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Puede que en el vino no esté la verdad, si es que sólo existe una,pero lo que es seguro es que está el placer y juntos vamos a encontrarlo

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Crianza, Reserva, Gran Reserva: La explicación de lo absurdo

La clasificación oficial de vinos españoles nunca ha sido un tema que me haya interesado especialmente. Esa división de crianza, reserva y gran reserva me parece muy poco válida, pues no tiene en cuenta factores fundamentales.

Al hilo de esta noticia surge una polémica tan habitual que, en contra de mis gustos, voy a dedicarle algo de tiempo.

La Ley del Vino define un Crianza en el caso de los tintos

como un vino que ha tenido un periodo mínimo de envejecimiento de 24 meses de los que al menos 6 habrán permanecido en barricas de madera de roble de capacidad máxima de 330 litros.

En el caso de los blancos y rosados el Periodo mínimo de envejecimiento se reduce a 18 meses de los que al menos 6 en barrica.

El resto del tiempo no se especifica si el vino tiene que estar en botella o depósito, bien sea de madera, acero o cemento.</strong

Hay Consejos Reguladores como el de Rioja o Ribera del Duero que en e los tintos aumentan el tiempo mínimo de crianza en barrica a los 12 meses y matizan que las barricas tienen que tener una capacidad aproximada de 225 litros .

En el caso de los vinos de Reserva deben ser vinos con

un período mínimo de envejecimiento de 36 meses, de los que habrán permanecido al menos 12 en barricas de madera de roble de capacidad máxima de 330 litros, y en botella el resto de dicho período.

También en los rosados y blancos el tiempo de envejecimiento se reduce a 24 meses y la obligatoriedad de estar en barrica a 6 meses.

Un Gran Reserva en el caso de los tintos es un vino con

un período mínimo de envejecimiento de 60 meses, de los que habrán permanecido al menos 18 en barricas de madera de roble de capacidad máxima de 330 litros, y en botella el resto de dicho período.

En blancos y rosados se reduce a 48 meses y el tiempo en barrica sigue siendo de 6 meses.

Para los tintos Rioja y Ribera del Duero alargan el tiempo de crianza mínimo en barrica a 24 meses.

Antes decía que no me gustaba y es que me parece absurdo legislar el tiempo que un vino tiene que estar en barrica sin tener en cuenta las características de la añada, el tipo de vino o la edad de la barrica, una madera nueva aporta mucho más sabor a roble que una vieja.

La primera cuestión que puede sorprender a algunos es que un vino que en La Mancha o Toro puede ser Crianza en Rioja o Ribera no podría serlo. Crianza no significa lo mismo en todos los sitios.

Más de una vez fuera de España me han preguntado si pueden llevar una botella de Crianza que han tenido en su casa más de 12 meses para que les pongan Reserva y tengo que responderles que aunque teóricamente podría ser así legalmente no lo es.

Un Crianza podría ser Reserva e incluso si es un blanco Gran Reserva pues cumpliría el tiempo de crianza que marca la ley, pero no está reflejada esta posibilidad.

Una legislación aburrido, farragoso y en mi opinión sin ningún sentido. Es la primera y la última vez que voy a dedicarle tiempo y espacio.