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Un hogar seguro para la juventud LGBTIQ+ en Albania

Por Tamara Gámez Ramos, de @AltramuzEditorial

 

El 20 de enero de 1995, tras la presión internacional del Consejo de Europa y de ILGA Europe (Asociación Internacional de Gays y Lesbianas), el Parlamento albanés despenalizó las relaciones consentidas entre personas del mismo sexo.

La Constitución de 1998 amplió la protección de los derechos humanos con una cláusula específica sobre la lucha contra la discriminación, que incluye el género como motivo de no discriminación, y será la Ley de Protección contra la Discriminación, aprobada en 2010, la que prohíba la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género. El Código Penal fue modificado en 2013 e incluye la orientación sexual y la identidad de género como circunstancias agravantes en los casos de delitos de odio (artículo 50j).

Legislar a medias, discriminar sin medias tintas.

A pesar de los avances aparentes en relación con la protección de las personas LGBTIQ+, la ley en Albania no permite las uniones entre personas del mismo sexo, y las personas trans que lo desean no pueden acceder al tratamiento hormonal ni cirugías.

A esto se añade que el trato hacia las personas LGBTIQ+ por parte de profesionales de la salud es frecuentemente discriminatorio, según apuntan Informes como Community (Self) Organizing of Transgender Movement in Wester Balkans Region (2021). Las personas trans se enfrentan a menudo a la discriminación o la denegación de la atención sanitaria. El personal médico carece de formación de las identidades trans y, por ello, suelen ser percibidas con sospecha, realidad que se hace aún más compleja para aquellas personas que se han sometido a una cirugía de reasignación de sexo en el extranjero y ahora residen en Albania.

El trato discriminatorio por parte de las instituciones genera que el colectivo LGBTIQ+ tenga un nivel de confianza muy bajo en las mismas. Como resultado, y siguiendo el informe Challenges Faced by the LGBTI Community in Access to the Justice System (2018), de la entidad LGBTIQ+ albanesa Streha, las personas del colectivo se encuentran desinformadas sobre los recursos existentes en el país y no conocen dónde pueden acudir en caso de necesitar ayuda.

Este trato discriminatorio no solo sucede en las instituciones y el sistema sanitario, sino que se trata de una situación generalizada. Según una investigación realizada en 2018, hubo 450 casos de discriminación reportados en un solo año (Informe sobre la situación de la comunidad LGBTI en Albania, Aleanca 2018).

Un estudio del Consejo de Europa en 2021 destacaba que dos tercios de los incidentes de incitación al odio en Albania se dirigían a las personas LGBTIQ+. Así, la encuesta de la entidad LGBTIQ+ Aleanca de este mismo año indicaba que el 79% de las personas encuestadas podría abandonar Albania debido a la discriminación.

Discursos LGBTIQ+fóbicos a viva voz.

Añadidos a la discriminación en los espacios de participación, se encuentran los ataques de odio por parte de grupos religiosos, personajes mediáticos, políticos y ciudadanía general, tanto en la televisión nacional como en redes sociales y el resto de medios de comunicación, que fomentan los estereotipos negativos y prejuicios hacia las personas LGBTIQ+. Estos, a menudo, se acompañan de la idea de que la homosexualidad es una norma social importada de países occidentales. Las entidades LGBTIQ+ indican el fuerte impacto cuando estos mensajes de odio se articulan en las redes sociales, por la inmediatez y la repercusión, lo que va en detrimento de los esfuerzos que las organizaciones hacen de manera cotidiana para sensibilizar a la población.

En junio de 2021, la periodista Blerta Tafani hizo varias declaraciones homófobas en televisión, con afirmaciones como: «Es una gran desgracia [que una persona LGBTIQ+] dé a luz a un niño»; “las personas LGBTI quieren eliminar la palabra madre”; «la vida con dos padres no funciona, la vida con una familia gay se acaba”. Las cuentas de las redes sociales de la activista LGBTIQ+ cofundadora de Aleanca kunder diskriminimit LGBT+» (Alianza contra la discriminación de las personas LGBT+), Xheni Karaj, fueron bloqueadas en su intento de denunciar públicamente estas declaraciones.

En noviembre del mismo año, el fundador de la Coalición para la Familia Tradicional, el pastor Akil Pano, organizó un acto en su iglesia donde la periodista italiana Nausica Della Valle compartió sus experiencias como «ex lesbiana curada» por la Iglesia. Como resultado de este evento, Pano y Della Valle dieron una entrevista en la televisión nacional declarando que la homosexualidad puede ser curada.

Las entidades que trabajan con personas LGBTIQ+ en Albania expresan encontrarse ante un colectivo con mucho estrés y alta incidencia de problemas de salud mental como resultado de la intimidación, las amenazas y discursos de odio generalizados en el país. Esto tiene un impacto añadido en la juventud, en la que observan un mayor aislamiento y una baja autoestima.

La juventud expulsada por la LGBTIQ+fobia.

La juventud LGBTIQ+ es la que enfrenta mayores dificultades. Las entidades cuentan con obstáculos para trabajar con el Ministerio de Educación y no se han producido avances en la inclusión de temas relacionados con los derechos LGBTIQ+ en los planes de estudios. Una investigación de Aleanca kunder diskriminimit LGBT+ con estudiantes de secundaria y personas universitarias LGBTIQ+ indica que el 65% siente inseguridad en la escuela, el 93% ha escuchado insultos LGBTIQ+fóbicos en el Centro Escolar muy a menudo y casi un tercio ha abandonado o cambiado de colegio debido al acoso.

En el mercado laboral, ser joven y LGBTIQ+ ahonda en el desafío de la disidencia sexo genérica para acceder y mantener un empleo. Una encuesta realizada en 2018, indicaba que solo 231 de las 734 personas LGBTIQ+ encuestadas se encontraba trabajando y la mayoría de ellas expresaba temor a ser expuestas, discriminadas y/o despedidas por ser LGBTIQ+, no hablando abiertamente sobre su orientación sexual y/o identidad de género en el entorno laboral (Informe sobre la situación de la comunidad LGBTI en Albania, Aleanca 2018).

Adelajda Alikaj, directora de Streha Center, indica el acceso a la vivienda como una de las principales dificultades que las personas LGBTIQ+ están experimentando en la actualidad. Este impacto corresponde a tres realidades, en primer lugar, la discriminación en el acceso al mercado de la vivienda, especialmente hacia las personas trans, reportando casos de negativa por parte de las personas propietarias a arrendarles por su pertenencia al colectivo LGBTIQ+. En segundo lugar, encontramos la LGBTIQ+fobia, desencadenante de la expulsión del hogar que se ha visto exacerbada a partir de la pandemia de COVID-19 cuando muchas personas LGBTIQ+ tuvieron que permanecer con familias inseguras, expuestas al rechazo y a la violencia. En tercer lugar, la discriminación en ámbitos como el laboral supone una situación de mayor empobrecimiento que limita el acceso a la vivienda; esto se ha visto acrecentado por la situación económica actual y el aumento en los precios de los alquileres.

Adelajda, quien lleva más de tres años en la entidad y es activista por los derechos del colectivo, destaca que “el primer gran problema que enfrentan las personas LGBTI+ en Albania es la marginación y la exclusión social en casi todas las áreas de la vida; el segundo gran problema son los estereotipos negativos de las personas LGBTI+ por parte de la sociedad albanesa en general”. La directora de Streha ha formado parte este año de Defenders´ Days, una de las mayores conferencias del mundo en la que se encuentran cada dos años 200 defensores de los derechos humanos de los cinco continentes. En su experiencia, la lucha por los derechos LGBTIQ+ en el país sigue siendo un asunto casi exclusivo de la disidencia sexo-genérica y las entidades del colectivo, sintiendo una ausencia de apoyos ante situaciones como las agresiones LGBTIQ+fóbicas.

Streha, construyendo hogares seguros para la juventud LGBTIQ+.

Streha es la entidad LGBTIQ+ que gestiona el primer y único centro residencial para jóvenes LGBTIQ+ sin hogar en Albania y en la región de los Balcanes. Una organización de base con sede en Tirana que prioriza la vivienda segura y trabaja para empoderar a la comunidad LGBTIQ+ proporcionando apoyo de emergencia, refugio, asistencia legal, asistencia médica y psicológica, ayuda en el empleo y apoyo en la cobertura del alquiler.

El Centro Streha fue seleccionado en 2020 como una de las 17 mejores prácticas de servicios de vivienda en Europa, y la red IRIS, que conecta a más de 200 organizaciones que prestan servicios sociales en la región de los Balcanes Occidentales, seleccionó a Streha en 2021 como caso de estudio por sus buenas prácticas.

Cuando un único amor (one love) es posible. Los cambios que las personas LGBTIQ+ siguen esperando en Jamaica

Por Tamara Gámez Ramos, de @AltramuzEditorial

 

América Latina engloba una región muy amplia y diversa de países ubicados tanto en el norte de América, como en centro América y Caribe y el sur del continente. Esto conforma una realidad muy variada en todos los sentidos, también en la situación de las personas LGBTIQ+, los derechos garantizados para el colectivo y la visión social que determina unas experiencias de vida concretas en cada país.

En esta diversidad entre países encontramos realidades especialmente opuestas entre aquellos firmantes de la declaración de la Organización de Naciones Unidas sobre orientación sexual e identidad de género que, por ende, eliminaron las prohibiciones a la disidencia sexo genérica en sus códigos civiles, y aquellos países en los que las relaciones homosexuales siguen siendo prohibidas con sanciones en su legislación, penas que incluyen desde los 2 años en prisión y la cadena perpetua.

En concreto, son 8 los países de la región que aún penalizan la homosexualidad: Guyana, Granada, Jamaica, San Cristobal y Nieves, Santa Lucía, Barbados, Dominica, San Vicente y Granadinas.

Todos ellos se encuentran en el Caribe (exceptuando La Guyana, en América del Sur). Y en 5 de los 8 la homosexualidad entre hombres es la única penalizada (Guyana, Granada, Jamaica, San Cristóbal y Nieves y Santa Lucía). Esto no siempre corresponde a una ausencia de punitivismo social hacia las mujeres sino a una falta explícita de visibilidad, puesto que estas leyes pertenecen a un período en el que la existencia del lesbianismo ni siquiera era considerada.

Cabe destacar que la legislación punitiva y la persecución a la disidencia sexo-genérica se inician con la colonización, trayendo consigo la persecución y castigo de la sodomía, con la instauración incluso de tribunales de la inquisición que penaban con la muerte a los supuestos sodomitas, y la aprobación de leyes que sancionaban las relaciones entre personas del mismo sexo. Muchas de estas legislaciones son las que perduran hoy día en los países que continúan sancionando la homosexualidad.

Este es el caso de Jamaica, donde la Ley de Delitos contra la Persona, de la época colonial británica (1864), sanciona las relaciones entre hombres hasta con 10 años de prisión, además de la imposición de trabajos forzados. Se trata del artículo 76 que prohíbe expresamente «el abominable crimen de la sodomía». El artículo 77, por su parte, condena el «intento de sodomía» hasta con 7 años de prisión, y el artículo 79 prohíbe «cualquier acto de escándalo público» entre hombres, en público o en privado, con condenas de hasta dos años de cárcel, con o sin trabajos forzados. El «escándalo público» no es un concepto definido en el código penal del país, pero ha sido interpretado como cualquier indicio de homosexualidad entre adultos varones.

Estas regulaciones se defienden como parte de los valores cristianos del país. Sin embargo, como señala la única organización de derechos LGBTIQ+ en Jamaica, J-FLAG (Foro Jamaiquino de Lesbianas, Pansexuales y Gays), el país no cuenta con legislación respecto a otras realidades sancionables en la Biblia como el adulterio, el cual, al contrario, es elogiado como una muestra de masculinidad en el caso de los hombres.

Todo este imaginario se visibiliza y refuerza a través de la cultura. En este sentido, el reggae y el dancehall, por ejemplo, dan cuenta de algunos artistas y letras que incitan al odio y al asesinato de personas homosexuales. Cantantes jamaicanos internacionalmente conocidos como Sizzla, Capleton o Buju Banton cuentan con canciones explícitas de LGBTIQ+fobia. Este último fue arrestado por formar, supuestamente, parte de un grupo de 12 hombres que entraron en una casa y apalearon a 6 chicos por ser homosexuales.

La incidencia del movimiento LGBTIQ+ ha conseguido que algunos de los conciertos de estos artistas sean cancelados, y varias de estas canciones fueran eliminadas del repertorio, incluso de la discografía y de las listas de reproducción, como es el caso de la canción Boom Bye Bye de Buju Banton retirada de la mayoría de plataformas desde 2019, con letras que invitan a disparar a la cabeza a los homosexuales (o batty bwoy en la jerga jamaicana, nombre despectivo que viene del inglés butt boy o chico del culo).

Aunque el lesbianismo no está tipificado como delito en la legislación jamaicana, los hombres homosexuales no son el único objetivo de este tipo de violencia en Jamaica. Amnistía Internacional ha recibido numerosos reportes de actos de violencia contra mujeres lesbianas, incluidas «violaciones correctivas» y otras formas de violencia sexual. Estas, en ocasiones, se producen cuando una mujer es identificada como “masculina”, evidenciando la violencia explícita también hacia la disidencia de género.

Ejemplo de ello, fue el asesinato de Dwayne Jones en 2013. La chica, de 16 años, acudió a una fiesta de baile en Montego Bay. Cuando los asistentes a la fiesta se dieron cuenta de que era una chica trans, le agredieron en masa hasta dejarla sin vida. Dwayne se encontraba en situación de sinhogarismo desde los 12 años, rechazada por su familia debido a su identidad de género.

El asesinato de Dwayne recibió la atención de los medios de comunicación nacionales e internacionales, sirviendo de catalizador para el debate sobre la situación del colectivo LGBTIQ+ en Jamaica. El ministro de Justicia en aquel momento, Mark Golding, condenó la brutalidad de los hechos y pidió a la policía que «no escatimara esfuerzos para llevar a los autores ante la justicia». En el Parque de la Emancipación de Kingston tuvo lugar una pequeña protesta pública contra el asesinato. La policía entrevistó a los testigos; sin embargo, no realizaron ninguna detención ni identificaron a ningún posible sospechoso.

Varios organismos internacionales se han pronunciado sobre esta legislación vulneradora de los derechos humanos. En 2005, por ejemplo, el Parlamento Europeo aprobó una resolución apelando a que Jamaica revocara sus leyes contra la sodomía y combatiera activamente la homofobia. En 2008, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó a Jamaica que derogara las leyes que prohíben las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo, considerando que las leyes de Jamaica violan el derecho a la intimidad y a la igualdad de protección. El gobierno jamaicano, sin embargo, considera estas intervenciones como una intromisión en la política del país, cuyos valores se encuentran representados en la legislación vigente.

Una encuesta en 2004, indicaba que el 96% de la ciudadanía se oponía a cualquier cambio que pudiera conducir a la legalización de las relaciones homosexuales. En la Encuesta Nacional de 2015 sobre Actitudes y Percepciones hacia las Relaciones entre Personas del Mismo Sexo, elaborada por J-FLAG, apenas existe evolución, solo el 12% de la ciudadanía manifestaba tolerancia hacia las personas LGBTQI+.

La ausencia de estadísticas y la invisibilidad de las personas LGBTIQ+ no facilitan conocer la situación real que se encuentra viviendo el colectivo.

J-FLAG indica que tiene constancia de que 30 hombres fueron asesinados en Jamaica entre 1997 y 2004. Y entre 2009 a 2021 registró más de 600 denuncias de ataques contra personas LGBTIQ+, entre los que se encontraban allanamientos de morada, agresiones físicas y ataques en grupos multitudinarios (turbas).

El papel de los colectivos LGBTIQ+ y las personas activistas es fundamental. J-FLAG se creó en 1998 y desde entonces lucha por reivindicar y garantizar los derechos del colectivo. Ha liderado la celebración del Orgullo en el país desde el 2005, visibilizando y sensibilizando sobre la necesidad de despenalizar la disidencia sexo-genérica.

Su fundador, Brian Williamson, quien se evidenciaba abiertamente como activista LGBTIQ+, fue asesinado en 2004. El periodista Gary Younge para The Guardian recogió el testimonio de Rebecca Schleifer, del Observatorio de los Derechos Humanos, quien al acudir a su cita con Williamson en el domicilio de este, encontró a los agresores festejando el asesinato con insultos y canciones homófobas. A pesar de esto, la policía negó la motivación homófoba del asesinato.

Brian Williamson no ha sido el único activista LGBTIQ+ asesinado en el país. Lenford Steve Harvey, trabajador social involucrado en la lucha contra el VIH-Sida fue asesinado en 2005, concretamente el 1 de diciembre, coincidiendo con el día mundial de la reivindicación de esta causa.

Human Rights Watch presentó el informe Not Safe at Home. Violence and Discrimination against LGBT people in Jamaica (2014), que documenta la violencia generalizada contra las personas LGBTIQ+ en el país. Entre otros aspectos, el informe reporta los resultados de 71 entrevistas a personas LGBTIQ+. Del total, más de la mitad (44) había sido víctima de alguna forma de violencia basada en su orientación sexual o identidad de género, únicamente 19 de ellos había denunciado estos hechos a la policía y solo se tomó declaración en la mitad de los casos.

El Informe The developmental cost of homophobia. The Case of Jamaica (2016), con una encuesta basada en 316 personas entrevistadas, indicaba que en los cinco años anteriores a la encuesta, el 32% de las personas entrevistadas había sido amenazada con ser agredida físicamente, mientras que el 12% había sido agredida. El 23,7% había recibido amenazas con violencia sexual, y el 19% había sufrido agresiones sexuales. Solo el 59% había denunciado estos hechos. El 41% que no lo hizo, sentía vergüenza, temor, le restaba importancia a lo sucedido o desconfiaba de la actuación de la policía y de las posibles represalias.

Tanto esta encuesta como las anteriores, deben enmarcarse en un contexto en el que la visibilidad de las personas LGBTIQ+ está fuertemente condicionada, lo que impacta en la exposición a la violencia. En la encuesta anterior, por ejemplo, el 38% no era visible en el trabajo o en la Universidad, y el 42% no había salido del armario con ningún miembro de la familia. Esta cifra se ve aumentada en otros contextos: frente al personal médico (55%), sus superiores de trabajo (60%), las organizaciones religiosas (63%) y el vecindario (68%).

A nivel institucional y legislativo, en 2011 se introdujeron algunos avances. El gobierno jamaicano aprobó la Carta de Derechos y Libertades Fundamentales, pero ello no trajo consigo ninguna garantía de no discriminación al colectivo LGBTIQ+, a pesar de las reclamaciones internacionales y de parte de la ciudadanía jamaicana.

El único acercamiento a este respecto ha sido la creación del Formulario de Evaluación de la Atribución de la Violencia, desarrollado por el Ministerio de Seguridad. En él se menciona específicamente el «delito de odio» como causa de los delitos violentos y se enumera la «orientación sexual e identidad de género» como una de las posibles motivaciones. En estos casos, se exige que la policía lleve a cabo evaluaciones inmediatas para determinar si realmente se ha producido un delito de odio. Sin embargo, este concepto no ha sido definido, lo que genera una articulación confusa en la práctica para corroborar los hechos.

En febrero de 2021, la Comisión Internacional de Derechos Humanos publicó un informe sobre los derechos del colectivo LGBTQI+ en Jamaica, estudiando las peticiones de dos personas del colectivo LGBTIQ+ jamaicanas que exponían que, al criminalizar la homosexualidad, el país estaba violando la Convención Americana de Derechos Humanos. El informe concluyó en la responsabilidad del gobierno de las violaciones de derechos reportadas. Aunque no ha supuesto cambios legislativos, ha reforzado los discursos que apoyan la derogación de la penalización de la homosexualidad, la dificultad para ello es la alianza visible con miembros influyentes y agentes de la política, puesto que la mayoría no quiere exponerse a los grupos y ciudadanía que se opone a la derogación de estas leyes.

Tras más de 20 años de incidencia y activismo de la entidad J-FLAG y de la lucha de las personas del colectivo, en la actualidad se observa una mayor tolerancia y una mayor interacción con la comunidad LGBTIQ+, lo que impacta en la construcción de una ciudadanía más segura y una atención más adecuada en todas las áreas de la vida. En particular, J-FLAG ha conseguido formar a más de 500 personas trabajadoras del área sanitaria, a partir de un acuerdo con el Ministerio de Salud del país, con el deseo de que este sea uno de los muchos avances que consigan despenalizar al colectivo y garantizar a las personas LGBTIQ+ una vida libre de miedo.

 

Rainbow pride flag flying in the daytime breeze. Original public domain image from Wikimedia Commons

«No pueden esperar más» Las 10 claves de la Ley Trans

Por Apoyo Positivo

 

Desde el blog Apoyo Positivo se comparte Las 10 claves de la Ley Trans, un decálogo para comprender mejor el porqué esta ley es necesaria y cuáles son sus puntos fundamentales:

 

Octubre llega a su fin y con él llega el día en el que celebramos el cuarto aniversario del día en el que la Organización Mundial de la Salud (OMS) excluyó la transexualidad de su lista de trastornos mentales. Aunque esto supuso un gran paso en la vida de las personas trans, no fue, ni mucho menos, el final del camino, todavía no se ha conseguido quitar de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) que la transexualidad sea considerada como una “incongruencia de género”.

La eliminación del estigma es un camino largo, pero no por ello vamos a dejar de recorrerlo todes juntes y cualquier paso en esa dirección debe ser celebrado.

Al hilo de todo esto, y algo que muches nos preguntaís a través de las redes sociales y en nuestros centros CASA es sobre la Ley Trans, pero ¿qué es lo que está pasando con la ley Trans?

No vamos a empezar la casa por el tejado y antes de entrar en toda la polémica, vamos a repasar juntes los 10 puntos clave de esta propuesta de ley, conocida por todes como la ley trans, cuyo nombre es 121/000113 Proyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

1. Autodeterminación
La polémica está servida y todo por una mala interpretación del documento. La frase “autodeterminación de la identidad sexual y expresión de género” ha enfrentado a feministas y personas trans, o al menos eso nos hacen creer.

En palabras de la propia Irene Montero sobre la libre determinación de la identidad de género y su despatologización:

«El Estado reconoce a las personas trans su derecho a ser quienes son, sin que medien testigos, sin que medie la obligación de hormonación durante 2 años y sin ningún informe médico que tenga que decir que son personas enfermas.»

2. Derechos y violencia machista
¿Cuál es el temor de un grupo reducido de feministas? Que el término no binario pueda resultar prejudicial a la hora de hablar de violencia machista contra las mujeres, pero la ley trans tiene en cuenta esta y otras casuísticas:

“La rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.”

Por lo que la ley trans no afecta en absoluto a lo establecido por la Ley Integral contra la Violencia de Género.

3. Despatologización
La autodeterminación no se puede entender sin el concepto de despatologización. A día de hoy, para que una persona pueda cambiar su nombre y sexo en su documentación identificativa necesita el informe de un profesional de la salud mental que indique que la persona sufre “disforia de género”, término que la OMS modificó por “incongruencia de género”.

La ley trans garantiza que las personas trans puedan cambiar su documentación, si así lo expresan, sin necesidad de ningún certificado médico.

4. Personas no binarias
No todas las personas trans se identifican con el binarismo de género construido en torno al hombre y la mujer, aquellas personas que no están de acuerdo con el género que le asignaron al nacer, pero que tampoco se identifican ni como hombre ni como mujer, son conocidas como personas no binarias y aunque este reconocimiento no figuraría en el DNI, NIE o pasaporte, las personas que sí lo deseen pueden “omitir la mención relativa al sexo” en sus documentos.

5. Menores
En las personas trans menores el derecho a la autodeterminación y la ley trans se apoyan en una sentencia del Tribunal Constitucional de 2019 en la que se dictamina que los menores con “suficiente madurez” y “en situación estable de transexualidad” podrán realizar los cambios necesarios para adecuar sus datos.

En base a esta sentencia, la ley trans establece tres franjas de edad:

A partir de 16 años: la persona es libre de autodeterminarse.
Entre los 14 y los 16 años: requiere el consentimiento de los padres.
Entre los 12 y 14 años: debe ser un juez el que lo determine siempre que tenga el consentimiento de sus padres.
En caso de los menores de 12 o aquellas personas “con capacidad de obrar modificada judicialmente” deberán ser solo a través de sus representantes.

6. Educación
Según la nueva Ley, además de les compañeres y familias, el personal docente y del centro deben “respetar su imagen física, la elección de su indumentaria y el acceso y uso de las instalaciones del centro educativo conforme a su identidad de género”.

7. Ámbito sanitario y reproducción binarias
La cirugía de reasignación de género pasa a estar incluido también “en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud”. ¿Qué incluye este cambio? “Tratamiento hormonal, terapia de voz, cirugías genitales, mamoplastias, mastectomías y material protésico”, según el texto de la Ley.

La ley también recoge que toda persona “con capacidad de gestar” pueda acceder también a los tratamientos de reproducción asistida.

¡OJO! Que estos servicios estén disponibles no quiere decir que sean obligatorios y siempre irán de la mano de una supervisión médica. La autodeterminación de género no lleva consigo ningún proceso quirúrgico ni hormonal, estos solo estarán disponibles para aquellas personas que lo soliciten.

8. Personas extranjeras
Una de las reivindicaciones del colectivo trans que se incorporan en esta ley es el derecho de las personas a registrar su entrada al país en función de su autodeterminación, siempre y cuando “acrediten” la imposibilidad de hacerlo en su país de origen o que ponga en riesgo su vida o su integridad física.

Con respecto a las personas de otra nacionalidad que no sea la española, pero sean residentes en España, también se les reconocerá los mismos derechos, con independencia de su situación administrativa.

9. Deportes
Con todas las polémicas que surgen cada vez que una persona trans gana en alguna competición deportiva (porque las polémicas sólo surgen cuando ganan), era necesario que la ley trans se pusiera manos a la obra.

Como ya se estipulaba en el Comité Olímpico Internacional en 2016, las personas trans tienen derecho a participar de los equipos e inscribirse en competiciones sin las llamadas verificaciones de sexo, que quedan totalmente prohibidas. Las personas menores de 16 años podrán participar en la categoria “de acuerdo con su elección de identidad de género”.

10. Prisiones
En el ámbito de las prisiones, las personas trans ingresarán en prisión “conforme a su sexo registral”, si ya han procedido al cambio en la documentación. No obstante, si por razones de seguridad e integridad la persona deseará ser internada en una cárcel del sexo opuesto al registrado, también se permitirá.

Del mismo modo, las personas, independientemente de si han finalizado o no la tramitación de sus documentos, deben ser tratadas conforme a su autodeterminación. Asimismo, podrán “iniciar o continuar” los tratamientos de cambio de sexo incluso estando en prisión.

Estos son los 10 puntos principales de la Ley trans, y aunque nos hacen creer que alguno de ellos son polémicos, el texto recoge de forma muy completa todas las posibilidades y los debates que se reproducen en los medios de comunicación, nada tienen que ver con la realidad de la ley ni la de las personas trans.

Tal y como ha dicho Irene Montero tras el último retraso en la aprobación de la misma.

“Sus derechos no pueden esperar más, nos vamos a dejar la piel”

Históricas LTB – Victoria Kent

Por Charo Alises (@viborillapicara)

#Mujereslesbianas

 

«Lo humano, que es tan grande como el universo y

 tan pequeño como sus componentes».

 

Victoria Kent, abogada, política y activista, nació en Málaga en 1892, en el seno de una familia de clase media. Su padre, José Kent Román y dos de sus hermanos fueron sastres. Aprendió las primeras letras con su madre, María Siano González:

No quería ir a la escuela. Mi madre me enseñó a leer y a escribir; luego tuve profesores particulares (…) pero el intento fracasó. Volvía yo de la escuela triste y sin ganas de comer.

Tozuda y con una gran determinación, Victoria evitó el destino de las niñas escolarizadas de la época, cuyo objetivo era prepararse para ser buenas madres y esposas.

Kent fue una niña moderna e inteligente que supo organizarse para vivir la vida que quería. Tras estudiar magisterio en la Escuela Normal Superior de Málaga y bachillerato en el Instituto General y Técnico Cardenal Cisneros, se empeñó en estudiar derecho en la Universidad Central de Madrid. Con el apoyo de su madre, convenció a su padre, al que la opción elegida por Victoria no le parecía adecuada teniendo en cuenta cual era la dedicación de las mujeres de la época. Lee el resto de la entrada »

Históricas LTB: Marielle Franco #OrgulloyMemoria

Por Charo Alises (@viborillapicara)

#MujeresBisexuales

Este mes en @1decada10 recordamos a mujeres extraordinarias LTB que hicieron historia #OrgulloyMemoria con la serie #HistóricasLTB

Política, negra, pobre, bisexual, feminista y activista por los derechos humanos. Marielle Franco nació  en una favela de Río de Janeiro el 27 de julio de 1979.  De familia humilde, con once años se puso a trabajar para ayudar en su casa. Se definía como “mujer feminista, negra e hija de favela”. Nunca quiso olvidar sus orígenes y puso la pobreza y la desigualdad en el centro de su lucha política. Esto le costaría la vida.

Se graduó en Ciencias Sociales por la PUC-Río y tenía un máster en Administración Pública por la Universidad Federal Fluminense (UFF). Comenzó su militancia en la defensa de los derechos humanos y contra acciones violentas en la favela tras  la muerte de una amiga, víctima de una bala perdida, durante un tiroteo que involucró a policías y traficantes de drogas en el Complejo de la Marea, barrio donde Marielle nació y vivió

Marielle dio a luz a su primera y única hija en 1998 cuando tenía 19 años. Crió a su hija sin la ayuda del padre y trabajó como maestra de preescolar con un salario mínimo. Lee el resto de la entrada »

Una ley Trans para todas. El momento es ahora

Samir Bargachi, director de @KifKif

 

En torno a las 14 horas de este lunes 27 de junio, el Consejo de Ministros tiene previsto dar luz verde a la esperada “Ley Trans”, la cual iniciará el proceso de trámite parlamentario para su definitiva aprobación.

Muy largo ha sido el camino que ha recorrido esta ley, primero como anteproyecto de Ley Trans y finalmente como “Ley para la Igualdad real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI”.

Desde las organizaciones y colectivos LGTBI siempre hemos subrayado que las personas trans necesitaban de una ley propia que reconociera su idiosincrasia, elementos exclusivos que afectan de forma particular a las personas trans, su identidad y cuestiones vinculadas a su sexo-género, a su salud, a su precariedad laboral, a su estigmatización y a lo que significa tener vidas dignas.

Lo que tenemos delante es una ley que, si bien da marco legal a nivel nacional a estas cuestiones previas, pasa de puntillas e incluso no reconoce derechos imprescindibles para el colectivo.
Por ejemplo, el tratamiento descafeinado que se hace de la infancia trans, excluyendo a menores de 12 años, y entre 12 y 14 años mediante procedimiento judicial largo y tedioso. Además, se incluyen procesos de reflexión de tres meses y de reversibilidad de seis. Ya sabemos cómo funcionan los periodos de reflexión; lo hemos visto con leyes como la del aborto: un coladero propagandístico para entidades antiabortistas que no hacen sino que la persona afectada aumente su ansiedad y su sensación de señalamiento y estigmatización. Proteger a la infancia trans es acompañarla desde el ámbito institucional, social y educativo en su proceso y en su decisión, evitando paternalismos innecesarios.

¿Y qué no incluye esta “Ley Trans”? Según el anteproyecto que conocemos, las personas no binarias -ni se mencionan- y las personas trans migrantes, refugiadas y solicitantes de protección internacional estarían fuera del marco.

En relación a las personas trans migrantes, el articulado ordena a las Administraciones Públicas que habiliten procedimientos a través de los cuales, las personas extranjeras sin residencia legal en España que acrediten la imposibilidad legal o de hecho de llevar a efecto la rectificación registral relativa al sexo y nombre en su país de origen, puedan interesar dicha rectificación. En otras palabras, hablamos del hecho de exigir a las personas trans migrantes documentos relacionados con su identidad de género desde el país de origen.

Esto significa que las personas trans migrantes deben demostrar que han iniciado un trámite relativo al cambio de su identidad de género en sus países de origen, una realidad que no se produce en la mayoría de casos por la legislación existente, la cual persigue o no reconoce a este colectivo. Y esto, ¿qué quiere decir? Que en la práctica, el 99 % de las personas trans migrantes en nuestro país no podrán tener reconocida su identidad de género en los documentos oficiales españoles.

¿Cómo van a acreditar que quieren cambiar su género con documentos de sus países si huyeron de allí por ese mismo motivo? Así pues, este requisito no sólo es inaceptable, sino que es una barrera más para estas personas que ya tienen suficientes dificultades en su proceso migratorio o de protección internacional. Debemos asegurarnos que en los trámites y documentos se reconozca su identidad de género en las mismas condiciones que a los nacionales españoles.

Si se aprueba esta ley sin las personas trans migrantes se consolidará lo que se viene gestando desde hace tiempo: el nacimiento de dos comunidades LGTBI desligadas; una de primera clase, con derechos, y otra, la de los márgenes.

 

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Es por ello por lo que no cabe felicitarse por esta Ley Trans, ni siquiera hacer un ejercicio de autocomplacencia, cuando esta ley deja vidas fuera: las de las personas no binarias y las de las personas trans migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo.

Las excusas de “es una ley de mínimos”, “se podrá mejorar más adelante”, no tienen cabida cuando se deja fuera a las personas que siempre están en el último escalafón del sistema. Estas personas no pueden esperar más, ahora es su momento. Toca a las administraciones ejercer políticas valientes que nos pongan en el centro con una Ley Trans de la que enorgullecernos y hagan izar la bandera común de la justicia social; en definitiva, una ley trans para todas.

Consulta más sobre este tema en los siguientes enlaces:

Kif Kif

@KifKif_iguales

Históricas LBT: Stormé DeLarverie #OrgulloyMemoria

Por Charo Alises (@viborillapicara)

#MujeresLesbianas

 

Stonewall fue una rebelión, un levantamiento, una desobediencia a los derechos civiles, no fue un maldito motín.

Stormé DeLarverie

 

Este mes en @1decada10 recordamos a mujeres extraordinarias LTB que hicieron historia #OrgulloyMemoria con la serie #HistóricasLTB

El Stonewall era un bar regentado por la mafia, situado en el barrio neoyorkino de Greenwich Village. En este local,  se daban cita personas LGTB rechazadas por una sociedad y un sistema legal que criminalizaba la disidencia sexual. El bar sufría constantes redadas policiales y los abusos de autoridad con la clientela eran habituales.  En la madrugada del 28 de junio de 1969, en una de esas redadas, se produjo una revuelta que sería el origen de la lucha por los derechos civiles de las personas LGTBI en Estados Unidos y en el resto del mundo. Una de las protagonistas de esa rebelión fue Stormé DeLarverie. Durante unos minutos peleó con varios policías que intentaban detenerla, jurando y gritando. Según algún testigo era «una típica butch de la ciudad de Nueva York» y «una dyke-stone butch». La golpearon con fuerza en la cabeza por denunciar que le apretaban mucho las esposas. Dicen quienes presenciaron aquello, que Stormé sangraba por una herida en la cabeza mientras peleaba. «¿Por qué no hacéis algo?», gritó a la gente que miraba impasible la situación. Cuando fue detenida y encerrada en un furgón, la multitud estalló.

Stormé nació en Nueva Orleans el 24 de diciembre de 1920. El padre de DeLarverie era blanco y su madre  una mujer afroamericana, trabajaba como sirvienta para su familia. No tenía certeza sobre su fecha de nacimiento,  así que celebraba su cumpleaños el 24 de diciembre.​ Lee el resto de la entrada »

17 de mayo

Viñeta de Teresa Castro (@tcastrocomics)

 

Guía rápida para víctimas de delitos de odio por LGTBIfobia

 

17 de mayo día contra la LGTBIFOBIA

 

En el día contra la LGTBIfobia os recordamos esta guía rápida para víctimas de delitos de odio de la Dirección General LGTBI del Ministerio de Igualdad, elaborada en base a una entrada publicada por su autora en nuestro blog

 

¿Cuándo eres víctima de un delito de odio?

Si te agreden, amenazan o causan algún daño a ti o a tus pertenencias o propiedades y lo hacen por tu orientación sexual o por tu identidad o expresión de género (o porque creen que eres LGTBI aún no siéndolo), estás siendo víctima de un hecho que se considera delito y que, por esa motivación LGTBIfóbica, se califica como ‘delito de odio’. Lo que motiva a la persona o personas aque te atacan es el odio a la condición de lesbiana, gay, trans, bisexual o la apariencia de serlo.

¿Cómo puedes actuar?

A ser posible, llama en ese mismo momento a la policía o a la guardia civil y cuéntale lo sucedido para que acuda al lugar de los hechos. Si acuden con rapidez puede que localicen y detengan a la persona o grupo de personas que te hayan atacado. Si no es así, tomarán los datos de todos los testigos posibles. Si efectúas la llamada pasada la agresión y desde otro lugar, recuerda, en la medida de lo posible, tomar los datos personales de los testigos para facilitarlos al denunciar. Si te encuentras en una situación de peligro o emergencia, llama a cualquiera de los siguientes números de teléfono:

112 (Emergencias) 091 (Policía Nacional) 062 (Guardia Civil)

Ante una situación de peligro, en caso de que no sea posible realizar una llamada, puedes utilizar la app ALERTCOPS, el servicio de alertas de seguridad ciudadana que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ponen a disposición de la ciudadanía para atender en situaciones de riesgo.

En todo caso, llames a la policía o prefieras ir a una comisaría o al cuartel de la Guardia Civil a interponer una denuncia, si tienes algún tipo de lesión, dolencia o no te encuentras emocionalmente bien, debes acudir a un centro de salud u hospital para que te atiendan. Allí es fundamental que hagas saber al personal sanitario que has sido víctima de una agresión por ser una persona LGTBI para que conste en el parte médico. Tras acudir al centro de salud o al hospital debes interponer la denuncia en una comisaría o en el cuartel de la Guardia Civil. Si en ese momento no te encuentras bien, puedes hacerlo al día siguiente con más tranquilidad y en compañía de quien tú quieras.

¿Cómo se pone una denuncia?

Dónde?

Para presentar la denuncia puedes ir solo/a o acompañado/a por aquella persona que te dé más seguridad, también por un/a abogado/a o por un miembro de una organización LGTBI de tu localidad.

La denuncia puedes realizarla por escrito o de forma verbal, puedes hacerlo en persona o por medio de una persona que pueda representarte con un poder especial.

Debes firmar la denuncia siempre, pero antes léela atentamente para ver si refleja bien lo que has denunciado. Es importante que quede clara la motivación de quien te ha agredido, es decir, que lo ha hecho porque eres una persona LGTBI.

Cómo?

Puedes denunciar aunque no conozcas la identidad de quien te ha agredido, pero si tienes sospechas de su identidad, puedes manifestarlas e indicar su nombre y apellidos para facilitar la investigación.

Tampoco es necesaria la intervención de abogado/a o procurador/a, ni tampoco tienes que depositar ninguna fianza.

Si haces la denuncia verbalmente, se extenderá un acta en forma de declaración que será firmada por ti y por el personal funcionario o autoridad que tome la declaración. En el acta deben hacerse constar tus datos personales como denunciante.

Te entregarán una copia de la denuncia o, en su caso, un resguardo de haberla presentado; si no te dan copia o resguardo, puedes solicitarlo. No puedes apartarte de lo manifestado en la denuncia.

Tanto en la denuncia verbal como en la escrita es muy importante hacer una descripción lo más exacta y pormenorizada posible de la agresión. Esto incluye las sospechas sobre la identidad de la persona o personas que te han agredido, posibles testigos u otros detalles que puedan parecerte menores. Cuando estamos ante un delito de odio, además de describir de la forma más detallada posible los hechos, es muy importante que hagas constar los siguientes extremos:
Que tienes la convicción de que te han agredido/ humillado/amenazado por tu orientación sexual o por tu identidad o expresión de género. Que el único motivo por el que te han agredido/humillado/amenazado es esa orientación sexual o identidad de género y que tienes la seguridad de que no existe ninguna otra causa para la agresión.

Es bueno que reproduzcas y digas las palabras, frases o insultos sobre tu orientación sexual o identidad de género que te hayan dicho quienes te han agredido/humillado/amenazado. Su aspecto físico y su indumentaria también es muy importante: si llevaba ropa, complementos, estandartes, tatuajes o cualquier tipo de simbología propia de grupos ultra, de partidos políticos o de equipos de fútbol. Si el lugar de comisión del delito es un lugar frecuentado por personas LGTBI. Si cuando se cometió el delito tú llevabas algún signo distintivo del colectivo LGTBI (banderas, pulseras, colgantes, etc.).

Si el delito se cometió en una fecha señalada para el colectivo LGTBI o en que se celebraba algún acto o reunión (por ejemplo, el Día del Orgullo LGTBI). Si eres activista en una asociación LGTBI. Si en los días anteriores hubo algún tipo de declaración pública de alguien relevante contra las personas LGTBI.

Documentos que puedes aportar:

Puedes aportar con la denuncia todos aquellos documentos que apoyen los hechos que has contado (partes médicos, psicológicos, fotografías, capturas de pantalla, etc.) así como grabaciones de audio y vídeo. En los casos de ciberodio (agresiones o amenazas recibidas por medios virtuales) hay que aportar las capturas de pantalla donde aparecen los textos vejatorios y/o amenazantes, los llamados “pantallazos”, así como los archivos informáticos que contengan la información acreditativa del acoso a través de las redes.

Testigos:

En el momento de interponer denuncia es muy importante mencionar a aquellas personas que pudieron ser testigos presenciales de los hechos, aportando sus datos personales y de contacto, si los conoces. Por eso, es conveniente que recuerdes pedirles esos datos cuando se produzcan los hechos.

Tus derechos como víctima de delito de odio:

Acompañamiento. Recuerda que puedes ir a denunciar y comparecer ante las autoridades en compañía de una persona de tu confianza, la que tú elijas.

Información. Tienes derecho a que te informen sobre las medidas de asistencia y apoyo disponibles; a que te informen sobre el procedimiento que has de seguir para solicitarlas; a obtener una copia de la denuncia; a que se respeten tus derechos como víctima y que están recogidos en el Estatuto de la Víctima; a solicitar las ayudas que están previstas en la ley; y a recibir la información que exista sobre la causa penal.

Derecho a comprender y a ser entendido/a: Tienes derecho a traducción si no entiendes el idioma o a un intérprete de lengua de signos si tienes problemas de audición. Estos servicios son gratuitos.

Protección: Puedes solicitar una orden de alejamiento para que la persona que te ha agredido no se acerque a ti y se le prohíba comunicarse contigo por cualquier medio.

Asistencia y apoyo: Puedes acudir a las Oficinas de Asistencia a las Víctimas que suelen estar en las sedes de los Juzgados, Tribunales y Fiscalías. Allí atenderán tus primeras necesidades y te proporcionarán la información que necesites.

Además, la OFICINA NACIONAL DE LUCHA CONTRA LOS DELITOS DE ODIO dispone de un correo electrónico de asistencia a víctimas: asistencia.ondod@interior.es

Justicia gratuita: Si cumples los requisitos legales, puedes pedir abogado/a de oficio para ejercer la acusación particular. Es muy recomendable personarse en el procedimiento con abogado/a para que tus intereses estén debidamente protegidos.

Participación activa en el proceso penal: Puedes personarte en el procedimiento con abogado/a y ejercer la acusación particular.

Recuerda: es muy recomendable la asistencia letrada en este tipo de delitos.

También puedes contactar con el OBSERVATORIO ESTATAL REDES CONTRA EL ODIO:
913604605
info@felgtb.org

Si quieres saber más, consulta la página web de la Oficina Nacional de Lucha Contra los Delitos de Odio del Ministerio del Interior.

 

Los invertidos. Verdad, justicia y reparación para gais y transexuales bajo la dictadura franquista.

Geoffroy Huard publica Los invertidos. Verdad, justicia y reparación para gais y transexuales bajo la dictadura franquistacon Icaria.

En 2019, el Ayuntamiento de Barcelona, encabezado por Ada Colau, se querelló contra el régimen franquista por crímenes de lesa humanidad contra las personas LGBT. Este libro reelabora y amplía el informe que redactó el historiador Geoffroy Huard para acompañar la querella. Muestra, gracias a los archivos de los juzgados de vagos y maleantes y de peligrosidad y rehabilitación social, que «invertidos» y «homosexuales» eran categorías utilizadas por las autoridades franquistas como una especie de cajón de sastre en el que cabía cualquier desviación sexual y sobre todo de género (afeminado, travesti, transexual, prostitutx, etc.). Lo que más se tomaba en cuenta era sobre todo la inversión de género, en especial de personas de las clases populares, quienes fueron las únicas condenadas durante toda la dictadura.

Los invertidos reconstruye ese sesgo clasista, así como la sociabilidad de los homosexuales y transexuales de las clases populares durante el franquismo. Trata de entender por qué huían a grandes capitales como Madrid y Barcelona, qué hacían una vez allí, cómo y de qué vivían, cuáles eran los vínculos con el mundo del espectáculo y cómo luchaban contra las autoridades judiciales y médicas a pesar de la represión. Demuestra, así, que la lucha no empezó en los años setenta con los movimientos de liberación sexual. Existió antes, pero bajo otras formas, hoy casi olvidadas. Este libro se propone, gracias a fuentes novedosas, recuperar esa memoria y homenajear a las personas represaliadas.

Puedes leer el índice y la introducción del libro en este enlace.