10 medidas de la Ley Estatal de Igualdad LGBTI para erradicar el bullying homófobo

Con Motivo del Día Internacional contra la homobia, la bifobia y la transfobia, Charo Alises (@viborillapicara) 

Bully / Foto: Thomas Ricker

La orientación sexual, la identidad o expresión de género son unas de las primeras causas de acoso escolar en España. Los niños y niñas LGTBI sufren, a veces, situaciones de verdadera tortura física y psicológica en sus centros educativos con el agravante de que, en muchos casos, temen contar lo que les está ocurriendo por miedo al estigma que acompaña a las personas LGTBI y a las consecuencias que les puede conllevar desvelar su orientación sexual o su identidad de género en el seno de sus familias. Además, hay que añadir, que el bullying homofóbico también lo sufren los hijos e hijas de las personas LGTBI a causa de la orientación sexual o la identidad de género de sus padres y madres, es lo que se denomina discriminación por asociación.

Para poner remedio a esta grave situación, el Proyecto de Ley contra la Discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales, y de igualdad social de gais, lesbianas, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales, registrado recientemente en el Congreso de los Diputados, establece una serie de importantes medidas en el ámbito educativo que deberán ser implementadas por la Administración del Estado y por las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias:

  1. La puesta en marcha un plan integral de educación en el cual se fomente la no discriminación y se proteja el respeto a la diversidad sexual, de género y familiar de manera transversal en todas las asignaturas.
  2. La implementación de cursos de sensibilización y capacitación en los centros de formación permanente del profesorado para todo el personal docente, el cual deberá incorporar la realidad LGTBI y la diversidad familiar dentro de sus programas de estudio de manera regular.
  3. Se crearán y promoverán programas de coordinación entre los sistemas educativos, sanitario y social orientados a la detección y a la intervención ante situaciones de riesgo que pongan en peligro el desarrollo integral de los menores transgénero o menores con expresión de género no normativo.
  4. Se impartirá formación que garantice la sensibilización adecuada y correcta actuación de los profesionales del ámbito de la educación, de tal manera que sepan desarrollar los planes de educación basados en el respeto a la diversidad sexual y de género.
  5. La atención a la Diversidad Sexual, de Género y Familiar estará incluida como materia evaluable en los exámenes de acceso a cuerpos docentes.
  6. Se promoverá por los centros escolares la impartición de seminarios y campañas de sensibilización respecto a la diversidad sexual de género tanto para los estudiantes como para los progenitores y tutores de los mismos.
  7. Se garantizará la elaboración de un Protocolo de actuación en Centros Escolares para casos de acoso escolar por orientación sexual e identidad de género o pertenencia a familia LGTBI.
  8. El alumnado así como el personal docente y no docente que acuda a un centro del sistema educativo nacional, centro educativo público o concertado, centro formativo o alguna actividad formativa, deportiva o de ocio asociada a los mismo, tendrá derecho a:

– Exteriorizar su identidad de género, debiéndose respetar su imagen física, la elección de su indumentaria y el acceso y uso de las instalaciones del centro conforme a su género sentido.

– Utilizar libremente el nombre que hayan elegido, que será reflejado en la documentación administrativa del centro, en especial aquella de exposición pública, como listados de alumnado, calificaciones académicas o censos electorales para elecciones sindicales o administrativas.

9. La Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, en el marco de sus respectivas competencias, garantizarán la introducción de referentes positivos LGTBI en los materiales escolares de manera natural, respetuosa y transversal, en todos los grados de estudios y acorde con las materias y edades.

10. En las bibliotecas de los centros escolares se incorporaran libros de temática LGTBI acordes para todas las edades de los estudiantes

Estas medidas se aplicarán con estricto respeto a las competencias autonómicas y tendrán un carácter supletorio con respecto a las leyes de igualdad LGTBI que están en vigor en algunas comunidades autónomas.

La educación es la principal herramienta para erradicar el odio y la intolerancia y las medidas antes mencionadas, son fundamentales para que el bullying por orientación sexual e identidad o expresión de género desaparezca de los centros educativos. Es deseable que la ley se apruebe pronto para proteger el interés superior de los menores LGTBI.

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