilización de música en una boda para la que no se habían pagado los pertinentes derechos de autor. La cosa fue aún más esperpéntica de lo que ya de por sí parece: la SGAE contrató a un detective que se coló en la boda y grabó un vídeo, que fue aportado como prueba en el juicio pertinente, y posteriormente rechazado al considerar que vulneraba el derecho a la intimidad. Dio exactamente igual: el salón de bodas fue condenado a pagar 43.179 euros a la SGAE.

Ahora, más de dos años después, la Agencia Española de Protección de Datos ha condenado a la SGAE a pagar 60.101 euros por grabar el vídeo sin permiso, ya que este constituyó «una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen». Sobran las palabras.

Es este tema de los derechos de autor, en muchos sentidos, un auténtico galimatías. Y sobre todo, algo muy desconocido por un amplio sector de la sociedad, más allá de la generalizada antipatía hacia la SGAE por los motivos que todos conocemos. Y así, muchos se preguntan cosas como si todo lugar en el que suene música debe pagar a Teddy Bautista y los suyos en concepto de derechos, o simplemente hasta dónde llega el derecho de la SGAE a meterse en la vida de muchos. Para aportar algo de luz a estas cuestiones, hoy os ofrezco la opinión de alguien que sabe mucho más que yo de esto, el abogado, escritor y músico Servando Rocha, a quien he realizado cuatro sencillas preguntas sobre las que yo mismo tenía ciertas dudas.

¿Debe todo bar, garito o tienda pagar derechos de autor por toda la música que suene en su local?

La SGAE, en principio, sólo puede gestionar, administrar y, por tanto, recaudar los derechos patrimoniales de sus socios. No puede recaudar más allá de sus miembros. Lo que hace la SGAE es gestionar su catálogo, es decir, tiene derecho a percibir una remuneración en compensación por el uso que de este se haga. En el caso de bares o establecimientos públicos habría que ver si, previamente, sus dueños han firmado un contrato con la SGAE por la utilización de un aparato de radiodifusión determinado (radio, televisor, etc). En ese contrato, el local estaría reconociendo que hace uso y/o utiliza repertorio protegido por la SGAE. En ese caso, la SGAE está en su derecho de dirigirse a este y cobrar su cánon. Lo que hace la SGAE es el acoso y, si puede, el derribo. Es decir, envía a los llamados «inspectores», cuyo cometido es visitar bares, levantar actas e intentar que el empresario concierte con la SGAE. Si no se ha suscrito ningún contrato no pueden reclamarte nada, salvo que demuestre que, efectivamente, se programa o difunde música de sus miembros. Son ellos los que, en teoría, deben probar que se vulneran los derechos de autor al no percbir compensación económica por el uso de su repertorio.Una solución está en dirigirte a la propia SGAE y notificarle que de ningún modo hará uso de obras de sus socios (ya existen locales que sólo pinchan y programan obras copyleft). La SGAE debería probar aquello que dice acerca de la utilización de su repertorio, y no al revés (esto es, que sea el dueño del bar quien lo haga). En la gran mayoría de ocasiones, el inspector de la SGAE, al levantar el acta, señala únicamente que la música programada «es de actualidad», nada más. Por otro lado, sus visitas no ostentan las de un inspector con cargo público, sino sólo el de un mero empleado.

¿Cómo un organismo privado como la SGAE puede tener tanto poder en la esfera pública?

El Ministerio de Cultura es el único encargado de autorizar la existencia de las llamadas entidades de gestión que, actualmente, son ocho. La SGAE tiene el monopolio práctico sobre los autores. Cada entidad de gestión administra unos derechos concretos y se circunscribe a sectores de la creación concretos (por ejemplo, otra entidad de gestión, en este caso VEGAP, es la encargada de hacer lo mismo que la SGAE pero para los artistas plásticos). Con el tiempo han ido aumentando su influencia a nivel estatal y de la misma Administración hasta el punto de ser una asociación privada con capacidad para influir notablemente en las modificaciones legislativas, como se ha demostrado en los últimos años. Lejos de apoyar a la industria musical y bajo el pretexto falso de la protección y la difusión de la cultura impide la libre difusión de la música y crea malos hábitos y prácticas. La cuestión no está tanto en si los autores deben cobrar o no por sus derechos, sino en la política obsoleta y fracasada de una entidad como la SGAE.

¿Qué opinas de la sentencia contra la SGAE?

Tiene una doble dimensión. Por un lado, está la vulneración del derecho a la intimidad por el tipo de acto que se estaba realizando (una boda). En este caso, la sentencia es clara y la SGAE ha sido condenada. Cuestión distinta es el valorar si tenía o no derecho la SGAE a cobrar un canon por hacer uso de su repertorio sin autorización y/o pagar derechos de autor. Habría que determinar qué autores fueron difundios y todo parece indicar, según la sentencia emitida dos años antes, que se trataba de un derecho que efectivamente le correspondía a la SGAE. En el fondo, lo que esta estrambótica situación pone de manifiesto son los métodos grotescos y de rapiña de la SGAE que ha ido recogiendo una merecida desconfianza y mala prensa por sus malas artes y prácticas abusivas y desproporcionadas. Y no sólo eso, sus prácticas incluyen falsas ideas como que la música esta en peligro, la criminalización de los manteros o que copiar un cd es lo mismo que atracar a una persona. La realidad está compuesta de miles de situaciones y algunas son injustas o dañinas para terceros y otras no. Aunque no es contradictoria porque protege derechos distintos, la SGAE ha cobrado un dinero a costa de vulnerar la intimidad de una persona, por lo que ha sido condenada.

Con respecto a los grupos, ¿Se puede funcionar totalmente al margen de la SGAE en España?

Sí. De hecho, miles de artistas ya lo hacen. La SGAE tiene cerca de 80.000 socios, por lo que no representa a la totalidad, ni mucho menos, del sector musical en España. El problema es que la SGAE cuenta con el monopolio a la hora de gestionar dichos derechos ante terceros, así como la infraestructura necesaria para hacerse con la información sobre la difusión de tu obra por cualquier medio. Todo autor, por el mero hecho de tener una creación intelectual propia, ostenta el derecho a cobrar derechos de autor y, por tanto, está protegido por la Ley de Propiedad Intelectual. Las licencias libres permiten especificar claramente que derechos aplicas sobre tu obra y cuáles no, así como se adaptan más y mejor a la realidad actual. En caso de no incluir este tipo de clásulas, se te aplica el copyright tradicional de forma automática.

Ilustración de María Gil.

Death Cab for Cutie al habla

El viernes entrevisté por teléfono a Chris Walla (tercero por la izquierda), guitarrista y productor de Death Cab for Cutie. Pese a que la entrevista está en la web, he decidido colgarla aquí en su versión íntegra en un bonito pdf. Además, podéis escuchar toda la conversación entre Walla y un servidor en este mp3:

boomp3.com

A decir verdad, llevaba tiempo esperando para escuchar detenidamente Narrow Stairs. En su sexto álbum, la banda de Seattle se enfrentaba al complicado reto de intentar repetir el éxito de Plans, un disco que les valió una nominación a los premios Grammy y les llevó a ser conocidos en medio mundo como una de las más grandes bandas del indie americano actual. El eterno debate sobre la independencia de un grupo al fichar por una multinacional volvía a estar encima de la mesa. Pese a que tal reconocimiento fue sin duda merecido, hacía tiempo que Death Cab for Cutie eran un grupo único.

Pero Death Cab for Cutie no parecen haberse dejado influir por presión alguna. De entrada, lanzan un single de adelanto que supera los ocho minutos y que carece de estribillos, lo que ya empieza descolocando. Cuando finalmente el disco llega a las tiendas, el resultado parece evidente: han hecho lo que les ha dado la gana, dejando de lado cualquier tipo de presión mediática. Y eso se agradece. Sin llegar a ser tan brillante como Transatlanticism ni tan accesible como Plans, Narrow Stairs es un buen disco, con grandes momentos y un puñado de buenas canciones. Ben Gibbard sigue demostrando una capacidad innata para escribir letras sublimes, con esa manera tan especial de transmitir sentimientos sin caer en lo fácil ni en lo obvio. La instrumentación y la manera de estructurar las canciones sigue sorprendiendo. Y las melodías, la especialidad de la casa, siguen acaparando todo el protagonismo.

Aquí os dejo I will possess you heart, el primer single. Un videoclip grabado a caballo entre París, Tokio y Londres. Que os guste.


Este post está especialmente dedicado a Jonah, de NY. Nos veremos en septiembre en Brooklyn, bro.